Reagrupacion familliar
Reglas del Foro
Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente.
Así podremos tener un mejor orden de los temas.
Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
No escribas en MAYÚSCULAS
Los temas de título Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares serán borrados por los miembros.
Tus dudas, ponlas en el foro correspondiente.
Así podremos tener un mejor orden de los temas.
Respeta a los demás usuarios y las Normas Generales. Puedes consultarlas Aquí
No escribas en MAYÚSCULAS
Los temas de título Ayuda Urgente, Tengo un problema y similares serán borrados por los miembros.
-
- Mensajes: 2
- Registrado: 04 Oct 2009, 03:29
Reagrupacion familliar
hola quisiera pedir informacion real sobre la reagrupacion familliar .
soy peruano residente legal 2 años en españa y me he casado con mi novia 2 meses. Ella es peruana y vive en peru
desearia saber si ya puedo solicitar la reagrupacion familiar o piden antiguedad de estar casados
bueno el certificado de matrimonio ya lo tengo legalizado en el consulado de españa en peru y ahora voy a presentar a la nacionalidad mis documentos, tanto de mi y de ella. ¿esto causaria algun problema para mi nacionalidad?
les agradeceria mucho la respuesta sincera , gracias
soy peruano residente legal 2 años en españa y me he casado con mi novia 2 meses. Ella es peruana y vive en peru
desearia saber si ya puedo solicitar la reagrupacion familiar o piden antiguedad de estar casados
bueno el certificado de matrimonio ya lo tengo legalizado en el consulado de españa en peru y ahora voy a presentar a la nacionalidad mis documentos, tanto de mi y de ella. ¿esto causaria algun problema para mi nacionalidad?
les agradeceria mucho la respuesta sincera , gracias
-
- Mensajes: 274
- Registrado: 18 Feb 2009, 21:28
Re: Reagrupacion familliar
Podrás pedir la reagrupación en cualquier momento, puesto que ya llevas un año legal en España.
Tu nacionalidad la puedes pedir sin problemas, pero ella deberá de llevar dos años residiendo legalmente en España para poder solicitarla.
(al no ser tú español, en cuyo caso se reduciria a un año de residencia legal).
Saludos
Tu nacionalidad la puedes pedir sin problemas, pero ella deberá de llevar dos años residiendo legalmente en España para poder solicitarla.
(al no ser tú español, en cuyo caso se reduciria a un año de residencia legal).
Saludos
-
- Mensajes: 2
- Registrado: 04 Oct 2009, 03:29
-
- Mensajes: 8
- Registrado: 26 Nov 2010, 03:11
Re: Reagrupacion familliar
hola elenilla, soy español residente en republica dominicana, estoy casado en este pais, tengo el libro de familia que me dieron en el consulado español,
mi pregunta es que leyendo el libro de familia pone algo de los hijos,(yo no tengo pero mi esposa tiene 2 niñas de 5 y 8 años las cuales estan a mi cargo porque yo corro con los gastos y ademas muy a gusto por hacerlo)
Las niñas se pueden inscribir en el libro de familia al ser hijas de uno de los miembros de dicho libro,?
Aparte, ella tiene la patria y potestad absoluta sobre ellas, ya que el ex no pasa ningun tipo de dinero para la manutencion de mis niñas,
me gustaria saber si me puedes ayudar en este dilema te estaria eternamente agradecido,
yo tambien fui funcionario pero no de Registro Civil
por eso no he podido contestar a las preguntas de funcionario.
mi pregunta es que leyendo el libro de familia pone algo de los hijos,(yo no tengo pero mi esposa tiene 2 niñas de 5 y 8 años las cuales estan a mi cargo porque yo corro con los gastos y ademas muy a gusto por hacerlo)
Las niñas se pueden inscribir en el libro de familia al ser hijas de uno de los miembros de dicho libro,?
Aparte, ella tiene la patria y potestad absoluta sobre ellas, ya que el ex no pasa ningun tipo de dinero para la manutencion de mis niñas,
me gustaria saber si me puedes ayudar en este dilema te estaria eternamente agradecido,
yo tambien fui funcionario pero no de Registro Civil
por eso no he podido contestar a las preguntas de funcionario.
-
- Mensajes: 274
- Registrado: 18 Feb 2009, 21:28
Re: Reagrupacion familliar
Hola santibcn:
No podrás inscribir a las hijas de tu esposa en tu libro de familia, porque sólo se inscriben los hijos comunes si el libro tiene dos titulares. Si los hijos sólo fueran de un español y no de su cónyuge, el español tendria un libro de familia independiente de su cónyuge en el que figuraran los hijos propios.
Pero esto no es inconveniente para que las niñas tengan unos derechos. Por ejemplo, la reagrupación en régimen comunitario (si decidis venir a vivir a España), visados familiares, becas... etc.
