Dispensa exámenes DELE y CCSE por superar ESO
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Dispensa exámenes DELE y CCSE por superar ESO
Buenos días, tengo alguna duda sobre la dispensa de exámenes DELE y CCSE por cursar y obtener el título de ESO.
Todos sabemos que está pendiente de aprobación la OM que regulará el procedimiento de dispensa.
Mis preguntas son:
a) ¿Puedo solicitar la dispensa sin que haya entrado en vigor la OM que la va a regular?
b) Si la solicito junto con la iniciación del procedimiento para obtener la nacionalidad por residencia, ¿el Ministerio puede rechazar mi solicitud de nacionalidad por tener los requisitos establecidos?.
Gracias.
Todos sabemos que está pendiente de aprobación la OM que regulará el procedimiento de dispensa.
Mis preguntas son:
a) ¿Puedo solicitar la dispensa sin que haya entrado en vigor la OM que la va a regular?
b) Si la solicito junto con la iniciación del procedimiento para obtener la nacionalidad por residencia, ¿el Ministerio puede rechazar mi solicitud de nacionalidad por tener los requisitos establecidos?.
Gracias.
Re: Dispensa exámenes DELE y CCSE por superar ESO
Hola
Si bien no esta reglamentado específicamente, es una opción, me refiero a que si cursaste la ESO en España puedes presentarla, no es valida la homologan de titulo
En el siguiente enlace se detallan las posibles opciones:
https://www.parainmigrantes.info/dispen ... en-espana/
SOLICITUD DE DISPENSA DE PRUEBAS DELE Y CCSE
Si bien no esta reglamentado específicamente, es una opción, me refiero a que si cursaste la ESO en España puedes presentarla, no es valida la homologan de titulo
En el siguiente enlace se detallan las posibles opciones:
https://www.parainmigrantes.info/dispen ... en-espana/
SOLICITUD DE DISPENSA DE PRUEBAS DELE Y CCSE
Re: Dispensa exámenes DELE y CCSE por superar ESO
Muchas gracias por tu respuesta. Como ciudadano y de acuerdo con la ley 39/2015, de procedimiento administrativo puedo solicitarla, no me cabe duda. La duda surge cuando me planteo solicitar la dispensa y la nacionalidad de forma simultánea, ¿está resolviendo el Ministerio la dispensa solicitada de esta forma, es decir, sin haberse aprobado la OM que la regula?. Y si la respuesta es sí, ¿en cuanto tiempo?. Gracias.
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Que yo sepa, los expedientes que se remitieron a partir de octubre de 2015 aún no han empezado a tramitarse en el Ministerio.
De ahí que no tengamos noticias si van a aceptar los que se hayan remitido, que los primeros han sido remitidos incluso sin esa solicitud, que salió mucho más tarde de que entrase en funcionamiento el nuevo proceso...
Así que ya ves, ... estos tíos del Ministerio se han lucido con esta puesta en marcha.
De ahí que no tengamos noticias si van a aceptar los que se hayan remitido, que los primeros han sido remitidos incluso sin esa solicitud, que salió mucho más tarde de que entrase en funcionamiento el nuevo proceso...
Así que ya ves, ... estos tíos del Ministerio se han lucido con esta puesta en marcha.
Re: Dispensa exámenes DELE y CCSE por superar ESO
La realidad es que no se esta resolviendo y ni si quiera los abogados especializados pueden decirlo a ciencia cierta.
Re: Dispensa exámenes DELE y CCSE por superar ESO
Muchas gracias por vuestras respuestas. Ese es mi temor, que despues de lo que tardan en contestar, que te lo rechacen por no seguir el procedimiento. Esperaré a que se promulgue la OM que regulará la dispensa, según parece no puede tardar mucho. Nuevamente gracias.
Re: Dispensa exámenes DELE y CCSE por superar ESO
Por ser la DGRN la que resuelve ambas (nacionalidad y dispensa) posiblemente estén esperando los resultados de los primeros expedientes (con dispensa)
Supongo que el objetivo sera reglamentarlo para evitar una "catarata" de dispensas y con eso evitar denegaciones, caducidad de documentos, etc, ect.
Supongo que el objetivo sera reglamentarlo para evitar una "catarata" de dispensas y con eso evitar denegaciones, caducidad de documentos, etc, ect.
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Re: Dispensa exámenes DELE y CCSE por superar ESO
Hola, yo tengo un caso similar :
tengo un certificado DELE B2 de la escuela oficial de idiomas de la comunidad Madrid y no sé si me vale para adquirir la nacionalidad.
