Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
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Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
hola.
Necesito si me pueden ayudar en asesorarme.
Mi caso es el siguiente:
Mi tatarabuelo era español nacido en Asturias en 1872 y emigro a Cuba alrededor de 1900 donde se establecio y contrajo matrimonio con una cubana en el año 1903. Estos tienen un hijo que seria mi bisabuelo (Padre de mi Abuelo) que nace en Cuba en el 1904 el cual según el art 17 del CC de 1889-1957 (¨Son españoles,... los hijos de padre o madre españoles, aunque hayan nacido fuera de España¨) por lo que entiendo era espanol de origen.
Por otra parte, mi otro tatarabuelo era español nacido en la Coruña en 1884 y emigro a Cuba alrededor de 1902 donde se establecio y contrajo matrimonio con una cubana. Estos tienen una hija que seria mi bisabuela (Madre de mi abuelo) que nace en cuba en el 1912 la cual segun tambien el art 17 del CC de 1889-1957 (¨Son españoles,... los hijos de padre o madre españoles, aunque hayan nacido fuera de España¨) por lo que entiendo era española de origen.
Mi bisabuelo se casa con mi bisabuela en el año 1929 siendo ambos españoles de origen segun el art 17 cc antes mencionado y vigente en esa fecha. Estos tienen un hijo que es mi Abuelo el cual nace en 1932 el cual era español por el ...ius sanguinis...segun la cadena de transmision, y mas que eso una persona originariamente por ser ambos padres españoles de origen y conserva su nacionalidad heredada de origen puesto que la constitucion de 1931-1939 pone en marcha la doble nacionalidad entre Espana y los paises latinos e hispanoamericanos, por lo que una persona podia nacionalizarse en algunos de estos paises de iberoamerica sin perder su nacionalidad española, y sus hijos podian optar por la nacionalidad espanola y ser al mismo tiempo nacional del pais donde habian nacido. basado en el articulo 24 de la constitucion de 1931-1939 (En paises iberoamericanos, si sus leyes no los prohiben, aun cuando no reconozcan el derecho de resiprocidad, podran nacionalizarce los espanoles sin perder su nacionalidad de origen...). Mi abuelo muere en el 2007 antes de la entrada en vigor de la Ley de Memoria HIstorica.
Mi mama nacio en el año 1972 segun lo antes expuesto,mi abuelo siendo originariamente espanol o espanol de origen le transmite la nacionalidad de origen a mi mama la cual pienso que debe conservar segun lo espuesto en el articulo 11-3 de la Constitucion de 1978. (...el estado podra concertar tratados de doble nacionalidad con los paises hiberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculacion con españa. en estos mismos paises, aun cuando no reconoscan el derecho de resiprocidad, podran nacionalizarce los espanoles sin perder su nacionalidad de origen...)
Mi pregunta es:
Tiene mi mama alguna posibilidad de obtener la nacionalidad española. YA sea obtando por ius sanguinis con valor de simple presuncion, o mediante la Ley 36 ya sea por conservacion, adquisicion o Recuperacion o de alguna otra forma????
Necesito si me pueden ayudar en asesorarme.
Mi caso es el siguiente:
Mi tatarabuelo era español nacido en Asturias en 1872 y emigro a Cuba alrededor de 1900 donde se establecio y contrajo matrimonio con una cubana en el año 1903. Estos tienen un hijo que seria mi bisabuelo (Padre de mi Abuelo) que nace en Cuba en el 1904 el cual según el art 17 del CC de 1889-1957 (¨Son españoles,... los hijos de padre o madre españoles, aunque hayan nacido fuera de España¨) por lo que entiendo era espanol de origen.
Por otra parte, mi otro tatarabuelo era español nacido en la Coruña en 1884 y emigro a Cuba alrededor de 1902 donde se establecio y contrajo matrimonio con una cubana. Estos tienen una hija que seria mi bisabuela (Madre de mi abuelo) que nace en cuba en el 1912 la cual segun tambien el art 17 del CC de 1889-1957 (¨Son españoles,... los hijos de padre o madre españoles, aunque hayan nacido fuera de España¨) por lo que entiendo era española de origen.
