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Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 29 Ago 2019, 15:20
por Usuario borrado 15165
Utiliza el siguiente formulario:

Spoiler
AL SR. JUEZ ENCARGADO DEL REGISTRO CIVIL
D.____________________________________________________ Nacido en ____________________________ el ____________ hijo de _______________ y de ___________________ domiciliado en _____________________ en Calle _____________________________________ con D.N.I. número _____________ Teléfono _____________ ante el Sr. Encargado del Registro Civil, comparece por medio del presente promoviendo expediente para la inscripción de ____________ fuera de plazo de ___________________________________________________ a cuyo fin expone que es interesado legítimo para promover el mismo por _______ ______________________________________________ alegando los siguientes:
HECHOS:
PRIMERO.- A las ______ horas del día ____ de _____________ de _________ en ____________________________________________ nació un __ niñ__ de sexo _________ al que se puso el NOMBRE DE ___________________ 1º APELLIDO ___________________ 2º APELLIDO _______________________
Su PADRE es D. _______________________________________ hijo de ____________ y de ____________ nacido en ______________ el día ___ de __________ de ______, de estado _______ nacionalidad _____________, domiciliado en Calle ___________________________ nº __________ de profesión ______________________.
Su MADRE es Dª _______________________________________ hija de ____________ y de ____________ nacida en ___________________ el día ___ de __________ de ______, de estado _______ nacionalidad _____________, domiciliada en Calle _________________________________ nº __________ de profesión ______________________.
MATRIMONIO DE LOS PADRES consta por _________________ día de celebración ______________ de _______________ de _______ en _________________________ inscrito en el Tomo ____ Página ____ de la Sección Segunda del Registro Civil de _____________________.
MATRIMONIO DEL INTERESADO la persona no inscrita _____ contrajo matrimonio el _______________ en ____________________________________ inscribiéndose en la Sección 2ª Tomo _____ Página _____ del Registro Civil.
SEGUNDO.- El nacimiento de la persona cuyas circunstancias se reflejan en el apartado anterior, por causas que se desconocen, pero que en ningún caso puede atribuirse a mala fe no fue inscrito en Registro Civil alguno y así le consta al exponente de la investigación oportuna realizada.


TERCERO.- Conforme a lo dispuesto en el Artículo 346 del Reglamento del Registro Civil hace constar que las personas con interés legítimo en este expediente son _____________________________________________________ _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________.
Para la comprobación de los anteriores hechos ofrece las siguientes PRUEBAS:
1.- Documental consistente en certificación negativa expedida por el Registro Civil de ____________________; Partida de Bautismo ______________.
2.- TESTIFICAL de D. __________________________________________ domiciliado en C/ ______________________________ de ________________ y D. __________________________________________________ domiciliado en C/ _______________________________ de ___________________.
3.-__________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________________________________________________________.
Apoya su pretensión en los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
1- Apartado 5º del Artículo 95 y 97 de la Ley de Registro Civil.
2- Artículo 311 y siguientes del Reglamento para aplicación de dicha Ley donde se refleja la tramitación de esta clase de expedientes y artículos 341 a 354 del mismo Cuerpo Legal con las modificaciones del Decreto 1138/69 de 22 de Mayo.

Por todo ello S O L I C I T A: Tenga a bien admitir este escrito con los documentos que se acompañan y previo registro en el libro correspondiente y con intervención del Ministerio Fiscal, se acuerde por el Registro competente la inscripción de ___________ FUERA DE PLAZO de D. ______________________ _____________________________________ en el libro corriente de la Sección 1ª del Registro Civil de __________________________________.
__________________ a_____ de _______________ de _______.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 20 Nov 2019, 18:34
por alek6dj
Buenas a todos. Inicié un proceso de inscripción fuera de plazo en el mes de mayo en mi ciudad de residencia. De ahí lo reenviaron al RC Central en Madrid, que dio acuse de recibo el 31 de mayo. A partir de ahí no he sabido más nada. Cuando llamo al Min. Justicia siempre me responden que no hay nada grabado en el sistema con esos datos.

Ya han pasado 6 meses y entiendo que el proceso está en cero. Esto es normal? Existe alguna vía para acelerar el proceso o al menos obtener información adicional? En caso de que me pongan requerimientos, por donde llegan las notificaciones? Saludos y gracias de antemano!

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 19 Dic 2019, 21:35
por alek6dj
Buenas!

Por poner en contexto: Estoy tramitando la inscripción de nacimiento fuera de plazo póstuma de mi abuelo D.D.G nacido en Cuba, hijo de mi bisabuelo D.D.A nacido en Canarias, España.

Presenté de mi bisabuelo español (D.D.A):
- Certificado de bautismo, indicando que nació en San Sebastián de la Gomera en 1887, hijo de españoles.
- Negativa de inscripción de nacimiento en el RC de San Sebastián de la Gomera.
- Certificación cubana que indica que en el expediente ###### del Registro de Extranjeros, consta la inscripción en Cuba del ciudadano español D.D.A, natural de España, con 54 años de edad, en el acto de asentamiento de su inscripción. Es decir, esto ocurrió en el 1941, aunque esto no está por escrito en el certificado.
- Certificación cubana indicando que en el Registro de Ciudadanía, no consta inscrito que el ciudadano español D.D.A haya obtenido la ciudadanía cubana por naturalización.

Presenté de mi abuelo (a quien quiero inscribir, D.D.G):
- Certificado de nacimiento emitida por el RC cubano, donde consta que nació en 1931 en Cuba, siendo hijo de D.D.A nacido en Canarias, España. La fecha de asiento de esta inscripción tuvo lugar en 1961.
- Certificado de defunción en 1997, a los 65 años, donde consta que es hijo de D.D.A
- Otros documentos que acreditan mi lazo familiar con mi abuelo y bisabuelo (certificado de nacimiento mío y de mi padre, también fallecido).

En fechas recientes me han llegado estos requerimientos:
1. Acreditación documental de la fecha en la que D.D.A entró a Cuba. Aquí explican que "la fecha de asiento en el registro de extranjeros ocurrió cuando este tenía 54 años, sin embargo debió entrar Cuba con anterioridad, pues ya tuvo un hijo nacido en Cuba en 1931".
2. Documentación con la que se identificó D.D.A
3. Documentación con la que se identificaba D.D.G

Mi pregunta, y es donde os pido ayuda, es qué puedo hacer en caso de que no aparezca la documentación requerida? Existe algún fundamento legal o artículo del código civil de aquella época que pueda mencionar para que acepten la inscripción, aun si los documentos requeridos no aparecieran?

