Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
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2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
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6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Los requisitos son estar empadronado y tener NIE
Traer certificado de empadronamiento,tu pasaporte, certificado de nacimiento de tu padre de un RC español y el del tuyo legalizado (apostillado)
Pedir cita en el RC Encargado del partido judicial donde vayas a residir y ese día hacer la manifestación oportuna de que quieres recuperar algo que tuviste y que se te perdió sin saberlo...
Así de sencillo
Traer certificado de empadronamiento,tu pasaporte, certificado de nacimiento de tu padre de un RC español y el del tuyo legalizado (apostillado)
Pedir cita en el RC Encargado del partido judicial donde vayas a residir y ese día hacer la manifestación oportuna de que quieres recuperar algo que tuviste y que se te perdió sin saberlo...
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Es tan sencillo que tengo ganas de hacerlo "para mayor seguridad de mi estado civil"kárbiko escribió: ↑01 Oct 2018, 00:08 Los requisitos son estar empadronado y tener NIE
Traer certificado de empadronamiento,tu pasaporte, certificado de nacimiento de tu padre de un RC español y el del tuyo legalizado (apostillado)
Pedir cita en el RC Encargado del Partido Judicial donde vayas a residir y ese día hacer la manifestación oportuna de que quieres recuperar algo que tuviste y que se te perdió sin saberlo...
Así de sencillo
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Jonathan0134
Depende de tu caso.
Si tienes nacimiento Inscrito:
- Tarjeta de Identidad del Extranjero (TIE) que acredite que eres residente legal acá (original y copia)
- Prueba de que tuviste la nacionalidad (Pasaportes antiguos, etc)
- Prueba de que la perdiste (Literal con nota marginal de pérdida)
- Empadronamiento
Sino tienes nacimiento inscrito:
- TIE de Residente legal (no cuenta estancia por estudios) (Original y copia)
- Literal de tu padre expedida de forma reciente
- Acta de Nacimiento tuya Apostillada
- Acta de Matrimonio de tus padres (Apostillada) si existe el matrimonio
- Acta de Nacimiento de tu progenitor NO español (si aplica) (Apostillada, esta no es obligatoria, en mi caso solo la vieron y me la devolvieron de inmediato)
- Empadronamiento
- Original y copia de tu pasaporte
- Copia del pasaporte de tu progenitor español (si está compulsada mejor, aunque a mí me aceptaron una copia simple)
- Hoja de Declaración de Datos (en el mismo registro te dan el formato)
- Firmas la hoja de declaración donde manifiestas la voluntad de recuperar la nacionalidad
y Listo!
A esperar resolución.
Depende de tu caso.
Si tienes nacimiento Inscrito:
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A esperar resolución.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Hola buenas tardes. Gravas a Dios conseguí este foro esta muy completo y felicito a los dueños por el labor que hacen.
Tengo unas dudas y quisiera sí está a su alcance me la aclaren.
El caso es: El abuelo de mi esposo es Español nacido en Canarias y emigró a Venezuela hace años. Nunca se nacionalizó Venezolano. La mamá de mi esposo (suegra) tiene la nacionalidad española desde el 2016 y en ese tiempo mi esposo ya tenía 21 años por tanto no no pudo optar por la nacionalidad española. Sólo su hermana.
Actualmente estamos en España y él aplico por el arraigo familiar. Ya tenemos casi 8 meses en Zaragoza. Mi duda es: Él puede acercarse al RC y pedir recuperar la nacionalidad española? Aplica para hacer ese trámite ó debe esperar cumplir el año y hacerlo por de otra manera?
Su mamá nació en 1973 y en su literal no hay pie de página. Dice que su padre es Español. En cambio, la literal de mi cuñada si dice que declaró conservar la nacionalidad española.
Espero su respuesta y gracias.
Tengo unas dudas y quisiera sí está a su alcance me la aclaren.
El caso es: El abuelo de mi esposo es Español nacido en Canarias y emigró a Venezuela hace años. Nunca se nacionalizó Venezolano. La mamá de mi esposo (suegra) tiene la nacionalidad española desde el 2016 y en ese tiempo mi esposo ya tenía 21 años por tanto no no pudo optar por la nacionalidad española. Sólo su hermana.
Actualmente estamos en España y él aplico por el arraigo familiar. Ya tenemos casi 8 meses en Zaragoza. Mi duda es: Él puede acercarse al RC y pedir recuperar la nacionalidad española? Aplica para hacer ese trámite ó debe esperar cumplir el año y hacerlo por de otra manera?
Su mamá nació en 1973 y en su literal no hay pie de página. Dice que su padre es Español. En cambio, la literal de mi cuñada si dice que declaró conservar la nacionalidad española.
Espero su respuesta y gracias.
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Si como dices, en la inscripción de la madre de tu esposo dice que el padre de ella era español en el momento del nacimiento de tu marido, entonces su madre nació siendo española de origen. No tiene la nacionalidad desde 2016, sino desde que nació. Otra cosa es que no tenga su certificado de nacimiento de un RC español y con ello no pueda demostrar que es de esta nacionalidad.
