Pérdida de Nacionalidad y me indican que no procede conservarla

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bobby13
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Re: Pérdida de Nacionalidad y me indican que no procede conservarla

Mensaje por bobby13 »

user15 , sabes si este documento (consulta) es accessible desde alguna página oficial, para que pueda hacer referencia a ella... si no quizás sería mejor imprimirlo y adjuntar el documento completo?

He hecho un borrador del escrito que voy a incluir:

por favor encuentre adjuntado mi solicitud mediante la cual declaro mi voluntad de conservar la nacionalidad española de acuerdo con el artículo 24.1 del Código Civil.

Quisiera comentar que, siendo español por opción, ante la duda que tuve anteriormente de la correcta interpretación del artículo 24.1 del Código Civil en cuanto a si esta es aplicable tanto a españoles no originarios como originarios, ajunto a este ecrito aclaración obtenida por la Dirección General de los Registros y del Notariado, en forma de respuesta a una consulta hecha por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, confirmando que el párrafo primero del artículo 24.1 es de aplicación a españoles originarios y no originarios.

Agredeciendo su consideración,
Sinceramente,
Si hay alguna sugerencia lo agradecería mucho (el Castellano no es mi primera lengua...)

Gracias

Usuario borrado 16213
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Re: Pérdida de Nacionalidad y me indican que no procede conservarla

Mensaje por Usuario borrado 16213 »

bobby13 escribió: 11 Sep 2020, 11:52 sabes si este documento (consulta) es accessible desde alguna página oficial
Que yo sepa no esta en ningún link oficial (al menos yo no lo encontré), supongo que los consulados han recibido una copia de parte de la DGRN, pero no seria mala idea adjuntarla completa.

Esta bien solo referir en un ultimo parrafo lo de las resoluciones de la DGRN.

Quedaría de esta forma:

por favor encuentre adjuntado mi solicitud mediante la cual declaro mi voluntad de conservar la nacionalidad española de acuerdo con el artículo 24.1 del Código Civil.

Quisiera comentar que, siendo español por opción, ante la duda que tuve anteriormente de la correcta interpretación del artículo 24.1 del Código Civil en cuanto a si esta es aplicable tanto a españoles no originarios como originarios, adjunto a este escrito aclaración obtenida por la Dirección General de los Registros y del Notariado, en forma de respuesta a una consulta hecha por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, confirmando que el párrafo primero del artículo 24.1 es de aplicación a españoles originarios y no originarios.

Por ultimo refiero que ya han sido publicadas resoluciones favorables en el sentido de que si procede la conservación de la nacionalidad para españoles NO originarios, Boletín del Ministerio de Justicia Núm. 2.228 y 2.229, Resolución de 22 de abril de 2019 (32a), Resolución de 4 de abril de 2019 (4a), entre otras.

Agradeciendo su consideración,
Atentamente,

bobby13
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Re: Pérdida de Nacionalidad y me indican que no procede conservarla

Mensaje por bobby13 »

Ah sí, voy a incluir las referencias a las resoluciones... muchas gracias user15!

Usuario borrado 16213
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Re: Pérdida de Nacionalidad y me indican que no procede conservarla

Mensaje por Usuario borrado 16213 »

De nada, comenta los resultados, le será útil a muchos españoles que están en tu misma situación.

bobby13
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Re: Pérdida de Nacionalidad y me indican que no procede conservarla

Mensaje por bobby13 »

Claro, compartiré mi experiencia cuando procesen mi solicitud ... de momento todavía estoy a la espera del certificado de nacimiento para iniciar el proceso...

