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Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 08 Dic 2010, 00:38
por kárbiko
A ver,... el juez del RC no puede negarse a inscribir lo que ya otro juez ha resuelto.
Eso es lo que hay que decirle al funcionario.

Si ya un Juez de Primera Instancia ha acordado la plena adopción del menor extranjero por parte del marido de la madre dle mismo, se deberá hacer la inscripción del nacimiento del menor, pudiéndose hacer:
  • en el RC Central, al ser un hecho que ocurrió en el extranjero
  • en el RC del domicilio de los padres, según la redacción dada al art. 16 de la Ley de RegistroCivil y, aún más, confirmada en la Resolución (4.ª) de 14 de marzo de 2007 citada anteriormente por Jucrisvic
La Jueza de ese RC, repetimos, NO PUEDE OPONERSE A LO QUE OTRO JUEZ HA ACORDADO Y YA HA ADQUIRIDO FIRMEZA.
Lo que puede hacer, (una vez se proceda a inscribir ese nacimiento y posteriormente ponerle la inscripción marginal de adopción), es, no estando de acuerdo con la misma, iniciar un expediente para cancelar dicha inscripción, .... que fundamentará en lo que le parezca.
Esa resolución la deberán notificar a todos los interesados, y,..quienes no están de acuerdo con la misma, presentarán recurso que se resolverá por la DGRN..
Mientras, la inscripción está hecha y pÈndiente de que se resuelva ese recurso,... pero ya constará en tu Libro de Familia, con sus nuevos apellidos, podrá hacer la comunión y, si quieres, .... hasta se va de viaje de fin de curso...

Presenta escrito en estos términos que te he puesto, solicitando que se te de contestación al mismo y que te informen del estado en que se encuentra la solicitud hecha de que se inscriba el nacimiento de tu hijo en ese RC.
Si no te contestan o se demoran, pides ahi­ mismo un formulario para presentar una queja formal y lo rellenas.
O la presentas a través de las páginas web del Ministerio de Justicia o del Consejo General del Poder Judicial.

Repetimos también: imprime este tema completo (todito) y dile al compañero de ese RC que se pase por este foro, que aqui­ tratamos estos temas en familia, y si no sabe con qué fundamentos legales acordar que se haga (o que no se haga) determinada cosa, probablemente podremos aportarle resoluciones u otras disposiciones legales en las que fundamentar su resolución.... o, le hacemos ver que está equivocado en su criterio y, por ello, lo vari­a...


PD: eso que ha puesto Javier, es parte de la inscripción que hay que hacer... pero se hará después de transcribir los datos de la inscripción peruana aportada.
En ese RC ya saben qué es lo que hay que poner... (no va a hacer falta que le dictemos el texto...)
Lo que no tienen claro es que corresponda que la tengan que hacer ellos.... u otro RC.
De ahi­ la duda. SE trata de una duda de competencia... y ya deberi­a estar resuelta con la resolución que hemos indicado anteriormente.


PD: Yo también me doy por invitado a esa paella,... aunque a mi me quede mucho más lejos....

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 08 Dic 2010, 00:50
por Javier2749c
kárbiko escribió: PD: Yo también me doy por invitado a esa paella,... aunque a mi me quede mucho más lejos....
A no ser que la paella se haga en Perú (pues quizá la jueza le responda que debe de volver al Consulado :twisted: ) creeri­a que yo estoy bastante más lejos.

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 08 Dic 2010, 01:00
por kikegranada
No entiendo bien que parte te refieres que imprima,. ¿todo lo que pone en tu post? ¿todito?

Lo que me dijo el funcionario la última vez no fue nada de hacerlo en el RC Central.
Sólo que (textualmente) "estuve mirando tu caso y no he encontrado nada; o sea, que es el primer caso que tenemos. Por eso voy a pasar el expediente a la jueza, para que me diga en que basarme para hacer el escrito. Una vez que me lo de, te hago el escrito.
Ella lo firma y procedemos a la inscripción".

