INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
NO PODEMOS INSCRIBIR A NUESTRO HIJO EN EL REGISTRO CIVIL
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INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Buenas tardes. No podemos inscribir a nuestro hijo en el Registro Civil por la situación de Estado de Alarma. Este trámite es necesario para tramitar la Baja por Maternidad. Llamamos al Registro Civil y nos dicen que ellos no saben qué tenemos que hacer. En la Seguridad Social nos dicen que sigamos las Normas establecidas. Pero es que no hay ninguna para esta situación.
Alguien nos puede ayudar o asesorar?. Gracias
Alguien nos puede ayudar o asesorar?. Gracias
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Aunque el personal del Registro Civil se encuentre en servicios mínimos, deben recogerles la declaración del nacimiento para lo que tienen un plazo ordinario de 10 días y extraordinario de hasta 30 por causas justificadas como puede ser la situación actual.
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Gracias por tu respuesta.
Lo que nos dices es lo que llevamos varios días intentando. Llamamos para pedir cita previa y nos dicen que no la dan puesto que no se hacen inscripciones.
Por eso nos hemos sumado a este Foro. No sólo para pedir ayuda. También para denunciar esta situación y buscar apoyo en otras familias que estarán pasando por esta situación.
Gracias de nuevo.
Lo que nos dices es lo que llevamos varios días intentando. Llamamos para pedir cita previa y nos dicen que no la dan puesto que no se hacen inscripciones.
Por eso nos hemos sumado a este Foro. No sólo para pedir ayuda. También para denunciar esta situación y buscar apoyo en otras familias que estarán pasando por esta situación.
Gracias de nuevo.
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Pues el punto 5 del Acuerdo del CGPJ dice que sí se hacen. Igual no se lo han leído.
5. El Registro Civil prestará atención permanente durante las horas de audiencia. En particular, deberán asegurar la expedición de licencias de enterramiento, las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio y la celebración de matrimonios del articulo 52 CC.
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Pod ... senciales-
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Gracias. Es una magnífica información que desconocíamos.La utilizaremos. Mañana volveremos a la carga y ya os iremos contando
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Última edición por Jucrísvic el 23 Mar 2020, 18:45, editado 1 vez en total.
Razón: Edito para poner correctamente el enlace a la noticia.
Razón: Edito para poner correctamente el enlace a la noticia.
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Soy de Malaga y seré madre en dias, y tengo el mismo problema,
El otro dia fuimos al registro a informarnos y no hacen inscripción de nacimiento, solo fallecimientos..
Es más el de seguridad me invito a irme sin ninguna información más. Solo que ya "darían citas cuando acabara esto del corona",
He hablado con el inss y ellos no dan las prestaciones sin las inscripciones, y en mi caso son dos: padre y madre
Ahora han ampliado el estado de alarma, ..¿acaso no hay servicios mínimos?
Estoy harta de llamar, enviar correos y no responden.
Conozco a mas gente en el mismo caso y me han dicho que pida cita que ya iran llamando... Menuda explicación con la que me quedo cero tranquila..
También me han comentado que con el resguardo de aplazamiento de la cita y el certificado de nacimiento se puede pedir la prestación, pero tengo un contacto en el inss y no es cierto: hace falta la inscripción,
si te enteras o alguien se entera de algo... Menuda situación nos ha tocado vivir joder
Mensaje recibido por email del inss
Y este es el ultimo que recibí
El otro dia fuimos al registro a informarnos y no hacen inscripción de nacimiento, solo fallecimientos..
Es más el de seguridad me invito a irme sin ninguna información más. Solo que ya "darían citas cuando acabara esto del corona",
He hablado con el inss y ellos no dan las prestaciones sin las inscripciones, y en mi caso son dos: padre y madre
Ahora han ampliado el estado de alarma, ..¿acaso no hay servicios mínimos?
Estoy harta de llamar, enviar correos y no responden.
Conozco a mas gente en el mismo caso y me han dicho que pida cita que ya iran llamando... Menuda explicación con la que me quedo cero tranquila..
