Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
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Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
Saludos.
Hace dos años tuve un hijo, por motivos técnicos nos remitieron a otro registro civil, lugar donde mi pareja ni yo estamos empadronados, ni donde se produjo el alumbramiento, lógicamente con toda nuestra documentación, ya que no estamos casados.
Bien, pues a pesar de todo, el niño queda como lugar de nacimiento el de tal registro, a pesar de no cumplir con el art.16.2.
El registro civil reconoció su error pero no quiere modificarlo,.. Si acaso lo que nos quisieron hacer es un traslado de expediente...
¿A quien podría dirigirme para solventar ese error que no sea el de tener que pagar un abogado?.
Gracias.
Hace dos años tuve un hijo, por motivos técnicos nos remitieron a otro registro civil, lugar donde mi pareja ni yo estamos empadronados, ni donde se produjo el alumbramiento, lógicamente con toda nuestra documentación, ya que no estamos casados.
Bien, pues a pesar de todo, el niño queda como lugar de nacimiento el de tal registro, a pesar de no cumplir con el art.16.2.
El registro civil reconoció su error pero no quiere modificarlo,.. Si acaso lo que nos quisieron hacer es un traslado de expediente...
¿A quien podría dirigirme para solventar ese error que no sea el de tener que pagar un abogado?.
Gracias.
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Re: Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
¿Puedes extenderte al respecto de esta afirmación?Minerva escribió: por motivos técnicos nos remitieron a otro registro civil
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Re: Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
Te explico.
En el registro civil del municipio donde resido, me dijo el encargado que no me lo podía inscribir en un par de dias.
En el registro civil del municipio donde resido, me dijo el encargado que no me lo podía inscribir en un par de dias.
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Re: Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
¿Y...?
Si no lo podía hacer en un par de días, que seguramente sería porque tenía un error en su programa o en su ordenador, lo que tenía que haber hecho es ir personalmente al Registro Civil de ese otro municipio, y pedirles que le dejasen acceder a través del ordenador de éstos, pero con la clave de usuario suya y así hubiera hecho la inscripción que hubiera quedado registrada en el RC de donde vosotros residíais..
Ahora, por haberse hecho en un RC que no tenía competencia legal para hacer la inscripción,y tratándose de un defecto formal al practicar la inscripción, podéis solicitar un expediente para que se cancele el acta mal extendida en el RC X (el que la tiene ahora) y hacerla en el que tenga competencia..
Aquí nos encontramos con dos posibilidades:
a) que el municipio donde realmente nació, sea el del lugar donde vosotros estabais empadronados en ese momento --> Y que sería el que le hubiera correspondido hacer la inscripción.
b) que vuestro hijo hubiera nacido en otro municipio diferente al de vuestro domicilio (porque, por ejemplo, el hospital estaba es ese otro lugar). Si fue el caso, vosotros lo que queríais es que se hubiera inscrito en el de vuestro domicilio común, tal como permite el art. 16.2 LRC
Bien, aunque tengamos estas dos posibilidades, para las dos la única alternativa viable donde hacer la inscripción es la misma: habiendo transcurrido hoy más de los 30 días legalmente establecidos para hacer la inscripción en el RC del domicilio de los padres, la única manera es hacer un expediente que acuerde que se haga la inscripción en el RC DONDE REALMENTE OCURRIÓ EL NACIMIENTO, de tal manera que no se permite hacerla fuera del municipio donde realmente nació y que éste va a ser el que se considere como lugar del nacimiento del inscrito.
Y, en este caso, no se va a poder hacer que el lugar del nacimiento sea donde vosotros estáis empadronados..
Así hay alguna que otra resolución que lo indica, como la que ahora os cuelgo, y que puede no ser exactamente el mismo caso que el vuestro, pero que si es para saber cuál es el criterio que se sigue -al no tener los padres el domicilio común en el RC donde se hizo la inscripción-:
Resolución (4.ª) de 29 de diciembre de 2006, sobre defecto formal.
Lo es el haberse inscrito un nacimiento dentro de plazo en el Registro Civil del domicilio de los padres, y no en el lugar del nacimiento, en virtud de la sola petición del padre, y sin intervención alguna de la madre.
Si no lo podía hacer en un par de días, que seguramente sería porque tenía un error en su programa o en su ordenador, lo que tenía que haber hecho es ir personalmente al Registro Civil de ese otro municipio, y pedirles que le dejasen acceder a través del ordenador de éstos, pero con la clave de usuario suya y así hubiera hecho la inscripción que hubiera quedado registrada en el RC de donde vosotros residíais..
