INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
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INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Hola, soy nuevo en el foro, sin embargo he leido varios temas similares pero sin respuestas concretas, queria ver si me pudieran ayudar tratare de detallar mi caso lo más posible:
Mis abuelos son españoles nacidos en las Islas Canarias Tenerife
Mi padre es español tiene en su literal de nacimiento en el torso un sello del registro civil central con fecha de 1 de septiembre de 1986 (¿Esto fue cuando lo presentaron o que significa?); el nacio en Guaraca Venezuela, sin embargo tiene su pasaporte español desde el 2018. Yo naci en 1998 esto significa que naci de mi papa siendo español, cierto?
Yo tengo 21 años, casi 22 exactamente.He leido que ya perdi mi nacionalidad española por no declarar que queria conservarla.
En realidad no lo hice por la situacion de Venezuela se me dificulta obtener los papeles apostillados como los piden en los consulados.
Vivo en Bogota (en este consulado en bogota me trataron super mal, y dijeron que no me podian atender que aunque sea residente colombiano, que fuera a venezuela a hacer ese tramite alla, porque naci en Venezuela)
Pasa lo siguiente.. he leido y acerca de la inscripción de nacimiento fuera de plazo, y mi hermano (ya español tambien, vive en España) me comento que se podia hacer, de hecho el hizo su inscripcion de nacimiento teniendo 22 años, su literal de nacimiento dice que fue inscrito en el año 2018, y el nacio en el año 1996.
Mis dudas: he leido que en algunos registros civiles/consulados no lo hacen
¿Que registro civil o consulado me recomiendan ? ya sea en España o algun otroconsulado, (en el de Bogotá no porque ya les dije lo que me mandaron a hacer)
El lo hizo en el registro civil de tenerife de hecho y que alli mismo en el registro civil lo ayudaron
Cuento con estos documentos:
-Literales de mis abuelos ambos, nacidos en España, con sellos del RC CENTRAL
-Acta de matrimonio de mis abuelos
-Fotocopias de pasaporte y DNI de mis abuelos
-Literal de mi papa reciente con el sello al borde del RC Central en 1986 (no se que significa ese sello)
-Pasaporte Español de mi papà
-Mi registro de nacimiento Venezolano (legalizado apostillado)
-Pasaporte mio venezolano Vigente
-Literal de nacimiento de mi mamà
-Acta de matrimonio de mis padres/Libro de familia
-Literal de mi hermano, tambien hijo del mismo matrimonio, donde certifica que se hizo su inscripcion de nacimiento el teniendo 22 años, dice que fue en el RC CENTRAL (original y copia)
-Pasaporte de mi hermano español copia
Cualquier información me seria de mucha ayuda!!
Reitero vivo en Bogotá Colombia y desde el consulado de acà no me han querido atender a pesar que ya soy residente colombiano.
Saben de algun RC que ya hizo una inscripcion fuera de plazo aparte de ese donde lo hizo mi hermano( lo hizo en tenerife pero la literal dice que fue inscrita en el RC CENTRAL. / YA SEA EN VENEZUELA/ CONSULADO / O EN ESPAÑA estoy dispuesto a viajar de ser necesario, quisiera tener mi nacionalidad ya al igual que mi hermano
Gracias de antemano.
Hola, soy nuevo en el foro, sin embargo he leido varios temas similares pero sin respuestas concretas, queria ver si me pudieran ayudar tratare de detallar mi caso lo más posible:
Mis abuelos son españoles nacidos en las Islas Canarias Tenerife
Mi padre es español tiene en su literal de nacimiento en el torso un sello del registro civil central con fecha de 1 de septiembre de 1986 (¿Esto fue cuando lo presentaron o que significa?); el nacio en Guaraca Venezuela, sin embargo tiene su pasaporte español desde el 2018. Yo naci en 1998 esto significa que naci de mi papa siendo español, cierto?
Yo tengo 21 años, casi 22 exactamente.He leido que ya perdi mi nacionalidad española por no declarar que queria conservarla.
En realidad no lo hice por la situacion de Venezuela se me dificulta obtener los papeles apostillados como los piden en los consulados.
Vivo en Bogota (en este consulado en bogota me trataron super mal, y dijeron que no me podian atender que aunque sea residente colombiano, que fuera a venezuela a hacer ese tramite alla, porque naci en Venezuela)
Pasa lo siguiente.. he leido y acerca de la inscripción de nacimiento fuera de plazo, y mi hermano (ya español tambien, vive en España) me comento que se podia hacer, de hecho el hizo su inscripcion de nacimiento teniendo 22 años, su literal de nacimiento dice que fue inscrito en el año 2018, y el nacio en el año 1996.