También me han comentado que con el resguardo de aplazamiento de la cita y el certificado de nacimiento se puede pedir la prestación, pero tengo un contacto en el inss y no es cierto: hace falta la inscripción,
si te enteras o alguien se entera de algo... Menuda situación nos ha tocado vivir joder
Mensaje recibido por email del inss
Buenas tardes:
Después de consultar, sobre este tema que Ud , pregunta, le comunico:
Se ha recibido un real decreto en la que en su disposición adicional tercera indica:
Se suspende término y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso la prórroga del mismo.
Puede solicitar la prestación a través del registro electrónico, pero es obligatoria la inscripción del recién nacido en el registro civil, entendemos, que ellos habrán solucionado de alguna manera hacer este trámite, sin tener que acudir allí.
Su expediente se tramitará, pero estará pendiente de documentación , con lo cual, no podrá empezar a cobrar hasta, que no se apruebe.
Y este es el ultimo que recibí
Buenas tardes:
Tal como le he explicado en nuestro anterior correo, lo que depende de esta Dirección Provincial, se hará todo lo necesario para atender a los usuarios en la mejor media y prontitud, sobre solicitarla, ya le indiqué que lo puede hacer a través del registro electrónico o a través, del sistema Clave.
Respecto a lo referente al trámite del Registro Civil , no es de nuestra competencia ni podemos actuar de manera alguna.
Un saludo.
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Buenas noches. He creado un Grupo de Facebook para unirnos y hacer fuerza ante esta situación.
Se llama " AFECTADOS POR EL CIERRE DE REGISTRO CIVIL".
Vamos a unirnos y que nos oigan.
Un saludo
Se llama " AFECTADOS POR EL CIERRE DE REGISTRO CIVIL".
Vamos a unirnos y que nos oigan.
Un saludo
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satelli ... nacimiento
" Información adicional"
" Preguntas frecuentes"
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Buenas noches,
Mi caso con el Registro Civil de A Coruña es similar.
MI hijo nació el 11/03/2020 y el 13/03/2020 se realizó la solicitud telemática desde la Maternidad. Me indicaron que normalmente al primer/segundo día hábil daban respuesta con la certificación en formato electrónico para poder realizar las tramitaciones correspondientes en otras administraciones.
A mitad de la semana pasada comencé a llamar por teléfono al citado registro y no cogían así que remití dos correos que tampoco tuvieron respuesta. Y tengo parado la solicitud de la prestación de paternidad debido a que no tengo el certificado de inscripción en el registro.
Esta mañana por fin me he puesto en contacto con ellos y me indicaron que estaban en cuadro y que el Ministerio les había dado instrucciones de inscribir solamente defunciones (pese a que esta solicitud es telemática y realizada el 13/03/2020!). Esta tarde descubrí lo que indicaba Jucrísvic, así que mañana volveré a la carga telefónicamente además del correo que les remití esta tarde.
En fin, mañana os comentaré el resultado.
Un saludo,
Mi caso con el Registro Civil de A Coruña es similar.
MI hijo nació el 11/03/2020 y el 13/03/2020 se realizó la solicitud telemática desde la Maternidad. Me indicaron que normalmente al primer/segundo día hábil daban respuesta con la certificación en formato electrónico para poder realizar las tramitaciones correspondientes en otras administraciones.
A mitad de la semana pasada comencé a llamar por teléfono al citado registro y no cogían así que remití dos correos que tampoco tuvieron respuesta. Y tengo parado la solicitud de la prestación de paternidad debido a que no tengo el certificado de inscripción en el registro.
Esta mañana por fin me he puesto en contacto con ellos y me indicaron que estaban en cuadro y que el Ministerio les había dado instrucciones de inscribir solamente defunciones (pese a que esta solicitud es telemática y realizada el 13/03/2020!). Esta tarde descubrí lo que indicaba Jucrísvic, así que mañana volveré a la carga telefónicamente además del correo que les remití esta tarde.
En fin, mañana os comentaré el resultado.
Un saludo,
Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Habría que ver lo que dice exactamente la resolución que varios medios de prensa citan hoy.
El Registro Civil abrirá todos los días de la semana para agilizar los trámites de las defunciones por la crisis del coronavirusEl ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha firmado este lunes una resolución donde se amplía el plazo de apertura del Registro Civil para la inscripción de las defunciones y expedición de las licencias de enterramiento durante la crisis sanitaria creada por Covid-19...
