Buenos días ¿ se puede inscribir a un feto de menos de 180 días? En tal caso ¿el hospital tendría que entregar a los padres el Parte de alumbramiento de criaturas abortivas?.
Gracias.
Inscripción fetos de menos de 180 días
Reglas del Foro
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
-
- Mensajes: 8670
- Registrado: 10 Jul 2008, 01:50
- Agradecido : 146 veces
- Agradecimiento recibido: 452 veces
- Género:
Re: Inscripción fetos de menos de 180 días
No. Ni menores, ni tampoco mayores, si no han nacido vivos.
Lo que se hace cuando tienen más de 180 días de gestación es que el parte declarativo ya no va al antiguo legajo de abortos, sino que se incorpora a un fichero en el que los padres podrán determinar que quieren que ese parte quede registrado con el nombre de ....... (el que sea).
Sólo nombre, sin apellidos.
De menor gestación a ese plazo no se recoge nada en los RC, porque tampoco el hospital entrega nada a los progenitores.
Sin embargo, si hay parto y nacen vivos -aunque sea antes del plazo estipulado como "normal"-, entonces sí hay inscripción de nacimiento, con nombre y apellidos.
Y en los casos que ese recién nacido fallece, entonces también hay inscripción de defunción.
Lo que se hace cuando tienen más de 180 días de gestación es que el parte declarativo ya no va al antiguo legajo de abortos, sino que se incorpora a un fichero en el que los padres podrán determinar que quieren que ese parte quede registrado con el nombre de ....... (el que sea).
Sólo nombre, sin apellidos.
De menor gestación a ese plazo no se recoge nada en los RC, porque tampoco el hospital entrega nada a los progenitores.
Sin embargo, si hay parto y nacen vivos -aunque sea antes del plazo estipulado como "normal"-, entonces sí hay inscripción de nacimiento, con nombre y apellidos.
Y en los casos que ese recién nacido fallece, entonces también hay inscripción de defunción.
-
- Mensajes: 2
- Registrado: 19 Ago 2019, 12:47
-
- Temas similares
- Respuestas
- Vistas
- Último mensaje
-
- 0 Respuestas
- 1853 Vistas
-
Último mensaje por roma4u2
-
- 2 Respuestas
- 2754 Vistas
-
Último mensaje por Ing.villar
-
- 0 Respuestas
- 1475 Vistas
-
Último mensaje por diana2018
-
- 0 Respuestas
- 1917 Vistas
-
Último mensaje por Fenocicadeles
-
- 0 Respuestas
- 1936 Vistas
-
Último mensaje por Fenocicadeles