Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
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Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Buenos días, mi hermana (1997) y yo (1996) queremos saber si hay forma de acceder a la ciudadanía española, ya que somos hijos de un español de origen (nacido en España).
Hemos recabado información, y tenemos un viejo certificado de nacimiento de él con el que se hicieron nuestros registros en el Registro Civil de la Ciudad de México, de donde somos.
Alcanzamos a hacer cita en el Consulado de España en la Ciudad de México previo al estado de alerta y que pospusiesen todos los servicios consulares. Sin embargo, una vez retomados los servicios nos han informado que al carecer de documentación de nuestro padre (como copia de su Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte) no podemos proceder con el trámite, al menos no vía consulado.
Nos han hecho el favor de indicarnos cómo obtener certificados nuevos y vigentes de nuestro padre. Sin embargo, no sabemos qué podemos y hasta donde podemos hacer.
¿Podría tener por favor opiniones de expertos en la materia o quien haya tenido una situación de naturaleza similar?
Gracias de antemano.
Hemos recabado información, y tenemos un viejo certificado de nacimiento de él con el que se hicieron nuestros registros en el Registro Civil de la Ciudad de México, de donde somos.
Alcanzamos a hacer cita en el Consulado de España en la Ciudad de México previo al estado de alerta y que pospusiesen todos los servicios consulares. Sin embargo, una vez retomados los servicios nos han informado que al carecer de documentación de nuestro padre (como copia de su Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte) no podemos proceder con el trámite, al menos no vía consulado.
Nos han hecho el favor de indicarnos cómo obtener certificados nuevos y vigentes de nuestro padre. Sin embargo, no sabemos qué podemos y hasta donde podemos hacer.
¿Podría tener por favor opiniones de expertos en la materia o quien haya tenido una situación de naturaleza similar?
Gracias de antemano.
Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Si son hijos de padre español nacido en España y la filiación esta establecida en sus actas de nacimiento de registro civil mexicano no hay duda de que tiene derecho ya sea por articulo 17, 26 (recuperación) o articulo 20.1b (opción) de Código Civil español.samycanales escribió: ↑05 Ago 2020, 09:53Nos han hecho el favor de indicarnos cómo obtener certificados nuevos y vigentes de nuestro padre. Sin embargo, no sabemos qué podemos y hasta donde podemos hacer.
Lo que deberían conseguir además de un acta literal de su padre es un certificado que diga si se nacionalizo mexicano o no, si lo hizo cuando fue ya que eso determinara la vía para obtener la nacionalidad española.
Pueden presentar un escrito, el encargado del Registro Civil (cónsul adjunto) tiene que recibir el tramite independientemente de la documentación presentada pues la legislación es clara en ese aspecto:
Art. 226. Reglamento de la Ley del Registro Civil
Las declaraciones de voluntad relativas a la nacionalidad o a la vecindad y la renuncia y el juramento o promesa exigidos serán admitidos por el Encargado del Registro aunque no se presente documento alguno, siempre que resulte de la declaración la concurrencia de los requisitos exigidos, pero sólo podrá practicarse la inscripción si se justifican previamente los requisitos para la adquisición, modificación o conservación.
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
¿Y vuestro padre vive?
¿En qué fecha nació y cuándo emigró a México?
Tal como os comenta [mention=0099FF]user15[/mention], la cuestión clave puede estar en si él se naturalizó como mexicano... ¿lo hizo? ¿Cuándo?
Si no tenéis DNI/pasaporte de él, ...¿tenéis la documentación expedida por la administración mexicana para su identificación? Ahí dirá si es mexicano, o si es un extranjero residiendo en México.
Ese es un documento que os van a pedir en el Consulado.
Si no lo tenéis, siempre podéis pedir al organismo que documenta a los ciudadanos ahí, para que os expida una certificación que indique si ese documento era para un ciudadano mexicano o extranjero, así como los datos filiatorios suyos que les constan -y con los que se podrá verificar que se trata de la misma persona-.
