Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 22 Ago 2013, 23:32
por Farah Dib
Claudek:
La misma pregunta que haces, yo la planteé al M.J. mediante la aplicación habilitada para mensajes en la Web. Aquí te traslado a tí a y al resto de los foreros la información que recibí:
de: CAC <CAC@mjusticia.es>
fecha: 12 de agosto de 2013 12:51
asunto: RV: Petición de Contacto
enviado por: mjusticia.es
: Mensaje importante principalmente por los integrantes de la conversación
En atención a su correo de fecha 07 de agosto sobre los trámites de solicitud de nacionalidad española por residencia, se le informa que una vez resuelto el expediente, se le comunica dicha resolución al Registro Civil donde inició los tramites de solicitud de nacionalidad española.
Si interpuesto recurso de reposición, transcurriere un mes sin que se le haya notificado la resolución del mismo, el recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo y el interesado/a podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de 6 meses.
Asimismo le informamos que si reúne los requisitos necesarios podrá presentar una nueva solicitud de nacionalidad española por residencia, aún cuando hubiera iniciado un expediente anteriormente y la correspondiente resolución de denegación de ese hubiera sido recurrida. En este caso el recurso presentado y la nueva solicitud de nacionalidad por residencia se tramitarían de forma independiente.
Atentamente.
Aquí mi mensaje de contacto donde aparece la consulta al MJ:
"El pasado 3 de agosto he entregado un recurso potestativo en el registro general por la denegación de mi peticion de nacionalidad.
Preguntas:
A). El resultado de esa gestión debo procurarla en el registro civil por donde inicié mi expediente de nacionalidad ?
B).si transcurrido el primer mes posterior al recurso interpuesto, no obtengo respuesta: ¿puedo iniciar una nueva solicitud de nacionalidad??
Quedo a la espera de atención. Gracias y saludos,"
-- 23 Ago 2013, 00:46 --
Bueno, me animo a contar mi historia.
Resolución de denegación del 21/06/2013
Motivos:
No presentar el preceptivo certificado de empadronamiento conjunto, pero aún cumpliendo este requisito, según la resolución que me entregaron, lo más grave e irrevocable en mi caso es que no puede ser de aplicación el plazo reducido de un año de solicitud de nacionalidad que indica el art. 22. 2. D), puesto que mi conyuge es ciudadano español por residencia y no "de origen".
Así es que para la DGRN. Yo soy alguien más que ha presentado la solicitud fuera del plazo de residencia legal mínimo que me exigía la ley.
UFF !! No sé ya ni qué comentar en este espacio.
Revisé cada esquina del Código Civil desde el Art. 17 al 28. Fui al servicio de Asesoría jurídica y extranjería de la Comunidad de Madrid (creo que así se denomina). Asistí a la consulta de un abogado privado.
Toooooodos coinciden en que es una barbaridad eso que aparece en mi Resolución en referencia al Art. 22, en su inciso d). Resulta ser una interpretación muy peculiar del Código con matices más que retorcidos.
Os transcribo algo que puede ayudar a entender de qué versa la incoherencia con el Art. 22 del C.C.
"... porque la ausencia en ese Artículo 22 de la clasificación “español –de - origen” NO constituye una omisión casual del órgano legislador. Caso contrario dicha delimitación estaría empleada de forma EXPLÍCITA tal como sucede una y otra vez a lo largo del texto legal. Los Art. 19; 20.1. b), 17 y otros tantos pueden ser tomados como muestra de ello, y cito ahora una de las irrebatibles:
“Art. 25. 1. Los “españoles” que no lo sean de origen perderán la nacionalidad:….”
Este Artículo, deja claro que esta legislación civil aplica el término “español” en referencia a los españoles TODOS: los de origen ó los que ostenten dicha nacionalidad mediante criterios de otra naturaleza, por cierto, legitimados absolutamente en este propio Código Civil."
¿¿¿Pero qué hacer ?? Aparte del Recurso Potestativo que a día de hoy no aparece ni como "registrado" en el MJ, ¿¿qué se puede hacer ??
Yo me pregunto, y les pregunto a los foreros funcionarios de Registros Civiles: ¿ es que antes de elevar el expediente al MJ, no existe un Juez ó un Letrado de cierta categoría que revisa las solicitudes ?
Si es esto así, es como si el Código Civil no fuera único, y el aplicado por los funcionarios más el Juez del RC Pradillo donde presenté mi solicitud, resulta diferente al que "echan mano" en la DGRN. Este último, por cierto con "matices" que ellos mismos han legitimado bajo una óptica dudosa y retorcida por no decir otra cosa
ó
¿será que el Juez del Registro de Pradillo se toma las solicitudes tan a la ligera que no advierte el incumplimiento de un fundamento básico de una solicitud como las de mi tipo: o sea un año ó más de residencia casada con español "que no es de origen"??
ó
lo que parece ajustarse a la práctica verdadera, el Juez ó quien sea que admitió a trámite mi Solicitud la encontró ajustada a Derecho en lo fundamental, y actuó en consecuencia.
Pero a estas alturas qué hacer? Soy una víctima más del Sistema y el momento histórico_económico_político.
Pregunto a los foreros funcionarios de RC:
¿Se puede pedir entrevista ó reunión con el Director Juez, el Juez ó algún responsable de un RC en plan de queja, de respuesta ... ?
Es que no sé si esto importa a alguno, pero con denegaciones como la que he recibido hasta queda en tela de juicio la seriedad y rigor técnico del trabajo del Juez del RC.