Yo tampoco trabajo en un RC, pero soy funcionaria como verás por mi color Asi que, animate, y aporta en lo que conozcas.
Saludos
No podrás inscribir a las hijas de tu esposa en tu libro de familia, porque sólo se inscriben los hijos comunes si el libro tiene dos titulares. Si los hijos sólo fueran de un español y no de su cónyuge, el español tendria un libro de familia independiente de su cónyuge en el que figuraran los hijos propios.
Pero esto no es inconveniente para que las niñas tengan unos derechos. Por ejemplo, la reagrupación en régimen comunitario (si decidis venir a vivir a España), visados familiares, becas... etc.
Yo tampoco trabajo en un RC, pero soy funcionaria como verás por mi color Asi que, animate, y aporta en lo que conozcas.
Saludos
-
- Mensajes: 8
- Registrado: 26 Nov 2010, 03:11
Re: Reagrupacion familliar
hola elenilla, gracias por la respuesta, la verdad es que si, quiero volver a españa y quiero traerme a mi esposa y a mis dos niñas, lo que no se es, si viajar solo a españa y pedir la reagrupacion familiar o marcharme con mi esposa (cosa que seria dura para mi y mucho mas para ella, por el tema de las niñas). Tengo entendido que al año de estar ella en españa conmigo puede pedir reagrupacion de las niñas. Pero no se que hacer...yo puedo pedir la reagrupacion de las tres verdad?, bueno no te molesto mas, pero la verdad que hoy me siento bien porque por lo menos lo he podido comentar con alguien que no sea de mi familia, muchas gracias de todo corazon.
Cuando yo ejercia de funcionario lo hacia en las FCSE, pero ya estoy retirado no por edad que conste, que tengo 43 años, si no por problemas medicos, bueno un abrazo.
Cuando yo ejercia de funcionario lo hacia en las FCSE, pero ya estoy retirado no por edad que conste, que tengo 43 años, si no por problemas medicos, bueno un abrazo.
-
- Mensajes: 274
- Registrado: 18 Feb 2009, 21:28
Re: Reagrupacion familliar
Es mucho más fácil que todo eso. En el momento en que decidáis venir, vas al Consulado, sacas el visado familiar para tu esposa y sus hijas y os venis los cuatro juntos, o bien te vienes tú primero y luego reagrupas a tu esposa y a las niñas, porque el régimen comunitario les es aplicable a las tres.
Art. 2. RD 240/2007:
"El presente Real Decreto se aplica también, cualquiera que sea su nacionalidad, y en los términos previstos por éste, a los familiares de ciudadano de otro Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le acompañen o se reúnan con él, que a continuación se relacionan:
a) A su cónyuge, siempre que no haya recaido el acuerdo o la declaración de nulidad del vinculo matrimonial o divorcio.
c) A sus descendientes directos, y a los de su cónyuge o pareja registrada siempre que no haya recaido el acuerdo o la declaración de nulidad del vinculo matrimonial o divorcio, o se haya cancelado la inscripción registral de pareja, menores de veintiún años, mayores de dicha edad que vivan a su cargo, o incapaces“.
Una vez en España les sacas la tarjeta comunitaria y ya está. Lo único es que necesitarás la autorización del padre de las niñas en caso de que conserve la patria potestad.
Yo trabajo coordinadamente con las FCSE .
Un saludo
Art. 2. RD 240/2007:
"El presente Real Decreto se aplica también, cualquiera que sea su nacionalidad, y en los términos previstos por éste, a los familiares de ciudadano de otro Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le acompañen o se reúnan con él, que a continuación se relacionan:
a) A su cónyuge, siempre que no haya recaido el acuerdo o la declaración de nulidad del vinculo matrimonial o divorcio.
c) A sus descendientes directos, y a los de su cónyuge o pareja registrada siempre que no haya recaido el acuerdo o la declaración de nulidad del vinculo matrimonial o divorcio, o se haya cancelado la inscripción registral de pareja, menores de veintiún años, mayores de dicha edad que vivan a su cargo, o incapaces“.
Una vez en España les sacas la tarjeta comunitaria y ya está. Lo único es que necesitarás la autorización del padre de las niñas en caso de que conserve la patria potestad.
Yo trabajo coordinadamente con las FCSE .
Un saludo
-
- Mensajes: 8
- Registrado: 26 Nov 2010, 03:11
Re: Reagrupacion familliar
muchas gracias otra vez, lo he pensado antes con lo del color que me has insinuado y luego hablando con mi esposa se lo he dicho, digo igual es del mismo color que el mio (por las letras de tu nombre), pero me alegro mucho.
Como dices que no quieres privados yo no te he mandado ninguno, primero porque lo que me pasa a mi le puede pasar a alguien mas y tu contestando ayudas a mucha gente, te lo digo porque se que es verdad, y luego porque tu eres la primera en decir que no contestas jajajjajaja .
