Artículo 22 CC y el tiempo de residencia
¿Son dos o diez años en ese caso?
Reglas del Foro
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
Artículo 22 CC y el tiempo de residencia
Si soy natural de Brasil, tengo nacionalidad brasileña (es decir, soy nacional de ese país iberoamericano) pero tengo también la nacionalidad (por ejemplo) italiana y vivo legalmente en España como italiano, ¿cuál es el tiempo mínimo de residencia para solicitar la nacionalidad española por residência? Al mirar el artículo 22 CC, eso no me queda claro en ese caso pues de manera general son 10 años por la nacionalidad italiana pero por la nacionalidad brasileña (iberoamericano) son sólo dos años. ¿Cuál es el fundamento legal en ese caso?
Re: Artículo 22 CC y el tiempo de residencia
El fundamento es que si el NIE lo obtubiste con nacinalidad italiana debes cumplir los 10 años de residencia legal y continuada.
viewtopic.php?t=3372
viewtopic.php?t=3372
Re: Artículo 22 CC y el tiempo de residencia
Eso lo lei, pero me refiero si ya hay alguna circular o reglamentacion que lo detalle, algo que tenga que agregar o detallar la persona que hace el tramite en forma telematica o solo basta con los documentos?
-
- Temas similares
- Respuestas
- Vistas
- Último mensaje
-
- 1 Respuestas
- 2308 Vistas
-
Último mensaje por Rodolfo IV
-
- 3 Respuestas
- 2511 Vistas
-
Último mensaje por Javier2749c
-
- 5 Respuestas
- 1702 Vistas
-
Último mensaje por Marusv
-
- 11 Respuestas
- 3697 Vistas
-
Último mensaje por Eriann
-
- 1 Respuestas
- 1909 Vistas
-
Último mensaje por kárbiko
-
- 1 Respuestas
- 1411 Vistas
-
Último mensaje por Rodolfo IV
-
- 3 Respuestas
- 523 Vistas
-
Último mensaje por Rodolfo IV