Visado de Larga Duración
Reglas del Foro
Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente.
Así podremos tener un mejor orden de los temas.
Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
No escribas en MAYÚSCULAS
Los temas de título Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares serán borrados por los miembros.
Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente.
Así podremos tener un mejor orden de los temas.
Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
No escribas en MAYÚSCULAS
Los temas de título Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares serán borrados por los miembros.
-
- Mensajes: 11
- Registrado: 09 Dic 2018, 21:08
- Agradecido : 2 veces
- Agradecimiento recibido: 4 veces
- Género:
Visado de Larga Duración
Buenas tardes,
Soy Argentino, hijo de una española de origen. Como muchos otros, perdi mi nacionalidad por no firmar el acta de conservación. Como bien sabran, es posible recuperar la nacionalidad obteniendo la residencia legal (Artículo 26 del Código Civil). Al ser hijo de una española de origen, tengo entendido que puedo aplicar para una residencia de larga duración para obtener dicha residencia.
Tengo algunas preguntas al respecto, agradeceria muchisimo cualquier aporte:
1. Según el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, Artículo 149.1 del Procedimiento de la Residencia de larga duración:
"Los extranjeros que no se encuentren en territorio nacional deberán presentar personalmente la solicitud ante la oficina diplomática o consular en cuya demarcación residan, que dará traslado a la Oficina de Extranjería competente para su resolución."
Si los funcionarios del consulado español en Buenos Aires no están aceptando residencias de larga duración, ¿hay algo que pueda hacer o debo viajar necesariamente a España? ¿Me recomendarian ir a otros consulados en Argentina a ver si ellos si aceptan el trámite?
2. ¿Es necesario el empadronamiento para tramitar la residencia de larga duración en caso de hacerlo en España? Supongo que en Argentina no es necesario.
3. El formulario EX-11 para la residencia de larga duración tiene el campo N.I.E para llenar. Es necesario que tenga un N.I.E? Por lo que lei en otros tópicos, parece no serlo (te lo asignan en el momento) pero me gustaria confirmarlo.
4. En caso de hacer el trámite de visado en España, ¿Es necesario presentarse en persona o se pueden enviar los documentos requeridos por otros medios?
Gracias!
Soy Argentino, hijo de una española de origen. Como muchos otros, perdi mi nacionalidad por no firmar el acta de conservación. Como bien sabran, es posible recuperar la nacionalidad obteniendo la residencia legal (Artículo 26 del Código Civil). Al ser hijo de una española de origen, tengo entendido que puedo aplicar para una residencia de larga duración para obtener dicha residencia.
Tengo algunas preguntas al respecto, agradeceria muchisimo cualquier aporte:
1. Según el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, Artículo 149.1 del Procedimiento de la Residencia de larga duración:
"Los extranjeros que no se encuentren en territorio nacional deberán presentar personalmente la solicitud ante la oficina diplomática o consular en cuya demarcación residan, que dará traslado a la Oficina de Extranjería competente para su resolución."
Si los funcionarios del consulado español en Buenos Aires no están aceptando residencias de larga duración, ¿hay algo que pueda hacer o debo viajar necesariamente a España? ¿Me recomendarian ir a otros consulados en Argentina a ver si ellos si aceptan el trámite?
2. ¿Es necesario el empadronamiento para tramitar la residencia de larga duración en caso de hacerlo en España? Supongo que en Argentina no es necesario.
3. El formulario EX-11 para la residencia de larga duración tiene el campo N.I.E para llenar. Es necesario que tenga un N.I.E? Por lo que lei en otros tópicos, parece no serlo (te lo asignan en el momento) pero me gustaria confirmarlo.
4. En caso de hacer el trámite de visado en España, ¿Es necesario presentarse en persona o se pueden enviar los documentos requeridos por otros medios?
Gracias!
-
- Mensajes: 3117
- Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
- Agradecido : 14 veces
- Agradecimiento recibido: 187 veces
Re: Visado de Larga Duración
Los funcionarios deben de aceptar la solicitud, y en todo caso comunicarte por escrito que no la admiten.