Si él no se nacionalizó, o lo hizo después de 1978, entonces no perdió la nacionalidad española y por tanto vosotros sois españoles de nacimiento.
Pero en el caso contrario no lo seréis, pero podréis optar a la nacionalidad española en virtud de lo dispuesto en el art. 20.1.b del Código Civil.
¿En qué fecha nació y cuándo emigró a México?
Tal como os comenta [mention=0099FF]user15[/mention], la cuestión clave puede estar en si él se naturalizó como mexicano... ¿lo hizo? ¿Cuándo?
Si no tenéis DNI/pasaporte de él, ...¿tenéis la documentación expedida por la administración mexicana para su identificación? Ahí dirá si es mexicano, o si es un extranjero residiendo en México.
Ese es un documento que os van a pedir en el Consulado.
Si no lo tenéis, siempre podéis pedir al organismo que documenta a los ciudadanos ahí, para que os expida una certificación que indique si ese documento era para un ciudadano mexicano o extranjero, así como los datos filiatorios suyos que les constan -y con los que se podrá verificar que se trata de la misma persona-.
Si él no se nacionalizó, o lo hizo después de 1978, entonces no perdió la nacionalidad española y por tanto vosotros sois españoles de nacimiento.
Pero en el caso contrario no lo seréis, pero podréis optar a la nacionalidad española en virtud de lo dispuesto en el art. 20.1.b del Código Civil.
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Gracias por su pronta respuesta.
En ambas actas de nacimiento, tanto de mi hermana como mía, sí aparece su nombre y de los que serían mis abuelos, especificando que son de nacionalidad española padre y abuelos paternos.
También tenemos una vieja identificación de él como residente con permiso para trabajar en México (FM-2) expedida por el Instituto Nacional de Migración (INM) en 1996 por vínculo familiar (por lo que entiendo, mi nacimiento fue el que le permitió regularizarse al ser padre de un mexicano).
No hay evidencia de que se haya naturalizado mexicano.
En ambas actas de nacimiento, tanto de mi hermana como mía, sí aparece su nombre y de los que serían mis abuelos, especificando que son de nacionalidad española padre y abuelos paternos.
También tenemos una vieja identificación de él como residente con permiso para trabajar en México (FM-2) expedida por el Instituto Nacional de Migración (INM) en 1996 por vínculo familiar (por lo que entiendo, mi nacimiento fue el que le permitió regularizarse al ser padre de un mexicano).
No hay evidencia de que se haya naturalizado mexicano.
Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Tienen certificados oficiales de que estaba inscrito como extranjero o de que no consta como nacionalizado mexicano?
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Un oficio como tal, no. Existe una CURP (número de identidad en México, que se consulta por Internet al público en general) donde aún se encuentra asentado su estatus como extranjero.
El tema de las naturalizaciones no corre a cargo del Instituto Nacional de Migración, que sí lleva el registro de los extranjeros residentes en México, sino de la Secretaría de Relaciones Exteriores, sin embargo he revisado su catálogo de servicios y trámites y no encontré ninguno relacionado a la expedición de antecedentes de extranjeros que hubiesen obtenido la nacionalidad mexicana vía naturalización.
¿Me serviría la Clave Única de Registro de Población (CURP) a pesar que es un documento tan simple que se puede descargar del sitio web de la CURP, solo introduciendo los datos filiatorios de la persona a consultar?
El tema de las naturalizaciones no corre a cargo del Instituto Nacional de Migración, que sí lleva el registro de los extranjeros residentes en México, sino de la Secretaría de Relaciones Exteriores, sin embargo he revisado su catálogo de servicios y trámites y no encontré ninguno relacionado a la expedición de antecedentes de extranjeros que hubiesen obtenido la nacionalidad mexicana vía naturalización.