Por ejemplo, si nace un hijo de 2 venezolanos en España, ese niño NO es español. Es venezolano, porque sus padres le transmiten esa nacionalidad y, entonces, España no reconoce que son españoles... Si los padres no le sacan su documentación venezolana hasta cuando sea,... ¿ese niño ha dejado de ser venezolano? No. Siempre lo será, pues Venezuela reconoce que son venezolanos los hijos de sus ciudadanos, nazcan donde nazcan...
Pues a tu suegra le ha pasado lo mismo: nació española y no tuvo documentación española hasta 2016, pero todo ese tiempo desde 1973 hasta 2016 siempre fue española.
Por eso tu marido nació también con la nacionalidad española, y -al ser segunda generación nacida en el extranjero, de madre española también nacida en el extranjero- se le aplicó el art. 24.3º del Código Civil español. Y ello supuso que tu marido dejase de ser español. Como tu cuñada si evitó que se aplicase ese artículo, entonces ella sí que siguió siendo española.
Por tanto, si la madre de tu esposo es española de origen, entonces él tiene derecho a solicitar el permiso de residencia por arraigo familiar.
Una vez lo tenga concedido (que tenga el carnet del NIE en su mano), entonces puede ir al RC Principal de su domicilio, y solicitar recuperar la nacionalidad española que perdería al no haber declarado en tiempo que quería conservar la nacionalidad española. (lo tenía que haber hecho antes de cumplir los 21 años).
Luego se remitirá al RC Central para que pongan inscripción marginal reflejando esa recuperación de la nacionalidad y ya podrá sacar su DNI español.
Ello permitirá inscribir vuestro matrimonio y que si se dan las circunstancias (que tu marido tenga trabajo en las condiciones que la ley establece), que tú puedas regularizar tu situación pidiendo también el NIE.
Por ejemplo, si nace un hijo de 2 venezolanos en España, ese niño NO es español. Es venezolano, porque sus padres le transmiten esa nacionalidad y, entonces, España no reconoce que son españoles... Si los padres no le sacan su documentación venezolana hasta cuando sea,... ¿ese niño ha dejado de ser venezolano? No. Siempre lo será, pues Venezuela reconoce que son venezolanos los hijos de sus ciudadanos, nazcan donde nazcan...
Pues a tu suegra le ha pasado lo mismo: nació española y no tuvo documentación española hasta 2016, pero todo ese tiempo desde 1973 hasta 2016 siempre fue española.
Por eso tu marido nació también con la nacionalidad española, y -al ser segunda generación nacida en el extranjero, de madre española también nacida en el extranjero- se le aplicó el art. 24.3º del Código Civil español. Y ello supuso que tu marido dejase de ser español. Como tu cuñada si evitó que se aplicase ese artículo, entonces ella sí que siguió siendo española.
Por tanto, si la madre de tu esposo es española de origen, entonces él tiene derecho a solicitar el permiso de residencia por arraigo familiar.
Una vez lo tenga concedido (que tenga el carnet del NIE en su mano), entonces puede ir al RC Principal de su domicilio, y solicitar recuperar la nacionalidad española que perdería al no haber declarado en tiempo que quería conservar la nacionalidad española. (lo tenía que haber hecho antes de cumplir los 21 años).
Luego se remitirá al RC Central para que pongan inscripción marginal reflejando esa recuperación de la nacionalidad y ya podrá sacar su DNI español.
Ello permitirá inscribir vuestro matrimonio y que si se dan las circunstancias (que tu marido tenga trabajo en las condiciones que la ley establece), que tú puedas regularizar tu situación pidiendo también el NIE.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
kárbiko
Hola. Muchísimas gracias por responder. Estamos esperando que una abogada nos envíe la literal del registro central de Madrid de mi suegra.
Nosotros cuando fuimos a Extranjería a que mi esposo tramitara el arraigo familiar y ahí le comentaron que le correspondía la nacionalidad.
Nos acercamos al RC y las funcionarias de allí nunca le pudieron dar respuesta a mi esposo. Lo que pidieron es que hiciera una carta explicando por qué solicita la nacionalidad.
Una abogada redactó la carta, exponiendo el porqué él quiere la nacionalidad, colocando pruebas (desde literal del abuelo, madre y hermana), hasta del bisabuelo materno por su abuela que también era español... En fin, mi esposo metió esa carta hace 4 meses ya. Hizo la solicitud de la nacionalidad por carta de naturaleza.
Mi duda es: ¿Puede hacer la solicitud de recuperar la nacionalidad sin problemas o habría que cancelar la otra solicitud (de ser posible)?
Y muchas gracias por la respuesta!!
Hola. Muchísimas gracias por responder. Estamos esperando que una abogada nos envíe la literal del registro central de Madrid de mi suegra.
Nosotros cuando fuimos a Extranjería a que mi esposo tramitara el arraigo familiar y ahí le comentaron que le correspondía la nacionalidad.