Mucas gracias y perdón por lo largo del post.

Inscripcion nacimiento póstuma abuelo fallecido

Publicado: 06 Jul 2020, 02:17
por MIC10
Hola buenas noches mis amigos.
Tengo una duda y necesito aclarar, estoy muy agobiado en este tema.
Quién hay logrado algo, porfa me inscribe y se puede me aclare a esa duda.

Yo soy bisnieto de español.

Mi bisabuelo luto en la guerra de Cuba en 1895 y 1899, volvió a España y luego emigro desde España en 1905 y nunca he perdido su nacionalidad española
Mi Abuelo nació en 1912 y no hice su ratificación de nacionalidad, perdió con sus 18 años
Mi papá nació en 1953 sin ser español.
Y yo en 1986 tampoco sin ser español.

Mi duda es como puedo hacer una inscripción póstuma de mi abuelo, para que cuando salga la ley de nietos puedo tener algún tipo oportunidad.

La segunda duda es, si salga la ley de nietos, tendré alguna oportunidad en obtener la nacionalidade por ser bisnieto.

Por favor, Alguién que tenga logrado hacer la inscripción aquí en España, puede me ayudar, estoy muy interesado
Actualmente vivo en España

Muchas gracias a todos

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 07 Jul 2020, 16:53
por alek6dj
Hola MIC10

Yo estoy en tu mismo caso y desde mayo del 2019 estoy intentado la inscripción fuera de plazo de mi abuelo. En diciembre me llegaron unos requerimientos (los describí en mensajes anteriores de este mismo post), respondí en enero, y desde entonces no he sabido nada de nada.

Sobre la nueva ley de descendientes no te puedo asegurar que inscribir a tu abuelo te aporte ventajas, hay que esperar a que se apruebe el texto final para ver si estaríamos incluídos (y eso sería en el caso de conseguir la inscripción, si no consigues la inscripción de tu abuelo y solo puedes demostrar ser bisnieto es casi seguro que la ley no te contemple).

Pero sí hay una ventaja de conseguir la inscripción, y es que puedes beneficiarte de la reducción a un año del tiempo que debes residir en España para solicitar la nacionalidad por residencia.

Suerte!

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 07 Jul 2020, 20:21
por Usuario borrado 16213
alek6dj escribió: 07 Jul 2020, 16:53 y es que puedes beneficiarte de la reducción a un año del tiempo que debes residir en España para solicitar la nacionalidad por residencia.
No se si tu o alguien mas había posteado una resolución reciente de la DGRN sobre este caso puntual, si la encuentro la adjunto.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 08 Jul 2020, 19:10
por MIC10
alek6dj

Usted ha logrado hacer la inscripción?
Tengo que aportar cual los documentos, puede me ayudar?
EStoy en España y necesito hacer eso para tener mi tiempo de reducción para optar a la nacionalidad.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 09 Jul 2020, 18:57
por alek6dj
Antes de hacer un post más largo con todo lo que deberías presentar, déjame preguntarte algo. Dices que
MIC10 escribió: 06 Jul 2020, 02:17 Mi Abuelo nació en 1912 y no hice su ratificación de nacionalidad, perdió con sus 18 años
Mi pregunta es: ¿tu abuelo fue inscrito en el Registro Consular español al nacer?
Si la respuesta es que sí, ya quedaría demostrado que tu abuelo fue originariamente español, por lo que no tendrías que realizar la inscripción de nacimiento fuera de plazo, porque su nacimiento ya estaría inscrito en un RC español.
Solo tendrías que solicitar su certificado de nacimiento en el consulado del país donde nació o bien en la web https://sede.mjusticia.gob.es/ecertific ... ramite=104 dirigiendo la solicitud al Registro Civil Central.

Si la respuesta es No (es decir, que tu abuelo no fue inscrito en RC español al nacer), sí debes comenzar una inscripción de nacimiento fuera de plazo y el trámite es más complicado.

Dime en cuál de los dos casos estarías tú para ver cómo más te puedo ayudar.
Saludos.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 10 Jul 2020, 04:09
por Usuario borrado 16213
MIC10 escribió: 06 Jul 2020, 02:17Mi duda es como puedo hacer una inscripción póstuma de mi abuelo
Por lo que detallo el abuelo nunca fue inscrito en un Registro Civil español.

Si el progenitor conservo la nacionalidad española hasta el momento de nacer el hijo, este ultimo fue español de origen* pero se le aplica la nefasta doctrina del asentimiento voluntario.

*La única manara de demostrarlo es haciendo la inscripción fuera de plazo

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 15 Jul 2020, 13:16
por MIC10
alek6dj
Hola Buenos días.
ÉL no fue inscrito en registro español, ni en españa, ni en extranjero, pero me gustaría hacer, pues estoy en españa actualmente.
Me cobran un importe muy alto para hacer ese tramite.
necesito de ayuda, pues tengo que buscar partidas en extranjero también, ahora que estoy acá.

Muchas gracias por todo.



user15
Sí, usted hice de su abuelo también.
Puede me ayudar, mil graciasl a todos.
Me cobran mucho para hacer, y estoy dispuesto a hacer
Pero necesito de ayudas, como informaciones, donde busco la partida negativa de mi abuelo.


alek6dj

Puede ayudarme con algunas informaciones. Estoy actualmente en España.