Ahora, por haberse hecho en un RC que no tenía competencia legal para hacer la inscripción,y tratándose de un defecto formal al practicar la inscripción, podéis solicitar un expediente para que se cancele el acta mal extendida en el RC X (el que la tiene ahora) y hacerla en el que tenga competencia..
Aquí nos encontramos con dos posibilidades:
a) que el municipio donde realmente nació, sea el del lugar donde vosotros estabais empadronados en ese momento --> Y que sería el que le hubiera correspondido hacer la inscripción.
b) que vuestro hijo hubiera nacido en otro municipio diferente al de vuestro domicilio (porque, por ejemplo, el hospital estaba es ese otro lugar). Si fue el caso, vosotros lo que queríais es que se hubiera inscrito en el de vuestro domicilio común, tal como permite el art. 16.2 LRC
Bien, aunque tengamos estas dos posibilidades, para las dos la única alternativa viable donde hacer la inscripción es la misma: habiendo transcurrido hoy más de los 30 días legalmente establecidos para hacer la inscripción en el RC del domicilio de los padres, la única manera es hacer un expediente que acuerde que se haga la inscripción en el RC DONDE REALMENTE OCURRIÓ EL NACIMIENTO, de tal manera que no se permite hacerla fuera del municipio donde realmente nació y que éste va a ser el que se considere como lugar del nacimiento del inscrito.
Y, en este caso, no se va a poder hacer que el lugar del nacimiento sea donde vosotros estáis empadronados..
Así hay alguna que otra resolución que lo indica, como la que ahora os cuelgo, y que puede no ser exactamente el mismo caso que el vuestro, pero que si es para saber cuál es el criterio que se sigue -al no tener los padres el domicilio común en el RC donde se hizo la inscripción-:
Resolución (4.ª) de 29 de diciembre de 2006, sobre defecto formal.
Lo es el haberse inscrito un nacimiento dentro de plazo en el Registro Civil del domicilio de los padres, y no en el lugar del nacimiento, en virtud de la sola petición del padre, y sin intervención alguna de la madre.
Spoiler
En el expediente de rectificación de errores en inscripción de nacimiento, remitido a este Centro en trámite de recurso en virtud del entablado por los promotores, contra auto del Juez Encargado del Registro Civil de V.
HECHOS
1. Mediante escrito presentado en el Registro Civil de B. el 20 de junio de 2005, doña P., domiciliada en B. y don C., domiciliado en M., solicitaban que su hija C., nacida el 8 de junio de 2005, en el Hospital de la P. en V., apareciera inscrita a todos los efectos, como nacida en V., por entre otros motivos, haber sido inscrita sin la conformidad de la madre.
Se adjuntaba la inscripción de nacimiento de la menor practicada en el Registro Civil de B.
2. Remitida la anterior documentación al Registro Civil de V., el Ministerio Fiscal informó favorablemente el cambio del lugar de nacimiento de la menor.
El Encargado del Registro Civil dictó auto con fecha 25 de octubre de 2005, desestimando la solicitud presentada, ya que en el artículo 68 del Reglamento del Registro Civil se atribuye la posibilidad de considerarse a todos los efectos legales, que el lugar de nacimiento del inscrito es el del municipio en que se hubiera practicado el asiento.
3. Notificada la resolución al Ministerio Fiscal y a los promotores, éstos interpusieron recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado, solicitando que su hija figurase a todos los efectos legales como nacida en V., como ocurrió, en base a que los padres no estaban empadronados en la misma ciudad, formulándose la solicitud de inscripción en el Registro Civil de B., por uno solo de los progenitores.
4. De la interposición del recurso se dio traslado al Ministerio Fiscal.
El Juez Encargado remitió las actuaciones a la Dirección General de los Registros y del Notariado para la resolución del recurso.
5. La Dirección General de los Registros y del Notariado interesó que se aportara la hoja de declaración de datos para la inscripción del nacimiento, presentada en su momento, así como acuerdo de los padres haciendo uso de la facultad prevista en el artículo 16.2 de la Ley del Registro Civil.