Nos acercamos al RC y las funcionarias de allí nunca le pudieron dar respuesta a mi esposo. Lo que pidieron es que hiciera una carta explicando por qué solicita la nacionalidad.
Una abogada redactó la carta, exponiendo el porqué él quiere la nacionalidad, colocando pruebas (desde literal del abuelo, madre y hermana), hasta del bisabuelo materno por su abuela que también era español... En fin, mi esposo metió esa carta hace 4 meses ya. Hizo la solicitud de la nacionalidad por carta de naturaleza.
Mi duda es: ¿Puede hacer la solicitud de recuperar la nacionalidad sin problemas o habría que cancelar la otra solicitud (de ser posible)?
Y muchas gracias por la respuesta!!
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Pero, ¿sabéis qué tipo de nacionalidad es la obtenida por carta de naturaleza?
¿Habéis buscado en internet qué es lo que solicitaba por esa vía y cómo es el trámite? Por ejemplo, deberíais haber visto esta página del propio Ministerio de Justicia: Nacionalidad española por carta de naturaleza
Tu marido, ¿ha solicitado el permiso de residencia por arraigo familiar? Si no hace eso, no puede recuperar la nacionalidad? (siempre que haya nacido siendo hijo de una española de origen, como decías en tu primer mensaje)
Así que primero empiece por pasarse por el foro de Extranjería de este misma web, o si lo prefiere, por la Delegación del Gobierno o el grupo de extranjería de la comisaría de la policía nacional donde residís, y que pregunte qué tiene que hacer para pedir el permiso de residencia por arraigo familiar.
Necesita -entre otras cosas-:
* los antecedentes penales de Cuba, legalizado con la apostilla de la Haya
* su certificado de nacimiento, también con la apostilla, salvo que ya tenga su nacimiento inscrito en un RC español, y entonces aporte éste;
* certificado de nacimiento de su madre, que este sí que ha de ser de un RC español.
Cuando tenga el NIE, entonces es cuando va al RC donde vivís y solicita recuperar la nacionalidad que -según indicabas- tuvo al nacer y perdió al cumplir los 21 años.
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Mejor que no consulte nada, que lleve las certificaciones y el formulario Ex-10 debidamente cumplimentado.
Sobre la solicitud de nacionalidad por carta de naturaleza, es un concesión del gobierno y no será concedida por lo cual es lo mismo que si no la hubiera presentado. Tampoco tiene el gobierno la obligación de responder a la solicitud (conforme artículo 366 del Reglamento del Registro Civil: "No es imperativa la resolución de peticiones de gracia")
Intenta que la abogada te devuelva el dinero. Amenázala con denunciarla ante la Comisión de Ética del Colegio de Abogados...si es que existe tal comisión..que no lo creo
Última edición por Javier2749c el 16 Jul 2019, 16:13, editado 2 veces en total.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Javier2749c
Hola buenas. Sí, mi esposo tiene la residencia desde hace 8 meses. (Arraigo familiar por circunstancias excepcionales)
En extranjería vieron la literal de mi suegra y le comentaron a mi esposo que le correspondía la nacionalidad pero en el RC no le dijeron eso. Buscaban en la literal algun margen donde explicara como obtuvo la nacionalidad española mi suegra no aparece nada.
Le pagamos a una abogada para redactar la carta porque en el RC nos dijeron que debía hacer eso mi esposo. Nunca le comentaron que podía solicitar recuperar la nacionalidad española. Y la abogada que conocía el caso tampoco nos comentó eso, sólo llevo a cabo la redacción de la carta.
Otra duda sres.
¿Se debe redactar alguna carta exponiendo por que mi esposo quiere recuperar la nacionalidad española, o no es necesaria?
Hola buenas. Sí, mi esposo tiene la residencia desde hace 8 meses. (Arraigo familiar por circunstancias excepcionales)
En extranjería vieron la literal de mi suegra y le comentaron a mi esposo que le correspondía la nacionalidad pero en el RC no le dijeron eso. Buscaban en la literal algun margen donde explicara como obtuvo la nacionalidad española mi suegra no aparece nada.
Le pagamos a una abogada para redactar la carta porque en el RC nos dijeron que debía hacer eso mi esposo. Nunca le comentaron que podía solicitar recuperar la nacionalidad española. Y la abogada que conocía el caso tampoco nos comentó eso, sólo llevo a cabo la redacción de la carta.
Otra duda sres.
¿Se debe redactar alguna carta exponiendo por que mi esposo quiere recuperar la nacionalidad española, o no es necesaria?
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
El competente para calificar su solicitud es el Encargado del Registro Civil Central. Los funcionarios del registro civil en que tu esposo presente la solicitud no tocan pito, solamente le hacen firmar el acta de recuperación, ponen un par de sellos y envían la solicitud al RC Central.
Importa tanto la opinión de ellos como la de la secretaria del ministro de turismo. O sea nada.