Mi bisabuelo se casa con mi bisabuela en el año 1929 siendo ambos españoles de origen segun el art 17 cc antes mencionado y vigente en esa fecha. Estos tienen un hijo que es mi Abuelo el cual nace en 1932 el cual era español por el ...ius sanguinis...segun la cadena de transmision, y mas que eso una persona originariamente por ser ambos padres españoles de origen y conserva su nacionalidad heredada de origen puesto que la constitucion de 1931-1939 pone en marcha la doble nacionalidad entre Espana y los paises latinos e hispanoamericanos, por lo que una persona podia nacionalizarse en algunos de estos paises de iberoamerica sin perder su nacionalidad española, y sus hijos podian optar por la nacionalidad espanola y ser al mismo tiempo nacional del pais donde habian nacido. basado en el articulo 24 de la constitucion de 1931-1939 (En paises iberoamericanos, si sus leyes no los prohiben, aun cuando no reconozcan el derecho de resiprocidad, podran nacionalizarce los espanoles sin perder su nacionalidad de origen...). Mi abuelo muere en el 2007 antes de la entrada en vigor de la Ley de Memoria HIstorica.
Mi mama nacio en el año 1972 segun lo antes expuesto,mi abuelo siendo originariamente espanol o espanol de origen le transmite la nacionalidad de origen a mi mama la cual pienso que debe conservar segun lo espuesto en el articulo 11-3 de la Constitucion de 1978. (...el estado podra concertar tratados de doble nacionalidad con los paises hiberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculacion con españa. en estos mismos paises, aun cuando no reconoscan el derecho de resiprocidad, podran nacionalizarce los espanoles sin perder su nacionalidad de origen...)
Mi pregunta es:
Tiene mi mama alguna posibilidad de obtener la nacionalidad española. YA sea obtando por ius sanguinis con valor de simple presuncion, o mediante la Ley 36 ya sea por conservacion, adquisicion o Recuperacion o de alguna otra forma????
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Hola
Lo que tienes que saber es si tu abuelo fue inscrito como español en el Consulado de la Habana y conservo la nacionalidad española al menos hasta el momento en que nació tu madre.
Saludos.
Lo que tienes que saber es si tu abuelo fue inscrito como español en el Consulado de la Habana y conservo la nacionalidad española al menos hasta el momento en que nació tu madre.
Saludos.
Como averiguar si un ascendiente (abuelo) se registró en Consulado en La Habana
hola.
Si alguien fuera tan amable me pudiera decir como saber si mi abuelo fue inscrito como español el el Consulado en la Habana y si exsiste un libro de familia. Que hacer para solicitar esa informacion.
Gracias
Si alguien fuera tan amable me pudiera decir como saber si mi abuelo fue inscrito como español el el Consulado en la Habana y si exsiste un libro de familia. Que hacer para solicitar esa informacion.
Gracias
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Puedes requerir al Consulado que te expida una copia si es que se registro su nacimiento, o al menos que revisen los libros de nacimiento, otra posibilidad seria que tu tatarabuelo si este registrado y quizá inscribió el matrimonio
http://www.exteriores.gob.es/Consulados ... iones.aspx
No se que tipo de documentación tienes, me refiero a una fe de bautismo de tu tatarabuelo o un acta literal de nacimiento, el Registro Civil español data de 1871
http://www.exteriores.gob.es/Consulados ... iones.aspx
No se que tipo de documentación tienes, me refiero a una fe de bautismo de tu tatarabuelo o un acta literal de nacimiento, el Registro Civil español data de 1871
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Tengo una fe de bautismo de mi tatarabuelo emitida en España.
Y una carta de naturalización cubana de mi bisabuelo asentada en 1952. O sea, q era español en el momento de nacer mi abuelo en 1932.
Y una carta de naturalización cubana de mi bisabuelo asentada en 1952. O sea, q era español en el momento de nacer mi abuelo en 1932.
