buenos dias:
tengo una duda, a ver si me pueden ayudar,
yo soy española y me case fuera de España
Mi cónyuge era residente en ese país, en concreto en Perú, y no era español,
Registré el matrimonio en el consulado de España en Lima y me dieron mi libro de familia.
Mi cónyuge falleció y quedé viuda,...
Lo que yo quiero saber es si a la hora de yo contraer nuevo matrimonio en España, como piden partida del matrimonio anterior y de la defunción del cónyuge, ¿estos documentos caducan?
Porque sería muy complicado para mi conseguirlos desde España, porque son documentos extranjeros que hay que legalizar y cuestan tambien un dinero
¿Hay alguna manera de conseguir la partida de matrimonio española desde el registro civil central?
Tengo tanto las partidas de defunción como de matrimonio legalizadas, ya porque me las traje cuando tramite todos los papeles de la viudedad.
¿Esas partidas caducan?
gracias
caducan las partidas de matrimonio y defuncion legalizadas extranjeras ?
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Re: caducan las partidas de matrimonio y defuncion legalizadas extranjeras ?
Como eres española, el certificado de matrimonio que tienes que presentar es el español, no el que trajiste desde Perú.
Ese ya en España no se te va a pedir más. Siempre has de presentar los documentos españoles.
Supongo que tu esposo falleció en Perú (es lo que entiendo al decir que tienes el certificado apostillado).
Puedes aportar ese, y solicitas que te lo devuelvan al finalizar el trámite del expediente de matrimonio.
Si todavía no tienes pensado en empezar el trámite de matrimonio, si que puedes solicitar que en el RC Central se inscriba el fallecimiento de tu esposo, ya que aunque no es un español, ese fallecimiento si que afecta al estado civil de uno (concretamente de tu estado civil), y por tanto puede inscribirse.
Así, si en el futuro necesitas aportar algún certificado de fallecimiento suyo, puedes pedirlo al RC Central y lo aportas donde sea preciso.
Pero si ya vas a empezar el nuevo expediente de matrimonio, se supone que ya no te pedirán más el de fallecimiento de tu anterior cónyuge,... Pero vaya uno a saber si luego lo necesitas para algo... De todas maneras, entiendo que también puedes solicitar que se inscriba en el Central una vez finalizado este nuevo expediente de matrimonio.
¿Caducan? Pues depende...
Si me presentas ese certificado de matrimonio, ¿significa que aún estás casada hoy? Pues no. Porque como ves, hoy tú eres viuda, y lo demuestras con el certificado de la defunción de tu esposo.
Pero,... ¿y si en lugar de ser viuda resulta que hubo un divorcio? ¿Vale entonces ese certificado para acreditar que estás divorciada? Pues no.
Por eso los certificados se piden con una menor fecha de expedición..., aunque estén apostillados (que estarlo lo único que significa es que el notario que firmó ese certificado tiene capacidad legal para ello, pero no le otorga más veracidad temporal que a otro que no esté apostillado).
Ese ya en España no se te va a pedir más. Siempre has de presentar los documentos españoles.
Supongo que tu esposo falleció en Perú (es lo que entiendo al decir que tienes el certificado apostillado).
Puedes aportar ese, y solicitas que te lo devuelvan al finalizar el trámite del expediente de matrimonio.
Si todavía no tienes pensado en empezar el trámite de matrimonio, si que puedes solicitar que en el RC Central se inscriba el fallecimiento de tu esposo, ya que aunque no es un español, ese fallecimiento si que afecta al estado civil de uno (concretamente de tu estado civil), y por tanto puede inscribirse.
Así, si en el futuro necesitas aportar algún certificado de fallecimiento suyo, puedes pedirlo al RC Central y lo aportas donde sea preciso.
Pero si ya vas a empezar el nuevo expediente de matrimonio, se supone que ya no te pedirán más el de fallecimiento de tu anterior cónyuge,... Pero vaya uno a saber si luego lo necesitas para algo... De todas maneras, entiendo que también puedes solicitar que se inscriba en el Central una vez finalizado este nuevo expediente de matrimonio.
¿Caducan? Pues depende...
Si me presentas ese certificado de matrimonio, ¿significa que aún estás casada hoy? Pues no. Porque como ves, hoy tú eres viuda, y lo demuestras con el certificado de la defunción de tu esposo.
Pero,... ¿y si en lugar de ser viuda resulta que hubo un divorcio? ¿Vale entonces ese certificado para acreditar que estás divorciada? Pues no.
Por eso los certificados se piden con una menor fecha de expedición..., aunque estén apostillados (que estarlo lo único que significa es que el notario que firmó ese certificado tiene capacidad legal para ello, pero no le otorga más veracidad temporal que a otro que no esté apostillado).
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