¿Me serviría la Clave Única de Registro de Población (CURP) a pesar que es un documento tan simple que se puede descargar del sitio web de la CURP, solo introduciendo los datos filiatorios de la persona a consultar?
Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Tu padre falleció?
En que año ingreso a México?
En que año ingreso a México?
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Ingresó en 1995 y se fue a finales de 1998. No sé si falleció, envió algunas remesas hasta por 2006 y de ahí no sabemos nada más. Fue lo último.
Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Tampoco se caso con tu madre?
Entonces en el acta de nacimiento tuya y de tu hermana consta que ambos son nacidos de padre español y él o tu madre -además de los testigos- firman las actas?
Entonces en el acta de nacimiento tuya y de tu hermana consta que ambos son nacidos de padre español y él o tu madre -además de los testigos- firman las actas?
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Exactamente, el acta que contiene las firmas es la "literal" (tipo fotocopia del libro original), ya que comúnmente se expide otra en "extracto" que no contiene ni firmas ni testigos y es solo texto ya digitalizado. Pero sí, en ambas aparece en padre su nombre y su nacionalidad (española). La que se apostilla y se presenta en el consulado, según los requisitos del trámite, es la literal.
Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Entonces asumo que no estaban casados tus padres y que el consulado ni si quiera admite un tramite por articulo 20.1.b (opción) del Código Civil pero no debería ser así.
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Exactamente. Qué opciones tengo ante el consulado? Me gustaría agotar todas las oportunidades antes de decidir hacerlo ante el Registro Civil Central de Madrid. ¡Gracias de antemano!
Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Podrías solicitar al menos opción por articulo 20.1.b del Código Civil si no queda establecido (con algún certificado) que tu padre seguía siendo español en el momento que ustedes nacieron, el cónsul adjunto (encargado del registro civil) debe recibir el tramite, si se llegara a denegar podrían apelar ante la ex DGRN hoy denominada Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (Ministerio de Justicia)
Artículo 20.
1. Tienen derecho a optar por la nacionalidad española:
a) Las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
b) Aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España.
c) Las que se hallen comprendidas en el segundo apartado de los artículos 17 y 19.
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
¡Muchas gracias! Ya me he puesto en contacto con el consulado pero me han indicado que hasta que la ciudad no esté en semáforo amarillo no pueden siquiera agendarme una cita. Tocará esperar.
¡Gracias de nuevo!
¡Gracias de nuevo!
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
samycanales
Si tu papá obtuvo una FM-2 en 1996 es porque él no era mexicano.
Para demostrar que tu papá seguía siendo español cuando naciste, puedes pedir a Secretaria de Relaciones Exteriores una copia certificada de la “Constancia de No Antecedentes de Naturalización Mexicana”
Como bien dices, la emisión de esa constancia no es un tramite en el catalogo de la SRE, por lo que tienes que hacer un escrito libre solicitándola, mencionando el derecho de petición del Art. 8 de la Constitución mexicana.
Debes pedir que indique todos sus datos generales y de filiación y los mencionas en el escrito.
Si hay variaciones en su nombre entre el certificado de nacimiento español y las actas de nacimiento mexicanas de tu hermana y la tuya, las tienes que mencionar en el escrito y presentar copia simple de las actas en donde aparezcan las variaciones.
Tienes que acreditar interés legitimo para conocer el expediente de naturalización (o la inexistencia del expediente) y al ser su hijo, eso lo haces presentando copia simple del certificado de nacimiento español de tu papá (sin apostillar), tú acta de nacimiento mexicana y copia de tu identificación oficial (INE, pasaporte, cédula profesional, etc.)
Presentas ese escrito en la PB de las oficinas de la SRE de Av. Juarez #20, Centro, CDMX enfrente de la Alameda. Tardan entre 1 y 3 meses en darte respuesta.
El tramite no tiene costo pero te cobran MXN $21 pesos por hoja. Es importante que pidas copia certificada y no copia simple de la Constancia, sino no la podrás apostillar.