Te vuelvo a reiterar las gracias y si tengo alguna duda (que no dudes que la tenga, jajjajaa) se donde encontrar una persona que se preocupa por los demas, mi mas profunda admiracion querida compañera, un abrazo.
Como dices que no quieres privados yo no te he mandado ninguno, primero porque lo que me pasa a mi le puede pasar a alguien mas y tu contestando ayudas a mucha gente, te lo digo porque se que es verdad, y luego porque tu eres la primera en decir que no contestas jajajjajaja .
Te vuelvo a reiterar las gracias y si tengo alguna duda (que no dudes que la tenga, jajjajaa) se donde encontrar una persona que se preocupa por los demas, mi mas profunda admiracion querida compañera, un abrazo.
Re: Reagrupacion familliar
Buenos dias:
Tengo una duda sobre la notificacion oficial de la reagrupacion familiar;ya que me han comentado que ya no envian cartas al domicilio y la noftificacon por internet es valida ,que solo es imprimir.
queria saber si esto es verdad o si tengo que esperarla carta del gobierno civil.
Gracias de antemano .
Tengo una duda sobre la notificacion oficial de la reagrupacion familiar;ya que me han comentado que ya no envian cartas al domicilio y la noftificacon por internet es valida ,que solo es imprimir.
queria saber si esto es verdad o si tengo que esperarla carta del gobierno civil.
Gracias de antemano .
Re: Reagrupacion familliar
HOLA saludos para todos los compañeros del foro. bueno queria contarles que voy a intentar reagrupar por segunda ves a mi hijo de 11 años el año pasado lo intente pero me fue denegada, la verdad estoy un poco nerviosa por que no quiero que me lo vuelvan a denegar.espero que no sea asi,ya pedi la cita la tengo para el dia 5 de julio en leganes.ahora lo que me preocupa es que supuestamente tengo que llevar fotocopia completa de la persona a reagrupar y yo solamente tengo fotocopia del pasaporte donde aparecen los datos del niño y la verdad no se que hacer si alguien me puede orientar se lo agradeceria eternamente.bueno compañeros que tengan todos un exelente dia
Re: Reagrupacion familliar
hola a todos solo queria compartir esta informacion con todos aquellos que desean reagrupar, hoy inici la reagrupacion de mi hijo y veo que han cambiado mucho las cosas. ...
Como por ejemplo que antes te pedian justificantes de los envios de dinero y el contrato de alquiler o escritura de la vivienda, y ahora esto no es necesario segun me dijo la funcionaria que me atendio..., como el que los documentos de la persona a reagrupar tenian que estar apostillados y ya esto no es necesario
Yo, de todas formas, le deje los documentos que ya tenia apostillados por si a caso, pero ella insistio que no era necesario.
Ahora lo que si exijen es llevar fotocopias de todas las paginas del pasaporte de ambas personas (tanto del reagrupante como del que van a reagrupar). Segun la funcionaria que me atendio (por cierto muy amable y paciente), me dijo que este tramite tardaria entre 5 y 6 meses
Asi que espero le ayude a alguien que tenga la intencion de reagrupar.
saludos a todos y que tengan un buen dia
CARMEN
Como por ejemplo que antes te pedian justificantes de los envios de dinero y el contrato de alquiler o escritura de la vivienda, y ahora esto no es necesario segun me dijo la funcionaria que me atendio..., como el que los documentos de la persona a reagrupar tenian que estar apostillados y ya esto no es necesario
Yo, de todas formas, le deje los documentos que ya tenia apostillados por si a caso, pero ella insistio que no era necesario.
Ahora lo que si exijen es llevar fotocopias de todas las paginas del pasaporte de ambas personas (tanto del reagrupante como del que van a reagrupar). Segun la funcionaria que me atendio (por cierto muy amable y paciente), me dijo que este tramite tardaria entre 5 y 6 meses
Asi que espero le ayude a alguien que tenga la intencion de reagrupar.
saludos a todos y que tengan un buen dia
CARMEN
-
- Mensajes: 3
- Registrado: 27 Nov 2011, 21:11
Re: Reagrupacion familliar
HOLA, necesito hacer una consulta. somos matrimonio docentes jubilado de Argentina. tenemos 55 años. (en arg. nos jubilamos a los 50 años) tenemos un hijo viviendo en España casado con una Española. Actualmente en el ejército. También dos hijas de 11 y 14 años. Nos gustaría ir a vivir a España para mantener la familia unida, considerando también la situación social y de inseguridad que se vive aquí. Cómo pedir permiso para vivir legalmente. Nuestra situación económica es buena, no dependemos económicamente de mi hijo, ni de nadie. Tenemos una renta aparte de la jubilación. No vamos a trabajar. no queremos permiso para trabajar. Cómo se hace????? Gracias.
