Nacionalidad por opción - caducidad

Reglas del Foro
1.- Utiliza la BUSQUEDA: Posiblemente ya está contestada tu duda
2.- Un NUEVO TEMA para cada cuestión distinta
3.- Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente: Así podremos tener un mejor orden de los temas.
4.- Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
5.- No escribas todo en Mayúsculas, parecerá QUE GRITAS
6.- El título del tema, que sea claro, que se entienda la duda que planteas,
7.- Los temas de título como Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares, que no identifican tu duda, serán automáticamente borrados por los miembros.
Responder

Topic Author
Pepeco
Mensajes: 38
Registrado: 08 Ene 2023, 21:08
Agradecimiento recibido: 2 veces
Género:
    Windows 10 Chrome

Nacionalidad por opción - caducidad

Mensaje por Pepeco »

Estimados amigos,

A una interesada se le notifica formalmente la concesión de la nacionalidad española por la ley 12/2015, siendo su hijo en este momento menor de edad. Finalmente y debido a los retrasos propios del consulado, la inscripción de la nacionalidad se ha producido dos años después, cuando el hijo ahora es ya mayor de edad y no puede aplicar por derecho de opción.

¿Sería posible recurrir? Leí alguna resolución que indicaba que el retraso del consulado nunca puede perjudicar al menor, máxime cuando la notificación de la concesión de la nacionalidad española se produjo siendo el mismo menor.

Agradecería cualquier orientación al respecto.
thanks
Avatar de Usuario

FLORES
Mensajes: 3432
Registrado: 16 Sep 2008, 22:09
Agradecido : 12 veces
Agradecimiento recibido: 39 veces
Género:
    Windows 10 Chrome

Re: Nacionalidad por opción - caducidad

Mensaje por FLORES »

La adquisición de nacionalidad por residencia, se formaliza no cuando se concede o notifica, sino desde el momento en que el/la propio/a nacionalizado/a mayor de edad comparece y presta juramento con o sin renuncia a la nacionalidad anterior según el caso, y no conozco ninguna resolución que contradiga esto.

Topic Author
Pepeco
Mensajes: 38
Registrado: 08 Ene 2023, 21:08
Agradecimiento recibido: 2 veces
Género:
    Windows 10 Chrome

Re: Nacionalidad por opción - caducidad

Mensaje por Pepeco »

La madre no adquirió la nacionalidad por residencia, sino por naturalización a través de la ley de sefardíes.

Cuando le notificaron el hijo era menor de edad y tenía el plazo de 1 año para juramentar. Por razones imputables al consulado, la juramentación se produjo pasados dos años, momento en el que hijo ya alcanzó la mayoría de edad.
Avatar de Usuario

Rodolfo IV
Mensajes: 670
Registrado: 28 Ene 2021, 16:23
Agradecido : 167 veces
Agradecimiento recibido: 195 veces
Género:
    Windows 10 Chrome

Re: Nacionalidad por opción - caducidad

Mensaje por Rodolfo IV »

Pepeco escribió: 13 Jul 2023, 18:17Por razones imputables al consulado
"Razones ajenas a su voluntad", hay Resoluciones de la ex DGRN sobre temas muy similares por ejemplo RESOLUCIÓN (2.ª) de 18 de julio de 2007, claro que es muy "subjetivo" y si ya ha pasado tiempo se complica mas.

https://drive.google.com/file/d/1hakfHb ... sp=sharing

Eriann
Mensajes: 45
Registrado: 19 Feb 2011, 09:00
Agradecido : 1 vez
Agradecimiento recibido: 15 veces
    Windows 10 Chrome

Re: Nacionalidad por opción - caducidad

Mensaje por Eriann »

Pepeco debes diferenciar entre la concesión, la jura y la emisión del acta. Lo que importa aquí es la jura: para todo lo que le beneficie, la señora es española desde que juró, haya o no un acta de nacimiento española.

Si el hijo tenía menos de 18 años al mometo de la jura, el hijo tiene hasta cumplir 20 años para hacer la opción.

Si el hijo tenía menos de 18 años al momento de la jura, y el acta tardo más tiempo de cumplir 20 años, el hijo podía haber metido un escrito declarando su voluntad para dejar constancia. Si no hizo esto, ya no puede hacer nada más que residir un año en España y obtener la nacionalidad por residencia bajo el periodo reducido por no haber optado a tiempo.

Ojo, deberá obtener el permiso de residencia como cualquier extranjero.

Si al momento de la jura el hijo ya tenía más de 18 años, entonces el hijo nunca tuvo derecho a la nacionalidad española por opción al no haber estado bajo la patria potestad de un español. Cabe destacar que la madre pudo haber hecho una solicitud de origen sefardí para el hijo en su momento, pues no había un limite de edad, pero ahora ya es muy tarde.
Última edición por Eriann el 01 Ago 2023, 07:22, editado 3 veces en total.
Responder
  • Temas similares
    Respuestas
    Vistas
    Último mensaje

Volver a “Opción a la Nacionalidad”