Mis dudas: he leido que en algunos registros civiles/consulados no lo hacen
¿Que registro civil o consulado me recomiendan ? ya sea en España o algun otroconsulado, (en el de Bogotá no porque ya les dije lo que me mandaron a hacer)
El lo hizo en el registro civil de tenerife de hecho y que alli mismo en el registro civil lo ayudaron
Cuento con estos documentos:
-Literales de mis abuelos ambos, nacidos en España, con sellos del RC CENTRAL
-Acta de matrimonio de mis abuelos
-Fotocopias de pasaporte y DNI de mis abuelos
-Literal de mi papa reciente con el sello al borde del RC Central en 1986 (no se que significa ese sello)
-Pasaporte Español de mi papà
-Mi registro de nacimiento Venezolano (legalizado apostillado)
-Pasaporte mio venezolano Vigente
-Literal de nacimiento de mi mamà
-Acta de matrimonio de mis padres/Libro de familia
-Literal de mi hermano, tambien hijo del mismo matrimonio, donde certifica que se hizo su inscripcion de nacimiento el teniendo 22 años, dice que fue en el RC CENTRAL (original y copia)
-Pasaporte de mi hermano español copia
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Saben de algun RC que ya hizo una inscripcion fuera de plazo aparte de ese donde lo hizo mi hermano( lo hizo en tenerife pero la literal dice que fue inscrita en el RC CENTRAL. / YA SEA EN VENEZUELA/ CONSULADO / O EN ESPAÑA estoy dispuesto a viajar de ser necesario, quisiera tener mi nacionalidad ya al igual que mi hermano
Gracias de antemano.
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satelli ... o?param1=1
Ministerio de Justicia
Atención al ciudadano: 902 007 214 - 91 837 22 95
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INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO MAYOR DE 21 AÑOS
Realice una inscripción de nacimiento en registro civil del consulado general en Caracas el dia 17 de Enero del 2020. teniendo 21 años de edad y apunto de cumplir mis 22 años el día 20 de enero del 2020.
Actualizo este caso, que lo publique en Enero del 2020, recibí respuesta hasta el día de ayer, mi inscripción de nacimiento fue devuelva por el registro civil en el consulado español en Caracas, porque no firme el acta 95-1...
Mi pregunta: esa acta 95-1, ¿cual es? porque la he buscado por Internet y en las paginas de los consulados de España y no aparece
Mi primo me dice que es una donde declaro la perdida de nacionalidad.... ¿O esa me la dan en el consulado directamente?
cito textualmente la respuesta que me dieron:
Si alguien en este foro me pudiera indicar cual es, o la tiene se lo agradecería mucho puesto que no he recibido respuesta del consulado de cual es esa acta, gracias de antemano.
Actualizo este caso, que lo publique en Enero del 2020, recibí respuesta hasta el día de ayer, mi inscripción de nacimiento fue devuelva por el registro civil en el consulado español en Caracas, porque no firme el acta 95-1...
Mi pregunta: esa acta 95-1, ¿cual es? porque la he buscado por Internet y en las paginas de los consulados de España y no aparece
Mi primo me dice que es una donde declaro la perdida de nacionalidad.... ¿O esa me la dan en el consulado directamente?
cito textualmente la respuesta que me dieron:
Supongo eso es para saber si mi abuelo fue español hasta el día de su muerte. Tengo esa fotocopia de cédula de extranjería de Venezuela de mi abuelo que allí me piden, pero el acta 95-1 no se cual es.Solo se podrá recibir si el interesado firma acta 95-1 de perdida de nacionalidad, pues tenia que conservar antes de los 21.
pasar cédula como extranjero, carta de naturalización o pasaporte de muerto del sr Manuel Rolo, para determinar si permaneció como español. para que aplique lo anterior
Si alguien en este foro me pudiera indicar cual es, o la tiene se lo agradecería mucho puesto que no he recibido respuesta del consulado de cual es esa acta, gracias de antemano.
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Yo creo que se refiere al acta de conservación del que habla el art. 24.1 del Código Civil y que por equivocación pulsó 95 en vez de 24.
Ese acta de conservación permite conservar la nacionalidad española a quienes la pierden por los casos que en él se indican: los que adquieran voluntariamente otra nacionalidad o utilicen exclusivamente la nacionalidad extranjera que tuvieran atribuida antes de la emancipación.
Pero en tu caso el artículo por el que se produciría la pérdida de tu nacionalidad sería el punto 3º de ese mismo artículo, que prevé también un acta de manifestación para conservar la nacionalidad a hacer en comparecencia en los 3 años posteriores a la mayoría de edad o emancipación.... Por lo que mencionas, tú no la hiciste antes de cumplir 21 años, por lo que si eras español en ese momento perdiste la nacionalidad y ahora tendrías que recuperarla, pero tras obtener permiso de residencia legal en España tal como indica el art. 26.1º CC.
Mira los temas de arraigo familiar y de Residencia de larga duración para ver cuál te conviene y qué documentos necesitas para cada una.
Ese acta de conservación permite conservar la nacionalidad española a quienes la pierden por los casos que en él se indican: los que adquieran voluntariamente otra nacionalidad o utilicen exclusivamente la nacionalidad extranjera que tuvieran atribuida antes de la emancipación.
Pero en tu caso el artículo por el que se produciría la pérdida de tu nacionalidad sería el punto 3º de ese mismo artículo, que prevé también un acta de manifestación para conservar la nacionalidad a hacer en comparecencia en los 3 años posteriores a la mayoría de edad o emancipación.... Por lo que mencionas, tú no la hiciste antes de cumplir 21 años, por lo que si eras español en ese momento perdiste la nacionalidad y ahora tendrías que recuperarla, pero tras obtener permiso de residencia legal en España tal como indica el art. 26.1º CC.