-
- Mensajes: 13
- Registrado: 19 Sep 2011, 12:41
Re: Reagrupacion familliar
Hola, necesito información sobre reagrupación familiar,
quiero reagrupar mi hija de 16 años
yo tengo la tarjeta de residencia permanente, ahora estoy a espera de mi nacionalidad.
En 2008 solicité sus papeles pero mi denegaron por no tener una casa en mi nombre o un contrato de alquiler, siempre la casa ha estado a nombre de mi pareja, que no soy casada ni inscrita como pareja de hecho.
cuando solicité, tenia contrato de trabajo y nomina pero no tenia como demostrar que la casa era mía. Aún teniendo un buen informe del asistente social del ayuntamiento no he tenido suerte.
hoy me encuentro separada de mi pareja, y hemos hecho en el juzgado un convenio donde la casa se queda conmigo por tener con el una hija. Bueno, en conclusión, hoy puedo demonstrar la casa, pero tengo otro problema: no tengo contrato de trabajo ni como demostrar ingresos, y ahora con la crisis veo difícil que alguien me haga un contrato de un año, y una nómina de al menos 800 euros.
Pensé que pidiendo la nacionalidad seria mas fácil pero me enteré que la niña tiene antes que tener la tarjeta de residencia. Yo personalmente veo imposible que la niña tenga sus documentos,
ella ya esta viviendo en España desde el año 2000, siempre estudiando aquí . He presentado de todo pero no hemos conseguido, dada la situación en que se encuentra estoy pensando en mandarla de vuelta a mi pais, por miedo a que un día la detenga la policía y la deporten. Es muy triste para una madre tener que tomar la decisión de estar viviendo lejos de una hija, pero si continua aquí solo va a tener problemas, porque no va poder trabajar tan pronto y es lo que ella mas quiere.
Tampoco puedo irme de aquí porque el padre de mi hija menor no me deja salir de España con ella.
Sí alguien a pasado por la misma situación, y sabe alguna vía a que pueda recorrer, que me lo diga por favor.
Ya no sé lo que hacer.
Desde ya agradezco.
Saludos a todos.
quiero reagrupar mi hija de 16 años
yo tengo la tarjeta de residencia permanente, ahora estoy a espera de mi nacionalidad.
En 2008 solicité sus papeles pero mi denegaron por no tener una casa en mi nombre o un contrato de alquiler, siempre la casa ha estado a nombre de mi pareja, que no soy casada ni inscrita como pareja de hecho.
cuando solicité, tenia contrato de trabajo y nomina pero no tenia como demostrar que la casa era mía. Aún teniendo un buen informe del asistente social del ayuntamiento no he tenido suerte.
hoy me encuentro separada de mi pareja, y hemos hecho en el juzgado un convenio donde la casa se queda conmigo por tener con el una hija. Bueno, en conclusión, hoy puedo demonstrar la casa, pero tengo otro problema: no tengo contrato de trabajo ni como demostrar ingresos, y ahora con la crisis veo difícil que alguien me haga un contrato de un año, y una nómina de al menos 800 euros.
Pensé que pidiendo la nacionalidad seria mas fácil pero me enteré que la niña tiene antes que tener la tarjeta de residencia. Yo personalmente veo imposible que la niña tenga sus documentos,
ella ya esta viviendo en España desde el año 2000, siempre estudiando aquí . He presentado de todo pero no hemos conseguido, dada la situación en que se encuentra estoy pensando en mandarla de vuelta a mi pais, por miedo a que un día la detenga la policía y la deporten. Es muy triste para una madre tener que tomar la decisión de estar viviendo lejos de una hija, pero si continua aquí solo va a tener problemas, porque no va poder trabajar tan pronto y es lo que ella mas quiere.
Tampoco puedo irme de aquí porque el padre de mi hija menor no me deja salir de España con ella.
Sí alguien a pasado por la misma situación, y sabe alguna vía a que pueda recorrer, que me lo diga por favor.
Ya no sé lo que hacer.
Desde ya agradezco.
Saludos a todos.
Exp: 14880/2010
Spoiler
RC:17/09/2009
DGRN: 03/02/2010
MJu:10/06/2010
Policia:26/06/10
primer cambio en la pagina web mj el 15/06/2011 de informe solicitado, a recibido informes en estudio.
Ahora se encuentra en recibido informes solicitado el expediente se encuetra en estudio, pero no tiene fecha.
DGRN: 03/02/2010
MJu:10/06/2010
Policia:26/06/10
primer cambio en la pagina web mj el 15/06/2011 de informe solicitado, a recibido informes en estudio.
Ahora se encuentra en recibido informes solicitado el expediente se encuetra en estudio, pero no tiene fecha.