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Hola!!! debo ser la unica persona en este mundo que no tiene Facebook, si me podéis informar si vais averiguando algo, estaría agradecida. Estan todos los organismos teletrabajando, sepe, inss.. Y esta gente ni se manifiestan, como podéis ver los del inss no se han enterado de lo que está ocurriendo con el registro, ni quieren saber
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Buenas noches. Estamos en la misma situación. Por cierto, nuestro hijo también nació el día 11 de Marzo. He creado un Grupo de Facebook llamado "AFECTADOS CIERRE REGISTRO CIVIL " para hacernos oír y que se atiendan nuestras solicitudes. Si te parece bien, vamos a extender este problema por toda España y que nos den soluciones.
Un saludo
Un saludo
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Buenos días,
A la carga intentándome poner en contacto con el Registro Civil de A Coruña. Si durante la semana pasada no cogían el teléfono ahora descuelgan y vuelven a colgar.
En mi anterior post no me acordé de comentar que también realicé una queja al Ministerio de Justicia a través de su sede electrónica para que quedase constancia y cursasen respuesta (tienen hasta 20 días para responder!) https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satelli ... ugerencias
A ver si podemos seguir presionando...
A la carga intentándome poner en contacto con el Registro Civil de A Coruña. Si durante la semana pasada no cogían el teléfono ahora descuelgan y vuelven a colgar.
En mi anterior post no me acordé de comentar que también realicé una queja al Ministerio de Justicia a través de su sede electrónica para que quedase constancia y cursasen respuesta (tienen hasta 20 días para responder!) https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satelli ... ugerencias
A ver si podemos seguir presionando...
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Hola, yo también llamando y nada, yo he enviado correos a todos los organismos que he visto que pudieran estar relacionados, o se adapta inss o se adapta el registro pero sin cobrar no podemos estar, ni tampoco podemos salir de casa e ir allí para nada, qie tenemos que esperar al 15?quien paga las letras?????
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Milagro, me lo han cogido (el telfono) en el registro de Marbella, no hacen inscripciónes porque ahora mismo quedan suspendidos porque la ley no lo contempla, desconoce el resto de registros y no tienen aviso de cuando se vuelve a iniciar el plazo, asi que nada lo mismo que ya sabíamos, los, del inss tb podían pedor otro, documento o el hospital hscer las peticiones de forma telematica, lo cial me ha dicho que en su caso hace ya meses que no se hace...
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Pues nada, yo que ustedes llamaría a los medios de comunicación del Gobierno (La Sexta, Antena 3 y TVE principalmente) exponiendo la situación y quizá así sea más efectivo para que el Ministerio de Justicia se ponga las pilas.
Y no se olviden de citar el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial que este organismo tiene en su propia página web.
Y no se olviden de citar el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial que este organismo tiene en su propia página web.
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
¿No existen organismos superiores a los registros civiles que no sea el Ministerio de Justicia para poder realizar la reclamación formal?
Yo ayer inicié una por la sede electrónica del Ministerio de Justicia pero tienen 20 días para contestar.
Entiendo que los Registros Civiles y sus trabajadores están sufriendo lo suyo y tampoco es para montar un escándalo, es acudir al foro adecuado para que también tengan cierta empatía por los ciudadanos a los que también afecta esta situación excepcional. Lo mismo ocurre con la Seguridad Social que no tiene en consideración las circunstancias y no se preocupa del perjuicio de sus contribuyentes.
Yo ayer inicié una por la sede electrónica del Ministerio de Justicia pero tienen 20 días para contestar.
Entiendo que los Registros Civiles y sus trabajadores están sufriendo lo suyo y tampoco es para montar un escándalo, es acudir al foro adecuado para que también tengan cierta empatía por los ciudadanos a los que también afecta esta situación excepcional. Lo mismo ocurre con la Seguridad Social que no tiene en consideración las circunstancias y no se preocupa del perjuicio de sus contribuyentes.
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Yo no hablo de montar ningún escándalo, por supuesto que no. Sólo hablo de que se cumpla lo que el poder judicial establece como servicios esenciales para sus funcionarios del registro civil (y únicamente son los tres supuestos que cita ese punto del acuerdo del CGPJ; expedir licencias de enterramiento, inscribir nacimientos dentro de plazo perentorio y celebrar matrimonios "in articulo mortis").