El Juzgado de Paz de B. remitió el cuestionario para la declaración del nacimiento presentado en el mismo, en el que constaba como domicilio de los progenitores, B., informando que la instancia para solicitar la inscripción de nacimiento en B., no fue recogida por error por el funcionario que atendía el Registro Civil, y que cuando se le solicitó a los padres, no quisieron entregarla.
Los promotores manifestaron que cuando fue el padre a inscribir a la menor, le informaron que no había problemas para que constara como lugar de nacimiento V., y que se negaron a firmar la nota informativa, tras la inscripción.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. Vistos los artículos 16, 41 y 92 a 95 de la Ley del Registro Civil (LRC); 168 y 342 del Reglamento del Registro Civil y las Resoluciones de 8 de enero, 8-2.ª de junio, 8 de julio y 3-3.ª de diciembre de 2002; 24 de enero y 25 de febrero de 2003; y 8-2.ª de enero de 2004.
II. Se pretende por la interesada que en la inscripción de nacimiento de su hija, se proceda a la rectificación del lugar en que éste acaeció que, según alega, fue V. y no B. que, a todos los efectos legales, se hizo constar en la inscripción.
III. Los nacimientos han de inscribirse en el Registro Municipal o Consular del lugar en que acaecen.
En el presente caso está acreditado que el nacimiento tuvo lugar en V. y el padre de la nacida instó la inscripción en el de B. que la practicó, siendo recurrida por los padres al entender que se había cometido un error.
Por el Juez Encargado del Registro de V., del que aquel Registro depende, se dictó auto que constituye el objeto del presente recurso.
IV. Para que un nacimiento, por declaración dentro de plazo del acaecido en España, pueda ser inscrito en el Registro Civil de los padres –y no, como es regla, en el Registro Civil correspondiente al lugar del nacimiento– es necesario que se den las condiciones previstas por el artículo 16, apartado 2, de la Ley del Registro Civil, en su redacción por la Ley 4/1991, de 10 de enero (cfr. también art. 68 RRC redactado por el Real Decreto 1063/1991, de 5 de julio).
Esta posibilidad está subordinada fundamentalmente a la solicitud común de los representantes legales del nacido y a la justificación de que ambos tienen domicilio común.
En el presente caso no consta el acuerdo de los padres para que la inscripción de nacimiento de su hija se practicase en el Registro correspondiente al domicilio de ellos, por lo que dicha inscripción debió efectuarse en el Registro correspondiente al lugar del nacimiento y no en el correspondiente al domicilio de aquellos.
Esta Dirección General ha acordado, de conformidad con la propuesta reglamentaria, estimar el recurso y ordenar que, por traslado de la inscripción extendida y con supresión de lo consignado en la casilla de observaciones, se extienda una nueva inscripción de nacimiento en el Registro Civil de V., cancelándose seguidamente la inscripción practicada en el Registro Civil de B.
HECHOS
1. Mediante escrito presentado en el Registro Civil de B. el 20 de junio de 2005, doña P., domiciliada en B. y don C., domiciliado en M., solicitaban que su hija C., nacida el 8 de junio de 2005, en el Hospital de la P. en V., apareciera inscrita a todos los efectos, como nacida en V., por entre otros motivos, haber sido inscrita sin la conformidad de la madre.
Se adjuntaba la inscripción de nacimiento de la menor practicada en el Registro Civil de B.
2. Remitida la anterior documentación al Registro Civil de V., el Ministerio Fiscal informó favorablemente el cambio del lugar de nacimiento de la menor.
El Encargado del Registro Civil dictó auto con fecha 25 de octubre de 2005, desestimando la solicitud presentada, ya que en el artículo 68 del Reglamento del Registro Civil se atribuye la posibilidad de considerarse a todos los efectos legales, que el lugar de nacimiento del inscrito es el del municipio en que se hubiera practicado el asiento.
3. Notificada la resolución al Ministerio Fiscal y a los promotores, éstos interpusieron recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado, solicitando que su hija figurase a todos los efectos legales como nacida en V., como ocurrió, en base a que los padres no estaban empadronados en la misma ciudad, formulándose la solicitud de inscripción en el Registro Civil de B., por uno solo de los progenitores.
4. De la interposición del recurso se dio traslado al Ministerio Fiscal.
El Juez Encargado remitió las actuaciones a la Dirección General de los Registros y del Notariado para la resolución del recurso.