-
- Mensajes: 239
- Registrado: 26 Jul 2011, 14:53
Re: Reagrupacion familliar
Hola,ALICIACRISTINA escribió:HOLA, necesito hacer una consulta. somos matrimonio docentes jubilado de Argentina. tenemos 55 años. (en arg. nos jubilamos a los 50 años) tenemos un hijo viviendo en España casado con una Española. Actualmente en el ejército. También dos hijas de 11 y 14 años. Nos gustaría ir a vivir a España para mantener la familia unida, considerando también la situación social y de inseguridad que se vive aquí. Cómo pedir permiso para vivir legalmente. Nuestra situación económica es buena, no dependemos económicamente de mi hijo, ni de nadie. Tenemos una renta aparte de la jubilación. No vamos a trabajar. no queremos permiso para trabajar. Cómo se hace????? Gracias.
Le paso el enlace del Ministerio del Interior con los diferentes tipos de permisos; en su caso por su edad creo que el que les corresponderia es la "residencia temportal no lucrativa": http://www.interior.gob.es/extranjeria- ... epcionales
Para solicitar la "residencia temporal no lucrativa" se piden recursos económicos del 400% del IRPM, que para el 2012 son 532,51€ mensuales: 2.130,04€ y para cada familiar a cargo 532,51€ más, por lo que si disponen de ingresos por valor de 2.662,55€ mensuales podrían solicitarla; los ingresos también pueden provenir de acciones, cuentas en el banco, patrimonio, no solo la pensión...
Spoiler
Pepe01 |
---|
-
- Mensajes: 19
- Registrado: 16 Jul 2012, 22:40
Re: Reagrupacion familliar
Buenas a todos, a ver si alguien me puede ayudar, estoy realizando la reagrupación familiar a mi mujer y a su hijo de 14 años, (ellos se encuentran en PAraguay) la duda que tengo es referente al certificado de Matrimonio, me he casado en PAraguay, pero yo tengo nacionalidad boliviana auqnue con residencia permanente en España, vuelvo al principio me he casado en apraguay y hoy fui a preguntar a la oficina de extranjeria en Alcobendas y me informaron que no hace falta la legalización de mi certificado de matrimonio, ni la del certificado de nacimiento del hijo de mi esposa, entonces tengo esa duda, alguien que haya realizado este tramite anteriormente, me podria ayudar?, es necesario la legalización o no?.
Gracias a todos por su ayuda
Un saludo
Chickynet
Gracias a todos por su ayuda
Un saludo
Chickynet
-
- Mensajes: 192
- Registrado: 20 Jul 2009, 12:33
Re: Reagrupacion familliar
cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento y por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.
Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos se podrá consultar la hoja informativa nº 108: http://extranjeros.empleo.gob.es/es/Inf ... s2/108.pdf
Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento y por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.
Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos se podrá consultar la hoja informativa nº 108: http://extranjeros.empleo.gob.es/es/Inf ... s2/108.pdf
Spoiler
26/01/2012 - Solicitud de nacionalidad española.
24/06/2013 - Denegada la nacionalidad. Motivo: Certificado de antecedentes penales caducado.
23/08/2013 - Presentado Recurso potestativo de reposición.
20/12/2014 - Concedida la nacionalidad española.
30/03/2015 - Jura
31/03/2015 - Obtención del DNI y el pasaporte. POR FIN !!!!!
24/06/2013 - Denegada la nacionalidad. Motivo: Certificado de antecedentes penales caducado.
23/08/2013 - Presentado Recurso potestativo de reposición.
20/12/2014 - Concedida la nacionalidad española.
30/03/2015 - Jura
31/03/2015 - Obtención del DNI y el pasaporte. POR FIN !!!!!
-
- Mensajes: 3117
- Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
- Agradecido : 14 veces
- Agradecimiento recibido: 187 veces
Re: Reagrupacion familliar
Tengo entendido en Paraguay no se usa la apostilla por lo cual debes de legalizarlo primero en la Suprema Corte de Paraguay, luego en la sección consular de la Embajada de Espalña en Asunción y por último en el MAEC en Madrid.
-
- Mensajes: 19
- Registrado: 16 Jul 2012, 22:40
Re: Reagrupacion familliar
Buens a todos, por suerte pude presentar los documentos para la reagrupacion, el 17 de octubre, lamentablemente me dijeron que esta demorando al rededor d 6 meses la resolución, si alguien sabe de esto le agradeceria mucho la información, por otro lado, cuando intento ver el estado de mi expediente por intertnet a traves de la pagina del ministerio, aun no encuntro nada, cuanto tardan en grabar el expedinte? alguien sabe?. SI me pueden ayudar sería genial!!! Un saludo a todos
-
- Mensajes: 9
- Registrado: 26 Nov 2011, 11:58
Re: Reagrupacion familliar
-- 26 Ene 2013, 13:21 --CARMENMURCIA escribió:Hola, necesito información sobre reagrupación familiar,
quiero reagrupar mi hija de 16 años
yo tengo la tarjeta de residencia permanente, ahora estoy a espera de mi nacionalidad.
