Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
¿Cómo y dónde obtener un certificado de nacimiento español para una persona que obtuvo la nacionalidad española por casarse en España con ciudadano español en 1964, y que desde entonces reside en España?
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Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Agradeceré si alguien puede echarme una mano.
Mi madre nació en Austria, se casó en 1964 con mi padre, español, en España, y adquirió entonces la nacionalidad española por matrimonio.
Vive desde entonces en España, lleva más de 10 años residiendo en Baleares y quiere optar por la vecindad civil mallorquina.
El Registro Civil de Palma de Mallorca le pide que aporte un certificado de nacimiento español, argumentando que debió jurar bandera cuando adquirió la nacionalidad. Lo cierto es que no hubo ningún acto específico, ni consta ninguna información al respecto en su libro de familia, ni en su certificado de matrimonio.
¿Cómo y dónde obtener ese certificado de nacimiento español?
Entiendo que con el actual redactado de la Ley del Registro Civil, se inscriben los nacimientos de extranjeros nacionalizados desde hace unos años, pero el matrimonio y la adquisición de nacionalidad ocurrieron en 1964.
Gracias por vuestra atención y saludos.
Mi madre nació en Austria, se casó en 1964 con mi padre, español, en España, y adquirió entonces la nacionalidad española por matrimonio.
Vive desde entonces en España, lleva más de 10 años residiendo en Baleares y quiere optar por la vecindad civil mallorquina.
El Registro Civil de Palma de Mallorca le pide que aporte un certificado de nacimiento español, argumentando que debió jurar bandera cuando adquirió la nacionalidad. Lo cierto es que no hubo ningún acto específico, ni consta ninguna información al respecto en su libro de familia, ni en su certificado de matrimonio.
¿Cómo y dónde obtener ese certificado de nacimiento español?
Entiendo que con el actual redactado de la Ley del Registro Civil, se inscriben los nacimientos de extranjeros nacionalizados desde hace unos años, pero el matrimonio y la adquisición de nacionalidad ocurrieron en 1964.
Gracias por vuestra atención y saludos.
Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Tiene que iniciar el expediente de inscripción de nacimiento fuera de plazo en el Registro Civil, aportando ese acta literal de matrimonio.
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Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
¡Muchas gracias Osterreich! ¿Ese expediente debe iniciarse ante el Registro Civil de Palma de Mallorca, donde reside, o ante el Registro Civil Central?
Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Lo presenta donde esta empadronada.
Ella tiene o tuvo algún documento español por ejemplo DNI, Pasaporte o siempre vivió como extranjera con residencia legal?
Ella tiene o tuvo algún documento español por ejemplo DNI, Pasaporte o siempre vivió como extranjera con residencia legal?
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Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Deberá solicitar comparecer para RECUPERAR la nacionalidad que tuvo al contraer ese matrimonio, y que perdió al continuar utilizando su nacionalidad y no haberse hecho los trámites para su inscripción de nacimiento y obtener documentación como española.
Para ese trámite deberá llevar el certificado de nacimiento suyo, el de su matrimonio inscrito en un RC español, el certificado de nacimiento de su esposo, la última documentación que tenga de su marido, junto con el empadronamiento y documentación actual suya.
El RC de su domicilio levantará acta de aceptación de la nacionalidad y juramento de fidelidad al Rey y acatamiento de la Constitución y Leyes del Estado (que como se ve no es la jura de bandera, que es un acto diferente y que casi todos confunden uno con el otro), y toda esa documentación la remitirá al RC CENTRAL que será el que califique la documentación y decida si procede practicar la inscripción de nacimiento como española.
En ese acto de juramento deberá manifestar que renuncia a su anterior nacionalidad, acto que -como ya hemos dicho varias veces- es indispensable y que en principio desconocemos la validez que tenga para el país de su madre. Deberá consultar si por el hecho de esta adquisición debe o no hacer algún acto administrativo en su país para seguir siendo nacional del mismo.