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Siempre y cuando tu bisabuelo no haya realizado servicio militar en Cuba, si ese fuera el caso y aunque hipoteticamente tu abuelo no haya perdido la nacionalidad española por patria potestad también el (tu abuelo) no debería hacer realizado servicio militar en Cuba y no haber sido alcanzado por el asentimiento voluntario.
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
No ninguno pasaron el servicio militar. Lo que necesito que me aclare cuando comienza el asentimiento voluntario. Porque como le dije mi abuelo nacio en el 1932 y creo q hasta ante del 1954 la mayoria de edad era a los 23 anos asi q se ubiese emancipado en el 1955 pero no estoy seguro y de ser a los 21 anos se ubiese emancipado en 1953 o sea que aun no estaba vijente la actualizacion de 1954. Lo alcanza o no el asentimiento voluntario?
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
El asentimiento voluntario se empezó a aplicar a partir de 1965, es decir que aunque tu abuelo hubiera sido hipotéticamente español de origen y perdió la nacionalidad (española) por ejemplo en 1973 en ese mismo momento también la perdieron sus hijos menores de edad.
http://nacionalidades.blogspot.com.ar/2 ... tario.html
http://nacionalidades.blogspot.com.ar/2 ... tario.html
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
No entiendo bien. Mi abuelo cumple la mayoria de edad en 1953 es decir q no habia ley alguna en ese momento q dijera q devia declarar su voluntad de conservacion. Y por otro lado en el momento de el nacer cuba no atribuia la nacionalidad por ius soli sino q debia manifestar su intencion de obtenerla 23 anos despues cosa q el no hiso voluntariamente. Asi q no entiendo bien esto.
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Si estuvo sujeto a servicio militar español hasta los 38 años es decir en 1970 y nunca se registro en el consulado de la Habana, perdió la nacionalidad española que ostentaba por asentimiento voluntario a la cubana y por consiguiente sus hijos menores de edad que estaban bajo su patria potestad.
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Este es el motivo de mi duda ya q lo de estar sujeto al servicio militar comiensa con la actualizacion de 1954 es decir q seria para los q nacieron en 1933 +21 =1954 estos segun mi interpretacion son los q estaban sujetos. Pero mi abuelo cumple la mayoria de edad en 1953 o sea q no estubo sujeto a esa ley del 54. Sino q estaba vijente la const de 1931. Disculpe la redondancia.
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Tienes razón, entonces si tu bisabuelo perdió la nacionalidad española en 1952 al mismo tiempo también la perdió tu abuelo que para ese entonces era menor de edad con 20 años.
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Bien. Ahora mi pregunta es bajo q justificacion juridica la pierde ya que La constitución española de la segunda república 1931 pone en marcha la doble nacionalidad entre España y los países latino y hipanoamericanos. Es decir que en ese periodo un español podía obtar por la nacionalidad de un pais de iberoamericano sin perder su nacionalidad española y sus hijos podían obtar por la nacionalidad española y ser al mismo tiempo nacional del país que habia nacido. En este periodo la mujer no necesitaba seguir la naciionalidad del marido , ni el marido la de la esposa si hubiera ocurrido un matrimonio entre español y una persona nacida en hispanoamerica. Las leyes franquistas conservaron la doble nacionalidad como mismo decía la constitución del 31, pero ya fue mas dificil para los exiliados que inscribieran a su hijos en el consulado como españoles.
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Al igual que muchos países, España no tiene una ley única y exclusiva para nacionalidad, son varias que " interactúan" entre si.
El tema puntual es que no solo a los españoles los "afectaban" las leyes del momento que nacían si no también las nuevas o las que cambiaban y derogaban anteriores por ejemplo las modificaciones de Código Civil.
Eran muy pocos por no decir "nadie" inscribía a los hijos en los Consulados, no solo en Cuba, Chile, Brasil, Argentina, etc.
Lamentablemente salvo casos excepcionales los españoles inmigrantes y sus descendientes (entre los que me incluyo) por motivos diversos desconocimos totalmente la legislación sobre nacionalidad española durante décadas décadas.
