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Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 15 Jul 2013, 13:09
por Jucrísvic
quemaote escribió: vamos al RC a pedir explicaciones y solo nos dicen que el porque de la denegación lo dice en la carta, que ellos "como raro en las administraciones" no saben nada ( como rajoy, que tampoco sabe nada el muy ca,,,),, y llevamos 2 meses esperando la dichosa carta,, y como dicen algunos a donde diablos se queja uno si hay personas que trabajan de funcionarios y se creen los reyes del mundo y mas hacia los inmigrantes,, es desesperante esto,,
Si los funcionarios de ese RC hubieran tramitado mal vuestros expedientes os habrían denegado a los tres la nacionalidad; así que la mejor prueba de que el error no es suyo sino de quien ha resuelto los expedientes, o sea el Sr. Director General de los Registros, es precisamente que os han concedido dos y os han denegado una.

Pero claro es más fácil decir lo que acabas diciendo en tu última frase que seguir el razonamiento que te acabo de hacer.

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 15 Jul 2013, 13:41
por quemaote
me refiero a los funcionarios desde el presidente hasta el que atiende al publico, porque el presidente también es funcionario,, veo que mi razonamiento es mas de rabia que de otra cosa. porque como dicen unos aquí en el foro, depende de la persona que te atienda y soy testigo de ello, aveces hay personas que hacen lo imposible por colaborarte y otras como en una ocasión en los juzgados, hablando de las fiestas del pueblo mientras me atendía,,y ni puñetero caso a lo que le estaba diciendo,, a eso me refiero cuando fui a averiguar, que me atendieron como esa vez, te dicen rápidamente "no se nada" o "aqui no se hace eso" precisamente para seguir hablando de lo suyo de lo que hizo el fin de semana ante mi,,dime si eso no cabrea...

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 15 Jul 2013, 17:53
por olgaciloci
Veo que hay muchas denegaciones de expedientes que se presentaron por matrimonio y que se han denegado por no cumplir el plazo de residencia legal????
Esto es un desastre. Por mi parte no hay noticias, presente el recurso el 8 de Julio, y nada de momento.

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 15 Jul 2013, 19:57
por Viini
Hola a todos a mi tambien me han denegado la nacionalidad de esto me entere el sabado pero hoy se el porqué?
Resulta que tengos los antecedentes caducados!!!! despues de tres años que esperan!...

es INDIGNANTE Y DECEPCIONANTE

Al momento de ir al RC (enero 2010) di unos antecedente correctos, despues en junio 2010 me llaman pidiendome antecedentes nuevos, cosa que hice y que en menos de una semana lo tuvieron
Asi en julio de 2010 ya tuve mi nº de expediente, en noviembre 2011 entrevista con la policia en mayo del 2012 cambio a estudio y nunca mas cambio y no me pidieron nada en todo ese tiempo hasta que tuve la DENEGACIÓN el 12 de julio que, por cierto, la firma el señor antes mencionado.

No se si esto es un trabajo por terminar ya los expedientes de los años 2009 y 20110 y depurar, como dice mi esposo que es español, o simplemente recabar dinero para juicios y contenciosos, hasta donde me he informado en

1º la administrativa de mi RC me dijo que estaban llegando muchas denegaciones por antecedentes caducados y que no me recomendaba recurrir por que no llegan a nada y lo deniegan igual pero que si quería podría consultar con un abogado.
2º Llame por telefono a una abogada diciéndome que el tramite duraría entre 6 a 1 año y tendría que presentarlo ya! y el costo aprox sería de 300 E
3º Se me paso preguntarlo hoy, pero mañana preguntare si quisiera volver a presentarlo cuando podría presentarlo, aunque la verdad no se si tengo ganas y fuerzas para hacerlo ya aunque ahora lo digo por que estoy desmoralizada, y dinero no me sobra

ya les ire contando como va mi caso

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 16 Jul 2013, 00:14
por user7536
Viini, lo siento mucho, pasa por el foro de eexpedientes caducados y pone una queja aL defensor del pueblo, no dejemos q atropellen nuestros derechos

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 17 Jul 2013, 19:55
por Gabylib
Hola a todos,

Me pasa lo mismo que a Vini: hablo con distintos abogados, voy al RC, leo opiniones,y todas son distintas.

No está nada claro si conviene un recurso, aunque haya sido por un documento caducado (ilegalmente), o la simple falta de un documento.

Nadie sabe cuánto puede demorar un recurso, y su resultado.

Estoy pensando en empezar todo de nuevo.

Pregunto: se puede empezar un nuevo expediente, si se presentó recurso y no es contestado?