Mira los temas de arraigo familiar y de Residencia de larga duración para ver cuál te conviene y qué documentos necesitas para cada una.
Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Quizá tenga que ver con el expediente gubernativo, pero no se si aplica exactamente a este caso
EXPEDIENTE PARA COMPLETAR DATOS E INSCRIPCIONES Y SUPRIMIR CIRCUNSTANCIAS Y ASIENTOS - &- 95-1º Y 2º LRC - 296 y 297 RRC
EXPEDIENTE PARA COMPLETAR DATOS E INSCRIPCIONES Y SUPRIMIR CIRCUNSTANCIAS Y ASIENTOS - &- 95-1º Y 2º LRC - 296 y 297 RRC
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Muchas gracias a ambos por sus respuestas, efectivamente es esa acta de conservación de nacionalidad que mencionas; ¿Algún lado donde pueda descargarla?
Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Entiendo que debe dártela el encargado del registro civil consular, ya que en la pagina web del Consulado solo esta el cuestionario, puede que sea un modelo similar a este
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
La cuestión es que si esa supuesta pérdida de nacionalidad es por lo indicado en el art. 24.3º del código civil (que es lo que parece), para que puedas recuperar la nacionalidad tienes que venir a residir en España y tras obtener el permiso de residencia legal, es cuando podrás comparecer ante el Encargado del RC de tu domicilio y hacer la manifestación de que deseas recuperar la nacionalidad, momento en que se levantará el acta correspondiente, que se remitirá al RC Central para que hagan lo que proceda (inscripción de nacimiento + marginal de recuperación, o sólo esta última en caso de que ya esté hecha previamente tu inscripción de nacimiento en el Consulado correspondiente)
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Gracias sí, me puse en contacto por redes con el consulado español en Caracas y al parecer esa acta solo la dan en el consulado, y se firma allí delante del que hace la inscripción. Ya me puse en contacto con el Consulado español en Bogotá a ver si existe la manera de yo firmar esa acta aquí y que la envíen hacia Caracas porque movilizarme nuevamente a Venezuela ahorita en pendemia me es imposible.
Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
No entiendo para que le piden que firme el acta de conservación, si para denegarla e inscribir la perdida lo cual parece descabellado o será algún otro papel, Giullianno si e lo comunicaron por escrito y puedes transcribirlo seria mejor.
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Sí creeme yo tampoco entiendo, del consulado español en Bogotá me dijeron que eso era super raro, y mandaron un correo a registro en el consulado de Caracas preguntando.
cito textualmente:
cito textualmente:
Esa es la respuesta que me dieron.Requerimiento:
Solo se podrá recibir si el interesado firma acta 95-1 de perdida de nacionalidad, pues tenia que conservar antes de los 21.
pasar cédula como extranjero, carta de naturalización o pasaporte de muerto del sr Manuel Rolo, para determinar si permaneció como español. para que aplique lo anterior
Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Pregunta en el Consulado de Colombia si tienen ese formulario.
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Hola, actualizo mi caso referente a este tema:
Después de varias semanas logré ponerme en contacto con el viceconsulado donde realice mi inscripción de nacimiento en Venezuela ya que al estar en Colombia no pude viajar a firmar el acta 95-1 que mencioné. Entonces mandé a mi mamá a ver como solucionar lo del requerimiento y a ella le entregaron mi expediente con el requerimiento (el porqué no fue concluida mi inscripción de nacimiento)...
Ya busqué la manera de traer esos papeles para Bogotá -ciudad donde resido- pero demoran un poco en llegar.
Me he puesto en contacto y he actualizado a ambos consulados -tanto en Caracas como en Bogotá- de mi situación. Pero los del registro del consulado español en Bogotá me dicen que no pueden ayudarme sin tener instrucciones del registro en el consulado español en Caracas.
Yo tengo un hilo de correos donde el RC en Caracas me dice que puedo introducir mi expediente por el consulado español en Bogotá, para que éstos lo envíen a Caracas. El problema radica en que el RC en Bogotá dicen no saber como ayudarme o que hacer, porque no tienen instrucciones, que ni siquiera saben que acta es esa que me mandan a firmar en el requerimiento.
Les he escrito al correo del RC en Caracas pidiendo que por favor envíen un correo a ellos y nada,.. que lo hacen (hace mas de 1 mes); buscando en el twitter del consulado he visto como afirman que a veces demoran hasta 3 meses en contestar esos correos, porque le llegan miles diarios.
Incluso el RC en Bogotá ha enviado varios correos al RC en Caracas -con copia a mi-, pidiendo que por favor aclaren el tema de qué acta es esa, o pidiendo instrucciones.. Y ni siquiera a ellos les responden.
Mi pregunta a raíz de todo ésto es la siguiente:
¿En Bogotá necesitan recibir instrucciones de qué hacer con mi expediente? Es que en ese caso, yo las tengo: me las mandaron a mi correo desde el correo del RC en Caracas.
