Plazo reducido para iberoamericanos residentes con otra nacionalidad
Publicado: 23 Abr 2021, 14:24
por izhak
Buenas tardes.
He visto que desde el 28/01/2019, en una charla en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) en la cual participó Doña María del Mar López Álvarez, subdirectora adjunta de la Dirección General de los Registros y el Notariado, ha cambiado el criterio de reducción del plazo para solicitar nacionalidad española por residencia:
"En el caso de las personas que tengan Nacionalidad de un país iberoamericano y también la nacionalidad de un país a quienes se les aplicaba hasta hora el plazo de 10 años para solicitar la Nacionalidad (por ejemplo argentino-italiano), el criterio de la DGRN es que las personas con doble nacionalidad (iberoamericana y de otro país sea o no de la UE) se aplicará el plazo reducido de dos años.
Es decir, si eres un ciudadano que tienes nacionalidad de un país iberoamericano (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Perú, Paraguay, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela) pero tienes nacionalidad de otro país NO iberoamericano (por ejemplo, nacionalidad italiana) y resides en España como ciudadano de la UE, ya NO tienes que esperar a los 10 años de residencia legal y continuada en territorio español para solicitar la Nacionalidad Española por Residencia. Ahora puedes solicitarla a los dos años de residencia legal y continuada en territorio español."
El caso de mi hermano es justamente ese: es italiano y argentino, y está viviendo en España como italiano desde hace más de 2 años, pero menos de 10.
Ahora bien, al hacer la solicitud de nacionalidad por vía telemática, sale una advertencia en rojo que dice que la nacionalidad principal, con la que se ha obtenido la residencia, es la que determina el plazo (o sea, que no cumple el requisito de 10 años de residencia).
Mis preguntas son:
1) ¿Puede presentarse la solicitud de nacionalidad, o se corre el riesgo de que la desestimen y de perder el dinero de la tasa?
2) ¿Alguien sabe de algún documento oficial (resolución, boletín oficial...) donde se documente este cambio de criterio, o que se haya aplicado? (Hasta ahora este cambio de criterio sólo lo he encontrado en páginas webs...). Estaría bien adjuntar una nota y esta evidencia oficial a la solicitud para reforzar la justificación de la validez de la aplicación del plazo reducido de 2 años.
Muchas gracias por la ayuda.
Izhak
Re: Plazo reducido para iberoamericanos residentes con otra nacionalidad
Publicado: 24 Abr 2021, 00:19
por Giullianno
izhak escribió: ↑23 Abr 2021, 14:24la nacionalidad principal, con la que se ha obtenido la residencia, es la que determina el plazo (o sea, que no cumple el requisito de 10 años de residencia).
Esta considero es la respuesta a tu primera pregunta.
Re: Plazo reducido para iberoamericanos residentes con otra nacionalidad
Publicado: 24 Abr 2021, 17:07
por Rodolfo IV
izhak escribió: ↑23 Abr 2021, 14:242) ¿Alguien sabe de algún documento oficial (resolución, boletín oficial...) donde se documente este cambio de criterio, o que se haya aplicado? (Hasta ahora este cambio de criterio sólo lo he encontrado en páginas webs...). Estaría bien adjuntar una nota y esta evidencia oficial a la solicitud para reforzar la justificación de la validez de la aplicación del plazo reducido de 2 años.
Yo no lo he visto, ni circulares u orden ministerial el caso mas "común" es el de los italo-argentinos que viven en España pero al ser reciente el cambio de criterio tampoco sabemos si hay algún caso que ya se haya resuelto favorable ya que se aplica desde fines de 2019.
Re: Plazo reducido para iberoamericanos residentes con otra nacionalidad
Publicado: 25 Abr 2021, 14:05
por alek6dj
He encontrado en más de 5 fuentes fiables -ninguna oficial- la información que citas sobre el nuevo criterio, específicamente la parte de que si resides en España como ciudadano de la UE, y tienes nacionalidad iberoamericana, ya NO tienes que esperar a los 10 años de residencia legal y continuada en territorio español para solicitar la Nacionalidad Española por Residencia, ahora puedes solicitarla a los dos años de residencia legal y continuada en territorio español.
Lo que sí es oficial es el Artículo 22 del Código Civil:
1. Para la concesión de la nacionalidad por residencia se requiere que ésta haya durado diez años. Serán suficientes cinco años para los que hayan obtenido la condición de refugiado y dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes.
El Código Civil es claro, si la persona es nacional de origen (no naturalizado) de un país iberoamericano, le aplican los 2 años.