Se puede empezar unnuevo expediente si no se presentó recurso porque se consideró inútil o ineficaz?


Karbiko, Currito, se agradecen opiniones!

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 17 Jul 2013, 20:57
por kárbiko
Si. Si no has presentado recurso, cuando pase el mes de haberse notificado la resolución, ésta es firme y ya no se puede hacer nada en ese expediente.

Si alguien presenta recurso, mientras éste no se resuelva no se puede presentar un nuevo expediente del mismo tipo porque aún tienes en trámite la anterior solicitud. Acabará cuando se resuelva el recurso.

¿Cuanto tarda el recurso?
Mira, en este enlace están saliendo ahora el resultado de las resoluciones atendiendo recursos que fueron presentados en el día que cada resolución indica.
Fíjate que algunas resoluciones no son de cuestiones de Registro Civil.
Por ejemplo, si son de RC las del 1 de julio de 2013

Vamos a ver la primera de las que salen:
Inscripción fuera de plazo de nacimiento.
....
1.- El 27 de abril de 2009 el Sr. E.....presentó en el Registro Civil ....
...
2.- El 10 de agosto de 2009 la Juez Encargada...dictó acuerdo disponiendo....
3.- Notificada la resolución al Ministerio Fiscal y al promotor, este interpuso recurso ante la DGRN ....


O sea, en agosto se dicta la resolución (vemos que no se paran los RC en agosto... ) y se notificará seguidamente.
Se presenta recurso,... que puede haber sido cuándo....? En los siguientes 3 meses? Sería diciembre de 2009, enero de 2010? Podría ser.. Pero también siendo en todo el año 2010 la notificación, se presenta recurso (hay un mes de plazo.....) y sería pongamos en cualquier mes del 2010.
La resolución es de fecha......: Resolución de 01 de Marzo de 2013 (1ª)

Mira éste y los otros que aparecen y hazte una idea lo que puede tardar en resolverse el recurso que presentes.... y si te merece..

Ahora, eres tú el que debes valorar si te merece la pena recuperar documentos aportados, pedirlos nuevamente, presentar recurso,..... no hacerlo..
Esa cuestión nadie más que tú la puede entrar a valorar....

Cuantos más recursos hay, (evidentemente) más tardan en resolver.
Y ahora estarán saturadísimos de los de nacionalidad por la Ley de Memoria Histórica, además de los habituales de siempre de expedientes de matrimonio en el extranjero. Son de los más que hay.

PD:
Creo que Javier2749c ha visto a lo largo del tiempo que ha estado en el foro -y que por tanto puede confirmar- como ese tiempo de resolución de los recursos no ha hecho sino aumentar a raíz de las recursos presentados por esos tipos de expedientes

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 17 Jul 2013, 22:28
por lesantes
kárbiko escribió:....
¿Cuanto tarda el recurso?
Mira, en este enlace están saliendo ahora el resultado de las resoluciones atendiendo recursos que fueron presentados en el día que cada resolución indica.
Fíjate que algunas resoluciones no son de cuestiones de Registro Civil.
....
Pues me lo he estado mirando, y por ejemplo, algunos casos de nacionalidad por LMH fueron contestados en menos de 1 año (por ejemplo, uno que le denegaron la nacionaldiad en abril de 2012 y que en marzo de 2013 le vuelven a confirmar que le deniegan la nacionalidad).

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 17 Jul 2013, 22:46
por kárbiko
Por eso dije que tienes que valorar si te merece a ti en particular. [you]
Otra persona no puede valorar las circunstancias personales de uno...

Para ese ejemplo anterior, yo cogí el primero que aparecía en el libro...

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 17 Jul 2013, 23:26
por lesantes
Una pregunta para los administradores: estoy preparando el recurso de la denegación de la nacionalidad de mi marido, y me gustaría saber si existe algún artículo en la normativa del registro civil o del notariado donde ponga algo parecido como " la obligación de oficiar los documentos que falten o que esteén caducados".

No se si me explico, que entre otras cosas quisiera remarcar que el registro civil en ningún momento nos ha requerido documentación adicional de nuestro expediente porqué no se le ofició.