El tema puntual es que no solo a los españoles los "afectaban" las leyes del momento que nacían si no también las nuevas o las que cambiaban y derogaban anteriores por ejemplo las modificaciones de Código Civil.
Eran muy pocos por no decir "nadie" inscribía a los hijos en los Consulados, no solo en Cuba, Chile, Brasil, Argentina, etc.
Lamentablemente salvo casos excepcionales los españoles inmigrantes y sus descendientes (entre los que me incluyo) por motivos diversos desconocimos totalmente la legislación sobre nacionalidad española durante décadas décadas.
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Esa constitución solo estuvo vigente hasta 1939 e incluso para hechos ocurridos durante su vigencia en el ámbito del registro civil pareciera que siempre la ignoran.
Las leyes franquistas no conservaron la doble nacionalidad y por eso tu bisabuelo pierde la española al naturalizarse cubano en 1952 (y tu abuelo también la pierde por dependencia familiar). Igual si quisieras podrías inscribir a tu bisabuelo / abuelo en el registro civil español (en caso que ya no lo estuvieran) si necesitas demostrar que eres también nieta de español de origen.
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Difícil lo veo en el consulado de España en la Habana
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Hola, quiero darle las gracias a Carlos33re y a Cenv por sus aclaraciones e interes en el caso.
HOla Cenv. Quisiera saber como puedo constatar si mi bisabuelo y mi abuelo estan inscito en el registro civil español, y de no estarlo que tramites debo hacer para inscribirlo.. Y si una ves que los inscriba mi mama y mi tio tienen alguna via de obtener su nacionalidad ya que serian hijos de español de origen.
HOla Cenv. Quisiera saber como puedo constatar si mi bisabuelo y mi abuelo estan inscito en el registro civil español, y de no estarlo que tramites debo hacer para inscribirlo.. Y si una ves que los inscriba mi mama y mi tio tienen alguna via de obtener su nacionalidad ya que serian hijos de español de origen.
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Me imagino que tu bisabuelo debe estar ya inscrito. Dónde vives? Si donde vives llega correo postal puedes pedir su certificado de nacimiento por internet en esta página: https://sede.mjusticia.gob.es/eCertific ... 5197884559
Tienes que seleccionar el segundo botón de Continuar abajo de Registro Civil Central.
Luego en tipo de certificación: Literal
Introduces todos los datos de tu bisabuelo. Done ponga Tomo escribes 00000 y donde ponga Folio escribes 000
También lo puedes pedir en tu consulado español más cercano.
El mismo proceso con tu abuelo. Si tu abuelo no está inscrito tendrías que solicitar inscribirlo y si no vives en España posiblemente se tarden muchos años porque es el consulado en Cuba quien lo inscribiría. Si vives en España, es el Registro Civil Central y no habría mayor problema.
De momento tu madre y tío no pueden pedir la nacionalidad pero al menos podrían residir en España sin mayor problema si así lo quisieran. Tu como nieta tendrías también algunas facilidades. Y si llegan a cambiar la ley te ahorrarías carreras de última hora porque estaría ya todo inscrito como debía ser.
Tienes que seleccionar el segundo botón de Continuar abajo de Registro Civil Central.
Luego en tipo de certificación: Literal
Introduces todos los datos de tu bisabuelo. Done ponga Tomo escribes 00000 y donde ponga Folio escribes 000
También lo puedes pedir en tu consulado español más cercano.
El mismo proceso con tu abuelo. Si tu abuelo no está inscrito tendrías que solicitar inscribirlo y si no vives en España posiblemente se tarden muchos años porque es el consulado en Cuba quien lo inscribiría. Si vives en España, es el Registro Civil Central y no habría mayor problema.
De momento tu madre y tío no pueden pedir la nacionalidad pero al menos podrían residir en España sin mayor problema si así lo quisieran. Tu como nieta tendrías también algunas facilidades. Y si llegan a cambiar la ley te ahorrarías carreras de última hora porque estaría ya todo inscrito como debía ser.
