Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
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Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
Hola, Saludos cordiales, les presento mi caso, espero que me puedan ayudar:
Mi abuelo (ya fallecido) nació en España y emigró a Venezuela en los conflictos de la guerra. Nunca obtuvo la nacionalidad Venezolana, por tanto, nunca perdió la española.
Mi padre nació en el año de 1967 en Venezuela, y obtuvo la Nacionalidad realizando todos los trámites por el consulado español en Caracas en el año 2014.
Luego que mi padre obtuvo la nacionalidad (me imagino que es la de origen) me dirijo al consulado y me dicen que por tener 27 años no podía obtenerla, que me tenía que ir a vivir a España 1 año y luego solicitar la Nacionalidad por residencia.
Actualmente estoy en España, en una isla de las Canarias. Llegué hace 2 meses. Traje todos los requisitos (literal española de mi papa, la de mi abuelo, me empadrone, copias de los pasaportes, mi partida de nacimientos apostillada, antecedentes penales apostillados), y a la semana de haber llegado solicité arraigo familiar. Han tardado 2 meses en responder y me salió NO FAVORABLE.
Esto me complica las cosas y mucho. No se el motivo por el cual salió NO FAVORABLE si presente todo..
Voy a esperar a que me llegue la carta al domicilio para saber el motivo, para tratar de resolver lo que me digan que está mal y volver a introducir la solicitud de arraigo familiar.
¿Podría inscribir mi nacimiento en el registro civil de mi sector?
¿podría optar por la nacionalidad Española directamente teniendo en cuenta que mi abuelo nunca perdió su nacionalidad española?
Me gustaría que me asesoraran que otros procedimientos puedo realizar para poder legalizar mi situación en España teniendo en cuenta que soy hijo de Español de origen y tomando en cuenta lo que me esta sucediendo sobre la negación del arraigo familiar.
No quiero llegar a quedar como ilegal en España debido a que no se si me afectaría en un futuro para obtener la Nacionalidad.
Muchas gracias
Mi abuelo (ya fallecido) nació en España y emigró a Venezuela en los conflictos de la guerra. Nunca obtuvo la nacionalidad Venezolana, por tanto, nunca perdió la española.
Mi padre nació en el año de 1967 en Venezuela, y obtuvo la Nacionalidad realizando todos los trámites por el consulado español en Caracas en el año 2014.
Luego que mi padre obtuvo la nacionalidad (me imagino que es la de origen) me dirijo al consulado y me dicen que por tener 27 años no podía obtenerla, que me tenía que ir a vivir a España 1 año y luego solicitar la Nacionalidad por residencia.
Actualmente estoy en España, en una isla de las Canarias. Llegué hace 2 meses. Traje todos los requisitos (literal española de mi papa, la de mi abuelo, me empadrone, copias de los pasaportes, mi partida de nacimientos apostillada, antecedentes penales apostillados), y a la semana de haber llegado solicité arraigo familiar. Han tardado 2 meses en responder y me salió NO FAVORABLE.
Esto me complica las cosas y mucho. No se el motivo por el cual salió NO FAVORABLE si presente todo..
Voy a esperar a que me llegue la carta al domicilio para saber el motivo, para tratar de resolver lo que me digan que está mal y volver a introducir la solicitud de arraigo familiar.
¿Podría inscribir mi nacimiento en el registro civil de mi sector?
¿podría optar por la nacionalidad Española directamente teniendo en cuenta que mi abuelo nunca perdió su nacionalidad española?
Me gustaría que me asesoraran que otros procedimientos puedo realizar para poder legalizar mi situación en España teniendo en cuenta que soy hijo de Español de origen y tomando en cuenta lo que me esta sucediendo sobre la negación del arraigo familiar.
No quiero llegar a quedar como ilegal en España debido a que no se si me afectaría en un futuro para obtener la Nacionalidad.
Muchas gracias
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Re: Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
Por lo que ha ocurrido, seguramente tu padre NO TIENE LA NACIONALIDAD DE ORIGEN. Por eso no te conceden a ti el arraigo familiar, pues no demostrarías ser hijo de un español de origen..