Agradecería cualquier aportación thanks

-- 17/Jul/2013, 22:39 --


Bueno, me respondo a mi misma, he encontrado la normativa y quisiera compartirla con todos los que quieran presentar recurso porqué les hayan denegado la nacionalidad por tener el certificado de antecedentes penales caducado y/o por faltar cualquier otro documento:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Artículo 71:

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 6.html#a71

-- 17/Jul/2013, 22:43 --

También dejo link a una "discusión" de otro foro donde se aportan ideas muy interesantes, ideas que se pueden plasmar en el recurso que hagais:

http://www.sd-a.com/registrocivil/Foro_ ... sp?id=4393

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 18 Jul 2013, 04:06
por Javier2749c
Reitero algunos datos sobre recursos que redacté, todos en virtud de la Ley 52/2007

-23 de Junio de 2009, Recurso presentado en Chile, sin resolucion
-13 de agosto de 2009, Recurso presentado en Chile, sin resolucion
-24 de febrero de 2010, Caracas, sin resolucion
-Noviembre 2010, Lima, sin resolucion
-Junio 2010, Buenos Aires...sin resolución
-número 3742/2011, Buenos Aires ...resolución de 21 de Febrero de 2013 (33ª) (estimado)

De modo que no hay ninguna seguridad, pueden resolverlo en menos de 1 año, o puede demorar 4 o más.

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 18 Jul 2013, 15:00
por gserra
kárbiko escribió:Por eso dije que tienes que valorar si te merece a ti en particular. [you]
Otra persona no puede valorar las circunstancias personales de uno...

Para ese ejemplo anterior, yo cogí el primero que aparecía en el libro...

eins? este mensaje era para mi? porque no sea que viene, lo siento.

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 18 Jul 2013, 20:56
por kárbiko
Es para todos. gserra..
Si pones la palabra you entre corchetes, va a aparecer el nombre de quien esté registrado.
Así parece que te estás dirigiendo directamente a él/ella..... como te ha ocurrido a ti, verdad [you]

Y si pongo [me ] (y le quito ese espacio que dejé a propósito) sale ésto lo escribí yo, [me]....

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 18 Jul 2013, 21:00
por kárbiko
Javier2749c escribió:Reitero algunos datos sobre recursos que redacté, .....


-número 3742/2011, Buenos Aires ...resolución de 21 de Febrero de 2013 (33ª) (estimado)

De modo que no hay ninguna seguridad, pueden resolverlo en menos de 1 año, o puede demorar 4 o más.
Gracias Javier.
Y, dentro de lo que cabe, enhorabuena por esa estimación del recurso.. clapping
A ver si "van cayendo" los otros en el mismo lado!! goodgood

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 18 Jul 2013, 22:46
por LISETTEGM
Karbiko, yo tampoco entiendo porque te sale mi nombre de usuario cuando pones [you ], yo ni siquiera he escrito en este post.

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 18 Jul 2013, 23:12
por gserra
kárbiko escribió:Es para todos. gserra..
Si pones la palabra you entre corchetes, va a aparecer el nombre de quien esté registrado.
Así parece que te estás dirigiendo directamente a él/ella..... como te ha ocurrido a ti, verdad [you]

Y si pongo [me ] (y le quito ese espacio que dejé a propósito) sale ésto lo escribí yo, [me]....
aja... interesante, todos los dias se aprenden cosas nuevas.
gracias crack.

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 19 Jul 2013, 03:07
por Javier2749c
kárbiko escribió:
Gracias Javier.
Y, dentro de lo que cabe, enhorabuena por esa estimación del recurso.. clapping
A ver si "van cayendo" los otros en el mismo lado!! goodgood
Gracias. Si hubiera coherencia por parte de los letrados de la Dirección General, el segundo, cuarto y quinto de la lista deberían de ser estimados pues la cuestión es la misma del sexto, es decir la recuperación por vía de opción.
En el caso del tercero, es una nieta de exiliada que nunca perdió la nacionalidad por lo cual también tendría que ser estimado, a la vista de otras resoluciones sobre casos idénticos.
El primero ya es más complicado. Se trata de una nieta de exiliada que perdió la nacionalidad en fecha a determinar, pues contrajo matrimonio por poderes con un hispano-chileno residente para entonces ya nuevamente en Chile, pero no está claro cuando perdió la nacionalidad española por asentimiento voluntario a su nacionalidad chilena.

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 20 Jul 2013, 08:34
por julim
kárbiko escribió:Es para todos. gserra..
Si pones la palabra you entre corchetes, va a aparecer el nombre de quien esté registrado.
Así parece que te estás dirigiendo directamente a él/ella..... como te ha ocurrido a ti, verdad [you]

Si, es verdad, eso a mi me ocurrió, aunque hasta ahora me cuesta un poco entender el manejo de la pag.
Bueno aprovecho aquí para decir que aun sigo en la espera, (en estudio) creo que San Pedrito me escuchó, cuando dije : ¡¡¡Ay!!! San Pedrito que no toquen mi Expd. hasta que se enteren bien como va esto de resolver bien las nacionalidades.