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
El que corresponde es el Consulado de España en la Habana (el único de Cuba) de estar registrados piden ciertos datos (tomo, página y número):
Solicitud de Copias de Certificaciones
http://www.exteriores.gob.es/Consulados ... fault.aspx
Solicitud de Copias de Certificaciones
http://www.exteriores.gob.es/Consulados ... fault.aspx
Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Gracias asi lo hare. En realidad yo vivo en estados unidos. Pero mi mama en cuba.
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Tengo una duda con respecto a este caso que es similar al mio:
Mi bisabuelo español emigró a Cuba y nunca se hizo ciudadano cubano.
Su hijo, nacido en julio 1916, fue registrado en el registro civil cubano en agosto del 2016 y no me consta que haya sido registrado en el consulado de España, pero entiendo que aún así es español de origen por ser hijo de españoles.
Mi mamá nació en Diciembre de 1940 y quiero saber si ella tambien es española de origen, teniendo en cuenta la constitución y código civil de aquella época.
Mi bisabuelo español emigró a Cuba y nunca se hizo ciudadano cubano.
Su hijo, nacido en julio 1916, fue registrado en el registro civil cubano en agosto del 2016 y no me consta que haya sido registrado en el consulado de España, pero entiendo que aún así es español de origen por ser hijo de españoles.
Mi mamá nació en Diciembre de 1940 y quiero saber si ella tambien es española de origen, teniendo en cuenta la constitución y código civil de aquella época.
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Si tu bisabuelo seguía siendo español cuando nació tu abuelo, tu abuelo habría sido español de origen. Tu madre no, aunque pudo haber optado por la nacionalidad durante la vigencia de la ley 52/2007. En un futuro próximo quizá tenga otra oportunidad de optar. Necesitará el certificado de "no cubano" del nacido en España.
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Gracias por tu rapida respuesta, te comento que mi bisabuelo siguio siendo español hasta su muerte,tengo las dos certificaciones que emite la Direccion de Inmigracion y Extranjeria, la certificacion de inscripcion en el Registro de Extranjeros y la certificacion de que no consta inscripto en el Registro de Ciudadania y te estaria muy agradecida si me explicaras por que mi mama no es española de origen, no logro entender donde se rompio la cadena.
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Porque se interpreta que el hijo de ese español nunca usó la nacionalidad española y la perdió, por lo cual tu madre no nació de padre español.
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
No entiendo, que tiempo tenia para usarla y que significa usarla? El nacio en 1916, su hija en 1940, en aquel entonces los hijos de emigrantes no perdian la nacionalidad, segun entendi, a partir del 1954 la perdian los hijos de los españoles nacidos en el extranjero, o sea, mi mama, si no declaraba su voluntad de conservarla, pero para ese entonces ya habia nacido española, no?
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Hola Javier, ya no es necesario explicarme lo del asentimiento voluntario, ya lei sobre como lo aplican arbitrariamente.
Si me gustaria que me explicaras algo:
Si mi abuelo hubiera sido inscrito en el consulado cuando tenía 4 años, ¿cambiaría en algo las cosas? Pues mi mamá optó por la nacionalidad durante la vigencia de la ley 52/2007, aún no se la han otorgado porque tuvimos que subsanar varios documentos y el trámite se ha retrasado, pero yo tenía la esperanza de que pudiera hacerse española de origen y dejarme la posibilidad de optar.
Por todo lo que he leído hasta el momento, no tengo opción alguna y supongo que si aprobaran la llamada ley de bisnietos tampoco, porque según entiendo es para los hijos de españoles de origen y no sería el caso de mi mamá,.. ¿Estoy en lo cierto?
Si me gustaria que me explicaras algo:
Si mi abuelo hubiera sido inscrito en el consulado cuando tenía 4 años, ¿cambiaría en algo las cosas? Pues mi mamá optó por la nacionalidad durante la vigencia de la ley 52/2007, aún no se la han otorgado porque tuvimos que subsanar varios documentos y el trámite se ha retrasado, pero yo tenía la esperanza de que pudiera hacerse española de origen y dejarme la posibilidad de optar.