Haría falta ver la inscripción de tu padre para saber qué han puesto, tanto en la nacionalidad de su padre, como el contenido de la columna izquierda si es que hay alguna marginal en ella.
La respuestas a tus preguntas es que si a la primera y no a la segunda.
Si que puedes solicitar inscribir tu nacimiento en el RC español, pero va a poner que no queda acreditada la nacionalidad española del inscrito.
Por tanto, no podrás solicitar la documentación española, pues no lo eres.
Esa inscripción a ti, de momento, no te concede ningún derecho.
La nacionalidad no la puedes pedir por el momento, pues -como parece ser- no eres hijo de español de origen y entonces, como nieto de un español originario, lo que podrás en su día es solicitar la nacionalidad por residencia,... pero antes tienes que obtener un permiso legal de residencia. Cosa difícil en tu situación actual.
Quizás la inscripción de tu padre está mal solicitada y lo que tenía que haber hecho es solicitar su inscripción como español y lo que hizo fue optar por el art. 20.1.b del Código Civil... Pero sin saber qué dice su inscripción española es una aventura el indicarte algo.
Haría falta ver la inscripción de tu padre para saber qué han puesto, tanto en la nacionalidad de su padre, como el contenido de la columna izquierda si es que hay alguna marginal en ella.
La respuestas a tus preguntas es que si a la primera y no a la segunda.
Si que puedes solicitar inscribir tu nacimiento en el RC español, pero va a poner que no queda acreditada la nacionalidad española del inscrito.
Por tanto, no podrás solicitar la documentación española, pues no lo eres.
Esa inscripción a ti, de momento, no te concede ningún derecho.
La nacionalidad no la puedes pedir por el momento, pues -como parece ser- no eres hijo de español de origen y entonces, como nieto de un español originario, lo que podrás en su día es solicitar la nacionalidad por residencia,... pero antes tienes que obtener un permiso legal de residencia. Cosa difícil en tu situación actual.
Quizás la inscripción de tu padre está mal solicitada y lo que tenía que haber hecho es solicitar su inscripción como español y lo que hizo fue optar por el art. 20.1.b del Código Civil... Pero sin saber qué dice su inscripción española es una aventura el indicarte algo.
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Re: Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
En la literal de mi papa en la columna izquierda no hay escrito ninguna marginal.. eso que quiere decir? y si ese es el caso por el cual me negaron la solicitud de arraigo familiar como podría solventar ese problema lo antes posible?
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Re: Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
Es que tu padre nació de padre de nacionalidad: española y nunca perdió la nacionalidad.
Quizá la razón de la denegación es que los antecedentes penales están caducados...no tenemos forma de saberlo.
Para recuperar la nacionalidad que perdiste al cumplir 21, precisas obtener un permiso de residencia.
Quizá la razón de la denegación es que los antecedentes penales están caducados...no tenemos forma de saberlo.
Para recuperar la nacionalidad que perdiste al cumplir 21, precisas obtener un permiso de residencia.
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Re: Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
Pedro Gonzalez escribió: ↑17 Oct 2018, 18:33 Luego que mi padre obtuvo la nacionalidad ..me dirijo al consulado y me dicen que por tener 27 años no podía obtenerla, que me tenía que ir a vivir a España 1 año y luego solicitar la Nacionalidad por residencia.
En realidad ya tuviste la nacionalidad y la perdiste por desconocimiento.
Ahora puedes recuperarla (cfr. art. 26 del CC), tan pronto como obtengas un permiso de residencia en España. No necesitas residir 1 año, ni tampoco precisas un expediente de Nacionalidad por Residencia.
También podrías solicitar que se inscriba tu nacimiento, y que se deje constancia de la fecha en que perdiste la nacionalidad. Si tienes una inscripción de nacimiento en el registro civil español, puedes solicitar un permiso de residencia de larga duración por ser español de origen que perdió la nacionalidad (formulario EX11). Si te conceden el permiso de residencia, luego podrás recuperar la nacionalidad.