En 2008 solicité sus papeles pero mi denegaron por no tener una casa en mi nombre o un contrato de alquiler, siempre la casa ha estado a nombre de mi pareja, que no soy casada ni inscrita como pareja de hecho.
cuando solicité, tenia contrato de trabajo y nomina pero no tenia como demostrar que la casa era mía. Aún teniendo un buen informe del asistente social del ayuntamiento no he tenido suerte.
hoy me encuentro separada de mi pareja, y hemos hecho en el juzgado un convenio donde la casa se queda conmigo por tener con el una hija. Bueno, en conclusión, hoy puedo demonstrar la casa, pero tengo otro problema: no tengo contrato de trabajo ni como demostrar ingresos, y ahora con la crisis veo difícil que alguien me haga un contrato de un año, y una nómina de al menos 800 euros.
hola : carmen te digo lucha por tu hija , no la mandes a tu pais ,
Pensé que pidiendo la nacionalidad seria mas fácil pero me enteré que la niña tiene antes que tener la tarjeta de residencia. Yo personalmente veo imposible que la niña tenga sus documentos,
ella ya esta viviendo en España desde el año 2000, siempre estudiando aquí . He presentado de todo pero no hemos conseguido, dada la situación en que se encuentra estoy pensando en mandarla de vuelta a mi pais, por miedo a que un día la detenga la policía y la deporten. Es muy triste para una madre tener que tomar la decisión de estar viviendo lejos de una hija, pero si continua aquí solo va a tener problemas, porque no va poder trabajar tan pronto y es lo que ella mas quiere.
Tampoco puedo irme de aquí porque el padre de mi hija menor no me deja salir de España con ella.
Sí alguien a pasado por la misma situación, y sabe alguna vía a que pueda recorrer, que me lo diga por favor.
Ya no sé lo que hacer.
Desde ya agradezco.
Saludos a todos.
hola carmen lucha por tu hija , no la mandes a tu pais , mas quisiera yo tener ami hijo aqui asi fuera escondido , bueno soy de colombia , aya es dificil la situacion por la inseguridad, no se de donde eres tu, pero te digo lucha por tu hija tenla aqui que mas da con o sin papeles , me aterra leer esas cosas de una madre que devuelve , al hijo por no tener papeles , que pena tener una madre como tu , lo siento por tu hija. con los hijos se come ganvas , y se come mierda. disculpa pero asi es. suerte.
-- 26 Ene 2013, 13:23 --
-
- Mensajes: 57
- Registrado: 08 Sep 2011, 01:15
Re: Reagrupacion familliar
jesusalvarez: ¡Realmente te has pasado! ¿Quién eres tú para decirle a carmenmurcia que es una mala madre? ¿Tienes tú una mínima idea de lo que ella ha tenido que pasar en su vida para llegar a esas circunstancias? ¿Tú que sabes en qué condiciones está viviendo ella ahora? ¿Es que no has leído su caso? ¡La pobre mujer está divida entre sus dos hijas y no quiere separse de ninguna de ellas! Y tampoco es que "qué mas da de tenerla sin papeles", porque la chica ya se está haciendo adulta y mayor de edad y es lógico que su madre ya no pueda dejar que siga en esa situación tanto tiempo.
Es que yo flipo con tu comentario.
¿Por favor, no hay algun admin que prohiba este tipo de comentarios en este foro?
Carmenmurcia: si no te mando un mensaje privado dentro de una semana, recuérdamelo mandándome uno a mí, yo conozco un caso "parecido" que al final salió bien y talvez te pueda dar consejo, pero como es un caso muy personal, no lo voy a poner en público. Precisamente para evitar comentarios como los de jesusalvarez que no dan consejos que sirvan, sólo críticas, y también para evitar gente de mala fe. Un saludo y mucha esperanza!
Es que yo flipo con tu comentario.
¿Por favor, no hay algun admin que prohiba este tipo de comentarios en este foro?
Carmenmurcia: si no te mando un mensaje privado dentro de una semana, recuérdamelo mandándome uno a mí, yo conozco un caso "parecido" que al final salió bien y talvez te pueda dar consejo, pero como es un caso muy personal, no lo voy a poner en público. Precisamente para evitar comentarios como los de jesusalvarez que no dan consejos que sirvan, sólo críticas, y también para evitar gente de mala fe. Un saludo y mucha esperanza!