Así que yo recomendaría hacer la solicitud a los 2 años, siempre que sea de nacionalidad iberoamericana de origen, da igual que tenga otra, siempre que resida legalmente en España, por cualquiera de sus nacionalidades. Que el sistema informático haga una advertencia no debería echarte para atrás. Igual era una validación que hacían antes de 2019 y pasaron por alto cambiarlo a partir del cambio de criterio. Una cosa es que el sistema informático te ponga una advertencia, y otra que no te permita continuar.
Pero este es mi criterio personal. Si quieres estar más tranquilo intenta conseguir la información oficial.
Re: Plazo reducido para iberoamericanos residentes con otra nacionalidad
Publicado: 25 Abr 2021, 18:20
por Rodolfo IV
Re: Plazo reducido para iberoamericanos residentes con otra nacionalidad
Publicado: 03 May 2021, 18:44
por izhak
Gracias a todos por las respuestas.
Re: Plazo reducido para iberoamericanos residentes con otra nacionalidad
Publicado: 07 Ago 2022, 23:44
por izhak
Hola a todos.
Quería aprovechar para actualizar este tema y comentar que la nacionalidad de mi hermano sigue en trámite.
Le han hecho un requerimiento erróneo: le han pedido que aporte un documento que ya había aportado... en fin...
Pero lo importante es no le han denegado la nacionalidad por los dos años de residencia, así que entendemos que es cierto lo del plazo reducido para ciudadanos con doble nacionalidad, de las cuales una es iberoamericana pero que residen en España con una de la UE.
Re: Plazo reducido para iberoamericanos residentes con otra nacionalidad
Publicado: 13 Ago 2022, 17:41
por Rodolfo IV
izhak escribió: ↑07 Ago 2022, 23:44plazo reducido para ciudadanos con doble nacionalidad, de las cuales una es iberoamericana pero que residen en España con una de la UE.
Ese criterio lo menciono la funcionaria que tu referiste, hasta la fecha (al menos yo) no he visto circular instrucción o algo parecido, seguramente la comunicación fue interna entre la Dirección General de los Registros y el Notariado y los Registros Civiles.
Re: Plazo reducido para iberoamericanos residentes con otra nacionalidad
Publicado: 20 Sep 2022, 09:12
por kárbiko
uy uy uy.... Eso de "residen en España con una de la UE" ... no pinta muy bien...
La residencia en España tiene que ser legal, continuada y justo antes de la petición. Eso lo tenemos claro.
Si alguien tiene permiso de residencia de un país de la UE, lo que tiene es un permiso para poder moverse libremente dentro de la UE. Y si se instala en otro país, TIENE QUE PEDIR NUEVO PERMISO DE RESIDENCIA EN ESTE DONDE RESIDE AHORA.
El tener permiso de residencia concedido de un país miembro no te otorga la residencia legal en otro de la UE. Por tanto, tu hermano no estaría residiendo legalmente en España. (con permiso de residencia concedido por el Ministerio del Interior de España, que es quien otorga los permisos de residencia legal para residir aquí).
Así que seguramente.... (Salvo que a quien lo esté revisando se le pase por alto)
Re: Plazo reducido para iberoamericanos residentes con otra nacionalidad
Publicado: 20 Sep 2022, 19:30
por izhak
Me refiero a obtener la residencia legal en España haciendo uso de una nacionalidad de la UE. (No me refiero al fraude de ley que sería sacarse la residencia en otro país de la UE y vivir en España sin declararlo).
Re: Plazo reducido para iberoamericanos residentes con otra nacionalidad
Publicado: 21 Sep 2022, 09:48
por kárbiko
No es un fraude de ley...
Lo que digo es que el no obtener el permiso de residencia legal en España (sino residir aquí con permiso de residencia de otro país de la UE), NO le confiere el requisito de esa residencia necesaria para poder pedir la nacionalidad española.
Re: Plazo reducido para iberoamericanos residentes con otra nacionalidad
Publicado: 16 Nov 2022, 23:41
por izhak
Hola. Pensaba que había respondido antes... veo que no.
Cuando dije "residen en España con una de la UE", me refería a "residen en España con una nacionalidad de la UE".
Es decir, mi hermano obtuvo la residencia en España utilizando su nacionalidad italiana (se inscribió en el registro de extranjeros como italiano, como hicimos la gran mayoría de ítalo-argentinos).
De paso, actualizo: el trámite de mi hermano sigue avanzando, así que parece ser que no hubo problema con aplicar con 2 años de residencia teniendo doble nacionalidad italiana-argentina, siendo la italiana la utilizada para estar inscripto como extranjero residente en España, pero beneficiándose también del tiempo reducido de 2 años por ser iberoamericano.
Re: Plazo reducido para iberoamericanos residentes con otra nacionalidad
Publicado: 18 Mar 2024, 11:51
por choe
Que tal con el tramite de tu hermano? Ha logrado conseguir en dos años como iberoamericano siendo residente UE gracias a pasaporte UE?