El problema es que en Bogotá dicen que tiene que ser un correo "directo" del correo de RC en Caracas al correo del RC en Bogotá que si llego a ir, perdería la ida al consulado porque hasta no tener instrucciones no harán nada, aún yo teniendo la hoja del requerimiento del RC en Caracas donde me piden lo que hace falta para mi inscripción de nacimiento.
Después de varias semanas logré ponerme en contacto con el viceconsulado donde realice mi inscripción de nacimiento en Venezuela ya que al estar en Colombia no pude viajar a firmar el acta 95-1 que mencioné. Entonces mandé a mi mamá a ver como solucionar lo del requerimiento y a ella le entregaron mi expediente con el requerimiento (el porqué no fue concluida mi inscripción de nacimiento)...
Ya busqué la manera de traer esos papeles para Bogotá -ciudad donde resido- pero demoran un poco en llegar.
Me he puesto en contacto y he actualizado a ambos consulados -tanto en Caracas como en Bogotá- de mi situación. Pero los del registro del consulado español en Bogotá me dicen que no pueden ayudarme sin tener instrucciones del registro en el consulado español en Caracas.
Yo tengo un hilo de correos donde el RC en Caracas me dice que puedo introducir mi expediente por el consulado español en Bogotá, para que éstos lo envíen a Caracas. El problema radica en que el RC en Bogotá dicen no saber como ayudarme o que hacer, porque no tienen instrucciones, que ni siquiera saben que acta es esa que me mandan a firmar en el requerimiento.
Les he escrito al correo del RC en Caracas pidiendo que por favor envíen un correo a ellos y nada,.. que lo hacen (hace mas de 1 mes); buscando en el twitter del consulado he visto como afirman que a veces demoran hasta 3 meses en contestar esos correos, porque le llegan miles diarios.
Incluso el RC en Bogotá ha enviado varios correos al RC en Caracas -con copia a mi-, pidiendo que por favor aclaren el tema de qué acta es esa, o pidiendo instrucciones.. Y ni siquiera a ellos les responden.
Mi pregunta a raíz de todo ésto es la siguiente:
¿En Bogotá necesitan recibir instrucciones de qué hacer con mi expediente? Es que en ese caso, yo las tengo: me las mandaron a mi correo desde el correo del RC en Caracas.
El problema es que en Bogotá dicen que tiene que ser un correo "directo" del correo de RC en Caracas al correo del RC en Bogotá que si llego a ir, perdería la ida al consulado porque hasta no tener instrucciones no harán nada, aún yo teniendo la hoja del requerimiento del RC en Caracas donde me piden lo que hace falta para mi inscripción de nacimiento.
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Sí. Necesitan instrucción para saber qué quieren que se haga, además de otros datos relativos a tu expediente que servirán que al devolverlo de un RC al otro, se tengan las referencias para unirlo al que corresponde.Giullianno escribió: ↑08 Oct 2020, 00:07¿En Bogotá necesitan recibir instrucciones de qué hacer con mi expediente?
Si fuera en un RC que sólo tiene 4 expedientes, al recibir la documentación ya casi sabes con seguridad a cuál de ellos va esa documentación. Pero en un sitio con miles de expedientes, el que no tiene referencia queda "perdido", pendiente de alguna vez encontrar en donde iría.
Además, estamos todos impacientes para que los de Caracas digan qué es ese acta 95-1, porque la verdad es que no tenemos ni idea de qué están pidiendo. Al menos los que estamos en este foro desconocemos esa nomenclatura...
Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Si puedes evalúa la posibilidad de hacerlo en el RCC de Madrid
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Gracias, kárbiko , aunque en el requerimiento esta mi número de expediente y lo que hace falta para la inscripción.
Mi preocupación es que los días pasan y pasan y en el requerimiento hay una anotación en negrita que dice: "El plazo máximo para presentar la documentación requerida es de cuatro meses y medio a contar desde la fecha de notificación al interesado (art. 32.2. Ley 39/2015 de 1 de octubre) Ley de Procedimiento Administrativo Común De las Administraciones Públicas (LPACAP). En base a esto esperar un correo directo de consulado a consulado lo veo difícil, ya tiene mas de 1 mes el que yo envie pidiendo que enviaran lo que me enviaron a mi correo (las instrucciones) al correo del RC en Bogotá y aun sin respuesta, y el correo que envió el RC en Bogotá al RC a Caracas pidieron aclarar el tema de mi expediente ya mañana cumple 1 mes también de no recibir respuesta, entiendo que reciben miles de correos al día y por esto no han respondido.
Solo que si quiero hacer esto me surgen otros problemas como:
1)Al ser nacido en Venezuela me piden papeles apostillados de Venezuela cosa que es muy difícil y costoso de conseguir, y yo no vivo en Venezuela desde hace ya mas de 4 años yo vivo en Colombia.
2)Me piden antecedentes penales apostillados de Venezuela que ya he preguntado y el ente que los emite no esta trabajando por el tema de pandemia, cabe recalcar que aun pagando este documento demora alrededor de 2 meses en tramitarse y su vigencia es de 1 año.
3)También mi pasaporte de Venezuela se me vence el Julio del 2021 y es algo indispensable para viajar a España, necesito un pasaporte en vigor, y no hay vuelos comerciales desde Colombia a España, quien sabe hasta que momento.