(Hay países en los que no hay que hacer nada, otros en los que si no se hace en un plazo determinado, esa manifestación de renuncia se hace efectiva, y otros en los que da lo mismo lo que se diga, que no conlleva pérdida alguna. Pero, lo dicho, deberá preguntarlo en su país o su Embajada/Consulado).
Para ese trámite deberá llevar el certificado de nacimiento suyo, el de su matrimonio inscrito en un RC español, el certificado de nacimiento de su esposo, la última documentación que tenga de su marido, junto con el empadronamiento y documentación actual suya.
El RC de su domicilio levantará acta de aceptación de la nacionalidad y juramento de fidelidad al Rey y acatamiento de la Constitución y Leyes del Estado (que como se ve no es la jura de bandera, que es un acto diferente y que casi todos confunden uno con el otro), y toda esa documentación la remitirá al RC CENTRAL que será el que califique la documentación y decida si procede practicar la inscripción de nacimiento como española.
En ese acto de juramento deberá manifestar que renuncia a su anterior nacionalidad, acto que -como ya hemos dicho varias veces- es indispensable y que en principio desconocemos la validez que tenga para el país de su madre. Deberá consultar si por el hecho de esta adquisición debe o no hacer algún acto administrativo en su país para seguir siendo nacional del mismo.
(Hay países en los que no hay que hacer nada, otros en los que si no se hace en un plazo determinado, esa manifestación de renuncia se hace efectiva, y otros en los que da lo mismo lo que se diga, que no conlleva pérdida alguna. Pero, lo dicho, deberá preguntarlo en su país o su Embajada/Consulado).
Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Por eso pregunte si alguna vez tuvo documentación española lo cual seria raro...
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Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Es que para tener la nacionalidad no hacía falta que tuviera la inscripción española ni la documentación.
La obtuvo desde el momento del matrimonio, ya que así lo establecía el art. 21 CC de la época. Y ahí empezaba un proceso para que solicitase esa inscripción y con ello poder obtener documentación española.
Al no hacerlo, siguió utilizando la nacionalidad que tenía antes de la adquisición y, con ello, se produjo la pérdida de la española.
Por eso, como tuvo y perdió, ahora puede recuperar. Y es lo que tiene que hacer.
La obtuvo desde el momento del matrimonio, ya que así lo establecía el art. 21 CC de la época. Y ahí empezaba un proceso para que solicitase esa inscripción y con ello poder obtener documentación española.
Al no hacerlo, siguió utilizando la nacionalidad que tenía antes de la adquisición y, con ello, se produjo la pérdida de la española.
Por eso, como tuvo y perdió, ahora puede recuperar. Y es lo que tiene que hacer.
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Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
No ha perdido la nacionalidad española kárbiko, mi madre ha tenido DNI y pasaporte españoles desde que se casó, y los ha ido renovando sin problemas cada vez que han caducado, y que yo sepa ha votado en todas las elecciones, por lo que está en el censo como española. Al menos para el Ministerio del Interior sí ha sido española sin interrupción desde 1964, para el Registro Civil es otra cuestión.
Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Lo entiendo perfectamente, si siempre utilizo la nacionalidad austriaca perdió su nacionalidad española (no de origen) conozco bien el tema porque poseo ambas (austriaca y española) ademas de la argentina que es mi nacionalidad de origen.
Y lo de la documentación lo pregunte porque aunque parezca extraño no seria la primera vez que expiden un pasaporte español a alguien que no ostenta esa nacionalidad (no voy a entrar en detalles de las irregularidades de algunos consulados que fueron noticia en su momento)...pero si seria muy raro que lo hagan sin acta literal de nacimiento aunque ya nada me sorprende.
Y lo de la documentación lo pregunte porque aunque parezca extraño no seria la primera vez que expiden un pasaporte español a alguien que no ostenta esa nacionalidad (no voy a entrar en detalles de las irregularidades de algunos consulados que fueron noticia en su momento)...pero si seria muy raro que lo hagan sin acta literal de nacimiento aunque ya nada me sorprende.
Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Que como que adivinojl65 escribió: ↑09 Oct 2019, 22:28 mi madre ha tenido DNI y pasaporte españoles desde que se casó, y los ha ido renovando sin problemas cada vez que han caducado, y que yo sepa ha votado en todas las elecciones, por lo que está en el censo como española. Al menos para el Ministerio del Interior sí ha sido española sin interrupción desde 1964, para el Registro Civil es otra cuestión.
Entonces ahí esta la cuestión porque se podría aplicar el articulo 118 del Código Civil si se considera al matrimonio un titulo inscrito en el mismo, por lo cual tu madre consolido la nacionalidad española...
Artículo 18.
La posesión y utilización continuada de la nacionalidad española durante diez años, con buena fe y basada en un título inscrito en el Registro Civil, es causa de consolidación de la nacionalidad, aunque se anule el título que la originó.
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Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
jl65, ¿ tu madre ha conservado su documentación de origen?
Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Aunque haya conservado, renovado y tenga vigente el Österreichischer Reisepass es muy probable que en este caso aunque hubiera perdida de la nacionalidad española se cumpla lo dispuesto en el articulo 18 (corrijo errata) del Código Civil
Artículo 18.
La posesión y utilización continuada de la nacionalidad española durante diez años, con buena fe y basada en un título inscrito en el Registro Civil, es causa de consolidación de la nacionalidad, aunque se anule el título que la originó.
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Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
La cuestión es que no hay título inscrito en el RC que declare la nacionalidad de esa señora, ya que la inscripción del matrimonio no es título suficiente ya que no da fe de ese dato.
El art. 46 LRC indica que los hechos relativos a la nacionalidad se acreditarán por inscripción marginalmente en la correspondiente inscripción del nacimiento.
Entonces no puede ser por consolidación sólo porque haya una inscripción de matrimonio.
Creo que en los 13 años que llevo en el RC es la primera persona que veo que siendo esta vía de adquisición, ha tenido y mantenido documentación hasta la fecha. Por eso mejor que un calificador del Central nos saque de duda en cuando pueda, salvo que algún otro compañero sepa la respuesta.
Yo, por mi parte, espero a tener esa respuesta para contestar con conocimiento de causa a jl65.
.
Y justo de esta circunstancia es de lo que le elevamos consulta al RC Central, que es el que -en definitiva- va a calificar la solicitud y dictaminará si existió o no esa pérdida.
El art. 46 LRC indica que los hechos relativos a la nacionalidad se acreditarán por inscripción marginalmente en la correspondiente inscripción del nacimiento.
Entonces no puede ser por consolidación sólo porque haya una inscripción de matrimonio.
Creo que en los 13 años que llevo en el RC es la primera persona que veo que siendo esta vía de adquisición, ha tenido y mantenido documentación hasta la fecha. Por eso mejor que un calificador del Central nos saque de duda en cuando pueda, salvo que algún otro compañero sepa la respuesta.
Yo, por mi parte, espero a tener esa respuesta para contestar con conocimiento de causa a jl65.
.
La cuestión es que el Ministerio de Justicia ha dejado claro en diferentes Resoluciones y en la propia instrucción de 7 de febrero de 2007 para la expedición del certificado para obtener el DNI, que esos hecho que han ocurrido son errores administrativos. Y si para ser española se exigía que hiciera el acto de adquisición, juramento y demás que se recogen en la legislación, así como que se practicase inscripción al efecto, si no se hicieron esos actos, se produjo la pérdida de la nacionalidad.jl65 escribió: No ha perdido la nacionalidad española kárbiko, mi madre ha tenido DNI y pasaporte españoles desde que se casó, y los ha ido renovando sin problemas cada vez que han caducado, y que yo sepa ha votado en todas las elecciones, por lo que está en el censo como española. Al menos para el Ministerio del Interior sí ha sido española sin interrupción desde 1964, para el Registro Civil es otra cuestión.
Spoiler
Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Eso porque no recorres consulados, por eso dije que nada me sorprende y menos mal que el DNI solo se emite en España si no..
