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Inscribir matrimonio en RC o Embajada?

Publicado: 28 Sep 2009, 20:22
por aerius
Buenas,
Soy español, y mi pareja es de Georgia, queremos casarnos en Georgia (Tiflis), me gustari­a saber dónde seri­a mejor hacer la inscripción del matrimonio: en el Registro Civil o en la Emabajada?
Entiendo que la Embajada española en Ankara lleva estos trámites.
Os agradeceri­a mucho si alguien pudiera darme un poco de información en cuanto a los plazos, aunque sea un dato aproximados, creo que 1 año en el Registro Civil es mucho tiempo, no sé si a través de la Embajada lleva menos tiempo.
Saludos!

Re: Inscribir matrimonio en RC o Embajada?

Publicado: 04 Dic 2011, 13:16
por kárbiko
Si quien solicita la inscripción de ese matrimonio está empadronado en España, entonces debe iniciarlo en el RC de su domicilio, que lo remitirá al RC Central y, tras aprobarse, se inscribe y se remite duplicado al RC del Consulado. (Art. 68.2 RRC: Cuando sea competente un Registro Consular, si el promotor estuviere domiciliado en España, deberá practicar antes la inscripción en el Registro Central y después, por traslado, en el Consular correspondiente)

Si está empadronado en el extranjero, entonces el competente para atender la petición es el RC del Consulado, y tras autorizarse la inscripción, se remite un duplicado al RC Central. (Art. 18.2 LRC: Igualmente se llevarán en el Registro Central los libros formados con los duplicados de las inscripciones consulares.....)