Si se llegase a vencer mi pasaporte venezolano no pudiera viajar a España, puesto que renovarlo es imposible desde Colombia al no tener relaciones diplomáticas con Venezuela, y aparte de esto la institución SAIME (Quien emite prorrogas y pasaportes) esta cerrado como todo en Venezuela desde hace mas de 7 meses ( el día de ayer dijo que seguirían cerrados hasta nuevo aviso por un live en instagram).
Bueno,la verdad gracias por aclarar mi duda
Mi preocupación es que los días pasan y pasan y en el requerimiento hay una anotación en negrita que dice: "El plazo máximo para presentar la documentación requerida es de cuatro meses y medio a contar desde la fecha de notificación al interesado (art. 32.2. Ley 39/2015 de 1 de octubre) Ley de Procedimiento Administrativo Común De las Administraciones Públicas (LPACAP). En base a esto esperar un correo directo de consulado a consulado lo veo difícil, ya tiene mas de 1 mes el que yo envie pidiendo que enviaran lo que me enviaron a mi correo (las instrucciones) al correo del RC en Bogotá y aun sin respuesta, y el correo que envió el RC en Bogotá al RC a Caracas pidieron aclarar el tema de mi expediente ya mañana cumple 1 mes también de no recibir respuesta, entiendo que reciben miles de correos al día y por esto no han respondido.
, Sí yo la verdad esperaba que el viceconsul le informara a mi mamá cual era esa acta o como era, y yo de esa manera poder indicarles al RC en Bogotá como realizarla o algo así. Mi primo que tramito su inscripción de nacimiento por ese mismo viceconsulado me dijo que el firmo esa misma acta, y que era un acta donde decía que yo renunciaba a mi nacionalidad venezolana o algo parecido, que no entiende el porqué el vicecónsul no me hizo firmar esa acta en un principio, sabiendo que luego me la pedirían.
Sí claro, he evaluado esa posibilidad ya que mi hermano realizo su inscripción de nacimiento en el RC en Madrid y no le pusieron mayor problema , llevo todos los documentos solicitados para su inscripción de nacimiento y a los pocos meses la tenia.
Solo que si quiero hacer esto me surgen otros problemas como:
1)Al ser nacido en Venezuela me piden papeles apostillados de Venezuela cosa que es muy difícil y costoso de conseguir, y yo no vivo en Venezuela desde hace ya mas de 4 años yo vivo en Colombia.
2)Me piden antecedentes penales apostillados de Venezuela que ya he preguntado y el ente que los emite no esta trabajando por el tema de pandemia, cabe recalcar que aun pagando este documento demora alrededor de 2 meses en tramitarse y su vigencia es de 1 año.
3)También mi pasaporte de Venezuela se me vence el Julio del 2021 y es algo indispensable para viajar a España, necesito un pasaporte en vigor, y no hay vuelos comerciales desde Colombia a España, quien sabe hasta que momento.
Si se llegase a vencer mi pasaporte venezolano no pudiera viajar a España, puesto que renovarlo es imposible desde Colombia al no tener relaciones diplomáticas con Venezuela, y aparte de esto la institución SAIME (Quien emite prorrogas y pasaportes) esta cerrado como todo en Venezuela desde hace mas de 7 meses ( el día de ayer dijo que seguirían cerrados hasta nuevo aviso por un live en instagram).
Bueno,la verdad gracias por aclarar mi duda
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
¿Tú diste consentimiento para que te notifiquen por email? Pueden notificarte algo si has dado tu consentimiento expreso. Si no, no tiene validez.Giullianno escribió: ↑08 Oct 2020, 16:50 y en el requerimiento hay una anotación en negrita que dice:
Pero los requerimientos han de hacerse en persona, y no vale que te pidan por email que hagas o presentes algo. Tienen que hacerlo en persona, para dejar constancia de qué día comienza el plazo que te dan para cumplimentarlo, que son 3 meses en virtud del art. 354 RRC:
Si te requieren para que hagas algo y pasa el tiempo y ese plazo no se interrumpe, se podrá decretar el archivo.
Para interrumpirlo basta con que hagas una comparecencia indicando que es imposible el cumplimiento del mismo porque no se puede obtener ahora mismo la documentación que piden. Con eso se inicia una nueva cuenta de 90 días... Cuando esté próximo nuevamente, haces otra vez una comparecencia y vuelves a interrumpir el plazo... y así hasta que los obtengas y puedas cumplir el requerimiento que te han hecho.
Requerimiento de documentación que te hace el Consulado y que también tendrías que entregar si lo haces en el Central, por lo que también los necesitaría en caso de solicitarlo desde España...
La cuestión es que no es necesario hacer esa manifestación renunciando para los originarios de países iberoaméricanos (tal como recoge el art. 23.2 CC). De ahí la duda de qué es lo que piden.Giullianno escribió: ↑08 Oct 2020, 16:50 me dijo que el firmo esa misma acta, y que era un acta donde decía que yo renunciaba a mi nacionalidad venezolana o algo parecido
Porque que hay que levantar un acta con tu manifestación sí que nos queda claro. Tienes que decir que quieres aceptar la nacionalidad española, jurando o prometiendo fidelidad al Rey y obediencia a las leyes, no haciendo falta decir nada respecto a la renuncia de la nacionalidad venezolana si eres originario de ese país, y teniendo que optar por la vecindad civil que corresponda.