Serian errores muy "groseros", digo si el DNI se lo expidieron con ese certificado de matrimonio, pero en los 60 o 70 quien sabe...por las dudas que pregunte en el Registro Civil donde esta inscrito (ese matrimonio) quizá se encuentra con la sorpresa de que si se inscribió el nacimiento.
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Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Es que en los 60, 70, 80 ... no habían fotocopiadoras en los RC. Por eso no se daban certificaciones literales, sino que se hacían extractos a mano, sacando los datos del documento que traía el ciudadano, o diciendo éste los datos.. Los que menos lo hacían como debía de ser: sacando los datos del propio libro de inscripciones, cotejando esos datos con los que el ciudadano manifestaba o traía en su documentación.
De ahí la gran cantidad de errores que hay en los DNI actualmente, sobre todo en nacidos antes de los años 60.
El error empezaba por el Consulado que documentaba a las esposas de ciudadano español sin que ésta presentase certificado de su nacimiento. De ahí ella viajaba a España con pasaporte español y al llegar el RC de donde residía le hacía una certificación en extracto y hala, a sacarse el DNI. Había pasado por varios sitios para documentarse como española y le daban documentación sin demostrar serlo.
De ahí la gran cantidad de errores que hay en los DNI actualmente, sobre todo en nacidos antes de los años 60.
El error empezaba por el Consulado que documentaba a las esposas de ciudadano español sin que ésta presentase certificado de su nacimiento. De ahí ella viajaba a España con pasaporte español y al llegar el RC de donde residía le hacía una certificación en extracto y hala, a sacarse el DNI. Había pasado por varios sitios para documentarse como española y le daban documentación sin demostrar serlo.
Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
En Argentina eran muy pocos quizá alguno con fax de todas formas como a la nacionalidad argentina solo la otorgaba un Juez (Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal) solo con esa sentencia (que a su vez inscribía de oficio al ciudadano en la cámara nacional electoral) se podía tramitar la Libreta de Enrolamiento (en el caso de los hombres) y la Libreta Cívica (en el caso de las mujeres) lego reemplazadas ambas por el DNI para nacionales argentinos "tapa verde"
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Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
El redactado del art. 46 LRC que indicas es de 2005. En casos como el de mi madre, residente en España y casada con un español desde 1964, ¿qué sucede?kárbiko escribió: ↑11 Oct 2019, 15:17 La cuestión es que no hay título inscrito en el RC que declare la nacionalidad de esa señora, ya que la inscripción del matrimonio no es título suficiente ya que no da fe de ese dato.
El art. 46 LRC indica que los hechos relativos a la nacionalidad se acreditarán por inscripción marginalmente en la correspondiente inscripción del nacimiento.
Entonces no puede ser por consolidación sólo porque haya una inscripción de matrimonio.
Creo que en los 13 años que llevo en el RC es la primera persona que veo que siendo esta vía de adquisición, ha tenido y mantenido documentación hasta la fecha. Por eso mejor que un calificador del Central nos saque de duda en cuando pueda, salvo que algún otro compañero sepa la respuesta.
Si debería haber instado una inscripción de su nacimiento en el RC, ¿qué fundamento legal la requería antes de 2005?
¿Debería haber instado ella a partir del 2005 la inscripción de nacimiento fuera de plazo en el RC, cuando en los 41 años anteriores a esa fecha, en los que ha estado viviendo en España con DNI y pasaporte españoles nunca se le solicitó algo así?
Y los centenares de mujeres que adquirieron así la nacionalidad española antes de 1975, ¿se han dedicado a inscribir su nacimiento en el RC? Me cuesta creer que así sea. Me parece poco serio que mi madre, a su edad y tras más de 55 en este país, renovando su DNI y pasaporte de forma sucesiva sin problemas, se pueda considerar que ha perdido la nacionalidad española y ahora deba recuperarla. Me suena a guión de película de Berlanga...