¿Puedo hacer la solicitud, sin tener tomo y folio?
¿Ha logrado hacer la inscripción fuera de plazo? Gracias

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 15 Jul 2020, 17:18
por Usuario borrado 16213
MIC10 escribió: 15 Jul 2020, 13:16Puede me ayudar, mil graciasl a todos
Yo no hice el tramite, solo conozco unos pocos, algunos de los que se resolvieron positivos ya están en las resoluciones de la DGRN de este mismo hilo, yo no he visto resoluciones recientes (de los últimos 2 años) sobre este tema pero eso no quiere decir que no las haya

habría que buscar en los BMJ

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 16 Jul 2020, 00:10
por alek6dj
Hola [mention=FF66FF]MIC10[/mention]

A mí aún no me han dado respuesta de la inscripción, sigo esperando la resolución, pero te cuento lo que debes hacer y los documentos que debes presentar. La inscripción de nacimiento fuera de plazo la inicias en el Registro Civil donde resides y es totalmente gratis, los únicos costos asociados serían los documentos (si son extranjeros habría que legalizarlos). Para que te admitan el trámite en el Registro Civil lo primero es ir con un empadronamiento o con la tarjeta de extranjero que indique que resides en ese lugar. Para este expediente, básicamente debes presentar documentos que indiquen que tu bisabuelo era español en el momento en que nació tu abuelo, y documentación que prueben tus lazos familiares con este. A modo de referencia, te puedo mencionar:

De tu bisabuelo español:
- Certificado de nacimiento español si nació después de 1871 (lo pides en el Registro Civil donde nació o por la web del Ministerio de Justicia, si no sabes tomo y folio lo rellenas con 0000).
Partida de bautismo si nació antes de 1871 (se pide en la diócesis o en la iglesia donde se bautizó). En caso de que haya nacido después de 1871 y no esté registrado en el Registro Civil, debes presentar el certificado de bautismo y un certificado negativo del Registro Civil (esto último lo expide el Registro Civil en caso de que el nacimiento no se haya registrado).
- Pruebas documentales de que mantenía la nacionalidad española en el momento en que nació su hijo en 1912. Esto es necesario para demostrar que tu abuelo nació siendo hijo de un español. Por ejemplo, en el caso de que emigrara a Cuba, puedes solicitar en la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería los certificados de Extranjería y de Ciudadanía, el primero certifica que la persona se inscribió en el Registro de Extranjeros como ciudadano español, y el segundo certifica que la persona no se naturalizó cubana, siempre es conveniente que la inscripción en el Registro de Extranjeros sea posterior al nacimiento del hijo. Otros posibles documentos podrían ser afiliaciones a organizaciones de emigrantes españoles, etc etc. Te pongo el caso de Cuba porque es donde emigró mi bisabuelo.
- En el caso de que emigrara a Cuba, si es posible, presenta documentación sobre la fecha en que partió de España o la fecha en que llegó a Cuba, ya que ese fue un requerimiento que me hicieron en mi expediente.
- Si lo tienes, copia del documento de identidad.
- Si lo tienes, certificado de matrimonio.

De tu abuelo:
- Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil de su país natal.
- Certificado de defunción expedido por el Registro Civil del país donde falleció.
- Puedes incluir un certificado negativo de inscripción, esto lo podrías pedir en el Registro Consular español del país donde nació, o directamente en España dirigiendo la solicitud al Registro Civil Central.
- Si lo tienes, copia del documento de identidad.
- Si lo tienes, certificado de matrimonio.

De tu padre:
- Certificado de nacimiento que demuestre la filiación (vínculo familiar contigo y con tu abuelo).

- Tu certificado de nacimiento que demuestre la filiación (vínculo familiar con tu padre y por tanto con tu abuelo).

Más cosas:
- Debes llenar un modelo de solicitud de inscripción de nacimiento fuera de plazo que te deberían dar en el Registro Civil.
- Como tu abuelo falleció, debes dejar muy claro cual es tu interés legítimo en inscribir su nacimiento, que sería demostrar que tu abuelo fue originariamente español, a efectos de poder beneficiarte de la reducción a un año del tiempo de residencia para solicitar la nacionalidad española por residencia. Esto lo puedes incluir por escrito en el modelo que te mencioné en el punto anterior, o lo aportas en un documento extra.
- Los papeles los entregas en el Registro Civil donde resides, y este los reenvía al Registro Civil Central. Asegúrate de aportar los originales, y si son documentos extranjeros, deben estar legalizados.
- Tendrás que esperar 6-8 meses para saber algo sobre el trámite.

Mucha suerte y si tienes más preguntas por aquí estoy para lo que te pueda ayudar.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 17 Jul 2020, 13:01
por MIC10
alek6dj
Muchas Gracias por su ayuda, no se como le agradezco.

Tengo unas dudas?

Certificado negativo del Registro Civil (esto último lo expide el Registro Civil en caso de que el nacimiento no se haya registrado), una vez no tenga el registro de nacimiento, puedo solicitar directamente en registro civil, o tengo que acceder alguna web para la solicitud??


presenta documentación sobre la fecha en que partió de España o la fecha en que llegó a Cuba.
Tengo los datos de navio que emigró, ayuda, la hoja con los nombres, edad, y donde partió, ayuda como pruebas?


Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil de su país natal.
Certificado de defunción expedido por el Registro Civil del país donde falleció.

El registro civil me ha expedir ?, pues ya esta muerto no?

España dirigiendo la solicitud al Registro Civil Central.
Este puedo solicitar sin la tomo y folio?

Asegúrate de aportar los originales.

Tengo algunos de los documentos escaneados, como comprobante de asociasiones, cédula de nacionalidad donde mi bisabuelo no perdió la nacionalidad.
Creo que las partidas, tiene que ser originales, pero los otros puedo añadir estes datos.

Cuando usted hice la solicitud???


Muchas gracias por todo.