Esa es un acta normal... Pero una "del 95-1" no tenemos npini piiiiiiii idea de a qué se refieren con ese 95-1...
Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Giullianno
Entonces buscar la forma de que Caracas te lo deniegue lo mas rápido posible (no se me ocurre una ya lo habría dicho) pues la ex DGRN seguro estimara tu recurso.
Entonces buscar la forma de que Caracas te lo deniegue lo mas rápido posible (no se me ocurre una ya lo habría dicho) pues la ex DGRN seguro estimara tu recurso.
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INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Con respecto a esto, no es mi caso porque no es que no pueda obtener la documentación que ellos me piden ahora mismo, yo la tengo, que es la cédula de extranjero mi abuelo y el acta 95-1.... la verdad no sé ya que pensar de eso.kárbiko escribió: ↑08 Oct 2020, 19:48Si te requieren para que hagas algo y pasa el tiempo y ese plazo no se interrumpe, se podrá decretar el archivo.
Para interrumpirlo basta con que hagas una comparecencia indicando que es imposible el cumplimiento del mismo porque no se puede obtener ahora mismo la documentación que piden
El dia de ayer me llego mi expediente por DHL (esto demoro 20 días en llegar desde Venezuela a Bogotá)
Dicho todo esto han pasado 42 días exactamente desde que envié el correo al RC en Caracas pidiendo que porfavor me ayudaran y enviaran información e instrucciones al RC en Bogotá, y sigo sin recibir respuesta, le escribo por otros medios y tampoco responden, intento comunicarme al teléfono que aparece en la pagina web del consulado y nunca lo atienden. Por twitter colocan que están trabajando incansablemente y respondiendo los correos que le envían diariamente pero no es mi caso. La verdad no sé que hacer.
Envié un correo con copia a registrocivil.consul@maec.es, explicando y pidiendo por favor que respondieran al RC en Bogotá tal como me fue sugerido por acá en el foro.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Como hago una comparecencia?, Ya que en la sola traída de mi expediente a Bogotá transcurrieron 20 días. Quiero que el tiempo del requerimiento sea prolongado, pero en el consulado de Bogotá me dijeron por correo que por allá no me apareciera hasta que ellos no tuviesen instrucciones del RC en Caracas.
Cito textual el correo del RC en Bogotá:
"Buenas tardes:
Hasta no tener instrucciones de parte del Consulado de España en Caracas, no podemos proceder con algún trámite. Si usted toma cita para este Registro Civil y a la fecha no hay alguna instrucción perdería la venida."
No, No realice ningún consentimiento expreso de que así fuese. Pero en este caso por lo que usted me comenta el tiempo comenzó a contar desde que mi mamá recibió el expediente del viceconsul.
INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
No han hecho una inscripción como la tuya en Caracas y me temo que tampoco en Bogotá no entiendo que es lo que les resulta tan complicadoGiullianno escribió: ↑17 Oct 2020, 00:00Hasta no tener instrucciones de parte del Consulado de España en Caracas, no podemos proceder con algún trámite. Si usted toma cita para este Registro Civil y a la fecha no hay alguna instrucción perdería la venida."
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Sí han hecho inscripciones como la que me deberían hacer a mí, la de mis primos. Solo que en el viceconsulado donde introduci mi expediente el señor olvidó hacerme firmar el acta que allí mencione.
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INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
No, el viceconsulado en San juan de los Morros, Venezuela.
INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Deberian apegarse al reglamento, no el de los años 20s al actual.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-19488
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Hola actualizo mi caso referente a este tema, el día de ayer tuve mi cita en el consulado español en Bogotá.
Llegué al registro civil con el temor de que no supieran qué acta era la 95-1 y efectivamente eso fue lo que paso, luego de que el funcionario les preguntara a varias personas en el registro civil qué acta era y buscará en sus carpetas. Luego de unos minutos recurrió a llamar directamente al RC en Caracas para preguntar que acta era la 95-1. Y allí le informaron que era un acta de perdida de nacionalidad según el artículo 24.3 del rc porque yo no hice la declaración de conservación antes de cumplir los 21 años.
Entonces me dijo: ellos no te niegan la inscripción de nacimiento pero te saldrá con pérdida de nacionalidad.
En el consulado al parecer no tenían esa acta de pérdida de nacionalidad, entonces el funcionario procedió a elaborarla con un formato que tenía allí, entonces leyendo y elaborando el acta se dio cuenta de lo siguiente:
Pérdida de forma impuesta 4- por no declarar expresamente su voluntad de conservar la nacionalidad española, en el supuesto de haber nacido en el extranjero de padre o madre español también nacido/a en el extranjero y ostentar la nacionalidad del país de residencia(art. 24.3 CC).
