Buenas tardes,
Soy peruano residiendo en Malaga desde el año 2000, casado ante leyes españolas con mujer española desde ese entonces.
Sin embargo, he tenido un desliz con una chica española que reside en Madrid, fruto de problemas que no vienen al caso de la duda. Esta chica es soltera, pero tiene pareja, asi es que tambien fue un desliz suyo.
El problema es que debido a eso, hemos dado fruto a un embarazo que lleva ya los 7 meses. Y si bien hemos acordado, tanto la chica y yo de reconocerlo, y asumir absolutamente toda responsabilidad, ahora que se acerca la fecha de nacimiento me impaciento por tenerlo todo bajo control. Y su pareja y mi mujer estan ambos de acuerdo, no sabemos cual es el proceder adecuado, tanto por facilidad como por agilidad del proceso.
Debe dar a luz en Madrid y yo ir alli? Debe dar a luz en Malaga? Ella esta empadronada en Madrid, evidentemente y yo en Malaga. Debe mi mujer presentar alguna documentacion? Debe su pareja hacerlo? Necesito tomarme alguna prueba de ADN para demostrar que es mio?
No habria ningun inconveniente de ambos ir al registro civil, tengo entendido que a priori se va al registro civil de la localidad donde nazca el niño. Solo quiero preparar absolutamente todo para que no haya ningun contratiempo, reservas de hotel, compra de billetes, etc etc. Si sirve de ayuda, lo mas probable es que yo crie al niño por contar con mejores recusos economicos, porque todos queremos lo mejor para el, y hemos acordado que asi seria lo mejor.
Gracias por despejarme las dudas
Duda localidad de inscripcion y procedimientos legales
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Re: Duda localidad de inscripcion y procedimientos legales
Artículo 120.
La filiación no matrimonial quedará determinada legalmente:
1.º En el momento de la inscripción del nacimiento, por la declaración conforme realizada por el padre en el correspondiente formulario oficial a que se refiere la legislación del Registro Civil.
2.º Por el reconocimiento ante el Encargado del Registro Civil, en testamento o en otro documento público.
3.º Por resolución recaída en expediente tramitado con arreglo a la legislación del Registro Civil.
4.º Por sentencia firme.
5.º Respecto de la madre, cuando se haga constar la filiación materna en la inscripción de nacimiento practicada dentro de plazo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley del Registro Civil.
La filiación no matrimonial quedará determinada legalmente:
1.º En el momento de la inscripción del nacimiento, por la declaración conforme realizada por el padre en el correspondiente formulario oficial a que se refiere la legislación del Registro Civil.
2.º Por el reconocimiento ante el Encargado del Registro Civil, en testamento o en otro documento público.
3.º Por resolución recaída en expediente tramitado con arreglo a la legislación del Registro Civil.
4.º Por sentencia firme.
5.º Respecto de la madre, cuando se haga constar la filiación materna en la inscripción de nacimiento practicada dentro de plazo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley del Registro Civil.
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Re: Duda localidad de inscripcion y procedimientos legales
Siendo ella soltera no tenéis más que ir ambos al RC del lugar del nacimiento (que puede ser el del municipio que ella quiera/queráis/donde ocurra y reconocer allí al/a la recién nacido/a.
Y ni tu esposa ni la pareja de ella intervienen para nada, ni tienen ni que acudir ni presentar nada.
Aquí una señora que está identificada por el médico que la atiende y que dice que ha dado a luz un niñ@, y aquí un señor que se presenta diciendo que es el padre.
Si la madre no se opone a ese reconocimiento, hijo de ambos.
Si se opone, sólo te quedaría presentar una demanda de paternidad (acudiendo a un procedimiento civil, en el que necesitas abogado y procurador). Y mientras se resuelve, quedaría como hijo reconocido sólo por la madre.
Y ni tu esposa ni la pareja de ella intervienen para nada, ni tienen ni que acudir ni presentar nada.
Aquí una señora que está identificada por el médico que la atiende y que dice que ha dado a luz un niñ@, y aquí un señor que se presenta diciendo que es el padre.
Si la madre no se opone a ese reconocimiento, hijo de ambos.
Si se opone, sólo te quedaría presentar una demanda de paternidad (acudiendo a un procedimiento civil, en el que necesitas abogado y procurador). Y mientras se resuelve, quedaría como hijo reconocido sólo por la madre.
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La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.(Groucho Marx dixit)
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Re: Duda localidad de inscripcion y procedimientos legales
Muchisimas gracias por la respuesta, ya lo tengo todo mas claro!
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