Recuperación de la nacionalidad española
Reglas del Foro
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
Recuperación de la nacionalidad española
Hola a todos, disculpen si han tratado este tema con anterioridad pero no encontré respuesta a mis dudas navegando por el foro.
Soy cubano y obtuve la nacionalidad española por hijo de español de origen a unos mese antes de cumplir los 21 años (nací en septiembre de 1988)
no sabía que debía ratificar, al tratar de renovar mi pasaporte español en 2015 despues de todos los trámites me llama la cónsul e informa de mi perdida de nacionalidad,... La dispensa no procedió y deseo ir a residir a España para recuperar mi nacionalidad, ..
Entonces comenzaron los problemas porque en el consulado de España en Cuba no saben los trámites que debo realizar.
después de muchas visitas al consulado me dicen que solicite un visado nacional de larga duración,
necesito saber si es lo correcto porque también vi aquí en el foro que si mi padre es de origen puedo pedir arraigo familiar,
De ser asi, cuáles son los trámites a realizar,
mi padre vive en Cuba. .
Saludos.
Soy cubano y obtuve la nacionalidad española por hijo de español de origen a unos mese antes de cumplir los 21 años (nací en septiembre de 1988)
no sabía que debía ratificar, al tratar de renovar mi pasaporte español en 2015 despues de todos los trámites me llama la cónsul e informa de mi perdida de nacionalidad,... La dispensa no procedió y deseo ir a residir a España para recuperar mi nacionalidad, ..
Entonces comenzaron los problemas porque en el consulado de España en Cuba no saben los trámites que debo realizar.
después de muchas visitas al consulado me dicen que solicite un visado nacional de larga duración,
necesito saber si es lo correcto porque también vi aquí en el foro que si mi padre es de origen puedo pedir arraigo familiar,
De ser asi, cuáles son los trámites a realizar,
mi padre vive en Cuba. .
Saludos.
Re: Recuperación de la nacionalidad española
Hola
En realidad no es necesario que residas en España para recuperar la nacionalidad, puedes presentar el tramite en el Registro Civil (en España) y luego volver a Cuba.
Si lo que desesas es residir, te corresponde (ya estando en España) solicitar residencia de larga duracion por "haber sido español de origen y haber perdido la nacionalidad española"
http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/ ... index.html
En realidad no es necesario que residas en España para recuperar la nacionalidad, puedes presentar el tramite en el Registro Civil (en España) y luego volver a Cuba.
Si lo que desesas es residir, te corresponde (ya estando en España) solicitar residencia de larga duracion por "haber sido español de origen y haber perdido la nacionalidad española"
http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/ ... index.html
-
- Mensajes: 3117
- Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
- Agradecido : 14 veces
- Agradecimiento recibido: 187 veces
Re: Recuperación de la nacionalidad española
¿Eso significa que nunca respondieron, o que obtuviste una respuesta negativa del Ministerio de Justicia?
Re: Recuperación de la nacionalidad española
Significa que me llegó correspondencia diciendo que no se me dispensa del requisito de residir en España.
-
- Mensajes: 3117
- Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
- Agradecido : 14 veces
- Agradecimiento recibido: 187 veces
Re: Recuperación de la nacionalidad española
Si recibiste una denegación firmada por el Director de la Dirección General de los Registros y del Notariado, o por el Ministro de Justicia, entonces solo te queda la posibilidad de viajar a España y obtener un permiso de residencia para luego solicitar la recuperación.
Re: Recuperación de la nacionalidad española
Gracias a todos por sus respuestas, me han ayudado a aclarar muchas dudasaa. Saludos.
Re: Recuperación de la nacionalidad española
Hola a todos, ayer finalmente me entregaron mi pasaporte ya visado( visado nacional de larga duración) , la visa es tipo d, por 90 días de entradas múltiples y en observaciones dice residencia.
Lo único que me dicen en el Consulado de España en La Habana es que ese es el período de visado porque antes que se termine debo presentar mis papeles en la policía de España para obtener mi residencia.