Agradezco mucho ese foro por todas las informaciones

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 19 Jul 2020, 18:27
por alek6dj
MIC10 escribió: 17 Jul 2020, 13:01Certificado negativo del Registro Civil ....¿, puedo solicitar directamente en registro civil, o tengo que acceder alguna web para la solicitud??
En el caso de tu bisabuelo solo tienes que pedirlo si nació después de 1871 y tienes su partida de bautismo pero no está inscrito su nacimiento en el Registro Civil.
Puedes comunicarte con el Registro Civil donde nació (por teléfono o correo) y le dices que quieres saber si consta la inscripción de tu bisabuelo, y si no consta, le pides la negativa pasándoles una copia del certificado de bautismo (así la hice yo).
En el caso de tu abuelo, te debes dirigir al Registro Civil Central y dices que necesitas la negativa y ellos te deben indicar qué hacer (https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satelli ... -ciudadano o teléfono 918372295), o lo puedes hacer en el registro civil consular del país donde nació tu abuelo.
MIC10 escribió:Tengo los datos de navio que emigró
Perfecto, si tienes copia de este documento preséntala como parte de la solicitud. Lo importante es que se pueda determinar la fecha en que emigró tu bisabuelo (1905 según dijiste antes).
MIC10 escribió:El registro civil me ha expedir ?, pues ya esta muerto no?
No se a qué te refieres exactamente. Tanto para el nacimiento como para la defunción, con el nombre completo y las fechas debería bastar para que el RC te expida estos certificados.
MIC10 escribió:España dirigiendo la solicitud al Registro Civil Central. Este puedo solicitar sin la tomo y folio?
Como lo que vas a pedir es la negativa de inscripción, no hay nada inscrito, es decir, no hay tomo ni folio.
MIC10 escribió:Tengo algunos de los documentos escaneados, como comprobante de asociasiones, cédula de nacionalidad donde mi bisabuelo no perdió la nacionalidad.
Creo que las partidas, tiene que ser originales, pero los otros puedo añadir estes datos.
Sí, las partidas de nacimiento y defunción deben ser originales. El resto de documentos no deberían exigir que sean originales, pero ya dependerá del funcionario que revise tu expediente.
MIC10 escribió:Cuando usted hice la solicitud???
En mayo de 2019, jejeje. Y en diciembre me llegaron unos requerimientos (pidieron documentos sobre la fecha en que mi bisabuelo emigró). Desde entonces sigo sin saber nada.
MIC10 escribió:Muchas gracias por todo.
De nada, yo también tenía muchas dudas sobre este trámite antes de hacerlo y en este foro pude aclarar mi mente :D
Saludos y suerte!

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 03 Ago 2020, 13:16
por MIC10
alek6dj

Hola Buenos dias que tal?

Estoy buscando todos los documentos que pueda.

Certificado de nacimiento español (hice la solicitud en registro civil de la ciudad donde nasció, y les dice, si no tiene el registro para expedir la negativa), hice la solicitud también en la parroquia la partida de bautismo.

Una duda de bisabuelo: (Puedes solicitar en la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería los certificados de Extranjería y de Ciudadanía), cualquier archivo de la dirección es valida? o tengo que hacer una solicitud de certificados en la oficina, donde diga que no has tenido la nacionalidad de el pais de acogida en mi caso (Brasil).
Es obligatorio tener la partida de defunción?


Mi abuelo: Certificado negativo de inscripción he solicitado en registro civil de madrid, cuanto tiempo tardán en enviarte lo certificado?
Ya tengo la partida de nacimiento literal, estoy buscando la de defunción, creo que es solo eso no? de mi abuelo?

Mi padre: Tengo la partida de nacimiento literal.
Yo: Tengo la partida de nacimiento literal.

Puede enviarme um modelo de carta para presentar en registro civil de mi ciudad.

Otra duda, actualmente usted vive en España?
Se si, fue en registro civil de su ciudad y ellos no les dice nada, ejemplo, no conozco esa información, o hicieron todo normal, sin problemas.


Conoce alguién que tenga logrado hacer la inscripción y tiene resuelto?

Muchas gracias por todo, no imagina como vosotros me han ayudado con las informaciones y los ejemplos de vosotros. :) :) :) :)

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 11 Ago 2020, 14:37
por alek6dj
Hola MIC10

Sobre las duda de tu bisabuelo: se trata de demostrar que en el momento en que nació tu abuelo, tu bisabuelo era español, es decir, que no se había naturalizado brasileño.
En el caso de Cuba, se pueden pedir en la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) los certificados de Extranjería y de Ciudadanía, que certifican:
1. que la persona se registró en el Registro de Extranjeros
2. que la persona no se naturalizó cubana.

En el caso de Brasil, imagino que deban existir certificados similares, investiga al respecto.
En Cuba existe una DIIE en cada municipio del país, se puede solicitar en cualquiera de ellas. Otras opciones para probar que no perdió la nacionalidad española pueden ser documentos que acrediten la pertenencia a sindicatos o asociaciones de españoles en Brasil en fechas posteriores al nacimiento del hijo, etc. etc. La partida de defunción de tu bisabuelo no creo que sea necesaria, porque la inscripción que quieres hacer es la de tu abuelo.. tu abuelo sí tienes que demostrar que falleció, para demostrar que puedes promover este expediente tú por interés legítimo.

Sobre tu abuelo:
"cuanto tiempo tardán en enviarte lo certificado?" Varios meses, por lo menos 3...
"creo que es solo eso no? de mi abuelo?" Sí, pero si tienes fotocopia de su documento de identidad adjúntala también.
"Puede enviarme um modelo de carta para presentar en registro civil de mi ciudad." Puedes adaptar este modelo a tu solicitud, o buscar otro modelo en Internet: https://bit.ly/2XQrywz

"Se si, fue en registro civil de su ciudad y ellos no les dice nada, ejemplo, no conozco esa información, o hicieron todo normal, sin problemas."
Lo presenté en un RC en España y lamentablemente no fue buena la atención de los funcionarios. Estaban escépticos a aceptar mi petición porque decían que nunca habían visto un caso similar, incluso llegaron a decir en tono de burla que cómo se me ocurría inscribir a mi abuelo, nacido en Cuba y ya fallecido, en un Registro Civil español. Tuve que demostrarles que sabía lo que estaba haciendo, mencionarles las leyes, mostrarles los documentos probatorios, y aceptaron el expediente porque simplemente le pasarían "la bola" al Registro Civil Central. Pero no por esto quiere decir que en todos los Registros Civiles estén igual de desinformados y sean igual de escépticos.

"Conoce alguién que tenga logrado hacer la inscripción y tiene resuelto?"
Personalmente no, pero sigo grupos de abogados que dicen tener decenas de casos resueltos favorables.

Otras cosas a tener en cuenta en tu caso: la documentación que venga de Brasil en idioma que no sea el castellano, debe ser traducida al castellano por un traductor jurado (o como se llame en Brasil este tipo de traductores). Y como dijimos antes, las partidas de nacimiento/defunción, legalizadas. No se si sabes también que si eres brasileña, puedes optar a la nacionalidad española a los 2 años de residencia legal continuada en España... inscribiendo a tu abuelo se reduce el tiempo de residencia a 1 año, pero posiblemente el trámite tarde tanto que puedas aplicar antes por tu nacionalidad brasileña, que por conseguir demostrar la nacionalidad española de origen de tu abuelo.

Saludos!

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 12 Ago 2020, 13:27
por MIC10
alek6dj

Hola Buenos días, que tal?