En España lo primero que tienes que hacer es empadronarte. Hay varios hilos en el foro sobre esta cuestión
En España lo primero que tienes que hacer es empadronarte. Hay varios hilos en el foro sobre esta cuestión
-
- Mensajes: 13
- Registrado: 21 Sep 2018, 03:43
- Agradecido : 1 vez
Re: Visado de Larga Duración
Saludos, me encuentro actualmente realizando este trámite en España. Los recaudos de la planilla ex11 debes llevarlos a una sede de Registro General en la ciudad que vayas a residir, no necesitas NIE ya que en el lapso de resolución ( 3 meses al menos) ellos te enviarán a tu dirección de empadronamiento la carta confirmando la aceptación o no del trámite y allí tendrás asignado tu número de expediente en caso de ser favorable para pagar los aranceles respectivos.
-
- Mensajes: 11
- Registrado: 09 Dic 2018, 21:08
- Agradecido : 2 veces
- Agradecimiento recibido: 4 veces
- Género:
Re: Visado de Larga Duración
Hoy me dirigí al Consulado en Buenos Aires, y dado que desconocían el trámite de visado de larga duración, me pidieron que le haga una nota al Cónsul:
Entregue el original y me sellaron una copia. Ahora a esperar a ver si me contestan!
Entregue el original y me sellaron una copia. Ahora a esperar a ver si me contestan!
-
- Mensajes: 11
- Registrado: 09 Dic 2018, 21:08
- Agradecido : 2 veces
- Agradecimiento recibido: 4 veces
- Género:
Re: Visado de Larga Duración
Hoy recibí la siguiente respuesta de parte del Cónsul:
Estimado Sr.
Acuso recibo de su amable escrito del pasado día 9 de enero sobre su voluntad de acceder a la residencia española de acuerdo al art. 148.3 del Reglamento de Extranjería.
Efectivamente existe la posibilidad de solicitar un visado en las Oficinas Consulares de España pero solo en aquellos casos de nacionalidades sometidas a visado para entrada en territorio español.
En su caso al ser argentino no está sometido a este requisito por lo que debe realizar el trámite directamente en España.
Por casualidad alguien sabe si esto es correcto?
Gracias!
Estimado Sr.
Acuso recibo de su amable escrito del pasado día 9 de enero sobre su voluntad de acceder a la residencia española de acuerdo al art. 148.3 del Reglamento de Extranjería.
Efectivamente existe la posibilidad de solicitar un visado en las Oficinas Consulares de España pero solo en aquellos casos de nacionalidades sometidas a visado para entrada en territorio español.
En su caso al ser argentino no está sometido a este requisito por lo que debe realizar el trámite directamente en España.
Por casualidad alguien sabe si esto es correcto?
Gracias!
-
- Mensajes: 3117
- Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
- Agradecido : 14 veces
- Agradecimiento recibido: 187 veces
Re: Visado de Larga Duración
En el decreto no menciona nada de eso. Por otra parte, ¿quién te asegura el ingreso a España?
-
- Mensajes: 11
- Registrado: 09 Dic 2018, 21:08
- Agradecido : 2 veces
- Agradecimiento recibido: 4 veces
- Género:
Re: Visado de Larga Duración
Pense exactamente lo mismo Javier. ¿Que me sugeririas escribirle al Cónsul en respuesta?
Gracias!
Gracias!
-
- Mensajes: 3117
- Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
- Agradecido : 14 veces
- Agradecimiento recibido: 187 veces
Re: Visado de Larga Duración
Sería bueno solicitarle información extra, como ser en qué artículo está indicado ese criterio. Y también preguntarle si él tiene alguna forma de asegurarte que no serás rechazado en Barajas...