Luego, tienes que apostillarla en Secretaria de Gobernación, en Rio Amazonas #62, porque el documento proviene de una dependencia Federal, no una Estatal. Tardan 2hrs en apostillarla y cuesta MXN$ 820 pesos.
Si tu papá obtuvo una FM-2 en 1996 es porque él no era mexicano.
Para demostrar que tu papá seguía siendo español cuando naciste, puedes pedir a Secretaria de Relaciones Exteriores una copia certificada de la “Constancia de No Antecedentes de Naturalización Mexicana”
Como bien dices, la emisión de esa constancia no es un tramite en el catalogo de la SRE, por lo que tienes que hacer un escrito libre solicitándola, mencionando el derecho de petición del Art. 8 de la Constitución mexicana.
Debes pedir que indique todos sus datos generales y de filiación y los mencionas en el escrito.
Si hay variaciones en su nombre entre el certificado de nacimiento español y las actas de nacimiento mexicanas de tu hermana y la tuya, las tienes que mencionar en el escrito y presentar copia simple de las actas en donde aparezcan las variaciones.
Tienes que acreditar interés legitimo para conocer el expediente de naturalización (o la inexistencia del expediente) y al ser su hijo, eso lo haces presentando copia simple del certificado de nacimiento español de tu papá (sin apostillar), tú acta de nacimiento mexicana y copia de tu identificación oficial (INE, pasaporte, cédula profesional, etc.)
Presentas ese escrito en la PB de las oficinas de la SRE de Av. Juarez #20, Centro, CDMX enfrente de la Alameda. Tardan entre 1 y 3 meses en darte respuesta.
El tramite no tiene costo pero te cobran MXN $21 pesos por hoja. Es importante que pidas copia certificada y no copia simple de la Constancia, sino no la podrás apostillar.
Luego, tienes que apostillarla en Secretaria de Gobernación, en Rio Amazonas #62, porque el documento proviene de una dependencia Federal, no una Estatal. Tardan 2hrs en apostillarla y cuesta MXN$ 820 pesos.
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Gracias Vicente, pero tengo una duda. No me han pedido ese documento ni consta en los requisitos de las inscripciones en el sitio web del consulado; debo obtenerlo aún así?VicenteR escribió: ↑20 Ago 2020, 01:37 Para demostrar que tu papá seguía siendo español cuando naciste, puedes pedir a Secretaria de Relaciones Exteriores una copia certificada de la “Constancia de No Antecedentes de Naturalización Mexicana”
Como bien dices, la emisión de esa constancia no es un tramite en el catalogo de la SRE, por lo que tienes que hacer un escrito libre solicitándola, mencionando el derecho de petición del Art. 8 de la Constitución mexicana.
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Los requisitos en general para las inscripciones de nacimiento son los que aparecen en la pagina web, pero casi siempre piden otra documentación, dependiendo de cada caso.
Es por eso que en las planillas que llenas en cualquier tramite casi siempre al final de estas colocan una anotación y en negrita que dice: "Esta oficina consular se reserva el derecho a requerir documentación adicional si lo considera oportuno". Y por lo que te dice VicenteR; lo más probable.
Es por eso que en las planillas que llenas en cualquier tramite casi siempre al final de estas colocan una anotación y en negrita que dice: "Esta oficina consular se reserva el derecho a requerir documentación adicional si lo considera oportuno". Y por lo que te dice VicenteR; lo más probable.
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Hola [mention=FF66FF]samycanales[/mention]
El documento que te recomienda obtener [mention=FF66FF]VicenteR[/mention] sería para demostrar que tu padre no se naturalizó mexicano, o que lo hizo después que ustedes nacieron. Si obtienes tal documento que certifique lo anterior, ustedes nacieron siendo hijos de un español de origen, por lo que ustedes mismos nacieron siendo españoles de origen, en este caso la forma de presentar la solicitud en el consulado sería por la vía de recuperación de la nacionalidad. Por esta vía, quedaría reflejado en su certificado de nacimiento español que ustedes recuperaron su nacionalidad española de origen.