Y si la única forma de que se cumpla la norma es acudiendo a los medios de comunicación para que se sepa lo que está ocurriendo, me parece que puede ser la mejor manera de hacer una crítica constructiva dirigida a los cargos políticos que están al frente de la administración de justicia, que son quienes han de cursar las órdenes oportunas de arriba hacia abajo, porque si no no llegan.
Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
La resolución firmada ayer por el Ministro de Justicia y que ya tiene efectos no detalla nada de los nacimientos, la adjunto.
https://www.csif.es/sites/default/files ... DA.pdf.pdf
https://www.csif.es/sites/default/files ... DA.pdf.pdf
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Solo fallecimientos, pues muy bien, ha aguantarse entonces, no?
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Por supuesto que no hace referencia a los nacimientos ni a los matrimonios 'in articulo mortis' que, junto con las licencias de enterramiento, son los servicios esenciales decretados por el CGPJ para todos los registros civiles, pero ello no quiere decir que, como sólo ha dictado esa orden, las inscripciones de nacimiento y la celebración de matrimonios 'in articulo mortis' hayan dejado de considerarse servicios esenciales.
Lo siguen siendo junto con el resto de medidas acordadas para todos los juzgados y tribunales de España por el mismo CGPJ.
La orden del Ministro de Justicia lo que hace es eliminar la obligación legal de que deban transcurrir 24 horas desde el fallecimiento hasta que pueda ser inhumado el cadáver de cualquier fallecido, debido a la pandemia, y al mismo tiempo establece la obligación a los registros civiles para que estén en situación de disponibilidad, fuera del horario habitual de atención al público, y atiendan a los servicios funerarios que vayan a declarar las defunciones y pedir las licencias de inhumación.
Vamos que el señor ministro dirá lo que quiera sobre las defunciones, pero no está diciendo que los otros dos servicios esenciales establecidos por el CGPJ no deban cumplirse.
Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Ese es el problema que se interprete que solo son esenciales fallecimientos y licencias de enterramientos...cunado lo correcto seria lo que ya refirio JucrísvicMarinakimbo escribió: ↑24 Mar 2020, 19:38 Solo fallecimientos, pues muy bien, ha aguantarse entonces, no?
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Buenas tardes. Un mensaje de ánimo y esperanza para todos.
Esta mañana, después de personarme en el Registro Civil de Málaga a las 8:30, he conseguido inscribir a nuestro hijo.
Si bien os tengo que advertir que el funcionario de turno me ha hecho volver a casa para recoger la firma de mi esposa, a pesar de estar casados y presentar el Libro de Familia, contraviniendo el contenido de la página web del propio Ministerio de Justicia en su Apartado "QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBO APORTAR?" para la Inscripción de un Nacimiento.
Por lo que os recomiendo que llevéis toda la Documentación que poseáis y pequéis por exceso. Aunque parezca mentira, para algunos (afortunadamente una minoría) seguimos en la España del "vuelva usted mañana".
Por mi parte, seguiré apoyando todas la iniciativas para que se solucionen estas situaciones ya que no es de recibo que una persona tenga que desplazarse al Registro Civil de la provincia y por un pequeño defecto se tenga que volver sin conseguir la inscripción. Saludos.
Esta mañana, después de personarme en el Registro Civil de Málaga a las 8:30, he conseguido inscribir a nuestro hijo.
Si bien os tengo que advertir que el funcionario de turno me ha hecho volver a casa para recoger la firma de mi esposa, a pesar de estar casados y presentar el Libro de Familia, contraviniendo el contenido de la página web del propio Ministerio de Justicia en su Apartado "QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBO APORTAR?" para la Inscripción de un Nacimiento.
Por lo que os recomiendo que llevéis toda la Documentación que poseáis y pequéis por exceso. Aunque parezca mentira, para algunos (afortunadamente una minoría) seguimos en la España del "vuelva usted mañana".
Por mi parte, seguiré apoyando todas la iniciativas para que se solucionen estas situaciones ya que no es de recibo que una persona tenga que desplazarse al Registro Civil de la provincia y por un pequeño defecto se tenga que volver sin conseguir la inscripción. Saludos.
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
En el Certificado de Nacimiento que nos entregaron en el Hospital. En el mismo hay una parte que hace referencia a los datos del Matrimonio de los padres. En él se pide la "firma del declarante". Y aunque en las instrucciones de dicho documento (punto 13) dice que " si es el padre o la madre bastará hacerlo constar así......(No me extiendo más), han pedido la firma de los dos miembros del Matrimonio. Insisto, en el documento sólo se habla "del declarante" no de " los declarantes".