-
- Mensajes: 11
- Registrado: 09 Dic 2018, 21:08
- Agradecido : 2 veces
- Agradecimiento recibido: 4 veces
- Género:
Re: Visado de Larga Duración
Le envie un mail solicitando informacion extra, y en estos días voy a ir al consulado a presentar esto por escrito también. Decidí centrarme en la restricción que mencionaba en su respuesta para maximizar la probabilidad de respuesta.
Estimado Cónsul,
Muchas gracias por su rápida respuesta hacia mi solicitud de que se me permita tramitar un visado de larga duración en este Consulado.
Le envio este escrito para solicitar más información. En su respuesta anterior, usted dijo:
"Efectivamente existe la posibilidad de solicitar un visado en las Oficinas Consulares de España pero sólo en aquellos casos de nacionalidades sometidas a visado para entrada en territorio español.
En su caso al ser argentino no está sometido a este requisito por lo que debe realizar el trámite directamente en España."
Es decir, solo es posible tramitar dicha residencia de larga duración en "casos de nacionalidades sometidas a visado para entrada en territorio español".
¿Me podría clarificar por favor en qué artículo del Reglamento de Extranjería se encuentra dicha restricción? Al leer el Reglamento de Extranjería, no logre encontrarla.
Le agradeceria si me pudiese notificar por esta cuestión.
Veremos si me contestan!
Estimado Cónsul,
Muchas gracias por su rápida respuesta hacia mi solicitud de que se me permita tramitar un visado de larga duración en este Consulado.
Le envio este escrito para solicitar más información. En su respuesta anterior, usted dijo:
"Efectivamente existe la posibilidad de solicitar un visado en las Oficinas Consulares de España pero sólo en aquellos casos de nacionalidades sometidas a visado para entrada en territorio español.
En su caso al ser argentino no está sometido a este requisito por lo que debe realizar el trámite directamente en España."
Es decir, solo es posible tramitar dicha residencia de larga duración en "casos de nacionalidades sometidas a visado para entrada en territorio español".
¿Me podría clarificar por favor en qué artículo del Reglamento de Extranjería se encuentra dicha restricción? Al leer el Reglamento de Extranjería, no logre encontrarla.
Le agradeceria si me pudiese notificar por esta cuestión.
Veremos si me contestan!
-
- Mensajes: 3117
- Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
- Agradecido : 14 veces
- Agradecimiento recibido: 187 veces
Re: Visado de Larga Duración
Estimado Sr. Cónsul,
Muchas gracias por su rápida respuesta a mi solicitud de un visado de larga duración en este Consulado.
Le envio este escrito para solicitar más información. En su respuesta usted dijo:
"Efectivamente existe la posibilidad de solicitar un visado en las Oficinas Consulares de España pero sólo en aquellos casos de nacionalidades sometidas a visado para entrada en territorio español.
En su caso al ser argentino no está sometido a este requisito por lo que debe realizar el trámite directamente en España."
Es decir, solo es posible tramitar dicha residencia de larga duración en "casos de nacionalidades sometidas a visado para entrada en territorio español".
¿Me podría mencionar por favor en qué artículo del Reglamento de Extranjería se encuentra dicha restricción? Al leer el Reglamento de Extranjería, no logré encontrarla.
¿Por otra parte, hay alguna forma de asegurar que sea admitido por las autoridades de migraciones españolas?
Me sorprende enterarme que los que podemos ingresar como turistas en virtud de nuestra nacionalidad (cumpliendo con los requisitos económicos y pasaje de regreso) seamos de peor condición que los de otras nacionalidades que sí podría obtener el visado en un consulado y tener asi asegurado el ingreso.
Le agradecería mucho si me pudiera responder estas preguntas, por favor.
Le saluda muy atentamente
Muchas gracias por su rápida respuesta a mi solicitud de un visado de larga duración en este Consulado.
Le envio este escrito para solicitar más información. En su respuesta usted dijo:
"Efectivamente existe la posibilidad de solicitar un visado en las Oficinas Consulares de España pero sólo en aquellos casos de nacionalidades sometidas a visado para entrada en territorio español.
