Duda sobre Nacionalidad, Naturalización y Servicio Militar
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Duda sobre Nacionalidad, Naturalización y Servicio Militar
Estimados, expongo el siguiente caso:
Julián, español nacido en España en 1911, emigra a la Argentina. No se naturaliza argentino.
Allí tiene a su hijo Juan Carlos en 1941, quien no realiza nunca el servicio militar en Argentina.
Juan Carlos tiene a sus hijos Dennis en 1968 y David en 1970 en Argentina. Luego emigran todos a los Estados Unidos, donde Juan Carlos (español de origen y argentino por ius soli) se naturaliza estadounidense en 1972.
Tengo en claro que Juan Carlos, al estar sujeto al servicio militar activo, tuvo a sus hijos Dennis y David, quienes nacieron españoles de origen.
Ahora bien, Juan Carlos al naturalizarse estadounidense en 1972, ¿perdió la nacionalidad española? Ya que según el artículo 22 del Código Civil vigente entre 1954 y 1975 decía:
Artículo 22. Perderán la nacionalidad española los que hubieran adquirido voluntariamente otra nacionalidad.
Para que la pérdida produzca efectos se requiere tener veintiún años cumplidos o dieciocho y hallarse emancipado; haber residido fuera de España, al menos durante los tres años inmediatamente anteriores, y, en cuanto a los varones, no estar sujetos al servicio militar en período activo, salvo que medie dispensa del Gobierno.
De acuerdo a la redacción del artículo, al estar Juan Carlos sí sujeto al servicio militar en período activo, no comprendo si perdió la nacionalidad española o no. O si bien la perdió, pero dicha pérdida no surtió efectos (?).
De esta respuesta dependerá si sus hijos Dennis y David perdieron también su nacionalidad española al perderla el padre, o no (y siguieron siendo españoles).
En fin, alguien podría dilucidarme la cuestión? Muchas gracias!
Mariano.
Julián, español nacido en España en 1911, emigra a la Argentina. No se naturaliza argentino.
Allí tiene a su hijo Juan Carlos en 1941, quien no realiza nunca el servicio militar en Argentina.
Juan Carlos tiene a sus hijos Dennis en 1968 y David en 1970 en Argentina. Luego emigran todos a los Estados Unidos, donde Juan Carlos (español de origen y argentino por ius soli) se naturaliza estadounidense en 1972.
Tengo en claro que Juan Carlos, al estar sujeto al servicio militar activo, tuvo a sus hijos Dennis y David, quienes nacieron españoles de origen.
Ahora bien, Juan Carlos al naturalizarse estadounidense en 1972, ¿perdió la nacionalidad española? Ya que según el artículo 22 del Código Civil vigente entre 1954 y 1975 decía:
Artículo 22. Perderán la nacionalidad española los que hubieran adquirido voluntariamente otra nacionalidad.
Para que la pérdida produzca efectos se requiere tener veintiún años cumplidos o dieciocho y hallarse emancipado; haber residido fuera de España, al menos durante los tres años inmediatamente anteriores, y, en cuanto a los varones, no estar sujetos al servicio militar en período activo, salvo que medie dispensa del Gobierno.
De acuerdo a la redacción del artículo, al estar Juan Carlos sí sujeto al servicio militar en período activo, no comprendo si perdió la nacionalidad española o no. O si bien la perdió, pero dicha pérdida no surtió efectos (?).
De esta respuesta dependerá si sus hijos Dennis y David perdieron también su nacionalidad española al perderla el padre, o no (y siguieron siendo españoles).
En fin, alguien podría dilucidarme la cuestión? Muchas gracias!
Mariano.