Supongo que tal vez no importe demasiado, pero a ratos me sorprendo considerando si no existe alguien con respeto por sí mismo que decida "activarse" y protegerse ante la mediocridad de un procedimiento que degrada su trabajo ó funciones, no sé ....
Yo convoco a quienes sepan mejor sobre el tema que me ilustren, por favor.
Gracias por la atención. Suerte y saludos,
FARAH.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 23 Ago 2013, 09:49
por olgaciloci
Hola Farah,
Me parece muy interesante tu caso, a mi me denegaron la nacionalidad por no cumplir "supuestamente" el plazo de 10 años de residencia (10 años venia en negrita en mi reoslucion denegatori ay la fecha en la que se iniciaba mi residencia en España- por esto di por hecho que se centraron en este hecho), pero mas abajo tambien venia lo de no cumplir el plazo de estar legalemnte casado con un español durante un año. El caso es que yo pedi la nacionalidad "por matrimonio" y cumplia de sobra el plazo de estar casada con un español "nacionalizado", no de origen. Es decir, di por hecho que se equivocaron dado que no comprobaron todos los hecho antes de denegarme. Pero ahora me haces dudar: por tu mensaje entiendo que a ti te denegaron la nacionalidad por que un español nacionalizado no se considera un español a todos los efectos, y entonces se desestima tu solicitud?????? Si lo he entendido bien, esto es flipante. Hay por lo menos tres chicas mas en este foro a las que les han denegado la nacionalidad por el mismo motivo que a mi, si sus maridos son españoles nacionalizados tambien, entoces la conclusion seria que nos han denegado por lo que tu dices.
A ti en la resolucion denegatoria te pone explicitamente eeste motivo: por que no es español de origen?
Voy a seguir de cerca tu caso, por que si es asi, habria que llamar la atencion con esto a la prensa.
-- 23 Ago 2013, 09:18 --
Farah Dib escribió:Claudek:
-- 23 Ago 2013, 00:46 --
Bueno, me animo a contar mi historia.
Resolución de denegación del 21/06/2013
Motivos:
No presentar el preceptivo certificado de empadronamiento conjunto, pero aún cumpliendo este requisito, según la resolución que me entregaron, lo más grave e irrevocable en mi caso es que no puede ser de aplicación el plazo reducido de un año de solicitud de nacionalidad que indica el art. 22. 2. D), puesto que mi conyuge es ciudadano español por residencia y no "de origen".
Así es que para la DGRN. Yo soy alguien más que ha presentado la solicitud fuera del plazo de residencia legal mínimo que me exigía la ley.
FARAH.
Farah,
he vuelto a leer tu mensaje una y otra vez, y la verdad es que no me lo puedo creer. Si lo que viene arriba esta puesto tal cual en tu resolucion denegatoria, entonces claramente no cumplen la ley descaradamente. No es que se hayan equivocado (probablemente con todas nosotras las de "residencia de 1 año por matrimonio"), sino que se rien en nuestra cara descaradamente y sin escrupulos. Mas claro agua. Es decir te pueden denegar por que asi le da la gana, y si quiere : por no cumplir el plazo, por no tener conducta civica, por no saber el nombre de la mujer del presidente, o declarar a todos los inmigrantes personas non gratas, o directamente que publiquen una ley que digan que ya no quieren mas inmigrantes que se vayan todos a sus paises de orgen, eso sin- sin cobrar sus prestaciones sociales a las que han aportado durante muchos años, y perdiendo la antiguedad laboral a todos los efectos.
La pregunta ahora es : y que hacemos con esto, por que me parece injusto hast el infinito, y no creo que seas la unica en esta situacion. Por cierto piensas volver a presentar la solicitud, dado que te han contestado que puedes ? Y como entender la respuesta: puedes solo si has interpuesto el contencioso administrativo en el plazo de 6 meses, o tambien si solo has intregado el recurso en el RC? Yo entregue mi recurso el 8 de Agosto.
Muchas gracias por aportar tu historia.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 23 Ago 2013, 13:43
por profesoralex
Farah Dib escribió:Claudek:
de: CAC <CAC@mjusticia.es>
fecha: 12 de agosto de 2013 12:51
asunto: RV: Petición de Contacto
enviado por: mjusticia.es
: Mensaje importante principalmente por los integrantes de la conversación
En atención a su correo de fecha 07 de agosto sobre los trámites de solicitud de nacionalidad española por residencia, se le informa que una vez resuelto el expediente, se le comunica dicha resolución al Registro Civil donde inició los tramites de solicitud de nacionalidad española.
Si interpuesto recurso de reposición, transcurriere un mes sin que se le haya notificado la resolución del mismo, el recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo y el interesado/a podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de 6 meses.
Asimismo le informamos que si reúne los requisitos necesarios podrá presentar una nueva solicitud de nacionalidad española por residencia, aún cuando hubiera iniciado un expediente anteriormente y la correspondiente resolución de denegación de ese hubiera sido recurrida. En este caso el recurso presentado y la nueva solicitud de nacionalidad por residencia se tramitarían de forma independiente.
Atentamente.
FARAH.
Farah Dib, POR FAVOR GUARDA ESTE MENSAJE EN TU EMAIL!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! SOMOS MUCHAS PERSONAS QUE TENEMOS ESTA SITUACIÓN!!!!!