En Brasil tenemos la CNN que es una certificación que mi bisabuelo no se naturalizo Brasileño.
Muchas gracias pelo modelode solicitud.
Las partidas de mi abuelo en Brasil ya he encontrado y solicitado la literal al registro civil, Brasil y España tiene un acuerdo para las documentaciones, una vez que llegué en España, creo que tendré que hacer la tradución jurada, pues dicen que documentos que llevan la apostilla de Haya no necesita la tradución, pero bueno, no tengo claro esa información, pues cuando llega en España, las cosas cambian de una forma que hasta hoy no me lo puedo creer.
Tienes muchos abogados que dicen tener casos positivo, pero nunca he visto, sólo usted que conozco.
Cuanto tener la nacionalidad Española en 2 años de residencia, si si yo tengo la información, Brasil tiene un acuerdo con España, donde permite solicitar la nacionalidad por residencia, el problema es que para hacer la solicitud tengo que tener dos años cumplidos o sea 24 meses de residencia, y cuando hacer la solicitud, tengo que tener algún visado valido, hacer la prueba de idioma y esperar 6 a 1 año que es el plazo hoy pues dicen en muchos grupos de nacionalidad para aprobar.
Actualmente tengo un visado en España, voy hacer una modificación cuando me caduque, y intentó hacer ahora el tramite de inscripción de nacimiento fuera de plazo, el tiempo creo que es lo mismo y hasta más largo, pero quiero hacer, pues es un deseo de familia, no es sólo para mi, tiene más personas que quiere en mi familia.
Pues creo que para mi, sólo la nacionalidad por residencia esta bien, pero no puedo ayudar otras personas de mi familia.
Voy intentar hacer, pero lo sé que es muy complicado hacer.

Muchas gracias por todo, me ha ayudado mucho, creo que pronto tengo listo la inscripción

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 25 Sep 2020, 16:03
por MIC10
alek6dj

Hola buenas tardes.
Que tal?

Ya tiene alguna respuesta de su inscripción fuera de plazo? fue hecha?

Mucha surte, pronto tendremos como hacer nuestra nacionalidad también.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 26 Sep 2020, 22:50
por alek6dj
MIC10
Hola que tal? Gracias por preguntar. No, aun no han dado respuesta desde el Registro Civil Central. Tengo un número de expediente y todos los días reviso el estado por Internet y pone "En trámite", es desesperante. En mi caso el proceso ha sido:

Mayo 2019: presenté la solicitud en el RC de mi ciudad. Ese mismo mes el RC Central dio acuse de recibo de los documentos.
Noviembre 2019: me asignaron # de expediente en el RC Central y me requirieron nuevos documentos.
Enero 2020: presenté la respuesta a los requerimientos en el RC de mi ciudad.
Septiembre 2020: sigo esperando alguna señal :D

Y tú, conseguiste hacer la solicitud?

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 27 Sep 2020, 01:11
por MIC10
alek6dj
Hola buenas noches.
Perdona molestarte nuevamente, es que tengo una duda, he solicitado la partida de nacimiento de mi abuelo en el RC de Madrid, pero si no tiene la partida de nacimiento, ellos expiden un certificado negativo?
O necesito acceder un otro apartado para hacer la solicitud?
Pues ya tienes 3 meses que he solicitado y nada todavía.
He mirado en el foro, personas que lograrán hacer en menos tiempo.

Muchas gracias por todo

Un saludo

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 28 Sep 2020, 08:50
por alek6dj
Hola MIC10

Al pedir el certificado de nacimiento al Central y no encontrarse, te envían una carta que indica que "Revisados nuestros archivos no ha sido hallada el acta registral solicitada por usted (...) Si el hecho del cual se solicita la certificación no fue inscrito, deberá iniciar expediente de inscripción fuera de plazo a través del Registro Civil de su domicilio". Esta no es la negativa como tal, pero es casi lo mismo, y fue lo que presenté. Cuando me hicieron requerimientos pasados 6 meses de presentar mis documentos, no mencionaron nada de la negativa, por lo que asumo que lo aceptaron así.

El documento demora porque al ocurrir el nacimiento en el extranjero, supongo que la solicitud tiene que ir hasta Brasil, procesarse en el consulado, responder al Central, y luego el Central te remite la información. La mía tardó 5 meses 10 días.

Un saludo.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 29 Sep 2020, 17:12
por MIC10
alek6dj
Muchas gracias por su información.
Ya tengo casi todo listo para presentar, espero sólo eso para que pueda iniciar el proceso.

Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 15 Oct 2020, 10:59
por alek6dj
Buenos días.

Me han comunicado desde el Registro Civil Central que el expediente de inscripción fuera de plazo que estoy tramitando, el pasado 22/09/2020 ha pasado para informe al Fiscal.

¿Qué significa ésto?

Me gustaría entender en qué punto se encuentra el expediente y a partir de este punto, qué vendría faltando.

Si alguien me puede ayudar, gracias por adelantado.

Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 15 Oct 2020, 20:42
por kárbiko
Dice el Reglamento del Registro Civil:
Art. 343.
El expediente será instruido por el propio Encargado, quien, oído el Ministerio fiscal, dictará en forma de auto la resolución que proceda.

Art. 344.
El Ministerio fiscal conocerá los expedientes y recursos desde su iniciación para velar por la instrucción y tramitación adecuada, y emitirá informe como último trámite previo a la resolución del Juez correspondiente.

El Ministerio fiscal, antes de su informe definitivo, puede proponer las diligencias o pruebas oportunas. Igualmente puede ampliar, modificar u oponerse a la pretensión deducida, sobre lo cual se oirá a los interesados. Aunque a su juicio haya alguna razón procesal bastante para la oposición, ésta deberá incluir, a la vez, todas aquellas, procedimentales o de fondo, que impidan acceder a lo solicitado.
Por tanto, el expediente está siguiendo los causes legales de su tramitación..

Una vez esté el informe del MF, se pasa al Juez para que dicte la resolución correspondiente. Entonces te notificarán la resolución al/a los promotores e interesados, así como al MF, pudiendo recurrirla cualquiera de ellos.