Puede presentar un escrito DIRIGIDO AL SR. ENCARGADO DEL REGISTRO CIVIL CENTRAL DECLARANDO SU VOLUNTAD DE RECUPERAR LA NACIONALIDAD QUE PERDIÓ EN VIRTUD DEL ART 24.3 CC.
En el mismo aclara que su hermana nació de madre española y por lo tanto no hay dudas de que él también lo hizo e incluye una fotocopia de la certificación de la hermana.
Última edición por Javier2749c el 10 Oct 2018, 16:08, editado 1 vez en total.
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
No tienen que mirar esa parte de la certificación, sino la parte en que pone Nacionalidad del padre: española.
Lo mismo con las certificaciones de nacimiento de ellos mismos...¿o acaso ellos son españoles por haber nacido de padre japonés? No me extrañaría que ellos creyeran que son españoles por haber nacido en España....
Diles que hay un foro en el que les pueden enseñar a hacer su trabajo. La dirección es: http://www.fororegistrocivil.es/Foro
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Es tal como dice Javier2749c:
Si en la parte principal de la inscripción de nacimiento de tu suegra, en el campo de la nacionalidad de su padre aparece indicando que era español, entonces la inscrita (tu suegra) nació siendo española de origen (de ahí, entre otras cosas, que tu esposo haya podido obtener la residencia por arraigo, al ser hijo de una española de origen).
Si nunca hubo motivo para que ella perdiera la nacionalidad, -y por tanto nunca ha existido motivo alguno para que la recobrase pues la ha seguido manteniendo-, no va a aparecer ninguna marginal que indique nada... Por tanto, esa persona que es hija de español sigue siéndolo.
Si en el RC le comentan algo a tu esposo, que les pregunte si en la inscripción de ellos/as aparece algo en la marginal al respecto de la manera en que obtuvieron la nacionalidad.. Es el mismo caso que el de tu suegra, cambiando el lugar de nacimiento: nacieron hijos de español y no han perdido la nacionalidad.
Si en la parte principal de la inscripción de nacimiento de tu suegra, en el campo de la nacionalidad de su padre aparece indicando que era español, entonces la inscrita (tu suegra) nació siendo española de origen (de ahí, entre otras cosas, que tu esposo haya podido obtener la residencia por arraigo, al ser hijo de una española de origen).
Si nunca hubo motivo para que ella perdiera la nacionalidad, -y por tanto nunca ha existido motivo alguno para que la recobrase pues la ha seguido manteniendo-, no va a aparecer ninguna marginal que indique nada... Por tanto, esa persona que es hija de español sigue siéndolo.
Si en el RC le comentan algo a tu esposo, que les pregunte si en la inscripción de ellos/as aparece algo en la marginal al respecto de la manera en que obtuvieron la nacionalidad.. Es el mismo caso que el de tu suegra, cambiando el lugar de nacimiento: nacieron hijos de español y no han perdido la nacionalidad.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Hola amigos buen día. Me Les comento un poco sobre lo que hemos hecho.
1-Mi esposo y yo nos dirigimos al RC de Zaragoza y hoy nos dio respuesta la juez (después de varios días) que mi esposo sí puede hacer la recuperación de la nacionalidad española. Las funcionarias nos explicaron que primero se debe hacer la inscripción de nacimiento fuera de plazo de mi esposo, eso lo envían a Madrid (puede tardar varios meses) y luego se hace el acta de la recuperación de la nacionalidad española.
Le pidieron a mi esposo que lleve una partida de nacimiento del Padre, también acta de matrimonio y de divorcio de los padres. Porque cuando mi esposo nació sus padre estaban casados. El problema es que mi esposo no tiene trato con su papá desde hace muchos años y es muy difícil conseguir un acta de nacimiento de él, y también con la situación en Venezuela es imposible lograr apostillar un documento.
Pregunto ¿Mi esposo puede hacer la inscripción de su nacimiento sin el acta de nacimiento del padre? Por lo difícil que es sacar un documento en Venezuela. Existe alguna ley que permita él hacer su trámite sin esos documentos? Aportando claro las literales de su madre, hermana, su partida de nacimiento apostillada y demás documentos que le exigen.
Debo añadir que cuando su hermana hizo su inscripción de nacimiento no le pidieron partida de nacimiento de su papa ni el acta de matrimonio o divorcio de ellos. Con la literal de la madre fue suficiente.
2- Mi esposo está actualmente con residencia por circunstancias excepcionales y se vence en abril del próximo año. Hemos leído en el foro que él puede tramitar una residencia de larga duración por haber perdido la nacionalidad española, nuestra duda esta en ¿Como puede demostrar mi esposo que perdió la nacionalidad española si no tiene ninguna literal o puede hacerlo mostrando la literal de su madre y hermana como prueba de que fue español?
Espero su respuesta. Graciass
1-Mi esposo y yo nos dirigimos al RC de Zaragoza y hoy nos dio respuesta la juez (después de varios días) que mi esposo sí puede hacer la recuperación de la nacionalidad española. Las funcionarias nos explicaron que primero se debe hacer la inscripción de nacimiento fuera de plazo de mi esposo, eso lo envían a Madrid (puede tardar varios meses) y luego se hace el acta de la recuperación de la nacionalidad española.