Saludos
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 24 Ago 2013, 17:46
por Farah Dib
Respondo ante las dudas de OLGACILOCI., y supongo que sea útil a muchos más con esto.
Transcribiré literalmente lo que dicta la Resolución sólo acerca del motivo de NO CUMPLIR con el requisito de matrimonio con "español" (mala expresión ésta, puesto que la Nacionalidad por matrimonio con español no existe por definición. Más adelante desarrollo esta idea).
Ahora citaré el fragmento que refiere sólo lo que determinó la negativa en mi caso, que de paso sugiere "entre líneas" que no es de las causas “recurribles”, como mismo ellos no se tomaron el trabajo de hacerme ningún requerimiento adicional por el Certificado de Empadronamiento que ofrecía dudas, puesto que un caso como el mío no cumple ni siquiera con el fundamento esencial e inicial del plazo de tiempo adecuado para la Solicitud, puesto que hay que entender que “todos los españoles son iguales, pero algunos son más iguales que otros"(*).
Al grano ya. Dice el punto 5 de mi Resolución: ".... aún cumpliendo el anterior requisito, el conyuge del solicitante no es español de origen, sino por residencia, por lo que el solicitante no puede acogerse a la modalidad especial de concesión de nacionalidad española por matrimonio con español."
Puessss … Sí, os confirmo que esto aparece literalmente escrito en mi Resolución, inclusive resaltado en negritas como acabo de transcribir.
Antes de avanzar más, hay una precisión que me gustaría compartir con ustedes, porque encuentro que existe como una confusión generalizada en cuanto a solicitudes de nacionalidad que combinan: a). el residir en España y b). el matrimonio con Ciudadano español.
RESULTA QUE NO EXISTE EL ACCESO A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR MATRIMONIO. ¡NO EXISTE ESE CRITERIO !! ES UN ERROR TÉCNICO SEGUIR MANEJÁNDOLO DE ESTE MODO. PIENSEN QUE SI ASÍ FUERA, PARA LOS CASADOS CON ESPAÑOLES VALDRÍA LO MISMO VIVIR AQUÍ QUE EN AUSTRALIA, O EN CUALQUIER SITIO DEL PLANETA PARA SOLICITAR LA NACIONALIDAD ANTE LA ADMIN..
EL SÓLO HECHO DE ESTAR CASADO CON UNO DE SUS CIUDADANOS OTORGARÍA EL DERECHO A LA NACIONALIDAD. ESTO NO ES ASÍ EN EL CASO ESPAÑOL.
HAY LEGISLACIONES QUE SÍ DISPONEN ESO DEL MATRIMONIO, (CREO QUE FRANCIA ES UNO DE ESOS CASOS) Y LA NACIONALIDAD SE PUEDE SOLICITAR ANTE LOS CONSULADOS EN OTRAS FRONTERAS, PERO ESPAÑA NO. GANEMOS CLARIDAD TODOS EN ESTO.
Lo que está considerado por el Código Civil español, es que dentro del criterio de Nacionalidad por RESIDENCIA, para aquellos que opten por ella, si además están casados con Ciudadano(a) español(la), el requisito mínimo de residencia exigido para presentar una solicitud se reduce a un año. Es decir, la norma se hace más noble, distingue con un beneficio a los que además de vivir en España están casados con español, supuestamente reconociendo que cabe entender un vínculo más sólido con el país, pero el criterio base para la solicitud es la residencia (permanente y continuada) en el territorio, no el matrimonio. Espero me haya hecho entender.
Por tanto, retomando el asunto de mi denegación, además de que en su centro revela una interpretación de la Ley al servicio de un tipo de Política excluyente ó retorcida, además de esto, la Resolución que me han entregado está plagada de errores de conceptos que revelan un nivel precario de conocimiento en materia del Código Civil de este país, y en materia civil en general.
Yo ni pensaba recurrir, porque sólo de considerar que mi reclamación sería evaluada por los mismos funcionarios ó letrados ó whatever del sitio donde han legitimado una Resolución como la que yo recibí, me hacía desestimar cualquier pronóstico de esperanza y justicia. Sólo muy al final, inclusive corriendo riesgo de que el Recurso no llegare dentro del plazo establecido, tomé un impulso, hice mi Escrito rebatiendo la teoría del "seudo-español", además aporté documentos oficiales que supongo pueden acreditar la convivencia mía en matrimonio en España por más de 3 años …, y entregué el Recurso. En fin, que por no quedarme pasiva traté de aprovechar esta vía procesal, aunque todo sea dicho: francamente no tengo confianza ni esperanza en esto.
Lo que va quedando menos viciado creo que sea presentar una nueva solicitud; así es que cuando agosto acabe, puede que me ponga en función de investigar requisitos, tiempos de reserva de cita en mi RC, etc., ya que en la actualidad me toca acudir a uno diferente al de la vez anterior.
En la respuesta electrónica que recibí del Registro General, entiendo que está referida a su terreno, es decir: al de la Administración, pero no creo sea extensible al Recurso por la Vía Judicial ante el T.S. Ese es otro Frente de Guerra que me parece no es compatible con eso de duplicar solicitudes. Creo que si uno opta por la vía Contencioso_Administrativa, ahí hay que limitarse a ese resultado antes de presentar una solicitud nueva. Me parece recordar que algo así me comentó el abogado que consulté ante la situación de mi denegación, me parece haber entendido esto.
