Buenas, me gustaría saber si existe algún tipo de autorización judicial expresa o concreta, que autorice al padre o madre a representar al menor para un tema concreto, so para adquirir padre o madre la patria potestad que sería muy complicado.
El tema es una madre de nacionalidad rumana que reside y trabaja legalmente en España, casada con Español y dos hijos españoles, y que también tiene un hijo de un matrimonio anterior con rumano.
El hijo rumano nació en España y estudia en España, pero está indocumentado. El padre rumano desapareció cuando nació hace ya catorce años.
El interés de la madre es documentar al hijo solicitando la inscripción y pasaporte en el consulado.
Este es el tema y la pregunta, ¿dará el Juez una autorización para que la madre pueda actuar en nombre de ella y padre biológico para tramitar la documentación?
Gracias
Inscripción fuera de plazo de menor comunitario nacido en España de padres casados y extranjeros
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Re: Inscripción fuera de plazo de menor comunitario nacido en España de padres casados y extranjeros
La madre puede promover la inscripción por si misma. No necesita que comparezca el padre.Ley de Registro Civil:
Artículo 53.
Están obligados a promover la inscripción por la declaración correspondiente:
Primero. El padre.
Segundo. La madre.
Tercero. El pariente más próximo o, en su defecto, cualquier persona mayor de edad presente en el lugar del alumbramiento al tiempo de verificarse.
Cuarto. El Jefe del establecimiento o el cabeza de familia de la casa en que el nacimiento haya tenido lugar.
Quinto. Respecto a los recién nacidos abandonados, la persona que los haya recogido.
Artículo 54.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, en todo caso el médico, comadrona o ayudante técnico sanitario que asista al nacimiento estará obligado a dar inmediatamente parte escrito del mismo al encargado del Registro. En defecto del parte, el encargado, antes de inscribir, deberá comprobar el hecho por medio del médico del Registro Civil o por cualquier otro procedimiento reglamentario.
Si estuviera soltera, no podría indicar quién es el padre, sin que éste reconociera al hijo.
Al estar casada, en principio ese recién nacido (o pendiente de inscribir) es hijo del marido, salvo que se destruya la presunción que indica el art. 116 del Código Civil. Presunción derivada de la que indica el 69 del mismo Código Civil, y que a su vez viene de lo que indica el 68.
Deberá presentar el certificado de que ella tuvo ese hijo, y que se lo habrán dado en su día en el hospital en que nació el hijo. Si no lo recogieron, deberá solicitar un certificado que indique que, efectivamente, en tal fecha Dª .... identificada con NIE nº ..... tuvo un hijo/a el día .... a las ... horas, que nació en ... en el municipio de ......
Aportará la documentación que acredite que ella estaba casada en ese momento y que ahora ya no lo está.
Debe indicar los datos de ese padre también de nacionalidad rumana.
Además de empadronamiento actual y documentos de identificación, que son genéricos para cualquier trámite que se solicite.
Podría ser necesario un empadronamiento histórico que refleje cuál era el que tenían ambos padres en el momento del nacimiento. Eso lo determinará el Encargado del RC donde presenten la solicitud.
Y con eso se va al RC Encargado del municipio donde reside actualmente y se presenta la solicitud.
Ahí se harán los trámites necesarios y tras el informe del Fiscal se resolverá:
- Si nació en ese mismo partido judicial, el Juez resolverá y se notificará la resolución.
- Si nació en un municipio de otro partido diferente, el Juez emitirá un informe y remitirá todo el expediente al Encargado de ese otro Partido Judicial, quien visto el mismo, deberá resolver sobre la petición hecha.
Una vez resuelto, se notifica a los interesados y cuando la resolución sea firme se practicará la inscripción en el RC donde ocurrió el nacimiento, que es el único en el que se puede inscribir al hacerlo fuera del plazo legal.
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Re: Inscripción fuera de plazo de menor comunitario nacido en España de padres casados y extranjeros
Buenas, no me ha quedado claro o no me he explicado bien...
El niño es nacido en España y esta registrado en el registro civil de la localidad donde nació, pero para poder registrarlo como ciudadano de la unión y emitir el NIE solicitan pasaporte Rumano, nacionalidad que adquiere por ser de padres Rumanos.
La cuestión es que en el Consulado necesitan la presencia del padre (éste los abandonó cuando el niño tenia 4 meses, y tiene ahora 14 años), por lo que desde entonces esta desaparecido e ilocalizable.
La pregunta es qué es necesario para que la madre lo pueda representar y solicitar la documentación en el Consulado sin la presencia del padre..
Si existe algún tipo de autorización que emita un juez para porque la madre lo represente sólo a estos efectos, pues la patria potestad es mas complicado.
Gracias
El niño es nacido en España y esta registrado en el registro civil de la localidad donde nació, pero para poder registrarlo como ciudadano de la unión y emitir el NIE solicitan pasaporte Rumano, nacionalidad que adquiere por ser de padres Rumanos.
La cuestión es que en el Consulado necesitan la presencia del padre (éste los abandonó cuando el niño tenia 4 meses, y tiene ahora 14 años), por lo que desde entonces esta desaparecido e ilocalizable.
La pregunta es qué es necesario para que la madre lo pueda representar y solicitar la documentación en el Consulado sin la presencia del padre..
Si existe algún tipo de autorización que emita un juez para porque la madre lo represente sólo a estos efectos, pues la patria potestad es mas complicado.
Gracias
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Re: Inscripción fuera de plazo de menor comunitario nacido en España de padres casados y extranjeros
Pues si, la explicación del caso no ha sido la más exacta... ya que no se trata de inscribir a un menor en un RC español.
Se trata de registrarlo ante las autoridades extranjeras (en este caso rumanas) y por tanto la pregunta deberías de hacerla -si existiera- en un foro de registro civil de Rumanía. No es una cuestión de legislación española los requerimientos que otro país pone para poder registrar a un ciudadano de dicha nacionalidad.
La Justicia española puede acordar cuestiones respecto a la patria potestad de un menor (pudiendo ser extranjero), pero eso no vincula a la administración de otro país para que se reconozca esa resolución per se, y menos si los efectos de la misma contradicen su propia legislación.
A esta pregunta de qué puede hacer esa madre, ¿qué contesta la Embajada/Consulado de Rumanía en España?
Se trata de registrarlo ante las autoridades extranjeras (en este caso rumanas) y por tanto la pregunta deberías de hacerla -si existiera- en un foro de registro civil de Rumanía. No es una cuestión de legislación española los requerimientos que otro país pone para poder registrar a un ciudadano de dicha nacionalidad.
La Justicia española puede acordar cuestiones respecto a la patria potestad de un menor (pudiendo ser extranjero), pero eso no vincula a la administración de otro país para que se reconozca esa resolución per se, y menos si los efectos de la misma contradicen su propia legislación.
A esta pregunta de qué puede hacer esa madre, ¿qué contesta la Embajada/Consulado de Rumanía en España?
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