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Re: Duda sobre Nacionalidad, Naturalización y Servicio Militar
En principio diría que perdió la nacionalidad el 1 de enero de 1979. Lo mismo los hijos, por patria potestad
Re: Duda sobre Nacionalidad, Naturalización y Servicio Militar
La perdió por el articulo 22 del Código Civil Redacción según Ley 14/75 de 2 de mayo (vigente 25-mayo-1975 – 18-agosto-1982), la fecha fue la que detalla Javier2749c ya que ese día Julián dejo de estar sujeto a servicio militar español en periodo activo.barraquense escribió: ↑10 Mar 2018, 18:19 ¿perdió la nacionalidad española? Ya que según el artículo 22 del Código Civil vigente entre 1954 y 1975
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Re: Duda sobre Nacionalidad, Naturalización y Servicio Militar
carlos33re
Porqué tomás la redacción del código civil vigente a partir de 1975 si la naturalización estadounidense fue en 1972?
Entiendo que fue un error, no? De todos modos, la redacción es casi idéntica y entiendo que lo que comentás es que al adquirir ciudadanía estadounidense perdió la española en el mismo momento, correcto?
Javier2749c vos que pensás?
Y respecto al requisito de
Espero sus atentas respuestas. Muchas gracias!
Porqué tomás la redacción del código civil vigente a partir de 1975 si la naturalización estadounidense fue en 1972?
Entiendo que fue un error, no? De todos modos, la redacción es casi idéntica y entiendo que lo que comentás es que al adquirir ciudadanía estadounidense perdió la española en el mismo momento, correcto?
Javier2749c vos que pensás?
Y respecto al requisito de
, cómo juega eso? Porque Juan Carlos sí lo estaba... O al naturalizarse estadounidense ya dejó de estar sujeto al servicio militar activo?barraquense escribió: ↑10 Mar 2018, 18:19 no estar sujetos al servicio militar en período activo, salvo que medie dispensa del Gobierno.
Espero sus atentas respuestas. Muchas gracias!
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Re: Duda sobre Nacionalidad, Naturalización y Servicio Militar
Perdió la nacionalidad el 1 de enero de 1979 al dejar de estar sujeto al servicio militar. También la perdieron los hijos en esa fecha, por patria potestad.
Re: Duda sobre Nacionalidad, Naturalización y Servicio Militar
Adquirir la ciudadanía estadounidense en 1972 no fue suficiente para que Juan pierda la nacionalidad pues como ya te comentamos estar sujeto a servicio militar en periodo activo impedía esa perdida.barraquense escribió: ↑25 Abr 2018, 03:28 Porqué tomás la redacción del código civil vigente a partir de 1975 si la naturalización estadounidense fue en 1972?
El servicio militar en periodo activo era hasta el 1 de Enero del año en que se cumplían los 38 años de edad, 1941+38= 1979, por eso Javier2749c te detallo esa fecha inicialmente, esa es la fecha dela perdida y en ese momento estaba vigente el Código Civil Redacción según Ley 14/75 de 2 de mayo (vigente 25-mayo-1975 – 18-agosto-1982)
Juan puede recuperar la nacionalidad española en el consulado pero sus hijos deben hacerlo en España o bien pedir dispensa de residencia.
Artículo 26. Código Civil.
1. Quien haya perdido la nacionalidad española podrá recuperarla cumpliendo los siguientes requisitos:
a) Ser residente legal en España. Este requisito no será de aplicación a los emigrantes ni a los hijos de emigrantes. En los demás casos podrá ser dispensado por el Ministro de Justicia cuando concurran circunstancias excepcionales.
b) Declarar ante el encargado del Registro Civil su voluntad de recuperar la nacionalidad española.
c) Inscribir la recuperación en el Registro Civil.
2. No podrán recuperar o adquirir, en su caso, la nacionalidad española sin previa habilitación concedida discrecionalmente por el Gobierno, los que se encuentren incursos en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo anterior.
Última edición por kárbiko el 25 Abr 2018, 23:30, editado 1 vez en total.
Razón: Cuando copies algún artículo, utiliza el quote y lo pones dentro y así se sabe qué es lo que tú escribes/opinas, y qué es lo que aparece en otro esa legislación que mencionas...