Pero de momento, ahora que escribo esto, pienso: quizás dentro del caos y la confusión generados haya espacio para llevar en paralelo Recursos por todas las vías disponibles, así como Solicitudes nuevas, sin que esto sea considerado una ilegalidad ó una irregularidad con efectos negativos los interesados, aunque suena raro, porque es en esencia un doble conteo para la Administración del MJ de este país, no sé ..... Esto es en términos de "borrador" mental lo último que acabo de escribir. Si alguien conoce el tema con propiedad, por favor que arroje luz sobre este asunto.
Saludos, os dejo por hoy.
FARAH.
(*) Haciendo aplicación práctica de un mandamiento célebre que aparece en el libro “REBELIÓN EN LA GRANJA”, del genial G.Orwell.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 26 Ago 2013, 18:15
por claudek
farah dib, por favor guarda este mensaje en tu email!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! Somos muchas personas que tenemos esta situación!!!!!
Saludos
gracias farah por la aportación.
Saludos
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 27 Ago 2013, 14:09
por nosoymedico
Buenas tardes, aún no he podido recoger mi resolución denegatoria puesto que presenté mi solicitud en menorca y actualmente no vivo ahi y no puedo acudir, me dijerón que me enviarían un exhorto y me llamarían desde el registro civil a mi domicilio pero aún nada y por trabajo no he podido acudir personalmente.
Bueno he de suponer que mi caso la denegación será por el mismo motivo que estoy viendo en los mensajes anteriores el estar casado con una española por opción (no de origen aunque su padre si lo es) bueno he descartado ya el tema de antecedentes penales, tiempo de residencia, informe del juez asi que lo que me queda es que ha sido por esto.
Aporto una acotación peculiar en mi caso espero puedan ayudarme los funcionarios que particupan en este foro.
Yo al presentar la nacionalidad habiendo cumplido los requisitos, mi mujer en ese entonces tbm presentó documentación para "optar" si cabe el término por la nacionalidad de origen acogiendose a una resolución (no recuerdo cual, anexo ii o iii?) que luego de pasado unos meses aproximadamente 8 le fue otorgada quiero decir tiene una anotación marginal más en su partida de necimiento en donde se le declara española de origen para todos los efectos.
Expuesto el tema mi pregunta es:
Mi mujer es originariamente española (ahora) y si es que la denegación de mi nacionalidad fue por este motivo (no era de origen al presentarla, al menos en papel) esta resolución para ella (española de origen) es retroactiva?, quiero decir entiendo que un español de origen siempre lo ha sido desde el nacimiento asi haya recuperado con posterioridad su nacionalidad...
No se si me enredo mucho pero espero que me aclaren este ttema en aras de presentar mi recurso con mas pruebas y conargumentos sólidos.
Gracias.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 02 Sep 2013, 19:12
por Estelvina
Hola a todos:
Ya supe mi motivo de denegacion:
....."la interesada no aporto el certificado de nacimiento" .....
¿como se te ocurre Pipe? Falso como un doblon de chocolate.
Bueno fui al RC el 28-08 y el 29-08 presente el recurso en la DGRN.
Conservo copia integra del expediente y aporte los papeles con sus sellos. Ahora a orar para ver si camina la cosa.
El funcionario de la DGRN me dijo que hasta el proximo verano no espere nada...
La funcionaria del RC local me dio esperanzas asi como el abogado que me elaboro el recurso.
Un dato de interes:
en la DGRN el funcionario me informo que se considera silencio administrativo si no contestan al mes de presentarlo, por si el interesado quiere proseguir con la demanda ante la Audiencia Nacional,.... pero que el tiempo real es lo que dije +- un año en responder.
La opinion de todos los funcionarios es que el hermoso plan intensivo nos ha liado a todos, incluso al RC a todos los niveles.
Suerte a todos, a continuar con nuestras vidas, nuestros planes y nuestros proyectos.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 03 Sep 2013, 15:39
por olgaciloci
Sere una ilusa, pero sigo sin creerme esto: como nos meten a todos en el saco de los "Denegados", con razon o sin razon, y les da igual (por que saben que va a quedar asi, impune) el motivo que nos plasman alli. Sigo sin creer que esto es posible asi, sin mas. Y la verdad es que les he escrito a todos, he agotado las ideeas de como hacer que esto trascienda de alguna forma, pero Nadie me ha hecho caso. Sera otro tema tabu para los periodistas? No lo entiendo. Como siempre , no hay culpables, y no se castiga a nadie.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 04 Sep 2013, 18:46
por Usuario borrado 7531
¿Hay alguna manera de mirar en qué estado se encuentra el Recurso?? ...porque en la página del ministerio de justicia no aparece nada al respecto.¿¿ verdad???
joé, cuanta incertidumbre...
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 05 Sep 2013, 12:06
por olgaciloci
la unica forma que explico en su momento karbico, es de mirar un link del ministerio de justicia donde aparecen las resoluciones publivadas cada dia, pero me parece una locura mirar cada dia, a ver si aperece el tuyo, ademas siguen saliendo las de hace 2 y 3 años atras.
Hoy fui al RC a pedir nueva cita para presnetar de nuevo la solcitud, lleve todos los documentos, que en mi caso son poquitos, salvo el certificado de antecedentes penales, y me dieron cita para 7 de Febrero de 2014.
Mi abogada me dijo que igual voy a tardar menos si presento de nuevo.
Asi que a ver, dentro de 5 meses sere de nuevo un expediente de nacionalidad. ahora del año 2014. Que triste.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 05 Sep 2013, 20:31
por lesantes
olgaciloci,
Si puedes pasar el link te lo agradecería, gracias!!!