Por cierto, ni en el RC del lugar de su matrimonio (España) ni el RC de la ciudad donde luego residió y se inscribió el nacimiento de sus hijos (España también) tienen constancia de que se haya tramitado algo relacionado con la nacionalidad, o al menos eso me han dicho, puesto que me he desplazado a ambos. Aquí no intervienen consulados, se casaron en España y aquí residen desde entonces. Pero en la página de matrimonio de su libro de familia hay una anotación a mano y en bolígrafo que indica "D.N.I. 17-2-65". Mi madre no recuerda si esa anotación se la hicieron en Comisaría al tramitar el DNI, o en el RC, y no recuerda si hizo algún juramento de fidelidad al entonces Jefe del Estado...
A ver si en el RC Central aclaran algo.
En cualquier caso, he solicitado al RC Central su certificado de nacimiento, por si lo hubiera, y si no es así habrá que tramitar la inscripción que indicabas.
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Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Pero es que ya lo decía también en el texto inicial del año 57, que está vigente a partir de 1959:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BO ... rentayseis
Hacen la declaración al efecto de recuperarla y se remite al RC Central con su acta de nacimiento legalizada y el nacimiento de RC español de su esposo, así como con el de su matrimonio y en unos 6-8 meses ya tienen hecha su inscripción y puede entonces obtener la documentación para identificarse como la española que vuelve a ser.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BO ... rentayseis
Las mujeres que llegan en estos momentos sobre todo de Venezuela y que se casaron antes del 25/5/1975 con un español, adquiriendo y perdiendo la nacionalidad española, ahora vienen a un RC preguntando cómo pueden obtener la nacionalidad y en muchos se les indica por desconocimiento que tiene que ser por residencia, aunque pueden hacerlo por recuperación de esa que adquirieron y luego perdieron.Artículo cuarenta y seis.
La adopción, las modificaciones judiciales de capacidad, las declaraciones de concurso, ausencia o fallecimiento, los hechos relativos a la nacionalidad o vecindad y, en general, los demás inscribibles para los que no se establece especialmente que la inscripción se haga en otra Sección del Registro, se inscribirán al margen de la correspondiente inscripción de nacimiento.
Cuantos hechos afectan a la patria potestad, salvo la muerte de los progenitores, se inscribirán al margen de la inscripción de nacimiento de los hijos.
Hacen la declaración al efecto de recuperarla y se remite al RC Central con su acta de nacimiento legalizada y el nacimiento de RC español de su esposo, así como con el de su matrimonio y en unos 6-8 meses ya tienen hecha su inscripción y puede entonces obtener la documentación para identificarse como la española que vuelve a ser.
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Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Gracias kárbiko. A ver si en el foro hay algún calificador del RC Central lo aclara, si no a tener paciencia y confiar que algún día reciba respuesta escrita del RC Central a la solicitud que he cursado.
Re: Certificado de nacimiento español de nacionalizado español antes de 1975
Hola Karbiko,
Vos escribiste
Yo tenía entendido para recuperar la nacionalidad esa mujer tenía que ir a España y vivir allá con residencia legal de al menos un día...,
¿Bajo que art, Ley, etc es posible que esa mujer que perdió la nacionalidad española que había adquirido por matrimonio y perdió (porque porque ejemplo vivió siempre en Argentina como argentina) podría recuperar esa nacionalidad sin ir a España?
Vos escribiste
kárbiko escribió: ↑28 Oct 2019, 17:01pueden hacerlo por recuperación de esa que adquirieron y luego perdieron.
Hacen la declaración al efecto de recuperarla y se remite al RC Central con su acta de nacimiento legalizada y el nacimiento de RC español de su esposo, así como con el de su matrimonio y en unos 6-8 meses ya tienen hecha su inscripción y puede entonces obtener la documentación para identificarse como la española que vuelve a ser.
Yo tenía entendido para recuperar la nacionalidad esa mujer tenía que ir a España y vivir allá con residencia legal de al menos un día...,
¿Bajo que art, Ley, etc es posible que esa mujer que perdió la nacionalidad española que había adquirido por matrimonio y perdió (porque porque ejemplo vivió siempre en Argentina como argentina) podría recuperar esa nacionalidad sin ir a España?
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