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 20 Jul 2013, 16:13
por Oceano
hola a tod@s , otra chapuza aqui denegan la nacionalidad a una niña de 3 años

motivo : Justicia exige a una niña de tres años “buena conducta” para nacionalizarla

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/07/19/ ... 79708.html

a l@s compañer@s que han presentado recurso .....algun@s ya les han contestado ?????

un saludo y animo a tod@s

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 21 Jul 2013, 12:59
por profesoralex
Lo de la niña de 3 años es la cima de un iceberg....

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 25 Jul 2013, 12:24
por lesantes
Buneo, por fin hoy a mi marido le han notificado el motivo de la denengación de la nacionalidad (hasta ahora solo me había hecho suposiciones):
"certificado de antecedentes penales caducado... no se ha podido comprobar el requisito de buena conducta cívica".

El caso es que yo guardé fotocopia de los penales que presentamos, y estos eran sin fecha de caducidad (fueron expedidos en marzo de 2011 y presentamos la solicitud en enero de 2012). Esto también lo quiero alegar en el recurso que voy a presentar, pero me gustaría saber si existe alguna normativa legal española donde se diga la vigencia que deben tener los antecedentes penales extranjeros (no recomendaciones ni notas, sino si hay alguna normativa vigente y legal).

Lo digo por el tema de que ¿como pueden decir que un documento expedido en otro país está caducado si este viene sin fecha de caducidad?? ¿En que se basan para hacer tal afirmación?

Agradecería cualquier ayuda, en cuanto tenga redactado el recurso lo colgaré aquí para que sirva de guía para otras personas. thanks

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 25 Jul 2013, 13:16
por raja_catalonya1
Hola a todos
el motivo de denegacion
que el interesado no lleva los 10 años de residencia legal en españa exigidos por el articulo 22 del regestro civil.Entendiendiendose que ne puede serle de aplicacion del plazo abreviado de un año que se andica en el apartado 2,d de dicho articulo. Ya que no ha aportado el preceptivo cirtificado de cirttificado de nacimiento del conyuge inscrito en registro civil español


estoy casado con espanyola
a mi caso peudo presentar recurso

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 25 Jul 2013, 15:14
por lesantes
raja_catalonya1 escribió:Hola a todos
el motivo de denegacion
que el interesado no lleva los 10 años....
Yo presentaría recurso, aportando el certificado de nacimiento de tu mujer que dicen que falta, y aportando de nuevo todos los documentos que acrediten el matrimonio (certificado de matrimonio, certificado de convivencia, nie comunitario, etc.) Suerte!!

-- 26/Jul/2013, 08:48 --

Bueno, he estado redactando el recurso que queremos presentar, os lo cuelgo a ver que os parece y por si os puede servir de guía:

***********
A LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO


Don xxx ,con NIE xxx, y domicilio en xxx, y teléfonos xxx , EXPONGO:


Que mediante el presente escrito formulo RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN, en tiempo y forma, contra la resolución denegatoria de concesión de la nacionalidad española por razón de residencia, cursada ante el Registro Civil de xx, con fecha xx/01/2012, y tramitada bajo el número de expediente xxx, todo ellos en base a los siguientes HECHOS:

Spoiler
PRIMERO.- Que con fecha xx/01/2012 presenté ante el registro civil de xx solicitud de adquisición de nacionalidad española por residencia. Dicha solicitud se tramitó bajo el número de expediente xxx

Que dicha solicitud fue denegada por resolución de xx/06/2013,y notificada en fecha de xx/7/2013 y contra dicha resolución, es contra la que se interpone el presente recurso.

(Doc. Núm. 1 – Fotocopia de la resolución denegatoria de la nacionalidad por residencia)

SEGUNDO.- Que según la resolución que se adjunta se denegaba la solicitud de concesión de la nacionalidad española por residencia en base a un argumento:

- “ Que el interesado no ha justificado buena conducta cívica que el articulo 22.4 del Código Civil exige ya que según se desprende de la documentación que obra del expediente el certificado de antecedentes penales de su país de origen está caducado. (…)”.

a) En relación al argumento de denegación quisiera alegar que:

- a.1) Junto con la solicitud de nacionalidad española por residencia presentada el xx de enero de 2012 en el registro de xxx se adjuntó certificado de antecedentes penales de mi país de origen (debidamente legalizados y traducidos) fechados en x de marzo de 2011. Dicho certificado de antecedentes penales no presentaba fecha alguna de caducidad.