Estuve leyendo las resoluciones de conservación de nacionalidad que aparencen en el Boletin del Ministerio de Justicia, parece ser que se distinguen dos casos:

1) el Registro Civil del consulado acepta la solicitud, pero el Registro Civil Central deniega la solicitud mediante un Acuerdo (eg resolución de 4 abril de 2019 (4a))

2) el Registro Civil Único de Madrid lo acepta mediante Providencia, y se hace la inscripción de conservación, pero el consulado interpone recurso contra esa Providencia (eg Resolución de 22 de abril de 2019 (30ª))

Observaciones:
-en los dos casos, el recurso se interpone ante la DGRN;
-en el primer caso, el recurso lo hace la persona que hizo la solicitud de conservación;
-en el segundo caso, el recurso lo presenta el consulado - no sé qué papel juega la person que hizo la solicitud de conservación.

Por tanto, a mi entender, como persona que solicita la conservación de nacionalidad, sólamente tendré que presentar recurso en el primer caso en que Registro Civil Central dicta Acuerdo para denegar la solicitud de conservación. Además, en en el formulario que se proporciona en

https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satelli ... soluciones

para hacer el recurso, aparece el campo "Acuerdo Recurrido"... es decir, sólamente podemos recurrir un Acuerdo?

Y en el campo que dice "Órgano recurrido // Registro civil de" habría que poner "Registro Civil Central" (si estamos en el supuesto 1)?

Usuario borrado 16213
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Re: Pérdida de Nacionalidad y me indican que no procede conservarla

Mensaje por Usuario borrado 16213 »

bobby13 escribió: 13 Sep 2020, 01:30es decir, sólamente podemos recurrir un Acuerdo?
No, tambien la providencia la podria recurrir/apelar el interezado si fuera negativa a su solicitud.
bobby13 escribió: 13 Sep 2020, 01:30 "Registro Civil Central" (si estamos en el supuesto 1)?
Si.

ivette80
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Re: Pérdida de Nacionalidad y me indican que no procede conservarla

Mensaje por ivette80 »

Hola a todos

Tengo cita para presentar la solicitud de conservación de nacionalidad en el consulado de Miami el 5 de Febrero, mi caso es de los que obtuvo la ciudadania española por residencia y después obtuvo la ciudadania de estados unidos así que ya veremos como va todo.
De momento tengo dos preguntas, la primera no lo aclaran en la pagina del consulado
1- La inscripción de nacimiento española tiene que ser reciente. La que tengo es del 2018 y como están los tramites ahora creo me demorara conseguir otra?
2- Debería ir con los documentos necesarios para en caso de me denieguen ese mismo día ya presentar la reclamación?

[mention=FF66FF]bobby13[/mention] has recibido alguna notificación de tu proceso?
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Rodolfo IV
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Re: Pérdida de Nacionalidad y me indican que no procede conservarla

Mensaje por Rodolfo IV »

ivette80 escribió: 30 Dic 2020, 18:242- Debería ir con los documentos necesarios para en caso de me denieguen ese mismo día ya presentar la reclamación?
Si se diera el caso deben notificarse por escrito y especificar un plazo para que presentes el recurso de apelación.

ivette80
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Re: Pérdida de Nacionalidad y me indican que no procede conservarla

Mensaje por ivette80 »

Hola a todos,
Hace un tiempo que no venia al foro y ahora vengo a comunicarles que al menos en el consulado de españa en Miami las solicitudes de conservación para los que obtuvieron la ciudadania por residencia estan siendo aceptadas.
En mi caso ya recibí la inscripción de nacimiento con la nota marginal de la conservación.
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Rodolfo IV
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Re: Pérdida de Nacionalidad y me indican que no procede conservarla

Mensaje por Rodolfo IV »

ivette80 escribió: 25 Oct 2021, 22:41En mi caso ya recibí la inscripción de nacimiento con la nota marginal de la conservación.
El Consulado de Miami aceptaba las solicitudes de conservación sucede que el que las denegaba era el competente, es decir el Registro Civil Central de Madrid, luego cambio el criterio con la DGRN (a Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública) y los recursos comenzaron a ser estimados.

Gracias por comentarlo y felicidades c014
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