Por todo lo que he leído hasta el momento, no tengo opción alguna y supongo que si aprobaran la llamada ley de bisnietos tampoco, porque según entiendo es para los hijos de españoles de origen y no sería el caso de mi mamá,.. ¿Estoy en lo cierto?
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Si tu madre culmina con éxito su opción por ley 52/2007, existe la posibilidad de que puedas optar por una nueva ley de redacción similar
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Gracias infinitas por tu ayuda Javier, me han citado para el dia 22 y al menos no me van a tomar por sorpresa porque me queda claro lo que me espera, saludos desde Cuba
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Hola nuevamente Javier, necesito consultarte algo más. Mi prima está en un caso similar al mío, pero con diferencia en las fechas, su caso es el siguiente:
Bisabuelo (emigrante, nunca se hizo ciudadano cubano y se inscribió como ciudadano español en Cuba)
Abuelo (nacido en Cuba en julio de 1916 e inscrito en el Registro Civil Cubano en agosto de 1916, no consta que se haya casado con la abuela)
Padre nacido en Cuba en febrero de 1939, antes de que su progenitor cumpliera los 23 años, tengo entendido que la mayoría de edad en esa época era al cumplir los 23 años.
Nieta (mi prima, nacida en 1974)
Las preguntas son: es el padre de mi prima español de origen por haber nacido antes de la mayoría de edad de su progenitor? De ser así, puede mi prima optar, aunque su padre nunca haya reclamado la ciudadanía española?
Gracias por estar, saludos...
Bisabuelo (emigrante, nunca se hizo ciudadano cubano y se inscribió como ciudadano español en Cuba)
Abuelo (nacido en Cuba en julio de 1916 e inscrito en el Registro Civil Cubano en agosto de 1916, no consta que se haya casado con la abuela)
Padre nacido en Cuba en febrero de 1939, antes de que su progenitor cumpliera los 23 años, tengo entendido que la mayoría de edad en esa época era al cumplir los 23 años.
Nieta (mi prima, nacida en 1974)
Las preguntas son: es el padre de mi prima español de origen por haber nacido antes de la mayoría de edad de su progenitor? De ser así, puede mi prima optar, aunque su padre nunca haya reclamado la ciudadanía española?
Gracias por estar, saludos...
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Es posible, si el padre aparece como nacido de padre soltero.
Spoiler
Código Civil de 1889- artículo 320
"La mayor edad empieza a los veintitrés años cumplidos."
Ley de 13 de diciembre de 1943, que entró en vigor el 1 de enero de 1944, la que dispuso en su artículo 1º que “a efectos civiles la mayor empieza a los veintiún años cumplidos”. Esto es recogido posteriormente por la Ley 31/1972.
"La mayor edad empieza a los veintitrés años cumplidos."
Ley de 13 de diciembre de 1943, que entró en vigor el 1 de enero de 1944, la que dispuso en su artículo 1º que “a efectos civiles la mayor empieza a los veintiún años cumplidos”. Esto es recogido posteriormente por la Ley 31/1972.
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Los abuelos nunca se casaron, tengo una certificacion de solteria de ambos, en que ayuda eso?
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Que no habría dejado de ser menor de edad y por lo tanto perdido la nacionalidad antes de nacido el hijo.
Que se prepare para presentar recurso y esperar años.
Que se prepare para presentar recurso y esperar años.
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Ella tiene abierto un expediente de solicitud de la nacionalidad por opcion, de hecho ayer la citaron para hacerle unos requerimientos, por esa via puede obtener la nacionalidad?
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Si solicitó la nacionalidad durante la vigencia de la DA7 de la Ley 52/2007 y presentó todos los documentos requeridos incluyendo el certificado de soltería del abuelo, no tengo dudas de que le asiste el derecho. Si no se lo reconocen, tendrá que presentar recurso.
Lo ideal habría sido presentar un escrito explicando por qué su padre fue originariamente español. Dudo mucho que en el consulado se pongan a investigar eso si no se les explica en detalle.