5. La Dirección General de los Registros y del Notariado interesó que se aportara la hoja de declaración de datos para la inscripción del nacimiento, presentada en su momento, así como acuerdo de los padres haciendo uso de la facultad prevista en el artículo 16.2 de la Ley del Registro Civil.
El Juzgado de Paz de B. remitió el cuestionario para la declaración del nacimiento presentado en el mismo, en el que constaba como domicilio de los progenitores, B., informando que la instancia para solicitar la inscripción de nacimiento en B., no fue recogida por error por el funcionario que atendía el Registro Civil, y que cuando se le solicitó a los padres, no quisieron entregarla.
Los promotores manifestaron que cuando fue el padre a inscribir a la menor, le informaron que no había problemas para que constara como lugar de nacimiento V., y que se negaron a firmar la nota informativa, tras la inscripción.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. Vistos los artículos 16, 41 y 92 a 95 de la Ley del Registro Civil (LRC); 168 y 342 del Reglamento del Registro Civil y las Resoluciones de 8 de enero, 8-2.ª de junio, 8 de julio y 3-3.ª de diciembre de 2002; 24 de enero y 25 de febrero de 2003; y 8-2.ª de enero de 2004.
II. Se pretende por la interesada que en la inscripción de nacimiento de su hija, se proceda a la rectificación del lugar en que éste acaeció que, según alega, fue V. y no B. que, a todos los efectos legales, se hizo constar en la inscripción.
III. Los nacimientos han de inscribirse en el Registro Municipal o Consular del lugar en que acaecen.
En el presente caso está acreditado que el nacimiento tuvo lugar en V. y el padre de la nacida instó la inscripción en el de B. que la practicó, siendo recurrida por los padres al entender que se había cometido un error.
Por el Juez Encargado del Registro de V., del que aquel Registro depende, se dictó auto que constituye el objeto del presente recurso.
IV. Para que un nacimiento, por declaración dentro de plazo del acaecido en España, pueda ser inscrito en el Registro Civil de los padres –y no, como es regla, en el Registro Civil correspondiente al lugar del nacimiento– es necesario que se den las condiciones previstas por el artículo 16, apartado 2, de la Ley del Registro Civil, en su redacción por la Ley 4/1991, de 10 de enero (cfr. también art. 68 RRC redactado por el Real Decreto 1063/1991, de 5 de julio).
Esta posibilidad está subordinada fundamentalmente a la solicitud común de los representantes legales del nacido y a la justificación de que ambos tienen domicilio común.
En el presente caso no consta el acuerdo de los padres para que la inscripción de nacimiento de su hija se practicase en el Registro correspondiente al domicilio de ellos, por lo que dicha inscripción debió efectuarse en el Registro correspondiente al lugar del nacimiento y no en el correspondiente al domicilio de aquellos.
Esta Dirección General ha acordado, de conformidad con la propuesta reglamentaria, estimar el recurso y ordenar que, por traslado de la inscripción extendida y con supresión de lo consignado en la casilla de observaciones, se extienda una nueva inscripción de nacimiento en el Registro Civil de V., cancelándose seguidamente la inscripción practicada en el Registro Civil de B.
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Re: Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
Muchas gracias karbico.
Justo lo que yo quiero es que mi hijo figure como lugar de nacimiento aquel en que se produjo el alumbramiento.
En el registro civil del municipio donde estoy empadronada me dijo que no podia hacer nada al respecto y aquel otro que cometio el error me dijo que no podía hacer nada.
Ante que persona del registro civil donde inscribi a mi hijo deberia dirigirme?
Justo lo que yo quiero es que mi hijo figure como lugar de nacimiento aquel en que se produjo el alumbramiento.
En el registro civil del municipio donde estoy empadronada me dijo que no podia hacer nada al respecto y aquel otro que cometio el error me dijo que no podía hacer nada.
Ante que persona del registro civil donde inscribi a mi hijo deberia dirigirme?
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Re: Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
Tú redacta un escrito en el que especificas lo que ocurrió:
En caso de que te digan que no, solicita hablar con el Secretario o Juez.
Tú tienes derecho a presentar un escrito solicitando lo que te venga en gana... Otra cosa es que tengas derecho a que te lo concedan o no....
Pero si no ha lugar, que te respondan por escrito que no te lo pueden dar... y el porqué.
Si así fuera, vuelves a presentar un escrito diciendo que presentas recurso contra esa calificación del Juez de ese Registro Civil, ya que no estás de acuerdo porque te reafirmas que el RC de ____ no era competente para hacer esa inscripción.