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 06 Sep 2013, 13:09
por raja_catalonya1
olgaciloci,
Si puedes pasar el link te lo agradecería, gracias!!!
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 10 Sep 2013, 12:54
por nosoymedico
En conclusión puedo tramitar nuevamente la nacionalidad habiendo recibido un expediente denegatori sin plazo previo? Alguien puede ayudarme en esto??? GRACIAS
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 12 Sep 2013, 12:12
por Estelvina
Pues bien, ya les habia contado que recogi resolucion denegatoria el 28/08 y presente recurso en DGRN el 29/08. El viernes contacte a traves de la web de como va lo mio para que me informaran como seguir el rastro a mi expediente una vez presentado el recurso y la respuesta de hoy la adjunto a continuacion:"En atención a su correo le informamos que contra la resolución de esta Dirección General por la que se le deniega la nacionalidad española, usted podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
En el primero de los casos corresponderá entonces a la Dirección General de los Registros y del Notariado pronunciarse sobre el mismo a la vista de todo el expediente. Si interpuesto recurso de reposición, transcurriere un mes sin que se le haya notificado la resolución del mismo, el recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo y el interesado/a podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de 6 meses".
Por otra parte a ayer llame y muy amablemente la verdad, me dijeron que aun no consta mi recurso que espere un mes +- a ver si lo han recibido pero que el tramite esta demorando muuuuucho porque hay muchos recursos presentados. Creo que debemos presionar ya que si nos han tratado peor que un saco de patatas en el proceso normal al menos debemos exigir el minimo de respeto y justicia en esta ultima fase. He visto que han respondido dos peticiones que he firmado en change.org la de los libros y la de jura ante notario que ya esta siendo raceptada en pradillo, creo que voy a hacer algo en change.org y ya les paso el enlace. Cualquiera que pueda ayudarme en esto le acepto la ayuda porque no soy ducha en la web. Hay que hacer algo somos muchos los afectados y esto es una injusticia. Lo digo por nosotros que ya nos han fastidiado y para evitar que esto se siga repitiendo en el futuro.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 12 Sep 2013, 17:01
por profesoralex
nosoymedico, has leído esto??????
Farah Dib escribió:
Claudek:
de: CAC <CAC@mjusticia.es>
fecha: 12 de agosto de 2013 12:51
asunto: RV: Petición de Contacto
enviado por: mjusticia.es
: Mensaje importante principalmente por los integrantes de la conversación
En atención a su correo de fecha 07 de agosto sobre los trámites de solicitud de nacionalidad española por residencia, se le informa que una vez resuelto el expediente, se le comunica dicha resolución al Registro Civil donde inició los tramites de solicitud de nacionalidad española.
Si interpuesto recurso de reposición, transcurriere un mes sin que se le haya notificado la resolución del mismo, el recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo y el interesado/a podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de 6 meses.
Asimismo le informamos que si reúne los requisitos necesarios podrá presentar una nueva solicitud de nacionalidad española por residencia, aún cuando hubiera iniciado un expediente anteriormente y la correspondiente resolución de denegación de ese hubiera sido recurrida. En este caso el recurso presentado y la nueva solicitud de nacionalidad por residencia se tramitarían de forma independiente.
Atentamente.
FARAH.""""
""""
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 16 Sep 2013, 06:40
por julim
Ye recibió mi hijo la resolución de denegación de la nacionalidad.
pone que le deniegan por falta de integración , y dice claramente no por el idioma, sino por falta de conocimientos, costumbres, adaptación y estilo de vida española..
Vamos, o sea, por no saber el nombre de los hijos del rey, ni las fechas de fiestas de los pueblos.
Bueno, ¿qué se puede hacer? Veo que es mejor presentar un nuevo expediente.
Otra pregunta aprovechando este espacio..
Mi hijo tiene el NIE caducado, y está en tramite para el permiso de larga duración.
La cita ¿se puede pedir de igual manera con el documento de que esta en trámite ?
Para provechar el tiempo ya que le han dicho que si pide cita se lo darán en 8 meses.
-- 17/Sep/2013, 23:25 --
Hola a mi hijo le han denegado por falta de integración, no supo responder a las preguntas, por lo demás todo bien, pero mi consulta si alguien con experiencia en los temas que ya están llevando de los documentos que han sido denegados por este tema por falta de integración , quisiera por favor si alguien tiene un modelo de como hacer un recurso potestativo de reposición , y sobre todo que documento se presenta , supongo la resolución , la notificación, supongo que NIE ó no, que otro doc, alguien por favor. y sobre todo que posibilidades hay de que salga positivo.
y otra cosa alguien me puede decir que quiere decir eso ( pues las garantías de éxito de estos recursos será más que discutible.)
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 27 Sep 2013, 14:32
por olgaciloci
Hola chic@s,
Perdonad la ausencia, he estado ocupafda con una cosa.
No tengo el link que me pide catalonya el 5 de Septiembre, hay que ller los posts de karbico, yo no me lo he guardado.
Simplemente deciros que no tengo ninguna noticia, salvo que cogi cita en RC Pradillo para volver a pedir la nacionalidad para el 7 de Febrero. (esto si todavia estoy en España jejeje).
Bueno , si hay que firmar la peticion en change.org para que resuelvan lo de las recursos, yo firmo, por que desdeluego nos han tratado fatal y nadie (como vienea ser costumbre ultimamente en este pais) toma responsabilidad y arregla nada.