Como tu padre es español y nacido en España, tienes otra vía para solicitar la nacionalidad (la vía de la opción): en este caso no tendrías que tener el documento que pruebe que tu padre no se naturalizó mexicano, porque el Artículo 20.1 b) del Código Civil da derecho de opción a "Aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España." (independientemente de que luego haya perdido su nacionalidad). En este caso, en su certificado de nacimiento español indicará que ustedes optaron por la nacionalidad española.
A efectos prácticos para ti, ser español por opción vs ser español que recupera su nacionalidad de origen no tiene demasiadas diferencias. Según la Constitución, todos los españoles son iguales ante la ley. Sea cual sea tu vía de obtener la nacionalidad, tendrás los mismos derechos. Las ventajas/desventajas se reflejarían en tu descendencia (hijos y nietos), puedes leer en este enlace el apartado ¿Qué importancia práctica tiene la nacionalidad de origen frente a los demás medios de adquisición de la nacionalidad? http://romuloparraabogado.com/quien-es- ... -de-origen
Pero si no tienes pensado perder tu nacionalidad española una vez adquirida (por la vía que elijas), lo anterior no debería preocuparte, porque tu descendencia será hijo de español, por lo que serán españoles de origen.
Para concluir te menciono otra cosa que puedes hacer, hay personas que han optado y luego han iniciado trámites para cambiar la nota marginal en el certificado de nacimiento, modificando opción por recuperación, una vez demuestran que su progenitor era español en el momento que ellos nacieron.
Saludos y suerte en tus trámites.
El documento que te recomienda obtener [mention=FF66FF]VicenteR[/mention] sería para demostrar que tu padre no se naturalizó mexicano, o que lo hizo después que ustedes nacieron. Si obtienes tal documento que certifique lo anterior, ustedes nacieron siendo hijos de un español de origen, por lo que ustedes mismos nacieron siendo españoles de origen, en este caso la forma de presentar la solicitud en el consulado sería por la vía de recuperación de la nacionalidad. Por esta vía, quedaría reflejado en su certificado de nacimiento español que ustedes recuperaron su nacionalidad española de origen.
Como tu padre es español y nacido en España, tienes otra vía para solicitar la nacionalidad (la vía de la opción): en este caso no tendrías que tener el documento que pruebe que tu padre no se naturalizó mexicano, porque el Artículo 20.1 b) del Código Civil da derecho de opción a "Aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España." (independientemente de que luego haya perdido su nacionalidad). En este caso, en su certificado de nacimiento español indicará que ustedes optaron por la nacionalidad española.
A efectos prácticos para ti, ser español por opción vs ser español que recupera su nacionalidad de origen no tiene demasiadas diferencias. Según la Constitución, todos los españoles son iguales ante la ley. Sea cual sea tu vía de obtener la nacionalidad, tendrás los mismos derechos. Las ventajas/desventajas se reflejarían en tu descendencia (hijos y nietos), puedes leer en este enlace el apartado ¿Qué importancia práctica tiene la nacionalidad de origen frente a los demás medios de adquisición de la nacionalidad? http://romuloparraabogado.com/quien-es- ... -de-origen
Pero si no tienes pensado perder tu nacionalidad española una vez adquirida (por la vía que elijas), lo anterior no debería preocuparte, porque tu descendencia será hijo de español, por lo que serán españoles de origen.
Para concluir te menciono otra cosa que puedes hacer, hay personas que han optado y luego han iniciado trámites para cambiar la nota marginal en el certificado de nacimiento, modificando opción por recuperación, una vez demuestran que su progenitor era español en el momento que ellos nacieron.
Saludos y suerte en tus trámites.
