Buenas tardes, estoy en los temas del Registro Civil..
A ver si alguien me ayuda a desenmarañar estas dudas que me surgen en el estudio de los temas 40, 41 y 42 de gestión turno libre.
1) ¿Qué diferencia hay entre expediente gubernativo y expediente del Registro Civil?
2) ¿Cuáles expedientes resuelve el Encargado del Registro Civil y cuáles la DGRN?
3) ¿Qué significa que el Encargado califica y resuelve la DGRN? No entiendo que uno califique lo que otro tiene que resolver, lo veo como una especie de instrucción penal, pero ¿qué pasaría si la CALIFICACIÓN estuviese mal? la DGRN devuelve el expediente o no, es que no están vinculados jerárquicamente por decirlo de alguna manera.
4) Supongo que no, pero en todos los expediente interviene el Ministerio Fiscal, es que el Registro Civil ofrece seguridad jurídica y por lo tanto debería estar supervisado por el Ministerio Fiscal, pero hasta donde alcanzo a ver no es así, o estoy equivocado.
5) La nueva Ley del Registro Civil no está vigente, solo unos artículos, ¿estoy en lo cierto? Alguien me puede indicar esos artículos que están vigentes.
Dudas para las Oposiciones de gestión procesal - turno libre
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Re: Dudas para las Oposiciones de gestión procesal - turno libre
Bueno al final me he decantado por la ley y el reglamento literalmente, porque como veis ni un alma me contestó para bien o para mal, de todas formas gracias a los que me han leído...
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Re: Dudas para las Oposiciones de gestión procesal - turno libre
https://www.buscaoposiciones.com/Oposic ... 015123.htm
https://www.studocu.com/es/document/uni ... 77267/view
http://www.sd-a.com/RegistroCivil/Foro_ ... sp?id=5670
“La presente ley entrará en vigor el 30 de junio de 2020, excepto las disposiciones adicionales séptima y octava y las disposiciones finales tercera y sexta, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y excepto los artículos 49.2 y 53 del mismo texto legal, que entrarán en vigor el día 30 de junio de 2017.
Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de la entrada en vigor el 15 de octubre de 2015 de los artículos 44, 45, 46, 47, 49.1 y 4, 64, 66, 67.3 y disposición adicional novena, en la redacción dada por el artículo segundo de la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.
Hasta la completa entrada en vigor de esta ley, el Gobierno adoptará las medidas y los cambios normativos necesarios que afecten a la organización y funcionamiento de los Registros Civiles”.
Un foro de oposiciones te será de más utilidad que este foro, saludos.
https://www.studocu.com/es/document/uni ... 77267/view
http://www.sd-a.com/RegistroCivil/Foro_ ... sp?id=5670
“La presente ley entrará en vigor el 30 de junio de 2020, excepto las disposiciones adicionales séptima y octava y las disposiciones finales tercera y sexta, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y excepto los artículos 49.2 y 53 del mismo texto legal, que entrarán en vigor el día 30 de junio de 2017.
Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de la entrada en vigor el 15 de octubre de 2015 de los artículos 44, 45, 46, 47, 49.1 y 4, 64, 66, 67.3 y disposición adicional novena, en la redacción dada por el artículo segundo de la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.
Hasta la completa entrada en vigor de esta ley, el Gobierno adoptará las medidas y los cambios normativos necesarios que afecten a la organización y funcionamiento de los Registros Civiles”.
Un foro de oposiciones te será de más utilidad que este foro, saludos.
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