Spoiler
sinlibertadnata |
---|
"entrada en MJ en agosto 2011 y pendiente de informe solicitado" (de la poli) de 08/2011 a 06/2012
"completo de informes y en estudio" de 30/06/2012 a 11/2012
"entrada en agosto 2011 -pendiente de trámites solicitados el 06/08/2012" desde 19?/11/2012
"en estudio" (por 2ª vez) de 17?/01/2013 a 04/02/2013
"concedida con fecha de resolución 05/02/2013"
-
- Mensajes: 28
- Registrado: 22 Nov 2012, 19:55
Re: Reagrupacion familliar
Hola CarmenMurcia, he visto en la lista del foro de nacionalidad por residencia que te han concedido la nacionalidad. Sí tú hija todavía es menor de edad, ella puede pedir la nacionalidad por opción (por estar bajo la patria y potestad de un español) para lo cual sólo sería necesario su pasaporte (no piden la tarjeta de residencia).
Puedes ver en este foro el tema nacionalidad por opción para ver el resto de documentos que necesitaría que creo son el certificado de nacimiento legalizado y certificado de inscripción consular de tú hija, tu certificado de nacimiento como española y certificado de empadronamiento. No se requiere ningún tipo de documento que acredite medios económicos. Creo que deben acompañar a la menor ambos padres y en el caso de que sólo vaya uno el otro debe darle algún tipo de autorización, de esto último no estoy del todo segura.
Puedes ver en este foro el tema nacionalidad por opción para ver el resto de documentos que necesitaría que creo son el certificado de nacimiento legalizado y certificado de inscripción consular de tú hija, tu certificado de nacimiento como española y certificado de empadronamiento. No se requiere ningún tipo de documento que acredite medios económicos. Creo que deben acompañar a la menor ambos padres y en el caso de que sólo vaya uno el otro debe darle algún tipo de autorización, de esto último no estoy del todo segura.
-
- Mensajes: 3117
- Registrado: 31 Ene 2009, 15:47
- Agradecido : 14 veces
- Agradecimiento recibido: 187 veces
Re: Reagrupacion familliar
Como bien dice Moon, una vez que obtengas la nacionalidad, tu hija podrá optar, con consentimiento del padre.CARMENMURCIA escribió: quiero reagrupar mi hija de 16 años
yo tengo la tarjeta de residencia permanente, ahora estoy a espera de mi nacionalidad.
Pensé que pidiendo la nacionalidad seria mas fácil pero me enteré que la niña tiene antes que tener la tarjeta de residencia.
Saludos a todos.
Y no es necesario residir en España para optar. Y si reside en España, solamente necesita estar empadronada en el ayutamiento. No necesita permiso de residencia.
El permiso de residencia es necesario para la nacionalidad por residencia, art 22 del código civil.
-
- Mensajes: 4
- Registrado: 11 Feb 2013, 14:07
Re: Reagrupacion familliar
Buenos días a tod@s:
Estoy desesperada, entré a la pagina web del ministerio de justicia y me he dado cuenta, que me concedieron la nacionalidad con fecha del 04/01/2013, resulta que llamé por tlf, ya que no he recibido carta alguna, por vía postal de dicha resolución, por consiguiente me informaron que antes ellos notificaban al solicitante, pero que hoy por hoy los que notifican son los del registro civil.- Soy de Móstoles, por consiguiente fui al RC que queda en Pradillo, cual fue mi susto, que casi me da un infarto que apenas están juramentando a los que le concedieron la nacionalidad con fecha del 31/07/2012.- He ido varias veces a pedir información, que si envian una carta por correo postal informando la fecha de dicha juramentación, pero me dicen que este pasando por alli, ya que ellos exponen la fecha al publico, no comprendo esto, puesto que tendría que ir a diario al RC Pradillo??? para estar al lorito de mi juramentación, no comprendo. Que alguien me informe, por favor. Otra pregunta en el momento que solicité mi nacionalidad, inscribí a mi hijo menor, en este caso, que pasos hay que seguir??? recibirá automáticamente su residencia?
Me despido del foro, esperando prontas respuestas a mis interrogantes.
Mil gracias.
-- 11 Feb 2013, 14:53 --
Buenos días a tod@s:
Estoy desesperada, entré a la pagina web del ministerio de justicia y me he dado cuenta, que me concedieron la nacionalidad con fecha del 04/01/2013, resulta que llamé por tlf, ya que no he recibido carta alguna, por vía postal de dicha resolución, por consiguiente me informaron que antes ellos notificaban al solicitante, pero que hoy por hoy los que notifican son los del registro civil.- Soy de Móstoles, por consiguiente fui al RC que queda en Pradillo, cual fue mi susto, que casi me da un infarto que apenas están juramentando a los que le concedieron la nacionalidad con fecha del 31/07/2012.- He ido varias veces a pedir información, que si envian una carta por correo postal informando la fecha de dicha juramentación, pero me dicen que este pasando por alli, ya que ellos exponen la fecha al publico, no comprendo esto, puesto que tendría que ir a diario al RC Pradillo??? para estar al lorito de mi juramentación, no comprendo. Que alguien me informe, por favor. Otra pregunta en el momento que solicité mi nacionalidad, inscribí a mi hijo menor, en este caso, que pasos hay que seguir??? recibirá automáticamente su residencia?