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Supongo que es la inscripción de nacimiento de vuestro primer hijo o hija en común, así que, según establece el artículo 49.2 de la Ley 20/2011, del Registro Civil, para evitarle a tu mujer que haya tenido que ir contigo -aunque estéis casados- al registro a manifestar expresamente que está conforme con el orden de apellidos que figura en la hoja de declaración amarilla, ésta ha de vernir firmada por ambos.
Claro que eso te lo tenían que haber dicho en el hospital o bien deberíais haberos informado antes del parto preguntando por teléfono o presencialmente en el registro civil. Antes de que se diera este caos pandémico, claro también.
Claro que eso te lo tenían que haber dicho en el hospital o bien deberíais haberos informado antes del parto preguntando por teléfono o presencialmente en el registro civil. Antes de que se diera este caos pandémico, claro también.
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Gracias. Ya está todo solucionado. Lo que tratamos es de advertir a otros componentes de este Foro y compartir nuestra experiencia.
Ahhh.....y muy importante. Vayan con guantes y mascarillas. En el Registro es obligatorio (con lo que estoy totalmente de acuerdo) pero no los facilitan. Simplemente no los tienen. Otro apartado fácilmente solucionable.
Buenas noches a todos
Ahhh.....y muy importante. Vayan con guantes y mascarillas. En el Registro es obligatorio (con lo que estoy totalmente de acuerdo) pero no los facilitan. Simplemente no los tienen. Otro apartado fácilmente solucionable.
Buenas noches a todos
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
A nosotros en Córdoba nos lo están negando.Hasta que no tenga 30 días.... De vergüenza
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
A mi esta mañana me han enviado un correo, en contestación a tres que le envié, diciéndome que la agenda de citas se abrirá a de nuevo a primeros de abril para nacimientos, he mirado en la página estos dias y aun no han habilitado disponibles en la pagina web, yo no estoy casada asi que tendremos que ir todos allí incluido el bebe, por lo que el dia que vaya espero que me hagan el trámite de una vez...tu fuiste con cita previa cezamo?
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
No, fuimos sin cita previa. Era imposible. No nos cogían los teléfonos. Nos la jugamos ( perdón por la expresión) y allí estábamos a las 8:30. Abren a las 9. Lo primero que nos pidieron fué mascarillas y guantes. Lleváoslos, no los facilitan. Y luego, lo de la firma de la madre( ver mis mensajes de ayer). Insisto, nuestro domicilio está a sólo 15 minutos. Pero no me gustaría estar en el pellejo de esas personas que viven en pueblos de la Serranía de Ronda, en los límites de la provincia con la de Cádiz o Granada, etc. Donde por cierto han anulado la posibilidad de realizar las inscripciones en los Juzgados de Paz..Te queda la sensación de que es una carrera de obstáculos. Cuando sales con la inscripción y el Libro de Familia tienes un sabor agridulce. Has conseguido tu objetivo pero parece que hubieras estado molestando. No hay derecho.
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Alucinante. A ver si puedo explicar sin mucho tecnicismo el asunto.
El plazo extraordinario de 30 días que fija el reglamento del registro civil es para los padres, no para el registro civil, es decir, los padres tienen un plazo ordinario de X días y, pasado dicho plazo, tienen HASTA un máximo de 30 DÍAS NATURALES desde la fecha del parto para acudir al registro civil a solicitar la inscripción del nacimiento de su hijo, acreditando debidamente la causa por la que no han podido acudir al registro dentro del plazo ordinario de X días.
Porque si transcurren esos 30 días, con justificación o sin ella, hay que hacer la inscripción de nacimiento mediante un expediente de inscripción fuera de plazo (los padres han agotado el plazo que tenían para ir al registro sin haberlo hecho, para que se me entienda), en el que se complica enormemente el trámite; deberán aportar más documentación que para la inscripción dentro de plazo, se va a tardar unos cuantos meses en inscribir ese nacimiento y, además, sólo podrá ser inscrito en el registro civil del lugar donde ha nacido, no se podrá inscribir en el registro del domicilio de los padres si viven en localidad distinta a la del parto...
