Perdi mi nacionalidad?
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Perdi mi nacionalidad?
Buenas...les planteo mi caso ya que he leido mucho (aca) y en otros lados pero no logra quedarme bien clara la cuestion:
Mi abuela es española de origen (vino a la argentina cuando españa estaba en guerra).
Mi padre se hizo español de grande (gracias a la madre), siendo yo menor de edad.
A mi, siendo menor y viviendo (todos) en Argentina, me tramitaron la ciudadania española...y hasta donde sabia (desde chico, desde siempre) no tenia que hacer mas nada.
Ahora, hace unos dias me encontre con esa famosa declaracion de conservacion. Fui al consulado y pregunte, y me dijieron que la perdi. Pero la respuesta me la dio asi nomas, no lleve mi partida de nacimiento (ya que no la encuentro) y solo le plantee el echo de que no hice la declaracion, no le dije si era español de origen, o como habia obtenido la ciudadania. Gracias y espero puedan ayudarme.
Datos:
Mi abuela nacio el 4 de enero de 1937 en Bilbao, Vizcaya (esta en la partida de mi padre) dice nacionalidad española.
Mi padre nacio en enero de 1958 en Argentina
Yo naci el de febrero de 1995 en Argentina
La partida de nacimiento de mi padre dice:
Fecha 28 del 7 del 2003 ante el encargado del registro Civil consular de Buenos Aires, el inscripto, habiendo acreditado lo establecido en el articulo 20.1.b del codigo civil, optó por la nacionalidad española y la vecindad civil comun
Prestando juramento (o promesa) en legal forma
En buenos aires, a y la fecha.
Al dorso de la partida:
“Registro civil del consulado general de españa en buenos aires. Certifico que la presente certificación literal contiene la reproducción integra del asiento correspondiente abrante en el tomo “xx” de la seccion 1 de este registro civil consular y se expide para los asuntos en los que sea necesario probar la filacion sin que sea admisible a otros efectos (articulos 26 y 30 del reglamento del codigo civil)
En la partida de nacimiento española de mi hermano dice:
Para hacer constar que “xxx” padre del inscripto opto por la nacionalidad española el dia xx del 7 de 2008 segun consta en asiento marginal de fecha 28 del 7 de 2003 en su partida de nacimiento expedida por el registro civil del consulado general de Buenos Aires
Y abajo. Dice
El 18 del IX de 2003, ante el encargado del registro civil consular de buenos aires con asistencia de sus representantes legales, el inscripto opto por la nacionalidad española y la vecindad civil comun. Art 20.2.b
Prestando juramento (o promesa) en legal forma.
Mi partida no la encuentro, pero tiene que ser similar a la de mi hermano, que es la que encontre.
Tanto mi abuela como mi padre están actualmente vivos.
Mi abuela es española de origen (vino a la argentina cuando españa estaba en guerra).
Mi padre se hizo español de grande (gracias a la madre), siendo yo menor de edad.
A mi, siendo menor y viviendo (todos) en Argentina, me tramitaron la ciudadania española...y hasta donde sabia (desde chico, desde siempre) no tenia que hacer mas nada.
Ahora, hace unos dias me encontre con esa famosa declaracion de conservacion. Fui al consulado y pregunte, y me dijieron que la perdi. Pero la respuesta me la dio asi nomas, no lleve mi partida de nacimiento (ya que no la encuentro) y solo le plantee el echo de que no hice la declaracion, no le dije si era español de origen, o como habia obtenido la ciudadania. Gracias y espero puedan ayudarme.
Datos:
Mi abuela nacio el 4 de enero de 1937 en Bilbao, Vizcaya (esta en la partida de mi padre) dice nacionalidad española.
Mi padre nacio en enero de 1958 en Argentina
Yo naci el de febrero de 1995 en Argentina
La partida de nacimiento de mi padre dice:
Fecha 28 del 7 del 2003 ante el encargado del registro Civil consular de Buenos Aires, el inscripto, habiendo acreditado lo establecido en el articulo 20.1.b del codigo civil, optó por la nacionalidad española y la vecindad civil comun
Prestando juramento (o promesa) en legal forma
En buenos aires, a y la fecha.