Razón: Cuando copies algún artículo, utiliza el quote y lo pones dentro y así se sabe qué es lo que tú escribes/opinas, y qué es lo que aparece en otro esa legislación que mencionas...
Re: Duda sobre Nacionalidad, Naturalización y Servicio Militar
Hola Soy Maxi desde argentina. Queria consultarles algo sobre este asunto. por que estoy en una situacion muy parecida.
Les comento mi suegro nacio en argentina de padre español en 1941 hasta 1979 estuvo obligado al servicio militar español, no hizo el servicio militar argentino y hoy esta fallecido. Mi esposa nació en 1977.
Segun lo que comentan mi esposa perdió su nacionalidad por la patria potestad en 1979, es correcto?
Por que encontré una resolución Dirección General de los Registros y del Notariado (Registro Civil) RESOLUCIÓN (1.ª) de 7 de mayo de 2008, sobre declaración sobre nacionalidad española.
Que comenta que le dieron la nacionalidad a un uruguaya por que en el momento del nacimiento (1971 en este caso) su padre estaba obligado al servicio militar y por tanto era español. Textualmente la resolución dice: "Conforme a lo que antecede, cuando nace la promotora en 1971 su
padre era español y le transmitió iure sanguinis la nacionalidad española."
Sera porque la constitución del 1978 mi suegro no perdió ya su nacionalidad española, gracias
Me podrán aclarar la situación. Gracias
Les comento mi suegro nacio en argentina de padre español en 1941 hasta 1979 estuvo obligado al servicio militar español, no hizo el servicio militar argentino y hoy esta fallecido. Mi esposa nació en 1977.
Segun lo que comentan mi esposa perdió su nacionalidad por la patria potestad en 1979, es correcto?
Por que encontré una resolución Dirección General de los Registros y del Notariado (Registro Civil) RESOLUCIÓN (1.ª) de 7 de mayo de 2008, sobre declaración sobre nacionalidad española.
Que comenta que le dieron la nacionalidad a un uruguaya por que en el momento del nacimiento (1971 en este caso) su padre estaba obligado al servicio militar y por tanto era español. Textualmente la resolución dice: "Conforme a lo que antecede, cuando nace la promotora en 1971 su
padre era español y le transmitió iure sanguinis la nacionalidad española."
Sera porque la constitución del 1978 mi suegro no perdió ya su nacionalidad española, gracias
Me podrán aclarar la situación. Gracias
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Re: Duda sobre Nacionalidad, Naturalización y Servicio Militar
Si tu esposa nació en la demarcación del consulado de Buenos Aires y allí reside, no tendrá problemas en inscribir su nacimiento como española.
Por supuesto, necesitará el certificado de situación militar del nacido en Argentina y también el certificado de "no argentino" del nacido en España.
Por supuesto, necesitará el certificado de situación militar del nacido en Argentina y también el certificado de "no argentino" del nacido en España.
Re: Duda sobre Nacionalidad, Naturalización y Servicio Militar
si si ya tengo certificado del no argentino y me falta el de la situación militar. muchas gracias
Re: Duda sobre Nacionalidad, Naturalización y Servicio Militar
maxido Disculpa que te moleste
me podrás indicar si pudieron acentar en el consulado el nacimiento,
estoy en una situación similar y seria de gran ayuda me informes
Gracias!!!
me podrás indicar si pudieron acentar en el consulado el nacimiento,
estoy en una situación similar y seria de gran ayuda me informes
Gracias!!!
Re: Duda sobre Nacionalidad, Naturalización y Servicio Militar
El consulado de Buenos Aires no esta poniendo problemas con el tramite, conozco un caso de primera mano del año pasado.
Re: Duda sobre Nacionalidad, Naturalización y Servicio Militar
De nada
Cualquier cosa comentas aquí y si es necesario te contacto con esa persona que realizo el tramite.
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