Pero la noticia de hoy ha sido lo que comenté anteriormente: que la jueza no lo tiene claro y que lo quiere volver a pasar al fiscal (el cual ya dijo que se procediera a realizar lo que se pide en el expediente) para que se lo devuelva con un razonamiento juri­dico para hacerlo..,

Asi­ que no se qué presentarles ahora, ni como actuar .., porque el tiempo se me echa encima y vienen las vacaciones de navidad, el mes que viene tengo que bautizar al cri­o para que haga la comunión este año y aún no está inscrito, no puede salir del pai­s por tema de papeles, ..etc. Incluso, ahora ha fichado para el fútbol y no puede jugar partidos oficiales porque no lo tengo en el libro de familia, ..
Vamos una pesadilla todo ésto, ..
No se si aprovechar que estoy ahora en paro y encadenarme a la puerta del juzgado y llamar a la TV a ver si asi­ se preocupan de hacer su trabajo..

Acabo de ver el post ese de volver al Consulado, en Perú ya consta con mis apellidos, y tengo la partida de nacimiento peruana con mis datos,

Espero no tener que volver alli­ para este tema..

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 08 Dic 2010, 01:21
por Javier2749c
Lo que tiene que hacer la jueza encargada del registro civil es inscribirlo, o sea crear su acta de nacimiento copiando los datos de la inscripción peruana y al margen de dicha acta escribir el texto del modelo 153.04
(Nunca ha quedado claro por qué el juez que dictó al auto de adopción no ordenó inscribirlo)

Cómo harás para lograr eso, no sabri­a decirte. Pero recuerda que si te deniegan la inscripción el recurso podri­a demorar casi 2 años en resolverse.

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 08 Dic 2010, 13:31
por kárbiko
kikegranada escribió:No entiendo bien que parte te refieres que imprima,. ¿todo lo que pone en tu post? ¿todito?
Diferenciemos:
Post: Igual a mensaje: Cada contestación de algún usuario es un post
Tema: Conjunto de mensajes (por tanto, de post's) que integran un tema

Si te decimos que imprimas todo el tema,... es que imprimas todo lo que te hemos contestado.

Sobre todo, lo más importante (y clarificador sobre el problema) que se ha puesto es la resolución que jucri­svic comentó y Javier puso completa dentro de un spoiler.
Se lo muestras al funcionario del RC y, si no sabe qué hacer, le dices que:
  1. muestre esa resolución a la jueza, que deberá ver cual es el criterio de la DGRN y acordará que se proceda a hacer la inscripción, o que
  2. entre en este foro y aqui­ le informaremos de qué es lo que tiene que hacer. Para eso está este foro: para ayudaros a vosotros y también para ayudarnos mutuamente entre funcionarios, cuando se dan estos casos de que el Encargado no vea el procedimiento a seguir.
kikegranada escribió:...Una vez que me lo de, te hago el escrito.
Ella lo firma y procedemos a la inscripción".
Todavi­a no me ha quedado claro qué escrito es el que te tiene que hacer....
El procedimiento que se ha seguido es el de que un Juez de 1ª instancia ha dictado una resolución que ya es firme y hay que cumplir lo que ha acordado en la parte dispositiva.
No es necesario que hagas nada en el pai­s del niño.
Inmediátamente de decretarse la firmeza de esa resolución, el propio Juzgado de 1ª Instancia debió de mandar comunicación (vi­a Exhorto) al RC que correspondiera para que se practicara la inscripción de nacimiento del menor.
Si no se hizo de oficio, podeis pedirlo a instancia vuestra. Y ahi­ estamos...

¿Qué tiene que hacerse en en RC que recibe vuestra comparecencia solicitando que se haga la inscripción?
El Encargado tiene que CALIFICAR la documentación recibida (pasando del FISCAL, que en fase de calificación no pinta nada) y ACORDAR lo que estime procedente.
Supongo que éste es el escrito que dice el funcionario que tiene que hacerte....

La duda que podri­a tener es (como ya dijimos) si se inscribe en el RC Central o en el propio RC donde residi­s ambos padres.
Pero eso ya ha quedado despejado con lo que mencionamos antes,... y que aparece clarificado en la resolución que hemos comentado.

