Expediente Matrimonial Mixto: Registro vs Notario
Publicado: 02 Ene 2022, 11:24
Hola a todos/as,
Tengo algunas dudas respecto a la tramitación de un expediente matrimonial o una capacidad matrimonial para un matrimonio mixto entre un español nacionalizado y una marroquí.
Puesto que desde abril del 2021 ya se puede tramitar los expedientes matrimoniales ante notario, me pregunto en que beneficia eso a los matrimonios mixtos en el caso de que el extranjero no se encuentre en españa.
Teniendo en cuenta que en este tipo de uniones es obligatoria la audiencia reservada (entrevista) y que debe ser presencial en el despacho del notario:
1. En el caso de que el extranjero no esté en España pero que tenga la posibilidad de venir a España con visado turista (90 días) y por tanto acudir a la audiencia reservada en el despacho del Notario, es esto valido para tramitar un expediente matrimonial o una capacidad matrimonial? O el extranjero debe tener otro tipo de visado/permiso?
2. La cita para la audiencia reservada que da el notario suele ser flexible? Es decir, la da el notario a su conveniencia y es fija o puede ser una fecha conveniente para la pareja? Lo pregunto por el hecho de que la tramitación del visado del extranjero puede demorarse o no coincidir con la cita de la audiencia ante notario.
3. Se sabe ya lo que tarda la tramitación de estos expedientes matrimoniales mixtos ante notario?
Muchas gracias y un saludo!
Tengo algunas dudas respecto a la tramitación de un expediente matrimonial o una capacidad matrimonial para un matrimonio mixto entre un español nacionalizado y una marroquí.
Puesto que desde abril del 2021 ya se puede tramitar los expedientes matrimoniales ante notario, me pregunto en que beneficia eso a los matrimonios mixtos en el caso de que el extranjero no se encuentre en españa.
Teniendo en cuenta que en este tipo de uniones es obligatoria la audiencia reservada (entrevista) y que debe ser presencial en el despacho del notario:
1. En el caso de que el extranjero no esté en España pero que tenga la posibilidad de venir a España con visado turista (90 días) y por tanto acudir a la audiencia reservada en el despacho del Notario, es esto valido para tramitar un expediente matrimonial o una capacidad matrimonial? O el extranjero debe tener otro tipo de visado/permiso?
2. La cita para la audiencia reservada que da el notario suele ser flexible? Es decir, la da el notario a su conveniencia y es fija o puede ser una fecha conveniente para la pareja? Lo pregunto por el hecho de que la tramitación del visado del extranjero puede demorarse o no coincidir con la cita de la audiencia ante notario.
3. Se sabe ya lo que tarda la tramitación de estos expedientes matrimoniales mixtos ante notario?
Muchas gracias y un saludo!