Al dorso de la partida:
“Registro civil del consulado general de españa en buenos aires. Certifico que la presente certificación literal contiene la reproducción integra del asiento correspondiente abrante en el tomo “xx” de la seccion 1 de este registro civil consular y se expide para los asuntos en los que sea necesario probar la filacion sin que sea admisible a otros efectos (articulos 26 y 30 del reglamento del codigo civil)
En la partida de nacimiento española de mi hermano dice:
Para hacer constar que “xxx” padre del inscripto opto por la nacionalidad española el dia xx del 7 de 2008 segun consta en asiento marginal de fecha 28 del 7 de 2003 en su partida de nacimiento expedida por el registro civil del consulado general de Buenos Aires
Y abajo. Dice
El 18 del IX de 2003, ante el encargado del registro civil consular de buenos aires con asistencia de sus representantes legales, el inscripto opto por la nacionalidad española y la vecindad civil comun. Art 20.2.b
Prestando juramento (o promesa) en legal forma.
Mi partida no la encuentro, pero tiene que ser similar a la de mi hermano, que es la que encontre.
Tanto mi abuela como mi padre están actualmente vivos.
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Re: Perdi mi nacionalidad?
Sí, en principio la perdiste por no hacer esa manifestación de la que habla el art. 24.3º del Código Civil...
De momento, tal como indicas de tu caso y dado que no puedes obtener el permiso de residencia en España, pues tu padre no consta que naciera siendo español -sino que optó a la nacionalidad de su progenitora, que fue española originariamente-, no puedes hacer otra cosa que esperar a ver si se aprueba la Proposición de Ley que ahora mismo está en el Congreso de los Diputados, y que, entre otras cosas, otorgaría nuevamente la nacionalidad a todos quienes la perdieron en las mismas circunstancias que te ha ocurrido a ti.
Proposición de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los descendientes nacidos en el extranjero de progenitores españoles
... salvo que cuando cumplieras la mayoría de edad no estuvieras residiendo en Argentina, país que también te atribuye esa nacionalidad.3. Los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad del mismo, perderán, en todo caso, la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla ante el encargado del Registro Civil en el plazo de tres años, a contar desde su mayoría de edad o emancipación.
De momento, tal como indicas de tu caso y dado que no puedes obtener el permiso de residencia en España, pues tu padre no consta que naciera siendo español -sino que optó a la nacionalidad de su progenitora, que fue española originariamente-, no puedes hacer otra cosa que esperar a ver si se aprueba la Proposición de Ley que ahora mismo está en el Congreso de los Diputados, y que, entre otras cosas, otorgaría nuevamente la nacionalidad a todos quienes la perdieron en las mismas circunstancias que te ha ocurrido a ti.
Proposición de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los descendientes nacidos en el extranjero de progenitores españoles
Artículo primero.
La presente Ley posibilitará:
a) ...
b) ...
c) La recuperación de la nacionalidad española para aquellas personas que, siendo españoles de origen, no la han ratificado al cumplir su mayoría de edad, de acuerdo a lo previsto en el artículo 24.1 y 24.3 del Código Civil.
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Re: Perdi mi nacionalidad?
La pérdida de la nacionalidad se aplica a quienes nacieron de progenitor español, no a quienes optaron
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Re: Perdi mi nacionalidad?
Es verdad, que era la madre la española de Bilbao, no el padre..
Pensé que el padre de Ezze.! pudiera ser español de nacimiento, porque nunca hubiera perdido la nacionalidad por estar sujeto a servicio militar.
Pero no es así. Es que no nació español
Lo que habrá que ver es si se hizo tu inscripción de nacimiento, para lo que primero habría que saber qué edad tenías cuando tu padre optó por la nacionalidad española....
Pensé que el padre de Ezze.! pudiera ser español de nacimiento, porque nunca hubiera perdido la nacionalidad por estar sujeto a servicio militar.