Un saludo a todos.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 30 Sep 2013, 17:01
por Usuario borrado 9593
Hola a todos,
Me acaba de llegar la carta del MJ y efectivamente ANTECEDENTES PENALES CADUCADOS (expedientes del 2010) , el problema es que en el plazo de un mes no me da tiempo a tramitar unos nuevos antecedentes penales, que debo hacer en este caso, presentarlos fuera de tiempo ó saltarme el Recurso de Reposición (que solo tiene un mes de plazo) e ir directamente con el recurso Contencioso-Adm. (que creo que tiene 2 meses) ???
Agradezco vuestra ayuda de antemano,
Muchas gracias.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 11 Oct 2013, 17:19
por Gabylib
Lo que puedes hacer es presentar el recurso potestativo dentro del mes, con la salvedad de explicar que se estan recabando los certificados actualizados, que tardan x días en obtenerse y una vez que los tengas, los adjuntas al recurso.
Es lo que hice yo por indicación de mi abogada.
Suerte,
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 14 Oct 2013, 00:40
por raja_catalonya1
Hola
yo presenté el recurso en el 15/07/13 hasta hoy dia no reciví ningun tipo de respuesta o información ,
me podrían contestar si hay alguna manera de saber donde ha llegado mi recurso de la Nacionalidad o algun numº de Telefono para contactar?
Normalmente resulta favorable presentar recurso de la nacionalidad ?
Tengo derecho de solicitar de nuevo ?
Y que me aconsejais , esperar el resultado presentado del recurso ? o bien solicitar de nuevo la nacionalidad española ?
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 15 Oct 2013, 10:55
por pato
Hola a todos!
No se si estan enterados de éste video, los comparto porque se que muchos de los denegados por esta misma causa, han perdido toda esperanza de recurrir, pues yo creo que esta muy claro lo que se dice en este video.
Y como si fuera poco, en este otro video donde habla el Sub director general de nacionalidades y estado civil LO CONFIRMA. Creo que esto son noticias ALENTADORAS
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 18 Oct 2013, 19:00
por lesantes
pato escribió:.....
Y como si fuera poco, en este otro video donde habla el Sub director general de nacionalidades y estado civil LO CONFIRMA. Creo que esto son noticias ALENTADORAS
...
A partir del minuto 13 del segundo video se habla de los recursos repostativos..
La información que dan es muy interesante: dentro del plan intensivo este mes de octubre de iniciará una subdivisión con un programa informático, para resolverlos en el plazo de un mes.....
!!!!! Ojalá, !!!
Nosotros lo presentamos a finales de agosto pero aún no ha tenido entrada en el ministerio de justicia....
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 09 Nov 2013, 22:44
por raja_catalonya1
Hola
yo presenté el recurso en el 15/07/13 hasta hoy dia no reciví ningun tipo de respuesta o información ,
me podrían contestar si hay alguna manera de saber donde ha llegado mi recurso de la Nacionalidad o algun numº de Telefono para contactar?
Normalmente resulta favorable presentar recurso de la nacionalidad ?
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 11 Nov 2013, 10:54
por lesantes
raja_catalonya1 escribió:Hola
yo presenté el recurso en el 15/07/13 hasta hoy dia no reciví ningun tipo de respuesta o información ,
me podrían contestar si hay alguna manera de saber donde ha llegado mi recurso de la Nacionalidad o algun numº de Telefono para contactar?
Normalmente resulta favorable presentar recurso de la nacionalidad ?
Yo cada 2 semanas más o menos llamo a este número, 91 837 22 95, te informarán de si ya han registrado o no el recurso. Yo lo mandé a finales de agosto y aún nada.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 12 Nov 2013, 17:57
por npascual
Hola
Esto es de paciencia en todos los sentidos, yo presente el recurso el 9 de Julio del 2013 y aun se encuentra en Tramite. Siempre dan la misma respuesta si llamas al 91 8372295, que no hay limite de tiempo de espera y que se le dará respuesta a todos los recursos de forma explicita.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 13 Nov 2013, 14:58
por lesantes
Hola, ¿pero te dicen que ya lo tienen registrado? ¿ Te dan algún número de referencia?
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 26 Nov 2013, 00:28
por raja_catalonya1
Hemos llamado hoy al ministerio de justicia para saber donde han llegado los trámites del recurso de la nacionalidad española , y me han respondido que está en proceso , que quiere decir ''en proceso''?
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 26 Nov 2013, 17:55
por nosoymedico
Hoy por fin he recibido en mis manos la resolución de Denegación de mi expediente de nacionalidad.
En resumen:
Me deniegan la nacionalidad porque figuro en el padrón de mi municipio de residencia desde agosto del 2010 OSEA SUPONEN QUE LLEVO MENOS DE UN AÑO RESIDIENDO EN ESPAÑA.
presenté la nacionalidad el 20 de junio del 2011, en mi tarjeta de residencia figura como fecha de caducidad 17 DE JUNIO DEL 2015, ES DE FAMILIAR DE COMUNITARIO VÁLIDO 5 AÑOS (CONYUGUE ESPAÑOLA) ESTO QUIERE DECIR QUE RESIDO LEGALMENTE DESDE 17DE JUNIO DEL 2010.
*por decir algo, presente el empadronamiento sólo de Menorca (es lo que pedian), antes viví en Barcelona.