Pero, a lo que voy, ese plazo de 30 días es una POTESTAD que tienen los padres, y NO PUEDE SER UNA NORMA QUE IMPONGA UN REGISTRO CIVIL; los padres pueden ir al día siguiente del parto o el día que les de la real gana, Y si el día que van es dentro del plazo ordinario no tienen que acreditar nada y si lo hacen dentro del plazo extraordinario tendrán que acreditar el motivo por el cual no han ido dentro del plazo ordinario, pero el registro civil, la administración vamos, ¡¡¡ NO PUEDE DECIRTE CUÁNDO HAS DE ACUDIR !!! ¡¡¡ NI CON ESTADO DE ALARMA NI SIN ESTADO DE ALARMA !!!...
Porque eso, además de una barbaridad, es de una enorme temeridad: si por el motivo que sea, justificado o no, no acudís a hacer la inscripción al trigésimo día tal y como os están diciendo, y vais al día siguiente o al cabo de x días pasados esos 30 desde el parto, entonces ¡¡¡la inscripción sólo podrá hacerse mediante expediente de inscripción fuera de plazo!!! y no por culpa vuestra sino porque alguien en ese registro civil ni entiende de plazos ni sabe leer lo que dicen los artículos de la ley y el reglamento.
Y ya podréis discutir con el funcionario del mostrador lo que queráis, que el nacimiento sólo podrá ser inscrito mediante expediente fuera de plazo porque os dirá que no habéis ido cuando el registro os había dicho que teníais que ir, cosa que no es cierta ya que es obligación del registro civil tener a una persona para que atienda y cubra los servicios esenciales, siendo uno de esos servicios esenciales -como ya he citado más arriba- inscribir los nacimientos (cuando los padres lo soliciten) dentro de plazo.
Es una interpretación torticera y equivocada de la suspensión de plazos administrativos decretada por el gobierno en su real decreto de la declaración del estado de alarma. Ni más ni menos.
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
¿Como dices? ¿En qué se basan para eso? En nuestro registro las seguimos haciendo con normalidad.
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
En relación a la aportación de jesusharo:
5. El Registro Civil prestará atención permanente durante las horas de audiencia. En particular, deberán asegurar la expedición de licencias de enterramiento, las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio y la celebración de matrimonios del articulo 52 CC.
El probema está en la pertinente interpretación del subrayado en rojo. Me explico.
El "plazo perentorio" no se refiere a la inmediatez de finalización del mismo, como se interpreta por parte de más de un Registro Civil, sino a la "totalidad" del plazo concedido para ejercitar una acción.
Basta con abrir el diccionario de la RAE y leer, tan sencillo como eso:
término perentorio
1. m. Der. término improrrogable, cuyo transcurso extingue o cancela la facultad o el derecho que durante él no se ejercitó.
A mayor abundamiento:
"Diario de Córdoba del día 27 de marzo"
El periodista se ha cubierto de gloria y al responsable del Registro Civil le van a dedicar una plaza en la ciudad.
Y como apuntó Jucrísvic más arriba:
5. El Registro Civil prestará atención permanente durante las horas de audiencia. En particular, deberán asegurar la expedición de licencias de enterramiento, las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio y la celebración de matrimonios del articulo 52 CC.
El probema está en la pertinente interpretación del subrayado en rojo. Me explico.
El "plazo perentorio" no se refiere a la inmediatez de finalización del mismo, como se interpreta por parte de más de un Registro Civil, sino a la "totalidad" del plazo concedido para ejercitar una acción.
Basta con abrir el diccionario de la RAE y leer, tan sencillo como eso:
término perentorio
1. m. Der. término improrrogable, cuyo transcurso extingue o cancela la facultad o el derecho que durante él no se ejercitó.
A mayor abundamiento:
Spoiler
Amigo Gerena, se basan en esto:
"Diario de Córdoba del día 27 de marzo"
El periodista se ha cubierto de gloria y al responsable del Registro Civil le van a dedicar una plaza en la ciudad.
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Re: INSCRIPCIÓN NACIMIENTO EN EL ESTADO DE ALARMA
Fenocicadeles escribió: ↑15 Abr 2020, 15:38 El periodista se ha cubierto de gloria y al responsable del Registro Civil le van a dedicar una plaza en la ciudad.
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