Le pidieron a mi esposo que lleve una partida de nacimiento del Padre, también acta de matrimonio y de divorcio de los padres. Porque cuando mi esposo nació sus padre estaban casados. El problema es que mi esposo no tiene trato con su papá desde hace muchos años y es muy difícil conseguir un acta de nacimiento de él, y también con la situación en Venezuela es imposible lograr apostillar un documento.
Pregunto ¿Mi esposo puede hacer la inscripción de su nacimiento sin el acta de nacimiento del padre? Por lo difícil que es sacar un documento en Venezuela. Existe alguna ley que permita él hacer su trámite sin esos documentos? Aportando claro las literales de su madre, hermana, su partida de nacimiento apostillada y demás documentos que le exigen.
Debo añadir que cuando su hermana hizo su inscripción de nacimiento no le pidieron partida de nacimiento de su papa ni el acta de matrimonio o divorcio de ellos. Con la literal de la madre fue suficiente.
2- Mi esposo está actualmente con residencia por circunstancias excepcionales y se vence en abril del próximo año. Hemos leído en el foro que él puede tramitar una residencia de larga duración por haber perdido la nacionalidad española, nuestra duda esta en ¿Como puede demostrar mi esposo que perdió la nacionalidad española si no tiene ninguna literal o puede hacerlo mostrando la literal de su madre y hermana como prueba de que fue español?
Espero su respuesta. Graciass
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Puede presentar un escrito DIRIGIDO AL SR. ENCARGADO DEL REGISTRO CIVIL CENTRAL DECLARANDO SU VOLUNTAD DE RECUPERAR LA NACIONALIDAD QUE PERDIÓ EN VIRTUD DEL ART 24.3 CC.
En el mismo aclara que su hermana nació de madre española y por lo tanto no hay dudas de que él también lo hizo e incluye una fotocopia de la certificación de la hermana.
Si no puede obtener el certificado de nacimiento del padre, pues no podrá aportarlo. A los incompetentes del RC de Zaragoza no les debe de importar porque ellos no califican la solicitud, solamente brindan auxilio registral. O eso se supone.
Tu esposo debe de firmar el ACTA DE RECUPERACION.
Y si esa gente se pone muy tonta, que vaya y lo haga directamente en el RC central en Madrid.
Si, tu esposo puede solicitar residencia de larga duración, formulario EX11 pero para ello precisa una certificación en que conste que perdió la nacionalidad, que no tiene.
En el mismo aclara que su hermana nació de madre española y por lo tanto no hay dudas de que él también lo hizo e incluye una fotocopia de la certificación de la hermana.
Si no puede obtener el certificado de nacimiento del padre, pues no podrá aportarlo. A los incompetentes del RC de Zaragoza no les debe de importar porque ellos no califican la solicitud, solamente brindan auxilio registral. O eso se supone.
Tu esposo debe de firmar el ACTA DE RECUPERACION.
Y si esa gente se pone muy tonta, que vaya y lo haga directamente en el RC central en Madrid.
Si, tu esposo puede solicitar residencia de larga duración, formulario EX11 pero para ello precisa una certificación en que conste que perdió la nacionalidad, que no tiene.
Última edición por Javier2749c el 24 Oct 2018, 19:36, editado 1 vez en total.
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
En realidad la opinión que importa es la del Encargado del RC Central. Es la persona que por ley decide si los documentos venezolanos son válidos o suficientes.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Javier2749c
Muchas gracias Javier. Nosotros hicimos eso. Redactamos una carta donde mi esposo declara su voluntad de recuperar la nacionalidad española que perdió en virtud al art 24.3 CC.
Lo cierto es que la funcionaria que nos atendió puso peros desde un principio porque decía que para recuperar la Nacionalidad, mi esposo tendría que tener una inscripción de nacimiento y alegando que no podía hacerlo.
Tuvo que pasarlo a la juez para que revisara la documentación y dijo que sí puede hacerlo, que debe hacer la inscripción del nacimiento fuera de plazo.
Pero nosotros llevamos la carta y expusimos que su hermana nació española, y toda documentación pero no le dijeron a mi esposo de firmar ningún acta. Se lo nombramos pero esa gente como que no conoce las leyes o pasan de ello.
Sin el acta de nacimiento de su padre no podrá hacer la inscripción de nacimiento fuera de plazo?
¿Que puede hacer en este caso?
Muchas gracias Javier. Nosotros hicimos eso. Redactamos una carta donde mi esposo declara su voluntad de recuperar la nacionalidad española que perdió en virtud al art 24.3 CC.
Lo cierto es que la funcionaria que nos atendió puso peros desde un principio porque decía que para recuperar la Nacionalidad, mi esposo tendría que tener una inscripción de nacimiento y alegando que no podía hacerlo.