Es decir que de junio a agosto he residido en la luna o saturno o en cualquier lugar del planeta menos en España. INCREIBLE
Bueno presentaré obviamente la reclamación o recurso, estoy pidiendo mi histórico de empadronamiento conjunto, certificado de residencia y mi NIE amplificado con la fecha de expedición, es increible que hayan dejado pasar esta verificación, o ver el pasaporte la fecha cuando fui reagrupado a España.
Si alguien esta en una situación similar porfavor que me indique que otro documento o como he de elaborar el recurso , toda ayuda es bienvenida dado que a mi entender este es un error flagrante y hasta alevoso, claro si no es que un administrador me dice que el equivocado soy yo.
saludos
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 27 Nov 2013, 12:17
por jesus64
Quisiera hacer una consulta:
A una amiga le denegaron la nacionalidad porque, supuestamente, se encontraba en situación de ilegal en España, cuando en realidad ella tiene residencia de larga duración indefinida, con contrato de trabajo, sin ancedentes penales, vida laboral de más de 2 mil días cotizados, declaración de impuesto ante la AT.
Ella interpuso un recurso potestativo de reposición el 17 de junio de 2013, pero al día de hoy no le han contestado al mismo.
El 16 de noviembre, llamó ministerio de Justicia y le dijeron que el recurso fue registrado 6 de agosto. ¿qué recomendación le dan a ella?
Particularmente creo que a ella le denegaron la nacionalidad porque en el registro histórico de su NIE está una denegación de la tarjeta para trabajar fuera de España.
Seguramente el funcionario por descuido o desconocimiento pensó que encontraba en situación irregular, ya que en la notificación de la denegación se le insta a abandonar el territorio de España por encontrarse en situación irregular, cuando en realidad ella tiene residencia de larga duración.
¿Qué puede hacer ella, seguir esperando una respuesta al recurso? o ¿interponer recurso ante la audiencia nacional?
Gracias de antemano por vuestros consejos.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 27 Nov 2013, 21:59
por lamonda2011
Hola nosoymedico. No soy administrador del foro pero voy a darte mi opinión
¿Te importaría escribir exactamente las razones que se exponen en la carta para la denegación de la nacionalidad? Es que no he entendido bien. Creo que no se refieren al permiso de residencia sino al tiempo de convivencia de un año o más en el mismo domicilio con tu cónyuge para demostrar que no estén separados legalmente o de hecho.
Más o menos por lo que has expuesto y tratando de buscar una explicación lógica a la denegación, creo que deberías mirar:
- ¿Tú y tu cónyuge en el momento de presentar la solicitud de nacionalidad estaban empadronados en la misma dirección y conviviendo al menos 1 año? Si aportaste el certificado de empadronamiento conjunto, desde la fecha del empadronamiento (Agosto/2010) a la presentación de la solicitud de nacionalidad (Junio/2011), son 10 meses, te estarían faltando 2 meses para cumplir con el requisito de un año. Si presentaste solo el certificado de empadronamiento de Menorca, y si te empadronaste antes en Barcelona podrías demostrar que has vivido junto a tu pareja 1 año antes de presentar la solicitud, una etapa en Barcelona y otra en Menorca, para ello deberías aportar un certificado del tiempo que estuvieron viviendo en Barcelona.
Son algunas ideas, ojalá no sea eso y que se deba a un fallo que hayan tenido y puedas recurrirlo.
Mucha suerte
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 27 Nov 2013, 23:16
por nosoymedico
Gracias por tu opinion lamonda, tal vez no lo he explicado bien al tratar de resaltar el error que han cometido conmigom(mi opinion). Mi mujer y yo llegamos juntos a Espana, ella me reagrupo al ser espanola de origen, nuestro primer empadronamiento fue 4 de junio 2010 luego si hubieran visto mi nie la fecha de expedicion es 17 de junio ademas para poder reagruparme incribimos nuestro matrimonio en registro civil central con fecha abril 2010, con todo esto queda mas que claro que para el 20 de junio de 2011 ya cumplia todo lo requerido por las autoridades.
La razon que me dan para denegar es la q puse arriba textualmente,
Figuro en el padron de muncipio de residencia desde agosto 2010 nada mas q eso... No sabia hasta ahora q no podemosmovernos por españa, saludos y gracias por responder
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 04 Dic 2013, 19:15
por krizzz
HOLA
tambien me han denegado la nacionalida por no tener el tiempo legal en españa soy colombiano y estoy legal en españa desde del 2001 y solicite mi nacionalida desde el 2010 claro error por el RC fecha denegacion 21/06/2013 y fecha de recurso de reposicion 18/07/2013 sin respuesta al dia de hoy que mal trabajo por los registradores no leen los expedientes antes de resolver lo hacen alazar
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 04 Dic 2013, 19:48
por nosoymedico
Hola Krizz gracias por compartir tu experiencia.
Tengo los sgtes documentos ya en mi poder para hacer mi recurso.
Certificado de residencia donde expone como fecha de aprobación 18/06/2010 (figura en mi NIE además)
Copia legalizada de mi NIE donde figura la fecha de inicio de residencia comunitaria (conyugue)
Histórico de empadronamiento conjunto con fecha (04/06/2010)
Una pregunta, presentaste alguna documentación adicional?
Podrías por favor "colgar" el escrito que presentaste junto a la documentación para que me sirva de referencia dada la similitud del error que se ha cometido, y me parece que ha sido la misma fecha ! vaya casualidad !
Agradezco de antemano si pudieras facilitarme esta ayuda.