En su caso al ser argentino no está sometido a este requisito por lo que debe realizar el trámite directamente en España."
Es decir, solo es posible tramitar dicha residencia de larga duración en "casos de nacionalidades sometidas a visado para entrada en territorio español".
¿Me podría mencionar por favor en qué artículo del Reglamento de Extranjería se encuentra dicha restricción? Al leer el Reglamento de Extranjería, no logré encontrarla.
¿Por otra parte, hay alguna forma de asegurar que sea admitido por las autoridades de migraciones españolas?
Me sorprende enterarme que los que podemos ingresar como turistas en virtud de nuestra nacionalidad (cumpliendo con los requisitos económicos y pasaje de regreso) seamos de peor condición que los de otras nacionalidades que sí podría obtener el visado en un consulado y tener asi asegurado el ingreso.
Le agradecería mucho si me pudiera responder estas preguntas, por favor.
Le saluda muy atentamente
-
- Mensajes: 11
- Registrado: 09 Dic 2018, 21:08
- Agradecido : 2 veces
- Agradecimiento recibido: 4 veces
- Género:
Re: Visado de Larga Duración
Brillante, gracias Javier. Claramente escribis mejor que yo. Aunque ya mande el mail, el Viernes le envío esto por escrito.
Saludos!
Saludos!
-
- Mensajes: 10
- Registrado: 06 Mar 2019, 01:33
- Agradecido : 6 veces
- Agradecimiento recibido: 2 veces
- Género:
Re: Visado de Larga Duración
Buenas tardes a todos!
- Me encuentro en la misma situación de mbaigorria y tengo pensado ir este año a España a solicitar una residencia de larga duración y tramitar la recuperación de mi nacionalidad. A quién ya haya realizado este trámite: ¿cómo le fue con el procedimiento?, ¿cuánto tiempo se están tardando en dar respuesta sobre este tipo de visados?, algunos abogados me han dicho que para esta visa se requieren los 5 años de residencia previa en España pero algunos foristas me han dicho que esto no es necesario.
- ¿Cómo sería la reagrupación de una pareja de hecho por medio de la larga duración?, ¿debemos esperar que yo cumpla un año de residir en España o se puede solicitar tan pronto me den la residencia?. Los mismos abogados me dijeron que primero debía solicitar un arraigo familiar (ellos me insisten con esto) y después presentar un expediente de Disposición adicional 1.4 in fine para mi pareja. ¿alguien tiene conocimiento de este tipo de procedimiento?.
Quedo atento a cualquier respuesta.
Saludos,
Juan
- Me encuentro en la misma situación de mbaigorria y tengo pensado ir este año a España a solicitar una residencia de larga duración y tramitar la recuperación de mi nacionalidad. A quién ya haya realizado este trámite: ¿cómo le fue con el procedimiento?, ¿cuánto tiempo se están tardando en dar respuesta sobre este tipo de visados?, algunos abogados me han dicho que para esta visa se requieren los 5 años de residencia previa en España pero algunos foristas me han dicho que esto no es necesario.
- ¿Cómo sería la reagrupación de una pareja de hecho por medio de la larga duración?, ¿debemos esperar que yo cumpla un año de residir en España o se puede solicitar tan pronto me den la residencia?. Los mismos abogados me dijeron que primero debía solicitar un arraigo familiar (ellos me insisten con esto) y después presentar un expediente de Disposición adicional 1.4 in fine para mi pareja. ¿alguien tiene conocimiento de este tipo de procedimiento?.
Quedo atento a cualquier respuesta.