Tuvo que pasarlo a la juez para que revisara la documentación y dijo que sí puede hacerlo, que debe hacer la inscripción del nacimiento fuera de plazo.
Pero nosotros llevamos la carta y expusimos que su hermana nació española, y toda documentación pero no le dijeron a mi esposo de firmar ningún acta. Se lo nombramos pero esa gente como que no conoce las leyes o pasan de ello.
Sin el acta de nacimiento de su padre no podrá hacer la inscripción de nacimiento fuera de plazo?
¿Que puede hacer en este caso?
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Javier2749c
La primera vez que fuimos al registro Civil llevamos esa carta impresa y llena pero la funcionaria dijo que no era necesario. No entiendo por que no la aceptó sí es el modelo para iniciar el trámite de recuperación de nacionalidad. Tampoco nos hizo firmar ninguna carta.
Debemos ir mañana a hablar con las encargadas de inscripción de nacimientos a ver que nos dice.
Otra DUDA, A mi esposo le dijeron como comente arriba que primero hace la inscripción de nacimiento (eso dura muchos meses) y luego en el RC hacen el acta para recuperar la nacionalidad (que también durá unos meses) ¿Hay forma de que ese trámite se haga junto? Mientras hacen la inscripción de nacimiento pedir que hagan la recuperación de la Nacionalidad para no esperar tanto?
Agradezco mucho su respuesta y ayuda.
La primera vez que fuimos al registro Civil llevamos esa carta impresa y llena pero la funcionaria dijo que no era necesario. No entiendo por que no la aceptó sí es el modelo para iniciar el trámite de recuperación de nacionalidad. Tampoco nos hizo firmar ninguna carta.
Debemos ir mañana a hablar con las encargadas de inscripción de nacimientos a ver que nos dice.
Otra DUDA, A mi esposo le dijeron como comente arriba que primero hace la inscripción de nacimiento (eso dura muchos meses) y luego en el RC hacen el acta para recuperar la nacionalidad (que también durá unos meses) ¿Hay forma de que ese trámite se haga junto? Mientras hacen la inscripción de nacimiento pedir que hagan la recuperación de la Nacionalidad para no esperar tanto?
Agradezco mucho su respuesta y ayuda.
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Si no quieren presentar queja contra ellos, lo mejor es viajar a Madrid y hacer la solicitud en el RC central.
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Hola de antemano muchas gracias por contestar los mensajes
este es mi caso
mi abuelo es español nacido en españa, vivo en Venezuela pero NO se nacionalizo. su cédula dice E de EXTRANJERO.
ahora mi padre esta registrando su nacimiento para obtener la nacionalidad española
Yo tengo 28 años y vivo en Londres con una visa de trabajo. Ahora mis preguntaas son
1- yo podría aplicar por la nacionalidad española, después de inscribir mi nacimiento ? ya que a mis hermanos menores de 21 años si se que les toca la nacionalidad.
2-tendria yo que vivir algún tiempo en españa para obtener la nacionalidad ??
la verdad a mi me gustaría optar por la nacionalidad española porque es cultura de mi abuelo, pero no tengo planes de irme a vivir a españa, al menos no por ahora ..
Gracuas de antemanio
espero por sus respuestas
este es mi caso
mi abuelo es español nacido en españa, vivo en Venezuela pero NO se nacionalizo. su cédula dice E de EXTRANJERO.
ahora mi padre esta registrando su nacimiento para obtener la nacionalidad española
Yo tengo 28 años y vivo en Londres con una visa de trabajo. Ahora mis preguntaas son
1- yo podría aplicar por la nacionalidad española, después de inscribir mi nacimiento ? ya que a mis hermanos menores de 21 años si se que les toca la nacionalidad.
2-tendria yo que vivir algún tiempo en españa para obtener la nacionalidad ??
la verdad a mi me gustaría optar por la nacionalidad española porque es cultura de mi abuelo, pero no tengo planes de irme a vivir a españa, al menos no por ahora ..
Gracuas de antemanio
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Hay que ver la inscripción de nacimiento de tu padre previamente.... porque si le hacen la inscripción por opción en virtud del art. 20.1.b, entonces tú no podrás hacer nada de momento y tus hermanos menores de 18 podrán optar antes de que cumplan 21 años. Si ya tienen más de 18 estarían en la misma situación que tú.
Pero la inscripción de tu padre indica que su padre era español cuando él nació, y no perdió la nacionalidad española, entonces tú y tus hermanos seríais también españoles de nacimiento y, en ese caso, los que ya sean mayores de edad o se hayan emancipado tienen que declaran que quieren conservar la nacionalidad española que tienen, antes de cumplir los 21.
Si han perdido la nacionalidad por no hacerlo (tu caso), entonces estarías en el caso de poder recuperar la nacionalidad previa obtención de permiso de residencia en España (NIE).
Y entonces estás en el caso de que para obtenerlo la mejor manera es obtener el arraigo familiar, que ya está tratado en los temas del foro de extranjería, y al que te remito para que veas cómo es el proceso y qué necesitas.
