Me surgió la siguiente pregunta: ¿Bajo que circunstancias la inscripción de nacimiento se realiza en consulta con el cónsul general?Buenas tardes, En relación a la consulta de su trámite, le informamos que el trámite se encuentra en consulta con el cónsul general. Puede escribir aproximadamente en 2 meses para verificar nuevamente estatus.
Tengo entendido que mi inscripción de nacimiento llevo una interpretación por parte del encargado del registro civil del Consulado Español en Bogotá acerca del articulo 24.3. Pérdida de nacionalidad española por ser hijo de madre o madre de español nacido en el extranjero .
"residir en el extranjero pero además tener la nacionalidad del país de residencia (lo que significa que si se reside en el extranjero pero no tiene la nacionalidad del país de residencia no se deberá realizar conservación). Por esta razón, el acta de conservación tiene necesariamente que suscribirse ante el Registro Civil consular correspondiente siempre y cuando sea AL MISMO TIEMPO el de nacionalidad y el de residencia; en caso contrario, no habrá necesidad de suscribir ningún acta puesto que el interesado no cumple con la totalidad de los requisitos previstos."
FUENTE: Consulado en Bogotá
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Saludos y gracias.