Saludos,
Juan
-
- Mensajes: 3117
- Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
- Agradecido : 14 veces
- Agradecimiento recibido: 187 veces
Re: Visado de Larga Duración
Para el permiso de larga duración precisas tener el nacimiento inscrito en el registro civil español y que en el mismo conste que perdiste la nacionalidad. Pero no precisas haber residido en España antes.JuanEscribano escribió: ↑10 Mar 2019, 23:07 - Me encuentro en la misma situación de mbaigorria y tengo pensado ir este año a España a solicitar una residencia de larga duración y tramitar la recuperación de mi nacionalidad. A quién ya haya realizado este trámite: ¿cómo le fue con el procedimiento?, ¿cuánto tiempo se están tardando en dar respuesta sobre este tipo de visados?, algunos abogados me han dicho que para esta visa se requieren los 5 años de residencia previa en España pero algunos foristas me han dicho que esto no es necesario.
De no ser así, lo más rápido es el permiso inicial por arraigo familiar.
-
- Mensajes: 10
- Registrado: 06 Mar 2019, 01:33
- Agradecido : 6 veces
- Agradecimiento recibido: 2 veces
- Género:
Re: Visado de Larga Duración
Muchas gracias Javier por tu respuesta. Eso que me contestaste es la misma aclaración recibí por parte de la Oficina de Extranjería de Madrid.
Solo me queda duda sobre el tema de reagrupación con residencia de larga duración.
Saludos!
-
- Mensajes: 11
- Registrado: 09 Dic 2018, 21:08
- Agradecido : 2 veces
- Agradecimiento recibido: 4 veces
- Género:
Re: Visado de Larga Duración
Tramitar el visado de larga duración en Argentina parece imposible. Necesariamente hay que viajar a España. Al final decidi no tramitarlo.
-
- Mensajes: 3117
- Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
- Agradecido : 14 veces
- Agradecimiento recibido: 187 veces
Re: Visado de Larga Duración
¿Respondió el cónsul o el MAEC?mbaigorria escribió: ↑21 Mar 2019, 19:23 Tramitar el visado de larga duración en Argentina parece imposible. Necesariamente hay que viajar a España. Al final decidi no tramitarlo.
-
- Mensajes: 142
- Registrado: 29 May 2013, 12:57
- Agradecido : 5 veces
- Agradecimiento recibido: 20 veces
Re: Visado de Larga Duración
También me interesa saber qué respondió el cónsul y en qué se basa para ignorar la ley a su gusto.mbaigorria escribió: ↑21 Mar 2019, 19:23 Tramitar el visado de larga duración en Argentina parece imposible. Necesariamente hay que viajar a España.
-
- Mensajes: 11
- Registrado: 09 Dic 2018, 21:08
- Agradecido : 2 veces
- Agradecimiento recibido: 4 veces
- Género:
-
- Mensajes: 10
- Registrado: 06 Mar 2019, 01:33
- Agradecido : 6 veces
- Agradecimiento recibido: 2 veces
- Género:
Re: Visado de Larga Duración
Hola a todos. Espero se encuentren muy bien.
¿Alguien ha realizado el procedimiento de Residencia de Larga Duración por el supuesto de Español de Origen que perdió la nacionalidad española en la oficina de extranjeros de Salamanca?
Hoy llame a consultar aspectos de documentación, pago de tasa y tiempo de respuesta del expediente y la señora se extrañó cuando le mencioné el supuesto, me pidió un momento mientras leía el procedimiento. Se nota que no muchas personas abren este tipo de expedientes por supuestos que no incluyen residencia previa en España.
Saludos!
Juan
¿Alguien ha realizado el procedimiento de Residencia de Larga Duración por el supuesto de Español de Origen que perdió la nacionalidad española en la oficina de extranjeros de Salamanca?
Hoy llame a consultar aspectos de documentación, pago de tasa y tiempo de respuesta del expediente y la señora se extrañó cuando le mencioné el supuesto, me pidió un momento mientras leía el procedimiento. Se nota que no muchas personas abren este tipo de expedientes por supuestos que no incluyen residencia previa en España.
Saludos!
