Registro Civil Consular competente para resolver expediente de LMD
Publicado: 27 Oct 2023, 22:17
Buenas noches.
He leído un caso de un expediente de LMD por anexo 3 presentado en el Consulado General de España en La Habana por una persona de nacionalidad cubana, hija de padres cubanos y residente en Cuba, pero que nació en Eslovaquia.
Necesito confirmar si el procedimiento del Registro Civil Consular en su caso ha sido correcto, me explico:
Por una parte, le han requerido el certificado de nacimiento eslovaco, no admitiendo el certificado de nacimiento cubano. Por dar contexto, la Constitución cubana actual y las demás Constituciones que han estado vigentes en las últimas décadas, ejemplo Constitución de 1976, Capítulo 2, Artículos 28 y 29 confieren la nacionalidad cubana de nacimiento a los nacidos en el extranjero, de padre o madre cubanos, previo el cumplimiento de las formalidades que la ley señala. Dichos nacimientos se inscriben el Registro del Estado Civil de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior (el homólogo del Registro Civil Central en España). Estos "cubanos de nacimiento" serían el homólogo de lo que en España se conoce como "españoles de origen", aunque hayan nacido fuera del territorio nacional.
¿Es correcto no admitirle el certificado de nacimiento cubano, y exigirle el eslovaco?
Por otra parte, le han indicado que el expediente se remitirá desde Cuba al Consulado de España en Eslovaquia, y que allá se resolverá y en cualquier caso se inscribirá allá.
¿Es correcto esto?
En caso de que el Consulado de España en La Habana no esté procediendo de acuerdo a la Ley, ¿qué reglamentos/artículos podría citar la persona en su defensa? Está claro que lo ideal para esta persona sería que aceptaran su certificado de nacimiento cubano (como cubana de nacimiento que es), y que su expediente se resolviera en Cuba (donde reside y país del cual es ciudadana de origen).
Gracias de antemano.
He leído un caso de un expediente de LMD por anexo 3 presentado en el Consulado General de España en La Habana por una persona de nacionalidad cubana, hija de padres cubanos y residente en Cuba, pero que nació en Eslovaquia.
Necesito confirmar si el procedimiento del Registro Civil Consular en su caso ha sido correcto, me explico:
Por una parte, le han requerido el certificado de nacimiento eslovaco, no admitiendo el certificado de nacimiento cubano. Por dar contexto, la Constitución cubana actual y las demás Constituciones que han estado vigentes en las últimas décadas, ejemplo Constitución de 1976, Capítulo 2, Artículos 28 y 29 confieren la nacionalidad cubana de nacimiento a los nacidos en el extranjero, de padre o madre cubanos, previo el cumplimiento de las formalidades que la ley señala. Dichos nacimientos se inscriben el Registro del Estado Civil de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior (el homólogo del Registro Civil Central en España). Estos "cubanos de nacimiento" serían el homólogo de lo que en España se conoce como "españoles de origen", aunque hayan nacido fuera del territorio nacional.
¿Es correcto no admitirle el certificado de nacimiento cubano, y exigirle el eslovaco?
Por otra parte, le han indicado que el expediente se remitirá desde Cuba al Consulado de España en Eslovaquia, y que allá se resolverá y en cualquier caso se inscribirá allá.
¿Es correcto esto?
En caso de que el Consulado de España en La Habana no esté procediendo de acuerdo a la Ley, ¿qué reglamentos/artículos podría citar la persona en su defensa? Está claro que lo ideal para esta persona sería que aceptaran su certificado de nacimiento cubano (como cubana de nacimiento que es), y que su expediente se resolviera en Cuba (donde reside y país del cual es ciudadana de origen).
Gracias de antemano.