Pasado el plazo legal para poder recurrirse (15 días hábiles), se dicta resolución dictando la firmeza de la misma, y ya se hará lo que en ella se ha decidido.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 04 Feb 2021, 00:06
por alek6dj
Hola a tod@s. Tengo dudas de si aportar o no la copia del matrimonio de los padres de mi abuelo, me explico:

Breve contexto: en 2019 solicité la inscripción fuera de plazo de mi abuelo, nacido y fallecido en Cuba, hijo de mi bisabuelo español de origen. En ese momento no aporté el certificado de matrimonio de mis bisabuelos porque no sabía los datos del mismo. Pasados unos meses de presentada la solicitud de inscripción de nacimiento, el RCC requirió nueva documentación, específicamente, las copias de los documentos de identidad de mi abuelo y mi bisabuelo (que no fueron halladas), y no mencionaron nada sobre el certificado de matrimonio de los padres.

Hace un tiempo, a través de un familiar, pude conocer los datos del matrimonio de mis bisabuelos, pedí el certificado a la parroquia en Cuba y lo he conseguido. El expediente de inscripción fuera de plazo de mi abuelo lleva en trámite más de año y medio, al contactar al Min. de Justicia me informan que no sale nada requerido en el sistema, que simplemente sigue en trámite.

Mi duda es, ¿aporto la copia del matrimonio de mis bisabuelos?
¿Favorecería la resolución del expediente, o la entorpecería?

Aclaro que mis bisabuelos eran: ella cubana y él español, y se casaron en 1917 en Cuba, no me consta que hayan registrado el matrimonio en el Registro Consular, y estoy casi seguro de que no porque vivían "monte adentro". Mi abuelo nació años después, en 1931.

Actualmente el certificado de matrimonio está sellado y firmado por el cura de la parroquia y reconocida su firma por la cancillería del obispado de la provincia. No he querido legalizarlo aún ante el MINREX y el Consulado de España en La Habana porque no se si será necesario el documento en España.

¿Qué me aconsejáis?
1. Aporto la copia.
2. Legalizo el documento, mando el original a España y lo aporto.
3. No hago nada y sigo esperando la resolución del trámite.

Saludos cordiales.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 24 Feb 2021, 17:56
por MIC10
alek6dj

Hola Buenas tardes
Que tal todo.

El certificado del registro central en Madrid, ya lo tengo, ha tardado 4 meses.
Muchas gracias por todo

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 25 Feb 2021, 13:56
por alek6dj
MIC10 excelente noticia! Pero lo que te ha llegado es la inscripción de nacimiento en el Registro Civil Central, o la negativa?

Si fue la inscripción de nacimiento y te tardó 4 meses puedes sentirte afortunada de que resolvieran tan rápido.
La que yo presenté lleva 1 año y 9 meses en trámite, cada mes llamo y me dicen que no hay novedad, me parece una falta de respeto.

Ha sido un placer ayudarte en lo que ha estado en mis manos.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 25 Feb 2021, 17:10
por Rodolfo IV
Quizá sea lo que demoro la inscripción de nacimiento y el envío de la literal desde que el expediente gubernativo fue resuelto.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 05 Jun 2021, 02:10
por luchita
Buenas noches
Después de 4 años de mi consulta primera, acerca de la inscripción póstuma de mi padre, aún no tengo nada!! !nunca me contestó el consulado español en Chile.
Ya perdí toda la esperanza .

Lo que me queda es vivir allá por un año por cuenta propia -me ha dicho un abogado- para poder optar a la ciudadanía por residencia, estoy en eso,
se necesita bastante dinero y no sé si después me saldrán con otra cosa.
Si alguien tiene alguna experiencia les agradezco su ayuda.
Gracias

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 05 Jun 2021, 18:14
por Rodolfo IV
luchita escribió: 05 Jun 2021, 02:10Lo que me queda es vivir allá por un año por cuenta propia -me ha dicho un abogado- para poder optar a la ciudadanía por residencia, estoy en eso,
se necesita bastante dinero y no sé si después me saldrán con otra cosa.
Si alguien tiene alguna experiencia les agradezco su ayuda.
Si no tienes la posibilidad de hacer eso, puedes volver a presentar el escrito siempre dirigido al encargado del Registro Civil es probable que en cuatro años ya el Cónsul adjunto no sea el mismo en Santiago, podrías adjuntar doctrina registral mas actual, quizá tenga la "deferencia" de denegártelo así tu puedes recurrir ante la ex DGRN.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 06 Jun 2021, 04:11
por luchita
Hablé con ellos y no reciben esos documentos!!!!
Porque eso no corresponde hacerlo,o sea inscribir a alguien post mortem.
Gracias!!!!
Alguna otra novedad les cuento

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 06 Jun 2021, 20:29
por cenv
luchita escribió: 05 Jun 2021, 02:10 nunca me contestó el consulado español en Chile.
Ya perdí toda la esperanza .
luchita, dices que presentaste un escrito en el 2018. Cuando uno presenta un escrito ante cualquier administración española, debe siempre ir con una copia para que ellos la sellen y tu la puedas mantener como prueba de que lo entregaste en esa fecha.

¿Tienes copia sellada de tu solicitud? Si vas a quejarte, reclamar que atiendan tu solicitud o presentar recurso debes tener esta copia, de lo contrario será mucho más complicado.

Quejarte, reclamar y/o presentar recurso es una posible solución.
Otra posible solución es que con un poder, un representante en España presente nuevamente la solicitud ante el Registro Civil Central.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 07 Jun 2021, 18:10
por luchita
No tengo copia,la pedí cuando lo presenté y me dijeron que no lo hacían,el consulado en mi ciudad es honorífico y en eso se escudan.
He pensado también en contratar un abogado para hacerlo en Madrid.
Gracias

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 08 Jun 2021, 10:46
por kárbiko
luchita escribió: 07 Jun 2021, 18:10He pensado también en contratar un abogado para hacerlo en Madrid.
Si usted no vive en España, el RC competente donde presentar la solicitud de lo que quiera presentar será siempre el RC del Consulado que corresponda a donde usted vive. Y, cuando el promotor reside en el extranjero, la inscripción que se pretenda se hará primero en el RC Consular y luego se lleva copia de la misma al RC Central.
En el caso de que usted contrate a un abogado que resida en España, el promotor seguirá siendo usted -aunque quien presente la solicitud sea su apoderado que si reside aquí-. Por eso, si presenta la solicitud en el Central, éste denegará su competencia y remitirá el expediente al RC del Consulado, con lo que usted se habrá gastado un dinero para nada ...
Puede contratar a alguien que le asesore, y ese gasto será tanto para presentar aquí o ahí. Pero para darle poder al abogado usted tendrá que hacer un poder notarial, que tendrá que apostillar (porque para no necesitarla la otra opción sería que usted fuera al consulado de España en su país -no es posible hacerlo en uno honorífico-, lo que supongo que le costará bastantes CLP) y al final no le habrá servido para nada.