Pero la inscripción de tu padre indica que su padre era español cuando él nació, y no perdió la nacionalidad española, entonces tú y tus hermanos seríais también españoles de nacimiento y, en ese caso, los que ya sean mayores de edad o se hayan emancipado tienen que declaran que quieren conservar la nacionalidad española que tienen, antes de cumplir los 21.
Si han perdido la nacionalidad por no hacerlo (tu caso), entonces estarías en el caso de poder recuperar la nacionalidad previa obtención de permiso de residencia en España (NIE).
Y entonces estás en el caso de que para obtenerlo la mejor manera es obtener el arraigo familiar, que ya está tratado en los temas del foro de extranjería, y al que te remito para que veas cómo es el proceso y qué necesitas.
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Hola,
Alguno ya probó esta opción que indican aca para recuperar la nacionalidad? (Empadronamiento - Residencia de largo duración - solicitud de recuperación de nacionalidad)?
Si alguien lo hizo que comenté su experiencia. No sé olviden de los que aún seguimos aca!
Gracias
Alguno ya probó esta opción que indican aca para recuperar la nacionalidad? (Empadronamiento - Residencia de largo duración - solicitud de recuperación de nacionalidad)?
Si alguien lo hizo que comenté su experiencia. No sé olviden de los que aún seguimos aca!
Gracias
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Eso es perfectamente posible, para aquellos que tengan inscrita la pérdida al margen de su inscripción de nacimiento.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Tengo una duda en cuanto a perder la nacionalidad por naturalizarce el padre cuando el hijo era menor de edad, pues el caso de mi familiar es mas o menos igual pero con algunas atenuantes q me hacen dudar si la perdio o no y espero que me puedan aclarar la duda.Javier2749c escribió: ↑20 Sep 2018, 02:11 (En este caso es así por su consideración de varón. Pero si el caso fuera que tu ascendiente de esta línea fuera tu madre, y su padre se
el caso es el siguiente> Mi abuelo nacio en 1932 en cuba de padre español de origen Tambien nacido en cuba. al momento de mi abuelo nacer el padre aun era español porque se naturalizo Cubano en 1952 ya mi abuelo tenia 20 años. ahora segun dicen a simple vista mi abuelo perderia la nacionalidad Española por dependencia familiar?
pero lo que me hace dudar es que la primera constitucion de la republica de cuba 1898-1940 no impuso el derecho de suelo, si no que si el niño nacia de padre español debia obtar a la cubana al calcanzar la mayoria de edad, cosa que mi abuelo nunca hiso, por lo tanto solo tenia la nacionalidad Española parque no se le atribuyo la cubana al nacer y el no la solicito a la mayoria de edad naturalizarce. por lo que al padre naturalizarce en 1952 el no perderia la Española porque caeria en el supuesto de "Apatridia" qedaria sin nacionalidad.
Es sierto esto o no. Mi abuelo siguio siendo español?
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Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Si el padre perdía la nacionalidad española, el hijo menor de edad también.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
En esa época los principios de unidad jurídica de la familia y dependencia familiar no solo afectaban a los hijos si no tambien a la esposa del español en la perdida de la nacionalidad, para tu abuelo y su padre tambien regia el Código Civil vigente en ese momento, es decir redacción originaria de 1889:
Artículo 18.
Los hijos, mientras permanezcan bajo la patria potestad, tienen la nacionalidad de sus padres.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
pero si el padre de mi abuelo se nacionalizo en 1952 ya en ese entonces la nacionalidad en cuba se aplicaba por serecho de ius soli. Como mi abuelo podia perder la nacionalidad española si no tenia otra nacionalidad otorgada al momento de nacer. Incurriria en un supuesto de apatridia.
Y segun dice la ley, un español puede renunciar a la nacionalidad o perderla siempre y cuando tenga otra ortorgada al momento de nacer o adquiera una en el momento de la renuncia a la española.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
No es así porque como detalle anteriormente tu abuelo seguía la nacionalidad cubana de su padre.
Tienes copias actualizadas de las actas literales de nacimiento de tu abuelo y su padre expedidas por el consulado España de La Habana o el RCC de Madrid?
Tu abuelo nunca fue inscrito en el Registro Civil cubano tienes certificación negativa de esto?
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Asiendo una aclarcion a lo antes dicho por mi por una mala informacion y teniendo ya los documentos de extrangeria de mi bisabuelo y abuelo. Donde dice q ni mi bisabuelo ni abuelo nunca se nacianalizaron cubano.
En ambos documentos consta tectualmente que
El ciudadano ESPAÑOL ....NOMBRE...... No a optenido la ciudadania cubana por naturaleza.
Es decir que sin son españoles...
En ambos documentos consta tectualmente que
El ciudadano ESPAÑOL ....NOMBRE...... No a optenido la ciudadania cubana por naturaleza.
Es decir que sin son españoles...