(Doc. Núm. 2 – Fotocopia del certificado de antecedentes penales adjuntado a la solicitud de nacionalidad presentada en el registro civil de xxx en fecha xx de enero de 2012)

- a.2) Además, junto con la solicitud de nacionalidad española por residencia presentada el xx de enero de 2012 en el registro de xxx se adjuntó fotocopia completa del pasaporte con vigencia del xx/9/2007 al xx/9/2012. En dicho pasaporte no constaba ningún sello ni de entrada ni de salida de España, por lo que se podía deducir que no había podido cometer ningún delito en mi país de origen hasta al menos la fecha de extinción del pasaporte (fecha posterior a la expedición del certificado de antecedentes penales que se dice caducado).

(Doc. Núm. 3 – Fotocopia de todas las páginas del pasaporte que se adjuntó a la solicitud de nacionalidad española por residencia presentada en el registro civil de xxx en fecha de xx/1/2012, junto al certficado de nacimiento y de subsanación).


- a.3) Ni la instrucción de 26 de julio de 2007, ni la instrucción de 2 de octubre de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la tramitación de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia, hacen referencia alguna sobre la vigencia de los certificados de antecedentes penales extranjeros.

- a.4) Tampoco existe norma en el derecho positivo español que regule el tiempo de validez de los certificados extranjeros para su uso en España.

- a.5) La hoja informativa expedida por el registro civil de xxx, donde se indica la documentación necesaria para solicitar la nacionalidad por residencia, en el punto 8 se indica que:

o “ Certificado de antecedentes penales del país de origen (en su defecto, certificado consular de buena conducta): debe ser legalizado, y en su caso, traducido, además de vigente, dado que caduca en el plazo establecido por el país emisor”.

(Doc. Núm. 4 – Fotocopia de la hoja informativa expedida por el registro civil de xxx donde se indica la documentación necesaria para presentar la nacionalidad por residencia)


Por tanto, y con todo lo expuesto, se entiende que el certificado de antecedentes penales que presenté junto a la solicitud de nacionalidad española por residencia en fecha de xx de enero de 2012, estaba vigente y actualizado en el momento de presentar la solicitud.


b) También en relación al argumento de denegación quisiera alegar:

- b.1) En ningún momento se me ha requerido por parte del registro civil donde presenté la solicitud de nacionalidad por residencia el documento que se dice caducado, no aplicándose así las siguientes normativas vigentes:

o El punto 2.1 de la Instrucción de 26 de julio de 2007 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la tramitación de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia.

(Doc. Núm. 5 – Impresión de la páginas 73193 y 73194 del BOE núm.247, del día Sábado 13 de octubre de 2012, donde consta los puntos 2 y 2.1 de la Instrucción de 2 de octubre de 2012 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la tramitación de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia).


o Artículo 71 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

(Doc. Núm. 6 – Impresión de la página 1749 del BOE núm.12, del día 14 de enero de 1999, donce conta el Artículo 71 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.)


- b.2) Al no haberse oficiado al registro civil la subsanación del certificado de antecedentes penales que se dice caducado, no se me ha dado la oportunidad de reponer dicho documento, por lo que se adjunta a este recurso certificado de antecedentes penales actualizado de mi país de origen (debidamente legalizado y traducido).

(Doc. Núm 7 – Certificado original de antecedentes penales de mi país de origen actualizado, legalizado y traducido).

Por tanto, se acredita documentalmente de que carezco de antecedentes penales. Y de acuerdo con todo lo expuesto, puedo afirmar que he actuado conforme a las normas de convivencia cívicas careciendo de antecedentes penales ni en España ni en mi país de origen, (tal y como acredité en el momento de solicitar su nacionalidad y acredito con este recurso), y por tanto, queda suficientemente acreditado que cumplo con los requisitos previstos en el artículo 21 y 22 del Código Civil y que es susceptible de que me sea concedida la nacionalidad española por residencia.

TERCERO. - Resido en España en compañía de mi esposa e hijos, por lo que estoy totalmente arraigado a este país, ostentando todos los miembros de mi núcleo familiar la nacionalidad española:

(Doc. Núm. 8 – Fotocopia del libro de familia)

(Doc. Núm. 9 – Certificado de convivencia actual)

(Doc. Núm. 10 – Fotocopia de documento de identidad de mi esposa).

(Doc. Núm. 11 –Documento de identidad de mi hijo)

FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.- La resolución que se impugna es susceptible del recurso de reposición tal y como establece la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públocas y del Procedimiento Administrativo Común, en sus artículos 107 y 116.

II.- El órgano competente para conocer y resolver es el mismo órgano que dictó la resolución y al que me dirijo.

III.- El recurrente goza de legitimación para la interposición del recurso al tener la condición de interesado.

IV.- En cuanto al fondo del asunto resulta de aplicación el dictado del artículo 71 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como los artículos 21 y 22 del código civil.