En este caso, se remitiría toda la documentación a la DGRN, que tarda sobre unos 10-12 meses en dar la resolución...
... Y verás que entonces si que te darán la razón...
Buena suerte y no te olvides de volver a contarnos cómo os fue..
Saludos
Con originales y copia, te presentas en el Registro Civil de tu domicilio y presentas esa solicitud, que te tienen que recoger si o si..1.- con fecha x nació mi hijo en el hospital de ____.
2.- Al ir a inscribirlo al RC de este municipio, que además es el del lugar donde residíamos (y, posiblemente, sigáis haciéndolo) en ese momento ambos progenitores, el funcionario/Secretario/Juez nos informó que no podíamos hacer la inscripción ahí, debido a ....., indicándonos que deberíamos acudir al RC de ___.
3.- Siguiendo estas indicaciones, acudimos a ese RC de ____, donde se procedió a inscribir el nacimiento de nuestro hijo, habiendo quedado registrado en el Tomo __ Página ____ de su sección Primera (adjunta certificado de dicho nacimiento).
4.- Al solicitar ahora su documentación, nos encontramos con que se considera que el menor es nacido en el municipio de __, lo cual es completamente incorrecto, habiéndose cometido un defecto formal al practicar al inscripción, al realizarse en un registro civil que no tenía competencia legal para hacerla, dado que ninguno de los progenitores estábamos empadronados ni residíamos en dicho término municipal.
Por todo ello, SOLICITAMOS
Que se inicie un expediente para cancelar dicha inscripción de nacimiento en el registro civil de ___ y se proceda a practicar la misma en el RC de ____, que era y sigue siendo el competente para ello.
A tal efecto, adjuntamos -entre otras existentes- la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 9 de diciembre de 2006, sobre defecto formal, en la que se puede observar que el criterio de dicho órgano es el de que si se ha producido un error formal al hacer la inscripción en un registro que carecía de competencia legal para ello, que se proceda a la cancelación de dicha acta en ese registro civil, procediéndose a practicar en el legalmente competente. (y copias esta resolución de aquí arriba y la presentas también).
Fecha y firma
En caso de que te digan que no, solicita hablar con el Secretario o Juez.
Tú tienes derecho a presentar un escrito solicitando lo que te venga en gana... Otra cosa es que tengas derecho a que te lo concedan o no....
Pero si no ha lugar, que te respondan por escrito que no te lo pueden dar... y el porqué.
Si así fuera, vuelves a presentar un escrito diciendo que presentas recurso contra esa calificación del Juez de ese Registro Civil, ya que no estás de acuerdo porque te reafirmas que el RC de ____ no era competente para hacer esa inscripción.
En este caso, se remitiría toda la documentación a la DGRN, que tarda sobre unos 10-12 meses en dar la resolución...
... Y verás que entonces si que te darán la razón...
Buena suerte y no te olvides de volver a contarnos cómo os fue..
Saludos
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Re: Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
Pues esperar 2 días tampoco me parece que fuera excesivo, dados los "problemas técnicos" que pudiera haber.Minerva escribió:Te explico.
En el registro civil del municipio donde resido, me dijo el encargado que no me lo podía inscribir en un par de dias.
Si hubieses esperado tan solo 2 días no te verías ahora obligada a realizar el trámite que tan bien te ha explicado kárbiko.
Irremisiblemente ahora sí que vas a tener que esperar "algo más" de 2 días.
Suerte!!
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Re: Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
Gracias por responder.
El juez del registro de mi municipio, me dijo que no podia hacer nada, que mi hijo era capitalino...
A mi tercer hijo lo inscribire en.jerez de la frontera aunque viva en Barcelona.
Un saludo!!!
El juez del registro de mi municipio, me dijo que no podia hacer nada, que mi hijo era capitalino...
A mi tercer hijo lo inscribire en.jerez de la frontera aunque viva en Barcelona.
Un saludo!!!
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Re: Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
Buen sitio para inscribirlo... siempre que estés empadronada en Jerez o te vayas al Hospital de Jerez a dar a luz."A mi tercer hijo lo inscribiré en.jerez de la frontera aunque viva en Barcelona."
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Re: Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
Doy fe, que es posible, ninguno de mis hijos esta inscrito, ni en mi lugar de residencia, ni en el municipio donde nacieron, en estos lares, todo es posible!