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
En el caso de tu abuelo debería estar inscrito su nacimiento en el consulado de La Habana y haber usado esa nacionalidad española en forma activa para no ser alcanzado por el asentimiento voluntario, ademas de no estar inscrito en registro civil cubano, no realizar servicio militar de este país.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Una pregunta.
Mi abuelo cumplió su mayoría de edad en 1953 todavía no se aplicaba el asentimiento voluntario. Incluso no se encontraba vigente ni la reforma del rc de 1954, por lo que no necesitaba hacer declaración alguna.
Muy importante también es que sólo adquirió de forma automática la nacionalidad española de sangre, puesto que Cuba no le otorgó la suya por ius soli, él no se naturalizó ni pasó servicio militar.
Mi abuelo cumplió su mayoría de edad en 1953 todavía no se aplicaba el asentimiento voluntario. Incluso no se encontraba vigente ni la reforma del rc de 1954, por lo que no necesitaba hacer declaración alguna.
Muy importante también es que sólo adquirió de forma automática la nacionalidad española de sangre, puesto que Cuba no le otorgó la suya por ius soli, él no se naturalizó ni pasó servicio militar.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
El asentimiento voluntario se aplica a "todas" las épocas...y ademas a tu abuelo no solo lo afecta Código Civil en su redacción originaria si no los posteriores que fueron cambiando a lo largo de su vida.
Lo que vale es si su nacimiento fue registrado en el Consulado u otro Registro Civil español y puedes conseguir una copia de esa acta literal...si alguna vez tuvo pasaporte o tramito un certificado de ciudadanía (española)...
Lo que vale es si su nacimiento fue registrado en el Consulado u otro Registro Civil español y puedes conseguir una copia de esa acta literal...si alguna vez tuvo pasaporte o tramito un certificado de ciudadanía (española)...
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Si fue inscrito el nacimiento en el consulado ya hice la solicitud pero no tengo ni el tomo ni el folio pero espero que hagan la busqueda.
Si puede leer el siguiente enlace puede ver a lo que me refiero en este caso que expongo. Le ruego lo revise y me deje su sugerencia
https://referendumparacubaya.blogspot.c ... s.html?m=1
Si puede leer el siguiente enlace puede ver a lo que me refiero en este caso que expongo. Le ruego lo revise y me deje su sugerencia
https://referendumparacubaya.blogspot.c ... s.html?m=1
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Cierto, lo preguntaste en otro hilo y yo te respondí de ahí tenes que partir inclusive podrás ver si en el margen izquierdo hay alguna anotación de perdida de la nacionalidad española o no.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Volviendo a lo que planteaste originalmente para que tu madre nacida en 1972 sea española (de origen que es lo que corresponderia en este caso) su padre debe haber conservado la nacionalidad española al menos hasta 29/12/1978, ademas del acta literal de nacimiento (de tu abuelo) expedida por un Registro Civil español seria necesario el certificado de la DIE + el negativo de inscripción en Registro Civil de Cuba.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Ok. Estoy esperando la busqueda del nacimiento registrado en el consulado. Ya el certificado del DIE de mi abuelo lo tengo y dice que es español y que no se naturalizo cubano. Tambien tengo el certifico de que no paso servicio militar. Ahora no entiendo en que perjudica el que sea incrito en el registro civil de cuba, ya que esto no determina la nacionalidad por el simple hecho de haber nacido en suelo cubano en esa epoca. Cuba no impuso la nacionalidad por derecho de suelo a los nacidos antes de 1940.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Pues si basta con el de la DIE no haria falta pero todo dependera de lo que te pida el Consulado.
Re: Recuperacion de nacionalidad por no haber conservado antes de los 21
Necesito si alguien me puede ayudar a aclarar una pregunta de un amigo que me toma de sorpresa, ya que no habia oido hablar a cerca de este tema que me pone en con texto, y verdaderamente quede con ansia de indagar para darle una respuesta.
Alguien sabe como puedo conseguir estos dos documentos , alguien lo tiene o conoce sobre este tema. me gustaria que me iluminaran sobre estos documentos.
documento 1
Decreto de 11 de febrero de 1946 sobre recuperación de la nacionalidad por combatientes españoles bajo bandera extranjera (BOE de 15 de febrero de 1946);
Documento 2
Orden de 28 de mayo de 1946 sobre recuperación de la nacionalidad española por los que hayan servido en fuerzas armadas de naciones beligerantes (D.O. Del Ministerio de Marina, nº 121 de 1946)
Alguien sabe como puedo conseguir estos dos documentos , alguien lo tiene o conoce sobre este tema. me gustaria que me iluminaran sobre estos documentos.
documento 1
Decreto de 11 de febrero de 1946 sobre recuperación de la nacionalidad por combatientes españoles bajo bandera extranjera (BOE de 15 de febrero de 1946);
Documento 2
Orden de 28 de mayo de 1946 sobre recuperación de la nacionalidad española por los que hayan servido en fuerzas armadas de naciones beligerantes (D.O. Del Ministerio de Marina, nº 121 de 1946)
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