Hola : ) !!! - Tiempo legal permitido de Ausencia

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user4463
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Hola : ) !!! - Tiempo legal permitido de Ausencia

Mensaje por user4463 »

Hola,

Buen día : ) !!!

Cómo están? Espero que muy bien !!!
Tengo una pregunta, que a pesar de su sencillez, haría la diferencia para mi el recibir la respuesta de parte de ustedes.

Tengo unas seis semanas con mi tarjeta de residencia!
Ando muy contenta, porque me la han otorgado por dos años : ) !!!
Tengo mucho tiempo sin ir al país donde nací y me gustaría ir por una temporada de entre cinco y seis meses.
Para esto, veo que a este año, (2013), le faltan cuatro meses para terminar.
Tengo entendido, que uno puede estar un máximo de seis meses por año fuera de España. Pero, estos seis meses de ausencia permitida, son por cada año de residencia otorgado o por cada año gregoriano??

De ser permitidos los permisos de acuerdo con el calendario (gregoriano), esperaría mejor hasta enero.

De antemano muchas gracias, muchos saludos,

Carmencita.
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kárbiko
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Re: Hola : ) !!! - Tiempo legal permitido de Ausencia

Mensaje por kárbiko »

Esa cuestión depende del tipo de residencia que te hayan concedido.
Pero en tu caso, siendo por un plazo de dos años será:

Periodos continuados de 3 meses y como máximo 6 meses al año.

Si no, el tiempo acumulado de residencia legal se interrumpe y al pedir la nacionalidad dirán que no llevas el tiempo establecido, pues "se rompió" el acumulado y tendrá que volver a contar cuando vuelvas a estar en España.
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user4463
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Re: Hola : ) !!! - Tiempo legal permitido de Ausencia

Mensaje por user4463 »

Hola Kárbiko,

Muchas gracias por tu mensaje : ) !!!
Pero en tu caso, siendo por un plazo de dos años será:
Periodos continuados de 3 meses y como máximo 6 meses al año.
Cuando dices ... al año...., ¿te refieres de enero a diciembre como cualquier año? ¿o te refieres -como en mi caso- de julio a junio?
Yo recibí el permiso en julio de este año!

Entonces, de lo que tu dices es que, uno puede estar fuera, de forma continuada, por un tiempo entre tres y seis meses.

Muchas gracias de nuevo, muchos saludos,

Carmencita.

-- 30 Ago 2013, 14:53 --

Agradezco mucho la ayuda : ) !!! Aunque yo busqué antes de poner mi pregunta, no encontré una respuesta que me haya dejado completamente satisfecha. También sé que las normatividades y/o las leyes pueden cambiar. Mi pregunta la hago con la idea que las respuestas que ustedes dejen, puedan ayudar también a otros. Palabras como las que dejo abajo de esta linea, son palabras que junto a las de ustedes, podrán ayudar también a otros.
Palabras clave que podrían ayudar a otros en futuras búsquedas: ausencia, ausencia legal, ausencia permitida, por año, por año de residencia

felihi31
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Registrado: 18 Nov 2012, 16:15
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Re: Hola : ) !!! - Tiempo legal permitido de Ausencia

Mensaje por felihi31 »

hola, yo también tengo una pregunta similar:
mi madre tiene residencia comunitaria de 5 años.
Es la primera y no ha dado cuenta y se quedo fuera mas de 6 meses pero estos seis meses digamos cuando ella se fue en septiembre 2015 y va a venir el semana que viene

Ahora como contamos.. de septiembre hasta diciembre eso en un año y de enero hasta marzo otro año o continuado,gracias
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