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Giullianno y alek6dj te respondieron lo mismo que te diría yo sobre el listado de documentos en la web del consulado.samycanales escribió: ↑03 Sep 2020, 22:26 Gracias Vicente, pero tengo una duda. No me han pedido ese documento ni consta en los requisitos de las inscripciones en el sitio web del consulado; debo obtenerlo aún así?
En tu caso, el mismo consulado ya te ha dicho que no puede proceder con tu inscripción de nacimiento porque no presentaste DNI o pasaporte de tu papá. Lo que hace pensar que el consulado considera que tu papá pudo perder la nacionalidad antes de que nacieras y por lo tanto, tú no habrías nacido español.
¿Por qué podría considerar esto el consulado? No lo sabemos con certeza, porque como te ha dicho kárbiko y user15, no conocemos cuando nació tu papá, ni cuando emigró a México o si se naturalizó mexicano.
¿Cómo podrías probar que tu papá no se naturalizó mexicano y que seguía siendo español cuando naciste? Pues con la “Constancia de No Antecedentes de Naturalización Mexicana” de la SRE y la tarjeta FM-2 que tienes.
Lo que deberías hacer es insistirle al consulado que aunque no cuentas con DNI o pasaporte de tu papá, puedes aportar documentación que demuestra que no se nacionalizó mexicano y que él era español al momento de tu nacimiento o que si se nacionalizó, lo hizo después de tu nacimiento. Si se siguiera negando a hacer tu inscripción de nacimiento, deberías hacer tu solicitud por escrito, dirigida al Encargado del Registro Civil Consular en Cd. de México, para que te responda la denegación por escrito y contra esa denegación puedas presentar un recurso ante la DGSJFP (antigua DGRN)
Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Yo creo que en el acta de nacimiento del registro civil de México de samycanales y su hermana debería figurar la fecha y lugar de nacimiento del progenitor español, posiblemente su numero de DNI...además de los testigos que deben firmar al pie del acta...
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
No, las actas de nacimiento mexicanas no indican ni fecha, ni lugar de nacimiento ni numero de DNI de los padres; aunque sí indican la edad y nacionalidad de los padres.
Las actas de nacimiento más viejas (aprox. antes de 1950) indican la edad y de donde son originarios los padres (variando entre el lugar exacto y el país de origen)
Acta de Nacimiento CDMX
Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Si así es el acta literal es la copia fiel (íntegra) del Libro de Nacimientos, ni modo, a buscar alguna resolución de la DGRN que pruebe que la inscripción de nacimiento puede hacerse sin DNI o pasaporte del progenitor español, cuando este ultimo es nacido en España
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Tengo cita para el día martes, 15 de Septiembre (día festivo en México, es solo curiosidad), hoy viernes trataré de conseguir nuevas actas de nacimiento y si no puedo ir a apostillarlas hoy, el lunes, para presentar documentos "frescos" ya que el sitio web del consulado indica que deben tener una expedición máxima de 6 meses el día de la presentación de los mismos y aunque puede haber ciertas concesiones por la pandemia, no quisiera arriesgarme. Si no les molesta y no causa ninguna infracción al reglamento del foro, les mantendré informados del proceso.
¡Saludos y gracias a todos!
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Re: Nacionalidad para hijos nacidos en el extranjero (1996 y 1997) de español de origen
Eso debes hacer, además si puedes hablar con el encargado del Registro Civil mejor, si te atiende un emplead@ y es reticente a recibir la documentación, esgrime el articulo 226 del Reglamento de La ley del Registro Civil que esta citado aquí.samycanales escribió: ↑11 Sep 2020, 11:08 Si no les molesta y no causa ninguna infracción al reglamento del foro, les mantendré informados del proceso.
Por otro lado también puedes referir que tu criterio la filiación paterna y el principio de veracidad biológica ya están establecidos con la inscripción de nacimiento Registro Civil de México.
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