El si debe hacerse o no, NO puede ser la duda, ya que esa Juez del RC NO PUEDE OPONERSE A HACER LO QUE OTRO JUEZ YA HA ORDENADO O ACORDADO.
En todo caso, podrá, con posterioridad a hacer la inscripción, plantear la nulidad de la misma y que se cancele la inscripción hecha..... (lo va a tener muy difi­cil,... pero....)
(repetido nuevamente, ... ¿Cuántas veces vamos a repetir qué es lo que hay que hacer?)
kikegranada escribió:Asi­ que no se qué presentarles ahora, .....
Tú no tendri­as que presentarle nada.... Ya bastante has hecho... que paciencia si que has tenido...
Pero o pides que resuelvan ya, y que contesten a la petición que has hecho inmediatamente, ... y si deniegan la inscripción procedes a recurrir ese acuerdo de la juez.... o llamas al abogado que te llevó el procedimiento de adopción, al que le pagaste y no completó su trabajo, y el dices que el juzgado que resolvió la adopción no remitió al RC la orden de que se inscriba.
Le muestras al abogado TODO ESTE TEMA (¿aclarado que es todo el tema? Supongo que si) y que proceda a presentar un escrito en el procedimiento de adopción para que manden orden al RC para que hagan la inscripción...
Verás como a la orden de ese otro Juez no se opondrá...

Plis,.. actúa y después nos cuentas el resultado..
Ya ha quedado claro qué es lo que tienes que hacer....
Yo, al menos, me retiro hasta que cuentes el resultado de lo que hayas hecho....



Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 08 Dic 2010, 13:55
por Javier2749c
kárbiko escribió: ¿Qué tiene que hacerse en en RC que recibe vuestra comparecencia solicitando que se haga la inscripción?
El Encargado tiene que CALIFICAR la documentación recibida (pasando del FISCAL, que en fase de calificación no pinta nada) y ACORDAR lo que estime procedente.
Muy buena observación.
Creo que es algo de "no sé qué hacer con esto, mejor le paso el tema al fiscal"

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 08 Dic 2010, 14:19
por kikegranada
pues, muchi­simas gracias otra vez, ...

No quiero ponerme pesado y robaros más tiempo,
Haré todo lo que me decés ahora y, cuando obtenga una respuesta, ya os comentaré,...

saludos y de nuevo, muchas gracias

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 08 Dic 2010, 14:23
por kárbiko
Bueno, antes de retirarme,.. unas reflexiones sobre todo este tema....

Kikegranada, he lei­do (y editado para una mejor comprensión) muchos de tus mensajes y creo que tienes un criterio equivocado:

Tienes que tener en cuenta que el trabajo del funcionario no es el de resolver las cuestiones que se plantean.
Ni la más difi­cil, como puede ser el caso de la tuya...., ni la más fácil.
El Juez es el que tiene que decidir qué es lo que se hace...
Muchas veces, para adelantarle trabajo y no tenga que buscar fundamentación o resoluciones para conocer criterio de la DGRN o que tenga que consultar con algún otro juez, .. algunos funcionarios buscamos esa fundamentación y se la pasamos conjuntamente.
Asi­, al decidir (CALIFICAR), tiene ya presente una base para tomar su decisión.
Pero ese no es trabajo del funcionario. Lo hacemos porque queremos. No porque sea nuestro trabajo...
Nuestro trabajo empieza después de que está calificada la pretensión del compareciente (nuestros "clientes") y nos dicen qué es lo que hay que hacer..


Otra cosa que has comentado varias veces es lo de que no cuesta nada llamar al RC Central y que te digan....
Ese teléfono no lo hay. No existe donde consultar esas dudas.....
De ahi­ que, entre otras formas de consulta, tengamos este foro para resolver los problemas que van surgiendo...
Por ejemplo,.. si hubieras venido a mi RC, yo (vale, mi Juez) te habri­a mandado la documentación para ser inscrito en el RC Central,.. porque yo no teni­a ni idea (ni tampoco mi Juez) de la Resolución ya comentada, y que permite que la inscripción se haga en Motril, por ser el municipio donde residen los padres del adoptado...
Y, gracias a que tú has planteado este tema, es por lo que ha salido a relucir gracias a Javier,... que tampoco es funcionario.... pero podri­a ser, inclusive, Encargado de algún RC por su conocimiento de la materia....

Entiendes ahora por qué hay tal cantidad de divergencia de criterios... Cada cual tiene el suyo... y algunos son incorrectos,... inclusive, algunos que manifiesta la propia DGRN..