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Re: Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
Bueno como usted dice, es muy difícil saber el porque me negaron el arraigo familiar, si mi abuelo nunca perdió la Nacionalidad, incluso a los años se regreso a España y murió aquí en España. No me queda de otra que esperar la carta para saber los motivos por el cual me negaron la solicitud, los antecedentes penales estaban vigentes al igual q la mi partida de nacimiento (tenían menos de 3 meses), todo estaba legalizado y apostillado y por supuesto no tengo ningún antecedente penal. Voy a dirigirme al registro civil como me dijo y voy a intentar inscribir mi nacimiento.
Una pregunta, eso que en la parte izquierda de la literal de nacimiento española de mi papá no exista nada escrito (que se llama donde colocan las notas marginales) eso es así? o debería haber algo escrito? si por casualidad debería haber algo escrito me podría decir si eso se corrige y de que forma. Muchas Gracias
Una pregunta, eso que en la parte izquierda de la literal de nacimiento española de mi papá no exista nada escrito (que se llama donde colocan las notas marginales) eso es así? o debería haber algo escrito? si por casualidad debería haber algo escrito me podría decir si eso se corrige y de que forma. Muchas Gracias
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Re: Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
Tendrías que presentar un escrito dirigido el Encargado del Registro Civil Central solicitando que se inscriba tu nacimiento y se deje constancia que perdiste la nacionalidad en virtud del art. 24.3 CC al cumplir 21 años. En el mismo debes de mencionar que tu padre nació de padre español y jamás perdió la nacionalidad por loo cual cuando se inscribió su nacimiento en forma tardía en el año 2014 no fue necesario que recuperara la nacionalidad.
Debes de entregar tu certificación de nacimiento venezolana y por lo menos una fotocopia de la certificación literal de nacimiento española de tu padre.
No olvides entregar el formulario llamado DECLARACIÓN DE DATOS PARA INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO debidamente cumplimentado.
Debes de entregar tu certificación de nacimiento venezolana y por lo menos una fotocopia de la certificación literal de nacimiento española de tu padre.
No olvides entregar el formulario llamado DECLARACIÓN DE DATOS PARA INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO debidamente cumplimentado.
Última edición por Javier2749c el 20 Oct 2018, 22:48, editado 1 vez en total.
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Re: Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
No hay nada, porque nada debe de haber. Tu padre siempre fue español y cuando se inscribió su nacimiento en forma tardía no había perdido la nacionalidad.Pedro Gonzalez escribió: ↑18 Oct 2018, 17:00 Una pregunta, eso que en la parte izquierda de la literal de nacimiento española de mi papá no exista nada escrito (que se llama donde colocan las notas marginales) eso es así? o debería haber algo escrito? si por casualidad debería haber algo escrito me podría decir si eso se corrige y de que forma. Muchas Gracias
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Re: Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
Muy agradecido por la ayuda aportada.. muchas gracias
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Re: Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
Saludos amigo Javier, le comento lo que salio en la carta que me acaba de llegar a mi domicilio, en pocas palabras dice que tengo que cumplir los 3 meses como turista en el país y una vez que quede ilegal solicitar nuevamente el arraigo familiar.. el texto dice lo siguiente:
"En el presente supuesto, el interesado es titular en la actualidad de una autorización de estancia plenamente en vigor, dado que entro en España por puesto fronterizo habilitado el 12/08/2018, por lo que dispone de 3 meses de estancia máxima permitida apartir de esa fecha, que, como se ha señalado, es plenamente legal, sin que sea posible por ello acogerse a la modalidad de autorización de residencia por circunstancias excepcionales con el fin de regularizar su situación, toda vez que no hay situación alguna que regularizar. Todo ello sin perjuicio de que pueda, con posteridad, formular una nueva solicitud."
