Buenas noches:
Resulta que mi novio y yo queremos casarnos y nos han indicado que debemos tramitar este expediente. Mi novio es inmigrante en situación irregular actualmente. Me han contado que por esta situación nos investigaran y demas, ¿eso se investiga en el mismo expediente matrimonial o tenemos que tramitar otra cosa?.
La cosa es que él (argentino empadronado desde hace casi 3 años) es empadronado en Seseña Nuevo(Toledo) y yo en Fuenlabrada(Madrid), y no sabemos donde tramitar el expediente para que tarde menos. Además, hemos pedido la documentación a entregar para el expediente, y en cada registro nos indican cosas diferentes en cuanto a la documentación extranjera:
En Seseña Nuevo :
DOCUMENTOS A APORTAR:
Para todos en general: DNI, PASAPORTE O TARJETA DE RESIDENCIA(la instancia y las declaraciones juradas se facilitarán en el juzgado de paz).
Para extranjeros:
->Certificado LITERAL de nacimiento.
->Certifiacdo de nacimiento bilingüe o original, traducido al español por interprete jurado oficial y que deberá ser legalizado por el consulado de su pais de origen.
->Certificado o certificados de empadronamiento que acrediten 2 años de residencia en España. En caso de no ser asi deberá aportar certificado consular de que en su pais de origen no es necesaria la publicación de Edictos, y en caso de que debiera publicarse, certificación por el mismo consulado de que ha sido publicado y que no se han presentado impugnaciones al matrimonio proyctado.
->Certificado de capacidad matrimonial(conforme al convenio de 05/09/80, para aquellos paises que hayan ratificado el Convenio y certificado sobre el extado civil actual, expedido por la autoridad competente o presentar una declaración jurada y firmada ante el Consulado de su páis acerca de su estado civil actual.
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En Fuenlabrada:
La solicitud ha de realizarse por ambos solicitantes que han de comparecer conjuntamente ante el RC correspondiente al domicilio de cualquiero de ellos. Para fijar la fecha de la celebración deberán comparecer con DOS TESTIGOS NO FAMILIARES(fotocopias DNI, de los testigos y de los solicitantes).
DOCUMENTOS
Para extranjeros:
Certificación de inscripción consular del interesado, con expresión del domicilio del mismo, tiempo de residencia en España, lugar de procedencia y estado.
Además deberá acreditarse si la Ley Personal de su Pais exige la publicación de Edictos al constraer matrimonio Civil en España.
En algunos casos deberan aportar el CERTIFICADO DE CAPACIDAD MATRIMONIAL.
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Las diferencias que veo entre ambos municipios es:
- el certificado de inscripción consular.
-En Fuenlabrada indican de que si no tiene el empadronamiento de dos años tiene que: " En caso de no ser asi deberá aportar certificado consular de que en su pais de origen no es necesaria la publicación de Edictos, y en caso de que debiera publicarse, certificación por el mismo consulado de que ha sido publicado y que no se han presentado impugnaciones al matrimonio proyctado." Como el esta empadronado desde hace casi tres años,¿de esto me desentiendo?
-En cuanto a esto: "Certifiacdo de nacimiento bilingüe o original, traducido al español por interprete jurado oficial y que deberá ser legalizado por el consulado de su pais de origen.", ¿es el mismo que el literal? Él es argentino y su certificado de nacimiento esta en español.
En Seseña me dijeron que fuera con dos testigos y demas para tramitar el expediente, eso lo enviarian al fiscal de Toledo y lo remitirian de nuevo a Seseña donde el juez nos dará cita para una audiencia y demás; mientras que en fuenlabrada indican que los testigos no pueden ser familiares(en Seseña no especifican) y que vaya al registro directamente con los testigos, tramitaremos el expediente y esperaremos su resolución.
Total, indicarme por favor que documentación pedir al consulado argentino y demas, y cual deberia ser la mejor opción para tramitar el expediente en cuanto a tiempo, en Seseña me dijeron 4 meses y en Fuenlabrada 3, pero cada cual la tramita de una forma diferencte y no se por donde tirar.