En el Consulado no me dicen que documentos debo aportar allá en la policía, otra cosa es que no me han puesto la nota al margen en mi inscripción de nacimiento española, que informa la pérdida de la ciudadanía y tengo entendido que debo presentarla allá, por la demora en el visado ya los antecedentes penales se me vencieron a principios de este mes, pues solo duran 6 meses, pero para entregarlos acá demoran casi mes y medio..
Necesito saber si tengo que llevarlos en fecha o los que tengo me sirven, pues fue con los que se hizo el tramite y me otorgaron los permisos necesarios para el visado en España o tal vez no es necesario que estén legalizados el MINREX y solo en el Consulado (no se si esto es posible), pues así solo me tomaría una semana obtenerlos.
Por favor si me pueden decir todos los documentos necesarios para la recuperación de mi ciudadanía por no ratificación que debo presentar en España me sería muy útil, aquí en Cuba no me dan información alguna, se limitan a decir que no lo saben.
Gracias por su atención y disculpen tantas preguntas y dudas pero necesito aclararlo todo pues es la oportunidad que tengo para recuperar la ciudadanía y el tiempo ya esta contando. Saludos.
Lo único que me dicen en el Consulado de España en La Habana es que ese es el período de visado porque antes que se termine debo presentar mis papeles en la policía de España para obtener mi residencia.
En el Consulado no me dicen que documentos debo aportar allá en la policía, otra cosa es que no me han puesto la nota al margen en mi inscripción de nacimiento española, que informa la pérdida de la ciudadanía y tengo entendido que debo presentarla allá, por la demora en el visado ya los antecedentes penales se me vencieron a principios de este mes, pues solo duran 6 meses, pero para entregarlos acá demoran casi mes y medio..
Necesito saber si tengo que llevarlos en fecha o los que tengo me sirven, pues fue con los que se hizo el tramite y me otorgaron los permisos necesarios para el visado en España o tal vez no es necesario que estén legalizados el MINREX y solo en el Consulado (no se si esto es posible), pues así solo me tomaría una semana obtenerlos.
Por favor si me pueden decir todos los documentos necesarios para la recuperación de mi ciudadanía por no ratificación que debo presentar en España me sería muy útil, aquí en Cuba no me dan información alguna, se limitan a decir que no lo saben.
Gracias por su atención y disculpen tantas preguntas y dudas pero necesito aclararlo todo pues es la oportunidad que tengo para recuperar la ciudadanía y el tiempo ya esta contando. Saludos.
Re: Recuperación de la nacionalidad española
Eso es correcto, según la reglamentación
Plazo de resolución de la solicitud: 3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para tramitarlas. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo, salvo en el supuesto recogido en el apartado i) haber contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior, en el que se entenderá que la solicitud ha sido desestimada si transcurridos 3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para tramitar la solicitud, la Administración no hubiera practicado notificación. (Cuando no se haya podido notificar la resolución se anunciará en el Tablón Edictal Único (TEU) https://www.boe.es/tablon_edictal_unico . Si se hubiera optado por notificación electrónica o normativamente estuviera obligado a utilizar ese medio, la resolución se notificará mediante publicación en la sede electrónica. Si no se accediera a la resolución en 10 días hábiles desde su publicación, se dará por notificada).
No tienen que estar vencidos.
Revisa el siguiente enlace:
viewtopic.php?f=184&t=8413&p=94343#p94343
-
- Temas similares
- Respuestas
- Vistas
- Último mensaje
-
- 6 Respuestas
- 1718 Vistas
-
Último mensaje por raizard
-
- 8 Respuestas
- 1814 Vistas
-
Último mensaje por Rodolfo IV
-
- 7 Respuestas
- 1358 Vistas
-
Último mensaje por Rodolfo IV
-
- 2 Respuestas
- 1148 Vistas
-
Último mensaje por kárbiko