Pero al final dice lo siguiente: "De acuerdo con lo establecido en el articulo 24.2 del real decreto 557/2011 de 20 de abril, por el que se aprueba el reglamento de la ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, en relación al articulo 28.3.c de la precipitada ley orgánica de extranjería, se el advierte de la obligación de salida de España en el plazo de 15 días desde la notificación de esta resolución, salvo solicitud de prorroga de este plazo debidamente fundamentada durante el periodo legalmente establecido. Finalizado el plazo autorizado quedara en la situación infractora prevista en el articulo 53.1 a) de la referida ley de extranjería. El cumplimiento del deber de salida puede ser acreditado mediante el cumplimiento de las disposiciones del articulo 245 del citado reglamento."
Se están contradiciendo, el texto de arriba dice que debe esperar que culminen mis 3 meses y hacer la solicitud y abajo y abajo me dice que tengo 15 dias para salir del pais, inclusive pasan esos 15 días y todavía estoy dentro de los 3 meses legales.. entonces no entiendo..
Que debo hacer?
"En el presente supuesto, el interesado es titular en la actualidad de una autorización de estancia plenamente en vigor, dado que entro en España por puesto fronterizo habilitado el 12/08/2018, por lo que dispone de 3 meses de estancia máxima permitida apartir de esa fecha, que, como se ha señalado, es plenamente legal, sin que sea posible por ello acogerse a la modalidad de autorización de residencia por circunstancias excepcionales con el fin de regularizar su situación, toda vez que no hay situación alguna que regularizar. Todo ello sin perjuicio de que pueda, con posteridad, formular una nueva solicitud."
Pero al final dice lo siguiente: "De acuerdo con lo establecido en el articulo 24.2 del real decreto 557/2011 de 20 de abril, por el que se aprueba el reglamento de la ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, en relación al articulo 28.3.c de la precipitada ley orgánica de extranjería, se el advierte de la obligación de salida de España en el plazo de 15 días desde la notificación de esta resolución, salvo solicitud de prorroga de este plazo debidamente fundamentada durante el periodo legalmente establecido. Finalizado el plazo autorizado quedara en la situación infractora prevista en el articulo 53.1 a) de la referida ley de extranjería. El cumplimiento del deber de salida puede ser acreditado mediante el cumplimiento de las disposiciones del articulo 245 del citado reglamento."
Se están contradiciendo, el texto de arriba dice que debe esperar que culminen mis 3 meses y hacer la solicitud y abajo y abajo me dice que tengo 15 dias para salir del pais, inclusive pasan esos 15 días y todavía estoy dentro de los 3 meses legales.. entonces no entiendo..
Que debo hacer?
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Re: Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
¿Y en cuanto tiempo han respondido a tu solicitud?
Como dices, no tiene sentido que salgas de España si estás legal.
Ni tiene mucho sentido aplicar la ley de esa forma, que tengas que esperar a estar irregular.
Se nota que no ponen el cerebro en funcionamiento y de todos modos les pagan el salario.
Como dices, no tiene sentido que salgas de España si estás legal.
Ni tiene mucho sentido aplicar la ley de esa forma, que tengas que esperar a estar irregular.
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Re: Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
A los 5 días de haber llegado a España metí los papeles y se tardaron casi 2 meses en responderme.. metí los papeles el 17/08/2018 y la resolución por internet salio el 15/10/2018.. y la carta me llego el día de hoy a mi domicilio donde dice como le dije que tengo 15 días para salir del país.. De verdad nose que hacer. estoy todo confundido y muy mal.. necesito su ayuda
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Re: Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
Quizá debas de consultar con algún abogado especialista en extranjería como los de parainmigrantes .
Mientras tanto ve pidiendo que se inscriba tu nacimiento y se ponga la marginal de pérdida como te expliqué en http://fororegistrocivil.es/viewtopic.php?t=8503#p90095
Mientras tanto ve pidiendo que se inscriba tu nacimiento y se ponga la marginal de pérdida como te expliqué en http://fororegistrocivil.es/viewtopic.php?t=8503#p90095
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Re: Solicitud de arraigo desfavorable: ¿puedo inscribir mi nacimiento? ¿Puedo optar directamente a la nacionalidad?
Pedro, has podido solicitar el arraigo finalmente?
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