V.- Por lo que se refiere a la particular valoración de la buena conducta cívica como presupuesto para el reconocimiento de la nacionalidad española, nuestro Tribunal Supremo ha sentado una doctrina que podemos sistematizar en los siguientes términos:

1) La concesión de la nacionalidad española por residencia es un acto que constituye una de las más plenas manifestaciones de la soberanía del Estado y supone el otorgamiento de una cualidad que lleva implícita un conjunto de derechos y obligaciones, otorgamiento condicionado al cumplimiento por el solicitante de determinados requisitos. Entre estos requisitos, el artículo 22.4 del Código Civil exige que el peticionario de nacionalidad acredite positivamente la observancia de buena conducta cívica (SSTS de 13 y 20 de abril, 9 y 23 de septiembre, 6 de noviembre y 25 de diciembre de 2004, y 11 de octubre y 25 de septiembre de 2005).

2) El concepto jurídico indeterminado buena conducta cívica debe ser valorado por la Administración y, en su caso, por el órgano jurisdiccional que conozca de la materia en vía de recurso contencioso administrativo, mediante el examen de la trayectoria personal del demandante de nacionalidad, considerando aquélla en su conjunto y en modo alguno en relación a un periodo de tiempo predeterminado (SSTS de 16 de marzo de 1999, 22 de abril, 8 y 30 de noviembre de 2004), valorando la conducta del solicitante durante un largo periodo de tiempo de permanencia en España (SSTS de 6 de marzo de 1999, 22 y 23 de abril, 8 de noviembre y 15 de diciembre de 2004, y 28 de septiembre y 11 de octubre de 2005). Ha de llevarse a cabo una valoración racional y ponderada de todos los antecedentes, referencias y circunstancias que jalonan la vida en sociedad del solicitante, y mediante el análisis de su concreta peripecia vital, determinar si reúne la cualidad de buena conducta cívica legalmente impuesta (STS de 29 de octubre de 2010). No se trata, en definitiva, de establecer un canon de comportamiento excepcional o extraordinario sino de constatar que el solicitante de nacionalidad española se ha desenvuelto como lo hubiera hecho un buen ciudadano medio (STS de 29 de octubre de 2010).

Por todo lo expuesto,

SOLICITO, que tenga por presentado este escrito, lo admita y tenga por presentado recurso potestativo de reposición contra la resolución de denegación de la nacionalidad española por residencia a mi persona xxx , y se proceda a admitir dicho recurso , en base al cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos para proceder a dicha concesión.

*****

Agradecería cualquier corrección o puntualización para mejorarlo, muchas gracias

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 26 Jul 2013, 11:00
por profesoralex
Buenos días a todos:
En breve subiré aquí un formulario que recomendaron usar las autoridades consulares de Colombia en España para hacer un recurso de reposición contra la denegación de la nacionalidad por tener los antecedentes penales caducados por causa de "citas hasta dentro de varios meses después de haberlos presentado". Creo que dicho recurso puede ser utilizado también para los de otras nacionalidades....
Saludos

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 26 Jul 2013, 11:11
por raja_catalonya1
hola a todos
caunto tiempo tarda recurso

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 26 Jul 2013, 12:33
por profesoralex
raja_catalonya1, éste es el quid de la cuestión...

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 29 Jul 2013, 18:46
por Gabylib
Para Lesantes:

Te pregunto lo siguiente:

1) Te dieron cita recién para 12/2014? Es correcto? Por qué tanto tiempo?
2) Si vas a presentar un recurso de reposición, ¿cómo es que te van a abrir un nuevo expediente en el RC?

¿Te abren un nuevo expediente sólo en el ámbito del RC pero no llega en el MJ?

Creo que es incompatible, hasta que se resuelva el recurso planteado, o pasen 30 0 60 días de silencio administrativo.
¿O te dieron cita sin que en el RC vean tu primer expediente, y especulas mientras el recurso avanza o muere por inactividad?

Es así Qué piensas?

Porque yo pensaba abrir nuevo expediente en el RC, que dan cita para....y mientras darle oportunidad al recurso unos meses..

Un saludo

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 30 Jul 2013, 12:00
por user7536
Gabilib,
A mi me.dijeron en el RC y un abogado que mientras no me resuelvan el recurso, aquí no cuenta el silencio administrativo, no se puede presentar el expediente de nac

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 30 Jul 2013, 19:52
por lesantes
Gabylib escribió:Para Lesantes:

....
He hecho lo que piensas tal cual.
Como dan cita para un año y medio en mi RC, creo que de verdad (espero) que antes tendré respuesta del recurso.

Y si no me han respondido, solicitaré por escrito la respuesta por silencio administrativo y ya está.