Juan
-
- Mensajes: 3117
- Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
- Agradecido : 14 veces
- Agradecimiento recibido: 187 veces
Re: Visado de Larga Duración
No creo que haya gente en Salamanca que haya utilizado ese supuesto y que sea miembro de este foro. De todo modos, tú sabes cual es el formulario, y allí están los requisitos.
http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/ ... _FEB19.pdf
ART 148.3d del reglamento de extranjeria
3. La autorización de residencia de larga duración también se concederá a los extranjeros que acrediten que se encuentran en cualquiera de los siguientes supuestos:
d) Extranjeros que hayan sido españoles de origen y hayan perdido la nacionalidad española
Llevas todo y se lo entregas, y que quien tenga que resolver que resuelva y te lo comunique por escrito. Nada de dejarte convencer de que "tal cosa no existe o aquí no lo hacemos, lo siento". Si no quieren admitir tu solicitud, arma un escándalo. Eso nunca falla.
http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/ ... _FEB19.pdf
ART 148.3d del reglamento de extranjeria
3. La autorización de residencia de larga duración también se concederá a los extranjeros que acrediten que se encuentran en cualquiera de los siguientes supuestos:
d) Extranjeros que hayan sido españoles de origen y hayan perdido la nacionalidad española
Llevas todo y se lo entregas, y que quien tenga que resolver que resuelva y te lo comunique por escrito. Nada de dejarte convencer de que "tal cosa no existe o aquí no lo hacemos, lo siento". Si no quieren admitir tu solicitud, arma un escándalo. Eso nunca falla.
-
- Mensajes: 10
- Registrado: 06 Mar 2019, 01:33
- Agradecido : 6 veces
- Agradecimiento recibido: 2 veces
- Género:
Re: Visado de Larga Duración
Hola a todos.
Quiero agradecer a las personas de este foro que me guiaron y aclararon dudas con respecto al tramite de residencia. El pasado 7 de Octubre tuve la cita en la oficina de Extranjeros de Salamanca para realizar la solicitud inicial de residencia de larga duración y el pasado viernes 11 ya me la habían aprobado. El próximo 11 de Noviembre tengo el turno asignado para sacar la TIE. Ya sigue recuperar mi nacionalidad en el RCC de Madrid.
Si alguien necesita claridad sobre los documentos o el procedimiento acá en Salamanca, me pueden mandar un mensaje y con gusto les ayudo.
Saludos!
Juan
Quiero agradecer a las personas de este foro que me guiaron y aclararon dudas con respecto al tramite de residencia. El pasado 7 de Octubre tuve la cita en la oficina de Extranjeros de Salamanca para realizar la solicitud inicial de residencia de larga duración y el pasado viernes 11 ya me la habían aprobado. El próximo 11 de Noviembre tengo el turno asignado para sacar la TIE. Ya sigue recuperar mi nacionalidad en el RCC de Madrid.
Si alguien necesita claridad sobre los documentos o el procedimiento acá en Salamanca, me pueden mandar un mensaje y con gusto les ayudo.
Saludos!
Juan
Re: Visado de Larga Duración
Ahora los Consulados Españoles en Argentina finalmente están aceptando realizar el pedido de la residencia de larga duración desde Argentina. Después de mucho insistir y de enviar a varías personas hace un año empezaron a hacer
-
- Temas similares
- Respuestas
- Vistas
- Último mensaje
-
- 1 Respuestas
- 1621 Vistas
-
Último mensaje por JuanEscribano
-
- 7 Respuestas
- 3456 Vistas
-
Último mensaje por JoseP.
-
- 2 Respuestas
- 2727 Vistas
-
Último mensaje por withstyle
-
- 6 Respuestas
- 3496 Vistas
-
Último mensaje por cenv
-
- 8 Respuestas
- 3401 Vistas
-
Último mensaje por Rodolfo IV
-
- 0 Respuestas
- 1934 Vistas
-
Último mensaje por Mohcin
-
- 9 Respuestas
- 4326 Vistas
-
Último mensaje por Marusv
-
- 8 Respuestas
- 4337 Vistas
-
Último mensaje por izhak
-
- 0 Respuestas
- 2177 Vistas
-
Último mensaje por Mohcin