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 08 Dic 2010, 14:41
por kikegranada
Hombre, mi intención en ningún momento fue atacar (por decirlo de algún modo) a los funcionarios..
Ya se que a veces desde fuera no vemos el trabajo que tienen.., pero, en mi caso, la verdad que se unen muchos factores para estar molesto, ya que son muchas largas y mentirijillas por parte de unos y otros.
Mira,. toda la documentación que me dijo Javier que presentara, con las leyes y resoluciones, se presentaron en julio, y mira a que fechas estamos..,

Antes ya habi­amos dado más vueltas que una peonza, pero bueno, ahi­ i­bamos con ilusión..,

La última es que el expediente llevaba encima de la mesa de la jueza un mes, y cuando obtuve la respuesta de la jueza (eso de que no lo teni­a nada claro y que obtuve mediante un favor de un abogado que la conoci­a a ella), me llevo la gran sorpresa de que la jueza dice que de un mes nada, que el expediente se lo pasaron a ella el viernes,.

Por éstas y muchas más cosas es por lo que digo que es para enfadarse un poquito, aunque se que en todos sitios hay profesionales y profesionales; los que van a echar sus horas y listo y los que realmente les gusta su trabajo y se preocupan de informarse e ir aprendiendo poco a poco; ya que, como es normal, seri­a imposible conocer todas la leyes y pasos a seguir.

Lo bonito de esto es el llegar a conoceros y ver que existen profesionales que les gusta su trabajo

Saludos y muchi­simas gracias, esperemos que esto se termine de una vez y podamos hacer la paella

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 12 Ene 2011, 15:44
por kikegranada
thanks
Bueno amigos, por fin tengo que dar la grata noticia de que mi hijo está legalmente inscrito, os comento como fue el tema desde la ultima vez que posteé:
Después de seguir diciendo me que me pase un día y otro y otro sin parar, argumentando que el expediente se había devuelto al fiscal para que le volviera a dar el visto bueno, (pero esta vez argumentando jurídicamente) y viendo que el tema se seguía alargando, eché mano del abogado que me llevó el tema de la adopción, y se fue con todos los documentos que me habéis facilitado al fiscal y a la juez.

De esta forma, el fiscal argumentó el mismo día tal y como quería la juez.
Bien, enterándome de eso del fiscal, me llego al día siguiente al registro y me dicen que me pasara a las 1 de la tarde: ok

Así lo hice y me dicen que la juez quiere hablar conmigo. Me presento ante ella y me dice que si que se va a proceder a la inscripción, pero que como están muy liados, que lardaría....
Estamos hablando que ésto ocurrió antes de nochebuena... Me aseguraba que para Reyes estaría resuelto,...
Ellunes me presento y me dicen que aún nada, pero que me acercara el miércoles,...

Ya un poco molesto (creo que he tenido bastante aguante) le digo que por favor no me estén diciendo ven hoy, mañana, la semana que viene etc etc...
Me presento hoy miércoles y me dicen que está a falta de firmar por la juez y que vaya a última hora,.....
Así lo hago y hasta las lágrimas se me saltaron cuando me piden el libro de familia y veo que me inscriben al niño, entregándome una partida literal para hacerle el DNI,..

Así que, por fin, tema arreglado, ....

Con la emoción se me olvidó pedir me devuelvan los documentos presentados en el expediente, pues ahí van partidas originales de Perú y de matrimonio y el auto de adopción y todo eso.
Pero supongo que eso sera fácil recuperarlos, pues nada que tengo una alegría en el cuerpo que no me tengo en pie así que con esto me despido de vosotros no sin antes agradeceros vuestra impresionante ayuda y apoyo en todo momento,..

Quiero agradecer especialmente al amigo javier2749c, jucrisvic, y karbido, .....espero no me olvide de nadie, un abrazo y muchísimas gracias por vuestra ayuda, saludos

p.d.- lo de la paella sigue en pie así que si algún día visitáis estos lugares me mandáis un mail diciendome, ok?

thanks thanks thanks thanks

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 12 Ene 2011, 22:34
por Jucrísvic
Kikegranada; mi más sincera ENHORABUENA para tí y toda tu familia.

groupwave1 groupwave1 groupwave1 groupwave1

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 13 Ene 2011, 02:01
por Javier2749c
band:

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 13 Ene 2011, 21:51
por kikegranada
muchas gracias amigo la verdad que esto se hizo interminable pero por fin y gracias a vootros se a solucionado felizmente, vaya que e pasado de estar asi wallbash wallbash wallbash wallbash wallbash a estar asi groupwave y en casa ahora estamos asi comentando la jugada gathering