Podrá recurrir la resolución en que el RC Central se declara que no es competente, pero de nada servirá porque la DGRN ha indicado en varias resoluciones que la competencia viene dada por el lugar de residencia del interesado, no del profesional apoderado que se contrata.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 08 Jun 2021, 14:24
por luchita
Muchas gracias!!!
Ya me queda claro,en Chile no lo reciben y no te dan hora para eso,solo atienden por citas previas en la embajada y ahí es donde está el registro civil .
Creo que me sigue quedando la opción de vivir allá por un año,que me parece que debería ser más tiempo,porque al cumplir el año y presentar la petición de ciudadanía debería seguir viviendo allá hasta obtenerla.
Gracias a todos por sus respuestas.
Buen día

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 08 Jun 2021, 14:24
por alek6dj
Saludos a tod@s.

Finalmente hoy tras más de 2 años de espera he recibido resolución del RCC denegando la inscripción de nacimiento fuera de plazo de mi abuelo nacido en Cuba, hijo de español de origen. Os comparto las partes más relevantes:
HECHOS
...
TERCERO: La Representación del Ministerio Fiscal adscrita a este RCC en su informe de fecha ... de 2020 se opone a la inscripción de nacimiento solicitada.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
...
TERCERO: En el caso que nos ocupa, es de estimar que no está acreditado en forma debida, que la nacionalidad del padre, en el momento del nacimiento del hijo fuera la española, por cuanto que no se ha llegado a aportar su certificado de nacimiento, solo el de bautismo, tampoco se ha aportado la documentación con la que se identificaban, tanto el padre como el hijo que tenía que ser necesariamente cubana y, es más, lo que consta es que D. ..., se inscribió en el Registro de Extranjeros con 54 años de edad, es decir en 1941, 10 años más tarde del nacimiento de su hijo, lo que impide conocer la nacionalidad del padre en el año 1931 que si bien nació en España pudo perderla y no transmitirla a su hijo. Por lo que no se dan ninguno de los supuestos previstos en el artículo 17 del Código Civil en su redacción originaria.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA
Don/Doña ..., Magistrado-Juez Encargado del Registro Civil Central acuerda denegar la inscripción de nacimiento por filiación a D. ..., nacido el ... de 1931 en Cuba.

Notifíquese al Ministerio Fiscal y al Promotor haciéndole saber que contra el mismo puede interponerse recurso de apelación ante la DGSJFP en el plazo de 15 días hábiles a partir de su notificación...
Respecto a las razones que exponen en la resolución, indican:

Que del padre nacido España no se aportó el certificado de nacimiento, solo el bautismo. Entiendo que para un nacimiento de 1887 se espera una literal del RC y no solo el bautismo, pero por causas que desconozco, no se inscribió el nacimiento de mi bisabuelo en el RC y aporté desde el inicio la negativa del RC del término municipal donde nació, acompañada del bautismo.

Que no se aportaron los documentos de identidad ni de mi bisabuelo ni de mi abuelo. Esto es cierto, por más que busqué e investigué en la familia, nadie conservaba estos documentos. Expuse esto y también aporté correo del Ministerio del Interior de Cuba indicando que los documentos personales se destruyen tras el fallecimiento.

Respecto a la inscripción en el Registro de Extranjeros de mi bisabuelo, 10 años después de nacer mi abuelo, entiendo que esto reafirma más el hecho de que continuaba siendo español, que si al contrario, se hubiese registrado 10 años antes de nacer mi abuelo... No consigo comprender el razonamiento del encargado aquí.

Además aporté el Certificado de Ciudadanía, que indica que mi bisabuelo no se naturalizó cubano. Teniendo en cuenta las causas de pérdida de la nacionalidad del CC en su redacción original, no veo que mi bisabuelo haya incurrido en ninguna, y la prueba principal es precisamente el Certificado de Extranjería que indica su inscripción como extranjero en 1941. Por todo lo que he leído en resoluciones de la DGRN este último es posiblemente el documento más relevante a la hora de demostrar que los españoles que emigraron a Cuba seguían siendo españoles en determinado momento.

Llegados a este punto, haré el recurso de apelación. Y sobre este tengo algunas dudas:

1. Es recomendable hacerlo mediante abogado, o puedo usar la plantilla que hay en el MJus y hacerlo personalmente justificando todo lo anterior y citando resoluciones de la ex DGRN?
2. En caso de hacerlo por la vía telemática y que quiera aportar nuevos documentos que no constan en el expediente, basta presentar los PDF o hay que enviar de todos modos por correo postal los nuevos documentos?
3. Durante la LMH tres de mis tíos cubanos (hijos del abuelo que quiero inscribir) se hicieron ciudadanos españoles aplicando a la disposición adicional séptima párrafo 1, precisamente porque demostraron ser hijos de persona que fue originariamente española (mi abuelo!) Mi pregunta es, ¿aporto alguno de estos certificados de nacimiento de mis tíos? Mi preocupación es que el expediente sea denegado una vez más y les pueda afectar a ellos de algún modo.
4. Si tenéis algún consejo de qué más aportar o mencionar en el recurso, bienvenido.

Gracias de antemano a todo el que pueda ayudarme.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 08 Jun 2021, 14:25
por kárbiko
alek6dj escribió: 08 Jun 2021, 14:24y aporté desde el inicio la negativa del RC del término municipal donde nació, acompañada del bautismo.
Es que en Cuba "están acostumbrados" a que esos 2 documentos sustituyan al certificado de nacimiento expedido por un RC español que certifique ese hecho. Y eso no es así.
Con esos 2 documentos se tiene que iniciar un expediente para la inscripción de nacimiento de ese señor, y entonces ya podrá presentar donde sea necesario el documento que demuestra que ese señor nació en España, y los demás efectos de los que esa certificación de nacimiento da fé.
En las solicitudes de nacionalidad presentadas en el Consulado por la -mal llamada- Ley de nietos, muchas se han aportado con esos 2 documentos. El Consulado las ha dado por buenas (mal hecho, cuando la propia ley dice que lo que se tiene que aportar es la certificación de nacimiento proveniente de RC español) y en otras ha dictado resolución denegando.
Luego, en bastantes de resoluciones de la DGRN sobre las que se ha denegado, se hace hincapié en el hecho de que no se ha llegado a demostrar la nacionalidad del primer emigrante, al no presentar la certificación de nacimiento expedida por el RC correspondiente al lugar de su nacimiento.