Entonces me pregunto si yo era colombiano puesto que lo estaba haciendo desde el consulado español en Bogotá y soy residente en Colombia desde mis 19 años. Me pregunto cómo había entrado yo a Colombia y si tenía manera de demostrar que entre de manera regular.Yo le dije que tenía mis sellos de entrada y visa en mi pasaporte. Entonces que siguiendo lo que allí dice no debería aplicarme la perdida puesto que no tengo la nacionalidad de mi país de residencia (supongo porque me fui desde los 18 de Venezuela).
Ahora mi pregunta es la siguiente: ¿Esto que me informo el encargado del registro civil en Bogotá aplica en mi caso?; Me pidió que me buscara los movimientos migratorios allí aparecen mis entradas y salidas de Colombia.Entiendo que él busca la manera de ayudarme y por eso me dijo que lo intentáramos, sino que hiciéramos lo del acta de pérdida.
Puesto que escuche que cada registro civil interpreta de manera distinta, él me informo que igual no era seguro, pero espero en Caracas puedan interpretar igual porque mi pasaporte Venezolano está por vencer y no tengo manera de renovarlo, y para recuperar me toca viajar a España y para entrar a España necesito un pasaporte en vigor.
Gracias, quedo atento a cualquier aclaración.
Llegué al registro civil con el temor de que no supieran qué acta era la 95-1 y efectivamente eso fue lo que paso, luego de que el funcionario les preguntara a varias personas en el registro civil qué acta era y buscará en sus carpetas. Luego de unos minutos recurrió a llamar directamente al RC en Caracas para preguntar que acta era la 95-1. Y allí le informaron que era un acta de perdida de nacionalidad según el artículo 24.3 del rc porque yo no hice la declaración de conservación antes de cumplir los 21 años.
Entonces me dijo: ellos no te niegan la inscripción de nacimiento pero te saldrá con pérdida de nacionalidad.
En el consulado al parecer no tenían esa acta de pérdida de nacionalidad, entonces el funcionario procedió a elaborarla con un formato que tenía allí, entonces leyendo y elaborando el acta se dio cuenta de lo siguiente:
Pérdida de forma impuesta 4- por no declarar expresamente su voluntad de conservar la nacionalidad española, en el supuesto de haber nacido en el extranjero de padre o madre español también nacido/a en el extranjero y ostentar la nacionalidad del país de residencia(art. 24.3 CC).
Entonces me pregunto si yo era colombiano puesto que lo estaba haciendo desde el consulado español en Bogotá y soy residente en Colombia desde mis 19 años. Me pregunto cómo había entrado yo a Colombia y si tenía manera de demostrar que entre de manera regular.Yo le dije que tenía mis sellos de entrada y visa en mi pasaporte. Entonces que siguiendo lo que allí dice no debería aplicarme la perdida puesto que no tengo la nacionalidad de mi país de residencia (supongo porque me fui desde los 18 de Venezuela).
Ahora mi pregunta es la siguiente: ¿Esto que me informo el encargado del registro civil en Bogotá aplica en mi caso?; Me pidió que me buscara los movimientos migratorios allí aparecen mis entradas y salidas de Colombia.Entiendo que él busca la manera de ayudarme y por eso me dijo que lo intentáramos, sino que hiciéramos lo del acta de pérdida.
Puesto que escuche que cada registro civil interpreta de manera distinta, él me informo que igual no era seguro, pero espero en Caracas puedan interpretar igual porque mi pasaporte Venezolano está por vencer y no tengo manera de renovarlo, y para recuperar me toca viajar a España y para entrar a España necesito un pasaporte en vigor.
Gracias, quedo atento a cualquier aclaración.
Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Tendrías que buscar alguna resolución de la DGRN que pruebe el argumento que expones (desconozco si existe), las que yo he visto no te servirían pues en ese caso el interesado había residido en España entre los 18 y 21 años por lo cual no se le aplicaba el 24.3 de CC.Giullianno escribió: ↑28 Oct 2020, 18:08 Entonces que siguiendo lo que allí dice no debería aplicarme la perdida puesto que no tengo la nacionalidad de mi país de residencia (supongo porque me fui desde los 18 de Venezuela).
Por otro lado según comentas tu llegaste a la mayoría de edad residiendo en Venezuela la cual obviamente te atribuye esa nacionalidad.
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Sí, es que no pude salir de Venezuela antes porque siendo menor de edad necesitaba un permiso para irme de mis padres.
Pero supongo que el encargado del RC en Bogotá lo dijo por lo siguiente:
Pero supongo que el encargado del RC en Bogotá lo dijo por lo siguiente:
Pues yo estoy siguiendo sus recomendaciones, pero también me demora un poco más el tramite de mi inscripción de nacimiento y puede que la respuesta sea negativa.3. Los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad del mismo, perderán, en todo caso, la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla ante el encargado del Registro Civil en el plazo de tres años, a contar desde su mayoría de edad o emancipación.
Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Lo entendí perfectamente, según el encargado del RC de Bogotá aunque tu hayas nacido en Venezuela, llegado a la mayoría de edad en ese pais que te atribuye la nacionalidad (venezolana) y no habiendo registrado nunca tu nacimiento en el Consulado de España, además de ya tener mas de 21 años, no pierdes la nacionalidad española por residir en Colombia la cual no te atribuye la nacionalidad colombiana...