Pero no es así. Es que no nació español
Lo que habrá que ver es si se hizo tu inscripción de nacimiento, para lo que primero habría que saber qué edad tenías cuando tu padre optó por la nacionalidad española....
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Re: Perdi mi nacionalidad?
http://cgeonline.com.ar/2/informacion/quienes-pueden-perder-nacionalidad-espanola.html
Aquellos españoles nacidos fuera de España, después del 09 de enero de 1985:
-que hayan alcanzado los 18 años pero todavía no tienen 21 años.
que residan en el país en el que nacieran y que les otorga su segunda nacionalidad (nacidos en Argentina, ostentan la nacionalidad argentina y residen en Argentina).
cuyo padre/madre español naciera fuera de España.
cuyo padre/madre ostentaba la nacionalidad española en el momento en que naciera el interesado.
Aquellos españoles nacidos fuera de España, después del 09 de enero de 1985:
-que hayan alcanzado los 18 años pero todavía no tienen 21 años.
que residan en el país en el que nacieran y que les otorga su segunda nacionalidad (nacidos en Argentina, ostentan la nacionalidad argentina y residen en Argentina).
cuyo padre/madre español naciera fuera de España.
cuyo padre/madre ostentaba la nacionalidad española en el momento en que naciera el interesado.
Re: Perdi mi nacionalidad?
Opte por la nacionalidad siendo menor de 14 años.
Segun veo, en la partida de mi hermano, el está sentando en el 2003.
Mi partida tiene que ser similar, se hicieron en sinultaneo
Anoche solicite el tramite online para pedir mi partida.
Por otra parte, en el caso de que la haya perddo, yo he estafo bajo la tutela de un español, creo que en ese caso, con un año de residencia puedo solicitar la nacionalidad devuelta
Segun veo, en la partida de mi hermano, el está sentando en el 2003.
Mi partida tiene que ser similar, se hicieron en sinultaneo
Anoche solicite el tramite online para pedir mi partida.
Por otra parte, en el caso de que la haya perddo, yo he estafo bajo la tutela de un español, creo que en ese caso, con un año de residencia puedo solicitar la nacionalidad devuelta
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Re: Perdi mi nacionalidad?
Podrias decirme en que te basas para decir que nocls perdicpor favor mil gracias
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Re: Perdi mi nacionalidad?
En todo caso tendría que ser al revés. Quien afirme que has perdido la nacionalidad tendría que justificarlo en alguna norma.
Seguro que en el consulado de Buenos Aires nadie te dirá que la has perdido, porque ellos mismos han publicado esta información en su sitio oficial
http://cgeonline.com.ar/2/informacion/q ... anola.html
Aquellos españoles nacidos fuera de España, después del 09 de enero de 1985:
-que hayan alcanzado los 18 años pero todavía no tienen 21 años.
que residan en el país en el que nacieran y que les otorga su segunda nacionalidad (nacidos en Argentina, ostentan la nacionalidad argentina y residen en Argentina).
cuyo padre/madre español naciera fuera de España.
cuyo padre/madre ostentaba la nacionalidad española en el momento en que naciera el interesado.
Seguro que en el consulado de Buenos Aires nadie te dirá que la has perdido, porque ellos mismos han publicado esta información en su sitio oficial
http://cgeonline.com.ar/2/informacion/q ... anola.html
Aquellos españoles nacidos fuera de España, después del 09 de enero de 1985:
-que hayan alcanzado los 18 años pero todavía no tienen 21 años.
que residan en el país en el que nacieran y que les otorga su segunda nacionalidad (nacidos en Argentina, ostentan la nacionalidad argentina y residen en Argentina).
cuyo padre/madre español naciera fuera de España.
cuyo padre/madre ostentaba la nacionalidad española en el momento en que naciera el interesado.
Re: Perdi mi nacionalidad?
Entiendo, pero..
Mi padre no obstentaba la nacionalidad española al momento de mi nacimiento, por lo cual esa no es valida..