Lo ideal habría sido presentar un escrito explicando por qué su padre fue originariamente español. Dudo mucho que en el consulado se pongan a investigar eso si no se les explica en detalle.
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Perfecto, que entregue todos los documentos y que haga el escrito explicando lo de su papa. Gracias una vez mas por tu ayuda, gracias de verdad
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Ayudala con la redacción. Si quieres publícalo aqui para que podamos corregirlo.
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Eso hare, tan pronto lo tenga listo te lo muestro, gracias!!!
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Sr. Encargado del RC Consular
Muy señor mio,
Mi bisabuelo xxx xxxx xxx nació en España, de padre español y nacido en España.
Emigró a Cuba, pero nunca obtuvo la nacionalidad cubana. Residió el resto de su vida como extranjero registrado en Cuba.
Su hijo xxx xxxx xxxxx nació en Cuba el de julio de 1916 y pocos días más tarde fue inscrito su nacimiento en el registro civil cubano.
Sin haber contraído matrimonio (adjunto certificado de soltería) y cuando aún era menor de edad mi abuelo tuvo un hijo, xxxx xxxx xxxx quien nació el xx de febrero de 1939.
En ese entonces estaba vigente el artículo 320 del C.C. en su redacción originaria por la cual la mayoría de edad comenzaba a los 23 años, hasta que dicha edad se rebajó a 21 años por ley de 13 de diciembre de 1943. Por lo cual mi padre nació de padre español, ya que mi abuelo no había perdido la nacionalidad española por asentimiento voluntario a su nacionalidad cubana aún, y se encontraba bajo la patria potestad de su propio padre.
Mi padre perdió la nacionalidad por dependencia familiar al perderla mi abuelo.
Por haber sido mi padre una persona originariamente española, declaré mi voluntad de optar por la nacionalidad en virtud del Apartado Primero de la Disposición Adicional 7ª de la Ley 52/2007.
Le ruego que califique mi solicitud teniendo en cuenta lo expuesto.
Muy agradecido por su atención a mi solicitud, le saluda atentamente,
Muy señor mio,
Mi bisabuelo xxx xxxx xxx nació en España, de padre español y nacido en España.
Emigró a Cuba, pero nunca obtuvo la nacionalidad cubana. Residió el resto de su vida como extranjero registrado en Cuba.
Su hijo xxx xxxx xxxxx nació en Cuba el de julio de 1916 y pocos días más tarde fue inscrito su nacimiento en el registro civil cubano.
Sin haber contraído matrimonio (adjunto certificado de soltería) y cuando aún era menor de edad mi abuelo tuvo un hijo, xxxx xxxx xxxx quien nació el xx de febrero de 1939.
En ese entonces estaba vigente el artículo 320 del C.C. en su redacción originaria por la cual la mayoría de edad comenzaba a los 23 años, hasta que dicha edad se rebajó a 21 años por ley de 13 de diciembre de 1943. Por lo cual mi padre nació de padre español, ya que mi abuelo no había perdido la nacionalidad española por asentimiento voluntario a su nacionalidad cubana aún, y se encontraba bajo la patria potestad de su propio padre.
Mi padre perdió la nacionalidad por dependencia familiar al perderla mi abuelo.
Por haber sido mi padre una persona originariamente española, declaré mi voluntad de optar por la nacionalidad en virtud del Apartado Primero de la Disposición Adicional 7ª de la Ley 52/2007.
Le ruego que califique mi solicitud teniendo en cuenta lo expuesto.
Muy agradecido por su atención a mi solicitud, le saluda atentamente,
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Que lindo de tu parte, gracias
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Re: Conservacion de la nacionalidad Española por parte de bisnieta de emigrante
Vamos a ver...me dicen que tenemos que entregar nuevamente el certificado de nacimiento original del bisabuelo , les explique que ellos tenian un original en el expediente de mi mama, pero aun asi, me dicen que debo entregar otro en el expediente de mi prima, la vez anterior unos amigos que viven en España nos lo enviaron pero no quisiera molestarlos otra vez. Como puedo solicitarlo por mi cuenta?
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