A la espera que se haga justicia me despido
Un saludo.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 09 Dic 2013, 15:43
por sandibel
Currito escribió:
Si su hijo cuando realizó la solicitud de nacionalidad tenía el Certificado de Antecedentes Penales del país de origen vigente y no caducado no se debe preocupar. Que ahora se resuelva dos años después de haberlo presentado no significa que tenga que estar vigente ahora, vigente tenía que estar en el momento de solicitar la nacionalidad.
Si no estaba vigente en el momento de la solicitud, aun no saliendo del país se le oficiara para pedir un nuevo certificado actualizado.
Espero haberme explicado bien.
Saludos.
Hola , lo lógico es lo que estas diciendo, estoy totalmente de acuerdo contigo pero mi caso dice claramente que depende del agente que le toca resolver tu expediente: El caso es que yo presenté el certificado de antecedentes penales de mi país de origen vigente , sellado por el agente de los juzgados. Aun así hubo un error y el agente que resolvió mi solicitud no se fijó en la fecha de entrada en el registro civil sino en la fecha de entrada en el ministerio de justicia!! y claro me denegaron la nacionalidad por este motivo " Antecedentes penales caducados" Un error claro que cometió el agente!! Presenté el recurso el 31 de mayo adjuntando un nuevo certificado de penales vigente y hasta ahora no me han contestado!!
Saludos
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 24 Dic 2013, 09:23
por olgaciloci
Hola,
simplemente me pasaba por aqui y uqeria decir FELIZ NAVIDAD a todos los compañeros de fatiga. En mi caso particular si novedades. Nos han puteado pero bien, amigos, pero no hay mas remedio que reirnos de esto, por que esta claro que no hemos podido mover ni una piedara con todas nuestra cartas. A pesar de la amargura de este proceso, intentaremos pasar buenas fiestas.
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 28 Dic 2013, 11:30
por LISETTEGM
Hola
Feliz Navidad a todos.
Quería comentaros como va mi caso:
RC: 22/11/2011
MJ: 16/03/2012
Mensaje cambiado 11/2012: Pendiente de informes solicitados con fecha 6/08/12
Policía: 01/03/2013
Mensaje cambiado 03/03/2013: Recibidos los informes, esta en estudio
Denegada el 07/11/2013- Por no cumplir los 2 años mínimos de residencia cuando soy hija y nieta de español de origen y para optar a la nacionalidad solo me basta con 1 año de residencia (soy residente desde 16/02/2010, cumplía de sobra el tiempo mínimo de 1 año). Recogí la resolución el 27/12/2013.
Ahora preparándome para el recurso.
Saludos y hasta la próxima.
-- 01 Ene 2014, 20:17 --
Hola nuevamente
Antes que nada feliz año nuevo para todos!!!
Como comenté antes me estoy preparando para el recurso, pero me han recomendado que adjunte inscripciones de nacimiento "actualizadas" de mi padre y abuelo.
La de mi padre es fácil de solicitar pero la de mi abuelo al estar inscrito en Barjas, Leon, no lo puedo solicitar desde Madrid y no sé como solicitarlo con tan poco tiempo.
Yo tengo en mi poder las inscripciones que las conseguí para el año 2010, pero me da miedo presentar esas mismas y me digan que están caducadas
No sé que hacer, ¿alguna sugerencia?
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 09 Ene 2014, 15:52
por Usuario borrado 7531
Buenas, no hay ninguna novedad en lo que se refiere a resolución de recursos??? están de parón todavía de navidades???
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 12 Ene 2014, 18:16
por lesantes
Mi recurso, que se mandó el dia 23/8/2013, aún no les consta, ellos mismos me han recomendado que ponga una reclamación....
Re: Notificación de Denegación. Debate sobre motivación de la resolución y posibilidad de recurso de la misma.
Publicado: 12 Ene 2014, 23:59
por Javier2749c
LISETTEGM escribió:Hola
Feliz Navidad a todos.
Quería comentaros como va mi caso:
RC: 22/11/2011
MJ: 16/03/2012
Mensaje cambiado 11/2012: Pendiente de informes solicitados con fecha 6/08/12
Policía: 01/03/2013
Mensaje cambiado 03/03/2013: Recibidos los informes, esta en estudio
Denegada el 07/11/2013- Por no cumplir los 2 años mínimos de residencia cuando soy hija y nieta de español de origen y para optar a la nacionalidad solo me basta con 1 año de residencia (soy residente desde 16/02/2010, cumplía de sobra el tiempo mínimo de 1 año). Recogí la resolución el 27/12/2013.
Ahora preparándome para el recurso.
Saludos y hasta la próxima.
-- 01 Ene 2014, 20:17 --
Hola nuevamente
Antes que nada feliz año nuevo para todos!!!
Como comenté antes me estoy preparando para el recurso, pero me han recomendado que adjunte inscripciones de nacimiento "actualizadas" de mi padre y abuelo.
La de mi padre es fácil de solicitar pero la de mi abuelo al estar inscrito en Barjas, Leon, no lo puedo solicitar desde Madrid y no sé como solicitarlo con tan poco tiempo.
Yo tengo en mi poder las inscripciones que las conseguí para el año 2010, pero me da miedo presentar esas mismas y me digan que están caducadas
No sé que hacer, ¿alguna sugerencia?
No precisas aportar certificaciones expedidas en forma reciente.
En todo caso, adjunta las que tienes y pide que de oficio se adjunten certificaciones "actualizadas".