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Exactamente, creo que tiene más que ver con que el tiempo para la causa de perdida se ve interrumpido.
Cabe destacar que yo tengo 22 años pero mas de 3 años en este trámite.
Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Si tienes constancia (comprobante o acuse de recibo del consulado) de que iniciaste el tramite entre los 18 y 21 años, la conservación no seria necesaria, hay varias resoluciones de la DGRN que lo demuestran y la doctrina se mantiene.Giullianno escribió: ↑29 Oct 2020, 00:04Cabe destacar que yo tengo 22 años pero mas de 3 años en este trámite.
Resolución de 3 de marzo de 2017 (22.ª)
Pérdida de la nacionalidad española.–No procede la declaración de pérdida de la nacionalidad española en virtud de lo establecido en el artículo 24.3 del Código Civil, toda vez que la interesada manifestó su voluntad de conservar la nacionalidad española dentro de los tres años siguientes a su mayoría de edad.
...Sin embargo, en el caso examinado, no procede la aplicación de la pérdida de la nacionalidad española en virtud de lo establecido en el artículo 24.3 del Código Civil, toda vez que, de acuerdo con la documentación integrante del expediente y la información facilitada por el encargado del registro civil consular, la interesada formuló solicitud de nacionalidad española el 08 de noviembre de 2005 en las dependencias del citado registro, a través del cuestionario para la nacionalidad, dentro del plazo de los tres años siguientes a la mayoría de edad establecido en la legislación, considerando que dicha solicitud de nacionalidad española constituye una manifestación de la voluntad de conservarla.
Esta Dirección General, a propuesta de la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil, ha acordado estimar el recurso y revocar el auto apelado.
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Re: INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO MAYOR DE 21 AÑOS
Buenas, para concluir este tema; espero pueda servirle a todos los miembros del foro.
El día de hoy retire mi literal de nacimiento luego de dos años en el tramite. La inscripción se pudo realizar después de mis 21 años porque no cumplía la totalidad de requisitos para la aplicación del articulo 24.3 del CC exactamente:
" Los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad del mismo, perderán, en todo caso, la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla ante el encargado del Registro Civil en el plazo de tres años, a contar desde su mayoría de edad o emancipación.
En un principio realice una declaración con la ayuda del encargado del registro civil en el Consulado Español en Bogotá, explicando la no aplicación de la perdida por el párrafo citado arriba, puesto que yo me fui de Venezuela (país donde nací y tengo nacionalidad) a Colombia a los 18 años y desde entonces resido en Colombia país en el cual no tengo nacionalidad; aporte mi cédula de extrajeria (NIE para España) y certificado de movimientos migratorios donde confirmaba desde que fecha residía en Colombia de manera permanente, legal y continuada. dicha declaración fue firmada por el Cónsul General de España en Bogotá y enviada al Consulado de España en Caracas junto a mi expediente. Luego de unos meses de espera y luego de ser evaluada dicha declaración por el Consul General de España en Caracas la respuesta fue afirmativa, tambien comparto que me tome el atrevimiento de explicar mi situación medica y la urgencia que tenia en el tramite puesto que ya habían pasado dos años ya de este y la respuesta fue en menos de un mes, desde el Consulado Español en Caracas me sentí muy bien atendido en ese sentido , excelentes personas y que supieron entender mi situación medica y la agilización del tramite ;comparto la nota marginal con que quedo mi inscripción de nacimiento, muchas gracias a todos los que me ayudaron en este tramite.
El día de hoy retire mi literal de nacimiento luego de dos años en el tramite. La inscripción se pudo realizar después de mis 21 años porque no cumplía la totalidad de requisitos para la aplicación del articulo 24.3 del CC exactamente:
" Los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad del mismo, perderán, en todo caso, la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla ante el encargado del Registro Civil en el plazo de tres años, a contar desde su mayoría de edad o emancipación.
En un principio realice una declaración con la ayuda del encargado del registro civil en el Consulado Español en Bogotá, explicando la no aplicación de la perdida por el párrafo citado arriba, puesto que yo me fui de Venezuela (país donde nací y tengo nacionalidad) a Colombia a los 18 años y desde entonces resido en Colombia país en el cual no tengo nacionalidad; aporte mi cédula de extrajeria (NIE para España) y certificado de movimientos migratorios donde confirmaba desde que fecha residía en Colombia de manera permanente, legal y continuada. dicha declaración fue firmada por el Cónsul General de España en Bogotá y enviada al Consulado de España en Caracas junto a mi expediente. Luego de unos meses de espera y luego de ser evaluada dicha declaración por el Consul General de España en Caracas la respuesta fue afirmativa, tambien comparto que me tome el atrevimiento de explicar mi situación medica y la urgencia que tenia en el tramite puesto que ya habían pasado dos años ya de este y la respuesta fue en menos de un mes, desde el Consulado Español en Caracas me sentí muy bien atendido en ese sentido , excelentes personas y que supieron entender mi situación medica y la agilización del tramite ;comparto la nota marginal con que quedo mi inscripción de nacimiento, muchas gracias a todos los que me ayudaron en este tramite.
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