APELLIDOS SEGUNDO HIJO INVERTIDOS EN CUANTO AL PRIMER HIJO

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LOLA1212
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APELLIDOS SEGUNDO HIJO INVERTIDOS EN CUANTO AL PRIMER HIJO

Mensaje por LOLA1212 »

Buenas tardes: He estado buscando y no he visto ninguna pregunta similar.
Voy a ser madre por segunda vez y me gustaría saber si a mi segundo hijo puedo ponerle los apellidos invertidos en relación con su hermana mayor. En esta decisión estamos de acuerdo los dos progenitores. También me gustaría conocer las repercusiones que pueda tener en un futuro, por si se me ha pasado alguna por alto. Muchas gracias.
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Jucrísvic
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Re: APELLIDOS SEGUNDO HIJO INVERTIDOS EN CUANTO AL PRIMER HIJO

Mensaje por Jucrísvic »

No, no se puede. Los posteriores hijos de la misma filiación siguen todos los apellidos del primer hijo.
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kárbiko
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Re: APELLIDOS SEGUNDO HIJO INVERTIDOS EN CUANTO AL PRIMER HIJO

Mensaje por kárbiko »

Ley de Registro Civil:

Artículo cincuenta y cinco.

La filiación determina los apellidos.
En los supuestos de nacimiento con una sola filiación reconocida, ésta determina los apellidos, pudiendo el progenitor que reconozca su condición de tal determinar, al tiempo de la inscripción, el orden de los apellidos.
El orden de los apellidos establecido para la primera inscripción de nacimiento determina el orden para la inscripción de los posteriores nacimientos con idéntica filiación.
Alcanzada la mayoría de edad, se podrá solicitar la alteración del orden de los apellidos.
El encargado del Registro impondrá un nombre y unos apellidos de uso corriente al nacido cuya filiación no pueda determinarlos.
El encargado del Registro, a petición del interesado o de su representante legal, procederá a regularizar ortográficamente los apellidos cuando la forma inscrita en el Registro no se adecue a la gramática y fonética de la lengua española correspondiente.

Usuario borrado 16984
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Re: APELLIDOS SEGUNDO HIJO INVERTIDOS EN CUANTO AL PRIMER HIJO

Mensaje por Usuario borrado 16984 »

Buenos días.

Quería confirmar si hay alguna opción de que el segundo hijo que va a nacer tenga el orden de apellidos distinto al primero, ya que hay una nueva ley que estaba previsto tomara efecto en abril.
Y si la ley no lo permite, preguntar si es posible mediante alguna solicitud especial.

Muchas gracias.
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kárbiko
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Re: APELLIDOS SEGUNDO HIJO INVERTIDOS EN CUANTO AL PRIMER HIJO

Mensaje por kárbiko »

No. Le confirmo que si se trata de un español la ley española no lo permite.
Ni la ley actual ni la ley 20/2011 que entrará en vigor el 30 de abril.

No obstante, el inscrito mayor de edad o los representantes legales del menor pueden solicitar expediente de cambio de apellidos que resolverá el Ministerio de Justicia, y allí resolverán lo que corresponda.
Art. 57 LRC y 205 RRC escribió: Artículo cincuenta y siete.
El Ministerio de Justicia puede autorizar cambios de nombre y apellidos, previo expediente instruido en forma reglamentaria.
Son requisitos necesarios de la petición de cambio de apellidos:

Primero. Que el apellido en la forma propuesta constituya una situación de hecho no creada por el interesado.
Segundo. Que el apellido o apellidos que se tratan de unir o modificar pertenezcan legítimamente al peticionario.
Tercero. Que provenga de la línea correspondiente al apellido que se trata de alterar.

Podrá formularse oposición fundada únicamente en el incumplimiento de los requisitos exigidos.
LRC escribió:Art. 58
No será necesario que concurra el primer requisito del artículo anterior para cambiar o modificar un apellido contrario al decoro o que ocasione graves inconvenientes, o para evitar la desaparición de un apellido español.

Cuando se den circunstancias excepcionales, y a pesar de faltar los requisitos que señala dicho artículo, podrá accederse al cambio por Real Decreto a propuesta del Ministerio de Justicia, con audiencia del Consejo de Estado. En caso de que el solicitante de la autorización del cambio de sus apellidos sea objeto de violencia de género y en cualquier otro supuesto en que la urgencia de la situación así lo requiriera podrá accederse al cambio por Orden del Ministerio de Justicia, en los términos fijados por el Reglamento.

En todos estos casos, la oposición puede fundarse en cualquier motivo razonable.

Usuario borrado 16984
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Re: APELLIDOS SEGUNDO HIJO INVERTIDOS EN CUANTO AL PRIMER HIJO

Mensaje por Usuario borrado 16984 »

Muchas gracias. ¿Qué tiempo puede conllevar la resolución? ¿Hay alguna manera de agilizarlo?
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