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 12 Ago 2013, 18:49
por Usuario borrado 7531
Una consulta, quien es el organismo que resuelve el Recurso? la Dirección de Notarios? o hay algún organismo que se encargue de resolver los Recursos? y en este caso de Nacionalidad? quien contesta?

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 13 Ago 2013, 09:37
por Anitamichi
Buenas compis de lucha
Siento no haber escrito antes... pero os comento mi estado:

Me denegaron la nacionalidad por no presentar los antecedentes penales (se me dijo que en mi caso no hacia falta ya que sali de mi país siendo una cria) y a parte me dijeron que no presente el papel de inscripción de la policia (comunmente conocida como hoja verde-hoja verde que no me dieron hasta pasado un año de la presentación de la nacionalidad-)

Bueno, presente el recurso a las dos semanas de la denegación:
- para empezara, se han pasado por el forro de las p******as la ley que obliga a la administración de informar al interesado de que falta documentación, dejando un plazo de X días para la presentación de la misma. Y en mi caso, se dió por aprobada la documentación a presentar, ya que en el RC vieron los documentos que presente, y me entregaron un papel como que según ellos estaba todo en orden, es decir, que el RC no tenía ni idea si lo que presentaba estaba bien o mal o les daba igual.

Al presentar el recurso en el RC, los señores que trabajaban ahi me dijeron que donde tenian que mandar eso... y bbueno... daba igual.. que se mandaba a cualquier registro general y ya estaba... q a algún lado llegaría.

Después de un mes estoy esperando respuesta... yo lo considero silencio administrativo, y por tanto si... probablemente me toque marear la perdiz, esperar siglos y ver si algún día les da la gana de concedermela.

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 13 Ago 2013, 11:39
por lamonda2011
Yo creo que las alegaciones/recursos sobre la resolución de la nacionalidad por residencia es competencia de la D.G.R.N. y los documentos que se presenten deben ir dirigidos a ellos.

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 13 Ago 2013, 13:17
por Usuario borrado 7531
Y ellos lo mandarán al departamente de Recursos? porque si los que nos lo van a mirar son los mismos que quienes nos la denegaron... vamos listos...

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 15 Ago 2013, 16:01
por freud2010
Leyendo las opiniones y los casos de este foro considero que es necesario HACER EL RECURSO, el no hacerlo es decirle a esta gentuza que puede pisotear a las personas y saltarse el debido proceso. En mi caso y como lo he comentado antes la denegaciòn se hizo por "no apotar NIE, pasaporte y formulario" y no hacer el recurso sería dejar que me tratasen como a un idiota. Obviamente todos los casos son diferentes pero creo que hasta que no respondan el recurso no se debe reiniciar el proceso, es por pura dignidad.
Así que a esperar...

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 16 Ago 2013, 18:47
por claudek
hola a todos
Me incorpore un poco tarde a ese foro. mi situación es la siguiente:
presenté ls solicitud de nacionalidad en marzo 2010. Fue denegado en Enero por no llevar los 10 años de residencia como requisito. he hecho hecho recurso de reposición pero sin respuesta. en realidad he cumplido los 10 años de residencia porque he tenido mi residencia desde el 28/01/2000. también empece a trabajar desde el marzo de 2000 hasta la fecha, o sea llevo mas de 12 años cotizando en la seguridad social legalmente. Pedí explicaciones a travers del defensor del pueblo pero sin resultado favorable.
a mi me gustaría llevar el caso ante los medios de comunicaciones y hace falta mas gente que se encuentren en la mima situación para dar mas peso. ¿Qué opináis?

saludos

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 19 Ago 2013, 10:40
por profesoralex
claudek, mi situación es similar a la tuya. Salvo una cosa. Creo que tu igual que yo tuviste un proceso de regularización en 2000. En aquel momento ante tantas solicitudes, cuando concedían la autorización de residencia, en el momento de la solicitud entregaban una carta que autorizaba a trabajar legalmente en España y que de facto ya servía de autorización de residencia para cualqueir trámite, incluida alta inmediata en la Seguridad Social. Pero tardaban unos 10 meses en citar para dejar huellas a fin de confeccionar la tarjeta de residencia. Es decir que, por ejemplo si te entregaban la carta el 1 de Julio de 2000, te manadaban la citación para dejar huella el 1 de Mayo de 2001....
Que pasó? Pues que por unos errores y falta de coordinación entre diferentes instituciones que participaron en el proceso de regularización de inmigrantes (principalmente Ministerio de Trabajo y Minsiterio del Interior), en los archivos policiales tu residencia legal empezaba a contar desde el momento de enviarte LA SEGUNDA CARTA que te citaba para dejar huellas y NO LA PRIMERA CARTA QUE TE CONCEDÍA LA RESIDENCIA A TODOS LOS EFECTOS. Por tanto lo que te pasó es exactamente eso: la residencia legal te la empezaron a contar a partir de la segunda carta. Si solicitaste la nacionalidad 10 años después desde el momento de la primera carta, CREO que tu recurso puede ser estimado siempre y cuando aportes: VIDA LABORAL y PRIMERA CARTA EN ORIGINAL donde aparece la fecha de concederte la residencia.
La única diferencia en mi caso es que a mi me faltaron unas 5 semanas para completar los 10 años de residencia desde el momento de haberme concedido la residencia en LA PRIMERA CARTA. Por tanto, no puse ningún recurso y simplemente volveré a solicitar la nacionalidad en breve.
Saludos

