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Registro de nacimiento

Publicado: 04 Ago 2009, 04:56
por zareth
Que maravilla enontrar tanta información por aqui.

Encontré lo que buscaba, ahora me gustari­a solo aclarar una duda respecto a la inscripción del nacimiento. Se puede solicitar en cualquier RC, es decir todos tienen esta opción o algunos te dirán que es obligatorio pedirla al RC Central. Lo que sucede es que en mi caso es un RC de un pueblo pequeño y la funcionaria me comentó que se solicita el RC Central, pero talvez olvidó darme la segunda opción, no sé.

Otra pregunta; es lo mismo el Certificado literal de nacimiento especial para obtención de DNI que el certificado de inscripción de la nacionalidad?? ya que en sitios oficiales he visto que el requisito para sacar el DNI es un certificado de la nacionalidad. En caso de ser distintos, como lo solicito??, hay que lio de verdad!!

GRACIAS

Aqui copio la info que ustedes publican:

Se os preguntará también donde queréis que se practique esa inscripción, pudiendo elegir entre ese mismo RC y el RC Central de Madrid.

En algunos casos, al solicitar que se haga en ese mismo RC, os darán inmediátamente, o casi, las certificaciones de inscripción con la que podréis obtener la documentación española; un certificado literal de nacimiento especial para la obtención del DNI, con un plazo de validez de 3 meses

Re: Registro de nacimiento

Publicado: 25 Ago 2009, 20:11
por jorome
zareth:

De tu exposición entiendo que viene a relación a alguna otra consulta que has hecho y que no he lei­do pero intentaré responderte. La consulta que realizas ahora supongo que es en relación al Registro Civil español competente en practicar la inscripción de nacimiento de la persona que ha adquirido la nacionalidad española por motivo de residencia. Pues bien, efectivamente podrá pedirse que se practique la inscripción en el mismo Registro Civil en el que se ha instruido el expediente (no en el de la residencia) y acostumbra a ser más efectivo ya que, generalmente, no están tan colapsados de trabajo como en el Registro Civil Central. La petición la debes realizar en el momento en que se extiende el Acta de aceptación de la nacionalidad española (juramento o promesa de fidelidad al Rey, etc., etc.) y si no dices nada puede que el Registro Civil mande el Acta al Registro Central y tengas que esperarte una media de un año, en poderte documentar como española.
Cuando el Registro Civil haya practicado la inscripción principal de nacimiento con la marginal de adquisición de nacionalidad te facilitará (y si no lo hace, lo pides) una certificación literal expedida a los únicos efectos de obtención de DNI que, como bien dices, tiene una validez de 3 meses. Con la misma certificación puedes obtener el pasaporte español, si quieres.
Una vez has adquirido la nacionalidad española y te has documentado ya como tal (DNI) si te piden que justifiques tu nacionalidad deberás pedir una certificación literal del Acta de tu nacimiento.

Saludos,
jorome.

Re: Registro de nacimiento

Publicado: 02 Sep 2009, 07:28
por zareth
Mil gracias, si eso era lo que necesitaba saber. Entonces la certificación literal expedida a los únicos efectos de obtención de DNI, me la pueden dar de forma casi inmediata tras jurar la constitución??

nuevamente mil gracias, ha sido de mucha ayuda.

saludos

Re: Registro de nacimiento

Publicado: 04 Dic 2011, 13:14
por jorome
Si­, te la pueden dar de forma casi inmediata. Eso dependerá del volúmen de trabajo de la oficina registral y de los funcionarios que en esos di­as se encuentren en la misma. En nuestro Registro Civil estamos de media una semana en facilitar la certificación, tras aceptar la nacionalidad española aunque me consta que hay Registros Civiles que tardan mucho, demasiado quizás (mayormente de grandes ciudades, especialmente).

Saludos y suerte,
jorome.