GRACIAS AMIGOSSSSSSSSS

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 09 Mar 2011, 22:07
por kikegranada
Bueno bueno pues tengo que haceros una nueva consulta sobre el tema, ya le hice el dni español al niño y su pasaporte español, tanto en el dni como en el pasaporte pone como nacido en Perú, y en el libro de familia pone nacido en motril, en la comisaria me dicen que eso no puede ser que seguramente sea una confusion del registro porque no se puede cambiar el lugar de nacimiento, y me remiten alli para que lo comente, pero claro despues de lo que he pasado en ese registro prefiro preguntaros a vosotros que estais mas puestos en el tema, si no es mucha molestia, resumiendo, la pregunta es en el libro de familia tiene que aparecer nacido en motril o en perú? muchisimas gracias por adelantado

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 10 Mar 2011, 00:06
por kárbiko
¿Y qué dice en la inscripción de nacimiento?

Eso es lo que va a misa...
Si es una adopción internacional, se permite que los padres puedan hacer la inscripción en el RC de su lugar de residencia común, y pueden solicitar que se modifique el lugar de nacimiento del adoptado para que pase a ser ese lugar donde se hace la inscripción.
Entonces, lo que ponga el acta de nacimiento será lo que se reflejará en el libro de familia.

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 10 Mar 2011, 08:54
por Jucrísvic
Si no habéis solicitado de manera expresa que en la inscripción conste como lugar de nacimiento Motril, entonces debe constar la localidad real de nacimiento de Perú.

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 10 Mar 2011, 11:45
por kikegranada
En el acta de nacimiento que sale cuando lo pido en el registro de motril pone nacido en peru y sus apellidos antiguos, y en el margen pone todo lo de la adopcion y al final pone: EL NOMBRE Y LOS APELLIDOS DEL INSCRITO SON ********** ( AQUI SALEN LOS APELIDOS NUEVOS). LA NACIONALIDAD DEL INSCRITO ES ESPAÑOLA.

Y EN EL LIBRO DE FAMILIA PONE EL NOMBRE CON LOS APELLIDOS NUEVOS Y NACIDO EN MOTRIL, ENTONCES QUE DEVERIA HACER? QUE CAMBIEN LA PARTIDA O SOLO EL LIBRO DE FAMILIA? en caso de dejarlo como nacido en peru habria algun problema en el futuro? para tema papeleos que necesite algun dia o algo? aconsejadme, muchas gracias

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 10 Mar 2011, 11:54
por Javier2749c
El libro de familia no puede decir nacido en Motril porque tú y tu esposa no han solicitado que así sea, como indicó Jucrísvic.

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 10 Mar 2011, 15:06
por kikegranada
ok entonces para que todo este correcto, en el libro de familia tienen que rectificar el lugar de nacimiento. O solicitar que el lugar de nacimiento sea motril, con lo cual habria que rectificar partida de nacimiento dni y pasaporte no? vosotros que pensais que seria mejor? no me refiero a la facilidad, ni rapidez de hacerlo si no pensando en futuro cando el niño necesite algun tipo de papel o algo referido con este tema, me refiero a que de todas formas aunque ponga nacido en peru, no a de pedir alli ningun papel no? ya que en está inscrito aqui tambien, no se si me explico, saludos y gracias

p.d.- en la partida de nacimiento peruana que ya se rectifico en su dia sigue poniendo nacido en peru, pero ya aparezco yo como su padre y el niño aparece con los nuevos apellidos.

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 10 Mar 2011, 15:53
por Javier2749c
Puede figurar como nacido en Perú sin ningún problema.

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 10 Mar 2011, 18:05
por Jucrísvic
Y si en la inscripción de nacimiento del RC español pone en algún lugar que nació en Motril, tendrá problemas un día sí y al otro también...

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 10 Mar 2011, 19:55
por kárbiko
Por lo que yo he entendido, en el acta de nacimiento pone que ha nacido en Perú.
Tras la adopción, dicha inscripción se hizo en Motril, ya que es el lugar donde residis, y no pedistéis que se hiciera constar el cambio del lugar de nacimiento del adoptado. Por tanto, sigue siendo en el pueblo tal, de la provincia cual, de Perú.