No obstante, seguramente casarnos casarnos lo haremos en Seseña o pueblo pequeño ya que en Fuenlabrada me han dicho que para este año ya no tienen fechas.
Espero vuestra contestación y muchisimas gracias.
Expediente matrimonial
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Re: Expediente matrimonial
Y lo más curioso es que ambos registros civiles te piden cosas que no se deben pedir...
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Re: Expediente matrimonial
Mira, te adjunto la hoja que entrego yo en mi registro.
Ahi está lo que yo pido. No necesito más de lo que pone en esa hoja.
Es lamentable que en innumerables registros civiles sigan teniendo la hoja de información pidiendo el famoso certificado de si en el pais de origen del extranjero se exije o no la publicación de edictos; i‚¡i‚¡i‚¡i‚¡ eso se pedia con la redacción del Código civil anterior a 1981 !!!!
Y la legislación española, según tiene establecida la doctrina de la DGRN, NO EXIGE a ningún extranjero que aporte certificado de capacidad matrimonial para poder casarse en España. Nosotros tenemos que comprobar si tiene la necesaria y suficiente capacidad para contraer matrimonio, como también debemos comprobar si la tiene el español que se quiere casar, pero eso es una cosa y el certificado de capacidad matrimonial otra bien distinta.
Si tienen alguna duda invitales a que se den de alta en este Foro, donde con mucho gusto argumentaremos con ellos lo que haga falta.
Ahi está lo que yo pido. No necesito más de lo que pone en esa hoja.
Es lamentable que en innumerables registros civiles sigan teniendo la hoja de información pidiendo el famoso certificado de si en el pais de origen del extranjero se exije o no la publicación de edictos; i‚¡i‚¡i‚¡i‚¡ eso se pedia con la redacción del Código civil anterior a 1981 !!!!
Y la legislación española, según tiene establecida la doctrina de la DGRN, NO EXIGE a ningún extranjero que aporte certificado de capacidad matrimonial para poder casarse en España. Nosotros tenemos que comprobar si tiene la necesaria y suficiente capacidad para contraer matrimonio, como también debemos comprobar si la tiene el español que se quiere casar, pero eso es una cosa y el certificado de capacidad matrimonial otra bien distinta.
Si tienen alguna duda invitales a que se den de alta en este Foro, donde con mucho gusto argumentaremos con ellos lo que haga falta.
Re: Expediente matrimonial
Muchas gracias por contestar.
La cosa es, nosotros sólo podemos hacer el expediente en uno de estos dos municipios, y a nosotros la verdad nos da igual donde hacerlo, sólo queremos saber donde pensais que seria más rápido, dependiendo de los documentos que nos piden en cada lugar y que lo que nos indicaron del procedimiento(Todo explicado anteriormente).
Otra consula que tenemos es si, al ser mi novio extranjero irregular, sólo nos harán dicho expediente o alguno más para comprobar la veracidad de nuestro enlace.
En fin, conocer el proceso este, porque quiero ir sobre seguro ya que sino me pilla el dia que tenemos pensado para la boda.
Espero vuestras respuestas, y muchas gracias.
La cosa es, nosotros sólo podemos hacer el expediente en uno de estos dos municipios, y a nosotros la verdad nos da igual donde hacerlo, sólo queremos saber donde pensais que seria más rápido, dependiendo de los documentos que nos piden en cada lugar y que lo que nos indicaron del procedimiento(Todo explicado anteriormente).
Otra consula que tenemos es si, al ser mi novio extranjero irregular, sólo nos harán dicho expediente o alguno más para comprobar la veracidad de nuestro enlace.
En fin, conocer el proceso este, porque quiero ir sobre seguro ya que sino me pilla el dia que tenemos pensado para la boda.
Espero vuestras respuestas, y muchas gracias.
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