Hola a todos,. yo soy una chica española que quiere contraer matrimonio con un chico marroqui,,tenemos que hacer el matrimonio en marruecos porque el no puede venir a españa ya que ahora no tiene trabajo y no puede venir ni como de turista,asi que tengo que ir a pedir el certificado de capacitacion matrimonial aquí en mi pueblo ( elche de la sierra) albacete.para poder seguir con el papeleo y que nos dejen casarnos por el rito coranico.pues aquí en mi pueblo,es la primera vez que oyen esto y se tienen que informar,pero ahora esta el chico que lleva todo esto de vacaciones y hasta la semana no se si ya lo tiene claro o no,asi que si me podeir ayudar adelantandome los papeles que necesito tanto para mi como para mi novio
muchas gracias
PAPELES necesarios para el CERTIFICADO DE CAPACITACION MATRIMONIAL
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Re: PAPELES necesarios para el CERTIFICADO DE CAPACITACION MATRIMONIAL
Este tema ya lo contestó el amigo Kárbiko el pasado dia 10 de Agosto en el hilo "contraer matrimonio en Holanda con Holandés".
Por favor, mirad en las publicaciones del foro antes de formular vuestras dudas. No obstante Kárbiko dijo esto:
"El procedimiento para expedir el certificado de capacidad matrimonial es el mismo que el de la autorización para contraer matrimonio en España.
La diferencia radica en que una vez obtenida la autorización del juez, en el caso de que te quieras casar aqui, se señala la fecha de la ceremonia, y en el caso de que te vayas a casar fuera de España, se emite un certificado que te capacita para contraer ese enlace en los siguientes 6 meses a su emisión.
Aunque no sea necesario para los matrimonios celebrados en España, para evitar que siendo necesario la tramintación, en el pais del extranjero/a pidan a posteriori ese certificado, es el motivo por el que en algunos RC se pide el certificado de si en ese pais extranjero se exige o no el Certificado de aptitud matrimonial.
Si os casáis en España y luego se quiere inscribir ese matrimonio en el extranjero y era necesario la previa obtención de la capacidad, no dejarán inscribir ese matrimonio en el pais extranjero,.... y eso es algo que no nos incumbe en nuestro RC, al ser problemática del ciudadano extranjero con la administración de su pais..."
De todas formas, es el Registro Civil de tu domicilio quien ha de informarte sobre el particular según su forma de tramitarlo.
Por favor, mirad en las publicaciones del foro antes de formular vuestras dudas. No obstante Kárbiko dijo esto:
"El procedimiento para expedir el certificado de capacidad matrimonial es el mismo que el de la autorización para contraer matrimonio en España.
La diferencia radica en que una vez obtenida la autorización del juez, en el caso de que te quieras casar aqui, se señala la fecha de la ceremonia, y en el caso de que te vayas a casar fuera de España, se emite un certificado que te capacita para contraer ese enlace en los siguientes 6 meses a su emisión.
Aunque no sea necesario para los matrimonios celebrados en España, para evitar que siendo necesario la tramintación, en el pais del extranjero/a pidan a posteriori ese certificado, es el motivo por el que en algunos RC se pide el certificado de si en ese pais extranjero se exige o no el Certificado de aptitud matrimonial.
Si os casáis en España y luego se quiere inscribir ese matrimonio en el extranjero y era necesario la previa obtención de la capacidad, no dejarán inscribir ese matrimonio en el pais extranjero,.... y eso es algo que no nos incumbe en nuestro RC, al ser problemática del ciudadano extranjero con la administración de su pais..."
De todas formas, es el Registro Civil de tu domicilio quien ha de informarte sobre el particular según su forma de tramitarlo.
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Re: PAPELES necesarios expediente matrimonial
Buenas noches, tras leer en muchos foros e intentando buscar información, escribo aquí a ver si me podéis “dar un poco de luz”.
Yo soy española residente en España y mi pareja es marroquí residente allí. Queremos casarnos pero me surgen varias dudas..:
yo he ido al RC de mi ciudad y me dan (para que elija) solicitud de expediente matrimonial o solicitar capacidad matrimonial, hasta ahí vale.
Si elijo solicitud de expediente matrimonial en el documento me pone que tenemos que acudir los 2 junto con 1 testigo para la entrega de documentos y así abrir el expediente. En nuestro caso no es posible porque mi pareja no tiene visado para venir...
Para la entrega de documentos ¿tenemos que estar los 2?
¿Sería posible comparecer en el consulado de Marruecos, ya que yo puedo viajar sin problemas allí, y que el consulado de el “visto bueno” como que hemos estado los 2 junto con un testigo y lo remita a mi RC?
Otra pregunta que tengo, en caso de que lo del consulado no sea posible, tendría que presentar la solicitud de expediente matrimonial como matrimonio por poderes, pero nuestra intención sería -una vez dada la resolución favorable- contraer el matrimonio en el registro de Ceuta, ya que él como marroquí puede entrar en Ceuta sin visado, pero hay alguna forma de especificarlo? Que solo el poder sería para la entrega de documentos para abrir el expediente inicial?
Ya que leo que matrimonio por poderes ponen muchísimas pegas.
Y la última pregunta que tengo.... Una vez resuelto el expediente como favorable, ¿se podría elegir el registro consular español en Marruecos para el matrimonio?
Con respecto a la capacidad matrimonial, ¿existe otro tipo de capacidad matrimonial para casarme en el extranjero pero bajo leyes españolas en el consulado? No hacerlo por leyes locales marroquíes. Gracias.
Yo soy española residente en España y mi pareja es marroquí residente allí. Queremos casarnos pero me surgen varias dudas..:
yo he ido al RC de mi ciudad y me dan (para que elija) solicitud de expediente matrimonial o solicitar capacidad matrimonial, hasta ahí vale.
Si elijo solicitud de expediente matrimonial en el documento me pone que tenemos que acudir los 2 junto con 1 testigo para la entrega de documentos y así abrir el expediente. En nuestro caso no es posible porque mi pareja no tiene visado para venir...
Para la entrega de documentos ¿tenemos que estar los 2?
¿Sería posible comparecer en el consulado de Marruecos, ya que yo puedo viajar sin problemas allí, y que el consulado de el “visto bueno” como que hemos estado los 2 junto con un testigo y lo remita a mi RC?
Otra pregunta que tengo, en caso de que lo del consulado no sea posible, tendría que presentar la solicitud de expediente matrimonial como matrimonio por poderes, pero nuestra intención sería -una vez dada la resolución favorable- contraer el matrimonio en el registro de Ceuta, ya que él como marroquí puede entrar en Ceuta sin visado, pero hay alguna forma de especificarlo? Que solo el poder sería para la entrega de documentos para abrir el expediente inicial?
Ya que leo que matrimonio por poderes ponen muchísimas pegas.
Y la última pregunta que tengo.... Una vez resuelto el expediente como favorable, ¿se podría elegir el registro consular español en Marruecos para el matrimonio?
Con respecto a la capacidad matrimonial, ¿existe otro tipo de capacidad matrimonial para casarme en el extranjero pero bajo leyes españolas en el consulado? No hacerlo por leyes locales marroquíes. Gracias.
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