Y luego, tras haber hecho la inscripción, al transcribir los datos en el libro, aparece:
Nombre: ____
Apellidos:___
Hijo de _______ y de ______
Nacido el _____ de ______ de ________
En: Motril (Granada)
Tomo _____
Registro Civil de Motril Página _______

¿Es así?
Si el fallo es ese, que en el RC de Motril pusieron En Motril, en lugar de En tal (Cual, Perú), lo que corresponde es que lleves el libro a esa oficina y ahí corregiran el error.

Ahora ya no se puede solicitar que el lugar de nacimiento sea Motril, porque se solicita en el momento de la primera inscripición.

Antes comentaste que en la Comisaría te dijeron que el lugar de nacimiento no se podía cambiar.....
Pues resulta que aquí, en España, se cambian la mayoría. Porque se permite inscribir a los hijos no en el lugar donde nacen, sino en el del domicilio de los padres,... que muchas veces no es el del Hospital donde nacen....
Además, en las adopciones INTERNACIONALES, como es el caso tuyo, también se permite que los padres soliciten que se modifique el lugar de nacimiento y se ponga el del municipio donde residen conjuntamente....
....

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 10 Mar 2011, 21:31
por mundo
kárbiko escribió:Ahora ya no se puede solicitar que el lugar de nacimiento sea Motril, porque se solicita en el momento de la primera inscripición.
Aunque la Instrucción de 28 de febrero de 2006 da a entender que ambas inscripciones (la de nacimiento y adopción y la posterior que integra todos los datos) han de solicitarse simultáneamente (dada la simultaneidad temporal que se ha de producir entre las solicitudes de la inscripción inicial de nacimiento y adopción y de la ulterior constancia exclusiva de la filiación adoptiva, necesariamente el «folio que entonces corresponda» -expresión que tenía sentido en el ámbito de las Instrucciones citadas de este Centro Directivo por partir de la premisa de una disociación temporal entre las solicitudes de las primeras inscripciones y de la ulterior-, será siempre el folio registral inmediato siguiente a aquél en que se hayan extendido las inscripciones iniciales de nacimiento y marginal de adopción.) yo no encuentro ningún obstáculo legal a que la última inscripción pueda solicitarse pasado algún tiempo de la primera.

Art. 16 LRC:

3. En los casos de adopción internacional, el adoptante o los adoptantes de común acuerdo, pueden solicitar directamente en el Registro Civil de su domicilio que se extienda la inscripción principal de nacimiento y la marginal de adopción, así como la extensión en el folio que entonces corresponda, de una nueva inscripción de nacimiento en la que constarán solamente, además de los datos del nacimiento y del nacido, las circunstancias personales de los padres adoptivos, la oportuna referencia al matrimonio de éstos y la constancia de su domicilio como lugar de nacimiento del adoptado.

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 10 Mar 2011, 22:34
por kikegranada
kárbiko escribió:Por lo que yo he entendido, en el acta de nacimiento pone que ha nacido en Perú.
Tras la adopción, dicha inscripción se hizo en Motril, ya que es el lugar donde residis, y no pedistéis que se hiciera constar el cambio del lugar de nacimiento del adoptado. Por tanto, sigue siendo en el pueblo tal, de la provincia cual, de Perú.

Y luego, tras haber hecho la inscripción, al transcribir los datos en el libro, aparece:
Nombre: ____
Apellidos:___
Hijo de _______ y de ______
Nacido el _____ de ______ de ________
En: Motril (Granada)
Tomo _____
Registro Civil de Motril Página _______

¿Es así?
Si el fallo es ese, que en el RC de Motril pusieron En Motril, en lugar de En tal (Cual, Perú), lo que corresponde es que lleves el libro a esa oficina y ahí corregiran el error.

Ahora ya no se puede solicitar que el lugar de nacimiento sea Motril, porque se solicita en el momento de la primera inscripición.