Justo el caso de tus familiares, a los que el Consulado en Cuba les concedió la nacionalidad estimando esos 2 documentos y no exigiéndoles lo que la propia LMH indicaba textualmente:
En los casos en que no exista inscripción de nacimiento de los padres o abuelos, el interesado deberá promover el expediente de inscripción de nacimiento fuera de plazo previsto en los artículos 311 y siguientes del Reglamento del Registro Civil.
Que es el expediente que supongo que estás haciendo ahora... para inscribir a tu abuelo, pero sin presentar la inscripción española de tu bisabuelo, con lo que estás en el caso de que no se acredita nacionalidad al no estar la documentación completa que certifique los hechos.
alek6dj escribió: 08 Jun 2021, 14:24entiendo que esto reafirma más el hecho de que continuaba siendo español, que si al contrario, se hubiese registrado 10 años antes de nacer mi abuelo... No consigo comprender el razonamiento del encargado aquí.
Es que en ese momento Cuba lo podría seguir considerando como un extranjero, debido a la documentación aportada para el trámite de inscribirse en ese registro. Pero podría ser que para la legislación española ya no fuera en ese instante.
Al no probar el hecho anterior, éste no puede darse tampoco por probado, pues es dependiente del principal.
alek6dj escribió: 08 Jun 2021, 14:24Además aporté el Certificado de Ciudadanía, que indica que mi bisabuelo no se naturalizó cubano.
Deberías aportar también el certificado de su defunción, para verificar que a su muerte fue inscrito como un ciudadano extranjero, lo que corroborará el hecho de que tu bisabuelo no perdiera la nacionalidad.

Si te piden los documentos que tenían tu bisabuelo y abuelo y no los tienes, pide que certifiquen sus datos filiatorios en la oficina que ahí se encargue de expedir la documentación a los ciudadanos (extranjeros y locales).

1.- No recomendable, dado que al faltarte documentos esenciales, la DG va a corroborar el criterio del encargado del RC Central.
Es preferible que finalice ese trámite, solicites formalmente que te devuelvan los originales aportados para que con ellos y tras obtener los que te faltan, volver a presentar solicitud acreditando todo correctamente.
2.- Si decides presentarlo y vas a aportar nuevos documentos, al presentarlo telemáticamente te permitirá que los envíes en el formato que elijas (pdf o imagen), pero te pedirá que los firmes digitalmente tú. Ante cualquier duda, te podrán pedir que los remitas por correo postal.
3.- Puedes presentarlos para apoyar tus tesis. Hagas lo que hagas no les influirá en nada que no vaya a ocurrir, si es que en el Consulado hubieran cometido algún error. Allá están revisando una a una todas las concesiones, para ver qué documentos se aportaron. De ahí la gran cantidad de personas a las que se les está cancelando la inscripción como españoles, al detectar que algún documento presentado tenía alguna deficiencia...(por así llamarlo).
Si las de tus tíos las tenían, tarde o temprano las verificarán y el hecho de que tú aportes esas certificaciones ahora no va a cambiar la consecuencia de que la encuentren.
Y si no tenían deficiencia alguna, ya las habrán dado por buenas y por tanto no habrá nada por lo que preocuparse.
4.- Gana tiempo y no presentes recurso, sino inscripción de nacimiento fuera de plazo de tu bisabuelo. Cuando la tengas, la de tu abuelo...

También puedes presentar ambos al mismo tiempo ... y que sea lo que tenga que ser...

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 08 Jun 2021, 17:35
por Rodolfo IV
Es una instancia administrativa por lo cual el abogado no es indispensable, por otro lado si que puedes adjuntar los documentos faltantes si los consigues, seria economía procesal hay resoluciones de la DGRN a respecto, lo que no estoy 100% seguro es que si te denegara la DGRN y finalmente aparecen todos los documentos correspondería que presentaras el "Recurso extraordinario de revisión" es decir el articulo 125.1 de Ley 39/2015
Spoiler
Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión
Artículo 125. Objeto y plazos.
1. Contra los actos firmes en vía administrativa podrá interponerse el recurso extraordinario de revisión ante el órgano administrativo que los dictó, que también será el competente para su resolución, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a) Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.

b) Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida.

c) Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución.

d) Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.

2. El recurso extraordinario de revisión se interpondrá, cuando se trate de la causa a) del apartado anterior, dentro del plazo de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. En los demás casos, el plazo será de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme.

3. Lo establecido en el presente artículo no perjudica el derecho de los interesados a formular la solicitud y la instancia a que se refieren los artículos 106 y 109.2 de la presente Ley ni su derecho a que las mismas se sustancien y resuelvan.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 08 Jun 2021, 19:16
por Rodolfo IV
alek6dj escribió: 08 Jun 2021, 14:24Llegados a este punto, haré el recurso de apelación. Y sobre este tengo algunas dudas
Mi respuesta anterior fue porque veo que estas convencido de seguir esa vía quizá sin considerar el tiempo que demore, pero ahora con el diario del lunes (la respuesta de kárbiko) evidentemente y sabiendo que el RC español no se rige por el principio de "cosa juzgada" lo mejor seria que vuelvas a promover el expediente con toda la documentación completa.

Re: Inscripción de nacimiento fuera de plazo postuma

Publicado: 08 Jun 2021, 20:23
por kárbiko
Rodolfo IV escribió: el diario del lunes
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Rodolfo IV escribió: 08 Jun 2021, 19:16lo mejor seria que vuelvas a promover el expediente con toda la documentación completa.
Por eso le decía que tiene que valorarlo, porque si lo quiere comenzar de nuevo tiene que presentar nuevamente todos los documentos originales, y algunos están en el expediente que está recurrido, por lo que no puede solicitar que se le devuelvan hasta que esté finalizado ese trámite y el recurso haya sido resuelto, ... o se haya archivado el trámite.
Porque si tiene que volver a pedir los documentos cubanos que hay que legalizar, .... al final es un montón de smajlik38 , y no está la cosa como para estar gastándolos de más...