La que me podria resultar valida creo que es esta:
que hayan alcanzado los 18 años pero todavía no tienen 21 años.
que residan en el país en el que nacieran y que les otorga su segunda nacionalidad (nacidos en Argentina, ostentan la nacionalidad argentina y residen en Argentina).
La verdad es un lio, no esta claro para nada en donde uno busque informacion..
Mi padre no obstentaba la nacionalidad española al momento de mi nacimiento, por lo cual esa no es valida..
La que me podria resultar valida creo que es esta:
que hayan alcanzado los 18 años pero todavía no tienen 21 años.
que residan en el país en el que nacieran y que les otorga su segunda nacionalidad (nacidos en Argentina, ostentan la nacionalidad argentina y residen en Argentina).
La verdad es un lio, no esta claro para nada en donde uno busque informacion..
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Re: Perdi mi nacionalidad?
Dijiste ésto:
Y Javier2749c me recordó antes ésto otro:
¿Más claro?Javier2749c escribió: ↑16 Jul 2018, 15:36 La pérdida de la nacionalidad se aplica a quienes nacieron de progenitor español, no a quienes optaron
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Re: Perdi mi nacionalidad?
Estás interpretando mal lo que copié del sitio oficial del consuladucho en cuestión, Es que hay que hacer un esfuerzo grande porque está mal redactado.
Lo que allí pone es:
Que si usted tiene entre 18 y 21 tenga cuidado porque podría perder la nacionalidad (al cumplir 21) si usted es nacido de progenitor español.
Como no naciste de progenitor español, cuando tenías entre 18 y 21 no tenías riesgo de perder la nacionalidad (al cumplir 21) y ahora que has cumplido 21.... no has perdido la nacionalidad
Esa gente del consulado....el personal es enchufado, no se requiere redactar correctamente en castellano para ingresar a la plantilla.
Re: Perdi mi nacionalidad?
Ahhh termine de entender!
Lo que me resulta extraño es que me acerque a informes en el consulado y me dijieron que la habia perdido. Solo dije que no habia echo la confirmacion entre esa edad, no me preguntaron nada, ni me dijieron nada.
Voy a esperar la partida de nacimiento y voy a tratsr de tramitar el pasaporte. En caso de que quieran darme como valida esa regla, simplemente le defiendo argumentando que es para españoles de origen?
Me resulta extraño que he leido a argentinos en mi misma situacion que la han perdido..
--- 18 Jul 2018, 00:12
Perdon y mi ultima duda, al cumplir los 18..y pasar a usar durante tres años mi nacionalidad argentina exclusivamente, tampoco perdi la español?
Que yo sepa estaba y estuve siempre bajo “la doble nacionalidad”
Nunca me mandaron para que votara en las elecciones
A mi padre en lanultima eleccion tampoco le mandaron, en otras sk
Lo que me resulta extraño es que me acerque a informes en el consulado y me dijieron que la habia perdido. Solo dije que no habia echo la confirmacion entre esa edad, no me preguntaron nada, ni me dijieron nada.
Voy a esperar la partida de nacimiento y voy a tratsr de tramitar el pasaporte. En caso de que quieran darme como valida esa regla, simplemente le defiendo argumentando que es para españoles de origen?
Me resulta extraño que he leido a argentinos en mi misma situacion que la han perdido..
--- 18 Jul 2018, 00:12
Perdon y mi ultima duda, al cumplir los 18..y pasar a usar durante tres años mi nacionalidad argentina exclusivamente, tampoco perdi la español?
Que yo sepa estaba y estuve siempre bajo “la doble nacionalidad”
Nunca me mandaron para que votara en las elecciones
A mi padre en lanultima eleccion tampoco le mandaron, en otras sk
Re: Perdi mi nacionalidad?
Exacto, lo importante es lo que dice en el margen izquierdo tu acta, por ejemplo opto mediante articulo 20.1.a CC
Ultimamente, desde principio de 2018 me comentan que en desinformes perdón bien digo informes de ese Consulado mandan cualquier "fruta "
Re: Perdi mi nacionalidad?