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 19 Ago 2013, 11:05
por npascual
freud2010 escribió:Leyendo las opiniones y los casos de este foro considero que es necesario HACER EL RECURSO, el no hacerlo es decirle a esta gentuza que puede pisotear a las personas y saltarse el debido proceso. En mi caso y como lo he comentado antes la denegaciòn se hizo por "no apotar NIE, pasaporte y formulario" y no hacer el recurso sería dejar que me tratasen como a un idiota. Obviamente todos los casos son diferentes pero creo que hasta que no respondan el recurso no se debe reiniciar el proceso, es por pura dignidad.
Así que a esperar...
De acuerdo contigo, hay que presentar el RECURSO. Pense que mi caso era uno de los mas locos, porque segun ello no presente los penales ni el pasaporte, ASOMBROSO, porque como saben sino presentas esos documentos no te comienzan el tramite, por lo visto tu situacion es similar.

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 19 Ago 2013, 21:06
por lesantes
¿alguien podría decirme si al presentar un recurso X con una serie de documentación, luego se puede adjuntar más documentación indicando que va ligada al recurso X?

Lo digo porqué quería presentar recurso aportando nuevo certificado de antecedentes penales pero no me llega y se me acaba el plazo, gracias.

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 20 Ago 2013, 13:59
por Estelvina
Yo creo que es justo y necesario recurrir la "chapuza" que nos ha hecho el mjusticia. Las personas tenemos derechos que a veces desconocemos y por eso ante una injusticia contra otros o nosotros mismos, callamos. Asi no nos ayudamos ni nos damos a respetar...nos hacemos participes... Una vez me dijo un ilustre abogado que cuando va a la corte ni roga/ni exige: PIDE JUSTICIA. Claro hay que ver que argumenta la bendita "resolucion denegatoria" y a cada cual segun sus planes o intereses muy particulares le vale o no la pena recurrir la estafa de que somos objeto...

De mi experiencia extranjera en España la unica reclamacion que he hecho la hice con mi puño y letra ante el MYTIC por una suma de 520 E por la que recibi incontables amenazas de Orange Telefonica por un "repugnante e ilegal contrato de permanencia"...a alguien le suena esto conocido? Conozco incontables personas que se dejan amenazar y estafar de esa manera. Tardo la respuesta a mi reclamacion pero fallo a favor mio.

Por eso animo a todos a recurrir y reclamar sus derechos. Y les deseo buena suerte a todos. Ya les ire contando como va mi aventura.

npascual: yo creo que tal vez en el registro civil se quedaron con las copias o tal vez con algun documento que relacione los papeles que tu presentaste en tu solicitud. Tal vez tu mism@ sacaste copias de lo que presentaste aquel dia y las tienes hoy, ademas en el modelo que de solicitud tu relacionas los documentos que acompañan tu solicitud. Si llevaste los dos testigos espanoles que exigen alguns RCviles mira a ver si te quieren respaldar diciendo que tu si llevaste dichos documentos. he visto mucho absurdo aqui pero lo tuyo esta para el Guinnes...

lesantes: yo creo que tienes que presentar un "X" documento solicitando una prorroga por la demora del documento ideal, es decir para que te alarguen el plazo para que puedas presentar tu recurso docuemntate no pierdas la oportunidad aparte ya te gastaste el dinero en pedir los antecedentes...

Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.

Publicado: 20 Ago 2013, 21:18
por claudek
profesoralex escribió:claudek, mi situación es similar a la tuya. Salvo una cosa. Creo que tu igual que yo ...

gracias profesoralex. No me queda mas remedio que hacer un recurso de contencioso administrativo después de 5 meses sin saber nada del recurso de reposición.
¿alguien sabe si se puede presentar un nuevo solicitud de nacionalidad mientras uno esta haciendo un recurso? Un abogado me comento que se puede hacer. Pero he leído en este foro que no puede.

saludos