Me despido del foro, esperando prontas respuestas a mis interrogantes.
Mil gracias.
Estoy desesperada, entré a la pagina web del ministerio de justicia y me he dado cuenta, que me concedieron la nacionalidad con fecha del 04/01/2013, resulta que llamé por tlf, ya que no he recibido carta alguna, por vía postal de dicha resolución, por consiguiente me informaron que antes ellos notificaban al solicitante, pero que hoy por hoy los que notifican son los del registro civil.- Soy de Móstoles, por consiguiente fui al RC que queda en Pradillo, cual fue mi susto, que casi me da un infarto que apenas están juramentando a los que le concedieron la nacionalidad con fecha del 31/07/2012.- He ido varias veces a pedir información, que si envian una carta por correo postal informando la fecha de dicha juramentación, pero me dicen que este pasando por alli, ya que ellos exponen la fecha al publico, no comprendo esto, puesto que tendría que ir a diario al RC Pradillo??? para estar al lorito de mi juramentación, no comprendo. Que alguien me informe, por favor. Otra pregunta en el momento que solicité mi nacionalidad, inscribí a mi hijo menor, en este caso, que pasos hay que seguir??? recibirá automáticamente su residencia?
Me despido del foro, esperando prontas respuestas a mis interrogantes.
Mil gracias.
-- 11 Feb 2013, 14:53 --
Buenos días a tod@s:
Estoy desesperada, entré a la pagina web del ministerio de justicia y me he dado cuenta, que me concedieron la nacionalidad con fecha del 04/01/2013, resulta que llamé por tlf, ya que no he recibido carta alguna, por vía postal de dicha resolución, por consiguiente me informaron que antes ellos notificaban al solicitante, pero que hoy por hoy los que notifican son los del registro civil.- Soy de Móstoles, por consiguiente fui al RC que queda en Pradillo, cual fue mi susto, que casi me da un infarto que apenas están juramentando a los que le concedieron la nacionalidad con fecha del 31/07/2012.- He ido varias veces a pedir información, que si envian una carta por correo postal informando la fecha de dicha juramentación, pero me dicen que este pasando por alli, ya que ellos exponen la fecha al publico, no comprendo esto, puesto que tendría que ir a diario al RC Pradillo??? para estar al lorito de mi juramentación, no comprendo. Que alguien me informe, por favor. Otra pregunta en el momento que solicité mi nacionalidad, inscribí a mi hijo menor, en este caso, que pasos hay que seguir??? recibirá automáticamente su residencia?
Me despido del foro, esperando prontas respuestas a mis interrogantes.
Mil gracias.
Re: Reagrupacion familliar
Hola a todos, me podría ayudar alguien que haya obtenido la nacionalidad española (doble nacionalidad) y ha reagrupado a su esposa e hij@(s) desde su país de origen? que tiempos les ha tardado desde que presentaron la documentación en el consulado español en el país de origen hasta que se inscribió el matrimonio o le dieron el visado? y que pasos dieron?
muchas gracias.
muchas gracias.
Re: Reagrupacion familliar
hola compañeros buenas tardes.necesito que alguien con conocimientos sobre este tema, me aclare esta duda, me han concedido la nacionalidad hace un par de meses,la jura la tengo para el 20 de mayo,pero yo pedi cita para la reagrupacion de mi hijo de de 12 años con mi tarjeta de larga duracion y me dieron para el dia 26 de marzo, mi duda es si no me dan respuesta antes de la jura que es lo mas probable,sera posible que me denieguen la reagrupacion de mi hijo aun teniendo la tarjeta de larga duracion,por tener la nacionalidad concedida?, tambien tengo claro que cuando yo tenga el dni en mano puedo reagruparlo pero este tramite para mi aun es largo y me urge traer a mi hjo pronto de ante mano muchas gracias por la informacion
-
- Temas similares
- Respuestas
- Vistas
- Último mensaje
-
- 0 Respuestas
- 2347 Vistas
-
Último mensaje por dannysd
-
- 0 Respuestas
- 2199 Vistas
-
Último mensaje por Mohcin
-
- 0 Respuestas
- 1595 Vistas
-
Último mensaje por Danielarr
-
- 10 Respuestas
- 3000 Vistas
-
Último mensaje por Rodolfo IV
-
- 0 Respuestas
- 2084 Vistas
-
Último mensaje por Lennon
-
- 1 Respuestas
- 1975 Vistas
-
Último mensaje por Rodolfo IV
-
- 0 Respuestas
- 2638 Vistas
-
Último mensaje por alex1989
-
- 0 Respuestas
- 155 Vistas
-
Último mensaje por Altemir