Efectivamente. Recien vengo del consulado de retirar mi partida de nacimiento (la copia) y al preguntar en informes la perdida de nacionalidad NO es mi caso. Yo no perdi la nacionalidad. En el margen izquierdo tengo 20.2 o algo asi. Pueden cerrarlo. Muchas gracias
-
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Re: Perdi mi nacionalidad?
¡Hola Eze! Tu caso me resultó particular porque es igual al mío, abuelo español se vino a la Argentina cuando tenía 5 en 1935 junto a sus padres, mi mamá en 2005 (como a los 36 años) adquirió la nacionalidad y ciudadanía española y nos la transfirió a mí hermana (15) y a mí (10). Soy del 94 y tampoco declaré la voluntad de mantenerla ¿la habré perdido o la seguiré teniendo vigente? En todo caso, ¿como pudo saberlo? ¿Tengo que viajar si o si a Buenos Aires? Gracias
Re: Perdi mi nacionalidad?
Ignaciojaluf escribió: ↑19 Jun 2019, 11:55 mi mamá en 2005 (como a los 36 años) adquirió la nacionalidad y ciudadanía española y nos la transfirió a mí hna (15) y a mí (10). Soy del 94 y tampoco declaré la voluntad de mantenerla ¿la habré perdido o la seguiré teniendo vigente?
Para no haberla perdido, el acta de tu madre debería decir que recuperó la nacionalidad por articulo 26 de Código Civil. La tuya y la de tu hermana, que optaron por articulo 20.1.a, pero me temo que tu madre es española de nacimiento y tú y tu hermana también
Revisa los márgenes izquierdos de las actas.
Para recuperar la nacionalidad debes hacerlo en España.
Re: Perdi mi nacionalidad?
Pudiste solucionar tu caso? En el margen izquierdo de tu partida que dice?Ignaciojaluf escribió: ↑19 Jun 2019, 11:55Hola Eze! Tu caso me resultó particular porque es igual al mío, abuelo español se vino a la Argentina cuando tenía 5 en 1935 junto a sus padres, mi mamá en 2005 (como a los 36 años) adquirió la nacionalidad y ciudadanía española y nos la transfirió a mí hermana (15) y a mí (10). Soy del 94 y tampoco declaré la voluntad de mantenerla ¿la habré perdido o la seguiré teniendo vigente? En todo caso, ¿como pudo saberlo? ¿Tengo que viajar si o si a Buenos Aires? Gracias
En el margen izquierdo de mi partida dice que opte por el articulo 20.2.a. En su momento, pedi turno y me hicieron el pasaporte sin problemas, incluso consulte en informes y a quien me estaba haciendo el trámite de pasaporte y me dijieron que mi caso no correspondía y que sino, el sistema no dejaba hacerme el pasaporte.
Asi mismo, al leer el Código Civil, mi caso parece estar dentro... Pero arriba tambien me aclararon que no..
Re: Perdi mi nacionalidad?
Los que están dentro del articulo 20 y 22 no deben declarar la conservación, salvo que ya emancipados obtengan una nacionalidad de un pais con el cual España NO TENGA CONVENIO DE DOBLE NACIONALIDAD ya que de acuerdo a loas ultimas resoluciones de la DGRN los españoles NO de origen pueden hacerlo.
viewtopic.php?p=96603#p96603
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Re: Perdi mi nacionalidad?
Ignaciojaluf escribió: ↑19 Jun 2019, 11:55 ¡Hola Eze! Tu caso me resultó particular porque es igual al mío, abuelo español se vino a la Argentina cuando tenía 5 en 1935 junto a sus padres, mi mamá en 2005 (como a los 36 años) adquirió la nacionalidad y ciudadanía española y nos la transfirió a mí hermana (15) y a mí (10). Soy del 94 y tampoco declaré la voluntad de mantenerla ¿la habré perdido o la seguiré teniendo vigente? En todo caso, ¿como pudo saberlo? ¿Tengo que viajar si o si a Buenos Aires? Gracias
Hola Ignacio, al final si estuvo todo bien con tu nacionalidad/pasaporte?
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