Bromas aparte, cuando un ciudadano se acerca a un registro, acude siempre al mas cercano, no va pensando en ningún articulo ni nada por estilo, que para eso llevo mis papeles, que dan fe, del lugar donde han nacido, pues desconocía, que si, que se puede... todo es posible!!
Un saludo.
--- 19 May 2016, 21:46 ---
Verdaderamente es un problema, porque a mis hijos aun pequeños tendré que enseñarles que cuando rellenen un documento, no piensen en que lugar nacieron, sino donde se inscribieron... un lio!
--- 19 May 2016, 21:59 ---
En fin, mi dolor de cabeza es ese, uno cree que el registro civil, es una institución única que da fe, de aquella documentación que le es entregada, pero no, no es así. Ahora en cada municipio, al menos donde yo vivo, hay un registro, lo que da lugar a cierta descentralización, sumado a la falta de funcionarios en dichos registros, solo da lugar a la desinformación.
Bromas aparte, cuando un ciudadano se acerca a un registro, acude siempre al mas cercano, no va pensando en ningún articulo ni nada por estilo, que para eso llevo mis papeles, que dan fe, del lugar donde han nacido, pues desconocía, que si, que se puede... todo es posible!!
Un saludo.
--- 19 May 2016, 21:46 ---
Verdaderamente es un problema, porque a mis hijos aun pequeños tendré que enseñarles que cuando rellenen un documento, no piensen en que lugar nacieron, sino donde se inscribieron... un lio!
--- 19 May 2016, 21:59 ---
En fin, mi dolor de cabeza es ese, uno cree que el registro civil, es una institución única que da fe, de aquella documentación que le es entregada, pero no, no es así. Ahora en cada municipio, al menos donde yo vivo, hay un registro, lo que da lugar a cierta descentralización, sumado a la falta de funcionarios en dichos registros, solo da lugar a la desinformación.
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Re: Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
¡Qué cosa!
Escucha, ¿por qué no lo inscribes en Sempere (Valencia) que apenas son 52 habitantes y así colaboras para que no cierren la escuela del pueblo?
Escucha, ¿por qué no lo inscribes en Sempere (Valencia) que apenas son 52 habitantes y así colaboras para que no cierren la escuela del pueblo?
Re: Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
Hola, al final como acabó la cosa? Agradecería mucho saberlo. Gracias.un saludo.
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Re: Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
Buenas nuevamente, por fin mis hijos han quedado registrados en su lugar de nacimiento, muchas gracias a karbico.
A los demás padres que se encuentran o están en esta misma situación con la que encabeza el hilo de este post, deben de tener en cuenta el artículo.16.2, en mi caso no se cumplía, ya que mi pareja y yo estábamos empadronados en municipios distintos , quedense con esto, pues de lo contrario, no se podrá hacer nada. Un saludo y gracias a aquellos que me han orientado para resolver este asunto.
A los demás padres que se encuentran o están en esta misma situación con la que encabeza el hilo de este post, deben de tener en cuenta el artículo.16.2, en mi caso no se cumplía, ya que mi pareja y yo estábamos empadronados en municipios distintos , quedense con esto, pues de lo contrario, no se podrá hacer nada. Un saludo y gracias a aquellos que me han orientado para resolver este asunto.
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Re: Como corregir error en Inscripcion de nacimiento en un registro civil donde no estaban empadronados los padres
Saludos nuevamente...
El asunto término muy bien, en menos de un mes quedaba todo resuelto, siguiendo la indicación de karbico y gervan, gracias!
Si bien quería señalar que para aquellos que como yo se han visto envueltos en esto, tengan muy presente, que la única manera de cambiar el lugar de nacimiento, es no cumplir el requisito del artículo.16.2, es esencial.
Por supuesto presentad siempre un escrito, incluso añadir en este un teléfono de contacto.
Nuevamente, muchas gracias.
El asunto término muy bien, en menos de un mes quedaba todo resuelto, siguiendo la indicación de karbico y gervan, gracias!
Si bien quería señalar que para aquellos que como yo se han visto envueltos en esto, tengan muy presente, que la única manera de cambiar el lugar de nacimiento, es no cumplir el requisito del artículo.16.2, es esencial.
Por supuesto presentad siempre un escrito, incluso añadir en este un teléfono de contacto.
Nuevamente, muchas gracias.
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