Optar a la nacionalidad por LMD si hubo rechazo por LMH
Publicado: 05 Ene 2023, 11:42
Hola!
Yo había solicitado la nacionalidad española bajo la Ley 52/07 de Memoria Histórica, pero me fue denegada bajo el argumento de que no había evidencia de que mis abuelos fueran españoles en el momento de nacer mi madre. Cuando tramité su inscripción fuera de plazo en el Registro Civil Central, en el documento se añadió la observación “No está acreditada conforme a la Ley, la nacionalidad española del nacido. ART 66, 4º del RRC”.
La razón que se usó para justificar la decisión fue que en el certificado de nacimiento de mi madre, a mis abuelos se les menciona como "costarricenses". Ellos nunca se nacionalizaron costarricenses, pero las certificaciones que así lo indican fueron ignoradas.
Ahora mi pregunta: ¿Puedo realizar una nueva solicitud, de acuerdo al Anexo I (opción Ia, ya que mis abuelos emigraron alrededor de 1929, por lo que no aplica la condición de exilio)? ¿O me será denegada igual ya que a mi madre no se le considera española de origen porque supuestamente mis abuelos "perdieron" la nacionalidad española?
Según lo que he leído de la ley y las disposiciones adicionales, entiendo que lo que importa es que mis abuelos hayan sido españoles de origen, nacidos en España de progenitores españoles (que lo fueron), por lo que la nacionalidad de mi madre y el que ellos hubiesen perdido la española no es relevante ni un impedimento para que yo la obtenga; pero como no soy experta en la materia puede que lo haya entendido mal .
¡Muchas gracias de antemano por cualquier aclaración que me puedan brindar!
Yo había solicitado la nacionalidad española bajo la Ley 52/07 de Memoria Histórica, pero me fue denegada bajo el argumento de que no había evidencia de que mis abuelos fueran españoles en el momento de nacer mi madre. Cuando tramité su inscripción fuera de plazo en el Registro Civil Central, en el documento se añadió la observación “No está acreditada conforme a la Ley, la nacionalidad española del nacido. ART 66, 4º del RRC”.
La razón que se usó para justificar la decisión fue que en el certificado de nacimiento de mi madre, a mis abuelos se les menciona como "costarricenses". Ellos nunca se nacionalizaron costarricenses, pero las certificaciones que así lo indican fueron ignoradas.
Ahora mi pregunta: ¿Puedo realizar una nueva solicitud, de acuerdo al Anexo I (opción Ia, ya que mis abuelos emigraron alrededor de 1929, por lo que no aplica la condición de exilio)? ¿O me será denegada igual ya que a mi madre no se le considera española de origen porque supuestamente mis abuelos "perdieron" la nacionalidad española?
Según lo que he leído de la ley y las disposiciones adicionales, entiendo que lo que importa es que mis abuelos hayan sido españoles de origen, nacidos en España de progenitores españoles (que lo fueron), por lo que la nacionalidad de mi madre y el que ellos hubiesen perdido la española no es relevante ni un impedimento para que yo la obtenga; pero como no soy experta en la materia puede que lo haya entendido mal .
¡Muchas gracias de antemano por cualquier aclaración que me puedan brindar!