Antes comentaste que en la Comisaría te dijeron que el lugar de nacimiento no se podía cambiar.....
Pues resulta que aquí, en España, se cambian la mayoría. Porque se permite inscribir a los hijos no en el lugar donde nacen, sino en el del domicilio de los padres,... que muchas veces no es el del Hospital donde nacen....
Además, en las adopciones INTERNACIONALES, como es el caso tuyo, también se permite que los padres soliciten que se modifique el lugar de nacimiento y se ponga el del municipio donde residen conjuntamente....
....

efectivamente asi aparece en el libro de familia, en cambio en la partida de nacimiento pone todo tal cual esta en la partida de nacimiento peruana nombre y apellidos antiguos y nacido en peru, en su margen pone lo de la adopcion y que su nacionalidad es española y ya con el nombre y apellidos cambiados, entonces por lo que me decis lo unico que tengo que cambiar es el lugar de nacimiento en el libro de familia ya que tambien por deseo de mi esposa queremos que tenga la doble nacionalidad peruana de nacimiento y español por lo de la adopcion, muchas gracias a todos por vuestra rapidisimas respuestas.



porcierto en la partida de nacimiento del registro de motril no aparece nada de nacido en motril

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 10 Mar 2011, 22:53
por FLORES
- Si solo tiene hecha la inscripción inicial con los datos biológicos en el cuerpo principal de la inscripción y en el margen los datos relativos a la adopción, tampoco veo obstáculos para que pida ahora que se practique nueva inscripción con solo los datos de los padres adoptivos y le conste Motril como lugar de nacimiento.
Spoiler
REGLAS ESPECIALES PARA INSCRIBIR LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL.

Tercera. Reglas especiales respecto de las inscripciones de adopción internacional.
1.º Si bien el apartado 3 del artículo 16 de la Ley del Registro Civil alude a la
posibilidad de los interesados de «solicitar directamente en el Registro Civil de su
domicilio» las inscripciones correspondientes, ello no se debe entender en el sentido
de mero auxilio registral, como se desprendería de la simple literalidad de la norma,
pues en tal caso ésta sería superflua al coincidir sustancialmente con el artículo 2 del
Reglamento del Registro Civil, sino en el sentido de fijar la competencia del Registro
Civil en función, no del criterio territorial de acaecimiento del hecho inscribible, sino
del domicilio de los interesados.

2.º La expresión contenida en el citado apartado 3 del artículo 16 de la Ley «en
el folio que entonces corresponda» referida a la nueva inscripción de nacimiento con
constancia exclusiva de los datos de la filiación adoptiva (expresión que denota un
exceso de mimetismo en la redacción del nuevo precepto respecto de las Instrucciones
de esta Dirección General de los Registros y del Notariado de 15 de febrero de 1999
y de 1 de julio de 2004) carece de alcance normativo específico, pues dada la simultaneidad
temporal que se ha de producir entre las solicitudes de la inscripción inicial
de nacimiento y adopción y de la ulterior con constancia exclusiva de la filiación
adoptiva, necesariamente el «folio que entonces corresponda» –expresión que tenía
sentido en el ámbito de las Instrucciones citadas de este Centro Directivo por partir
de la premisa de una disociación temporal entre las solicitudes de las primeras inscripciones
y de la ulterior–, será siempre el folio registral inmediato siguiente a aquél
en que se hayan extendido las inscripciones iniciales de nacimiento y marginal de
adopción.

3.º La competencia del Registro Civil del domicilio no queda condicionada, según
se desprendería de una interpretación literal del precepto pero contraria a la interpretación
finalista que debe prevalecer del mismo, a que se solicite no sólo la
inscripción de nacimiento y adopción, sino también las de constancia exclusiva de
los datos de la filiación adoptiva y del domicilio como lugar de nacimiento del adoptado.

Esta última inscripción es facultativa para el interesado, y no obligatoria ni
condicionante de la competencia del órgano registral.

4.º En caso de que los interesados ejerzan la facultad a que se refiere el apartado
anterior, podrán solicitar que en la nueva inscripción consten: a) solamente, además
de los datos del nacimiento y del nacido, las circunstancias personales de los padres
adoptivos; b) o bien tales datos y circunstancias y, además, la constancia de su domicilio
como lugar de nacimiento del adoptado
, pero en ningún caso sólo este último
extremo
.