¿Me podéis sacar de dudas?
tengo un certificado DELE B2 de la escuela oficial de idiomas de la comunidad Madrid y no sé si me vale para adquirir la nacionalidad.
¿Me podéis sacar de dudas?
Re: Dispensa exámenes DELE y CCSE por superar ESO
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?i ... -2016-9314
3. Los solicitantes de nacionalidad española por residencia podrán acreditar el conocimiento básico de la lengua española mediante la aportación de los certificados oficiales de los niveles básico (A2), intermedio (B1) y avanzado (B2) de las enseñanzas de español como lengua extranjera expedidos por la correspondiente Administración educativa al amparo del Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Los certificados a los que hace referencia el párrafo anterior serán aquellos expedidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por las Consejerías competentes en materia de educación en las correspondientes Comunidades autónomas, o por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
Serán igualmente válidos los certificados de Aptitud y las Certificaciones Académicas de Ciclo Elemental a los que se refiere el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, en su anexo III de equivalencia, expedidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por las Consejerías competentes en materia de educación en las correspondientes Comunidades autónomas o por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
En los casos previstos en el presente apartado, los certificados deberán estar inscritos en el registro de títulos de la administración educativa competente y el interesado deberá autorizar al Ministerio de Justicia a su comprobación.
4. En el momento previo a la realización del examen los responsables de cada centro de examen CCSE reconocido por el Instituto Cervantes verificarán la identidad de los candidatos requiriendo la exhibición del Pasaporte del país de origen junto con la Tarjeta de Identidad de extranjero o Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea. En el caso de solicitantes de estados miembros de la Unión Europea el Pasaporte podrá sustituirse por el Documento de Identidad del país de origen junto con el Certificado de Registro de ciudadano de la Unión.
La vigencia del certificado de haber superado esta prueba será de 4 años a contar desde la fecha del certificado.
3. Los solicitantes de nacionalidad española por residencia podrán acreditar el conocimiento básico de la lengua española mediante la aportación de los certificados oficiales de los niveles básico (A2), intermedio (B1) y avanzado (B2) de las enseñanzas de español como lengua extranjera expedidos por la correspondiente Administración educativa al amparo del Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Los certificados a los que hace referencia el párrafo anterior serán aquellos expedidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por las Consejerías competentes en materia de educación en las correspondientes Comunidades autónomas, o por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
Serán igualmente válidos los certificados de Aptitud y las Certificaciones Académicas de Ciclo Elemental a los que se refiere el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, en su anexo III de equivalencia, expedidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por las Consejerías competentes en materia de educación en las correspondientes Comunidades autónomas o por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
En los casos previstos en el presente apartado, los certificados deberán estar inscritos en el registro de títulos de la administración educativa competente y el interesado deberá autorizar al Ministerio de Justicia a su comprobación.
4. En el momento previo a la realización del examen los responsables de cada centro de examen CCSE reconocido por el Instituto Cervantes verificarán la identidad de los candidatos requiriendo la exhibición del Pasaporte del país de origen junto con la Tarjeta de Identidad de extranjero o Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea. En el caso de solicitantes de estados miembros de la Unión Europea el Pasaporte podrá sustituirse por el Documento de Identidad del país de origen junto con el Certificado de Registro de ciudadano de la Unión.
La vigencia del certificado de haber superado esta prueba será de 4 años a contar desde la fecha del certificado.
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Dispensa prueba CCSE por tener la ESO
Buenos días,
En mi caso yo cursé la ESO en España pero no la educación primaria. Mi duda es: puedo tener la dispensa para no realizar la prueba CCSE? Es decir, la exigencia es de haber cursado solo la ESO en España o también la educación primaria?
Además de la ESO también tengo un título de formación profesional de grado medio.
Muchas gracias por vuestro soporte.
En mi caso yo cursé la ESO en España pero no la educación primaria. Mi duda es: puedo tener la dispensa para no realizar la prueba CCSE? Es decir, la exigencia es de haber cursado solo la ESO en España o también la educación primaria?
Además de la ESO también tengo un título de formación profesional de grado medio.
Muchas gracias por vuestro soporte.
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Re: Dispensa exámenes DELE y CCSE por superar ESO
Buenas, tengo homologado el titulo de bachillerato cursado en Venezuela, me vale para pedir la dispensa, para el caso de la prueba CCSE, ya que esta por encima de la ESO? agradeceria la informacion, y debe hacer en ese caso? gracias
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