5.º La referencia al matrimonio de los padres adoptivos no debe interpretarse
como un requisito sustantivo de legitimación para promover las solicitudes a que se
refiere el apartado 3 del artículo 16 de la Ley del Registro Civil, sino en la forma indicada
por la reciente Instrucción de 31 de octubre de 2005 de este Centro Directivo,
esto es, en el sentido de que tal dato sólo se ha de consignar si el matrimonio de los
padres adoptivos existe, sin circunscribir las facultades indicadas a los supuestos de
matrimonios de adoptantes y, por tanto, con independencia de que los estos constituyan
o no un matrimonio o de que se trate de un solo adoptante y éste sea persona
soltera, divorciada, viuda, o de dos adoptantes en situación de pareja de hecho, con
pleno respeto de la legislación civil sustantiva que rige la adopción, en la que nada
hace pensar que la reforma ahora comentada haya querido interferir, observándose en
este extremo de nuevo en la redacción de la norma un excesivo mimetismo respecto
de la Instrucción de este Centro Directivo de 15 de febrero de 1999, de la que se toma
la rígida formulación literal que ha pasado al actual apartado 3 del artículo 16 de la
Ley del Registro Civil.

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 10 Mar 2011, 22:54
por Javier2749c
kikegranada escribió:... ya que tambien por deseo de mi esposa queremos que tenga la doble nacionalidad peruana de nacimiento y español por lo de la adopcion, muchas gracias a todos por vuestra rapidisimas respuestas.
Si, eso parece lo más lógico. Además que el niño ha sido adoptado en Perú gracias a la información del Sr. Juez español que os indicó que eso era lo que procedía....su señoría image001
Por cierto, ¿qué te pareció el ceviche?

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 10 Mar 2011, 23:48
por kárbiko
mundo escribió:...... yo no encuentro ningún obstáculo legal a que la última inscripción pueda solicitarse pasado algún tiempo de la primera.
Lo decía porque me parece haber visto alguna resolución de la DGRN en la que los padres solicitan a posteriori el cambio del lugar de nacimiento del inscrito y que es denegada..., recurriendo los promotores y confirmándose el auto.

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 11 Mar 2011, 00:05
por mundo
kárbiko escribió:los padres solicitan a posteriori el cambio del lugar de nacimiento del inscrito
Aquí no se trataría sólo de solicitar el cambio del lugar de nacimiento sino de efectuar una nueva inscripción en la que desaparezca todo lo relacionado con la adopción.

Confiemos en que nuestro WikiArchivero encuentre alguna resolución relacionada con el asunto que nos ocupa.

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 12 Mar 2011, 21:27
por FLORES
Es cierto que este tema tiene mucha tela que cortar... pero como dice Julio, lo que realmente interesa ahora, es contestar la pregunta concreta de kiquegranada sin otras divagaciones de lo que se puede hacer o se pudo haber hecho, por tanto, a la pregunta que hace y que seguidamente pongo entre comillas:
" resumiendo, la pregunta es en el libro de familia tiene que aparecer nacido en motril o en perú? muchisimas gracias por adelantado"
La respuesta es que debe constar lo que ahora mismo diga la inscripción de nacimiento del niño. Si en dicha inscripción consta Perú, ese es el lugar que debe constar en el D.N.I., en el Pasaporte, y en el libro de familia Si en el libro de familia no consta lo mismo que en el acta de nacimiento, deberá llevarlo al registro Civil para que se lo rectifiquen.

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 14 Mar 2011, 11:08
por kikegranada
muchas gracias flores ahora mismo estoy yendo al registro
Ya os comento lo que sea,.... Esa opcion me parece la mejor, ya que en todo lo demas consta como nacido en Perú, será más fácil rectificar sólo el libro de familia,

A lo de la pregunta de si me gustó el cebiche ufff .....ni me lo recuerdes,..¡¡ es algo exquisito!!,
Lástima que aqui no se pueda comer igual, solamente un par de sitios lo encontré en Madrid que se parecia bastante,.... pero nada que ver, saludos a todos y muchas gracias, sois muy amables todos

Re: Inscribir nacimiento o adopcion

Publicado: 04 Dic 2011, 13:23
por kikegranada
Saludos amigos, primero de todo pediros perdon por no cometar como fue la cosa, pero e estado muy liado este tiempo y sin internet, comentar que fui al registro civil y me cambiaron lo del nacimiento en el libro de familia, me comento la chica de allí que fue error suyo y bueno ya se solucionó todo, muchas gracias atodos, deciros que siempre que oigo a alguien con problemas de registros civiles les comento de este foro , la verdad que ayudais muchisimo, un abrazo a todos