Un viaje de tres meses fuera de España, son computables para solicitar la nacionalidad?
Publicado: 18 Ene 2010, 12:03
Buenos Dias.
A quien, me pueda sacar de una duda., mi hijo lleva en España desde el mes de agosto, del 2008, hasta la fecha 26 de enero cumple 1 año 5 meses. el viajará el 23 de este mes a Perú, y no regresara, hasta abril. antes de que cumpla los tres meses de autorización de regreso, por que el ha tramitado la primera renovación de su tarjeta. NIE, ya que aún no le llega la carta de la renovación favorable, que le salió resuelto por internet el dia 10 de dicembre. hasta el dia de hoy, no llega la carta, o quizas fue devuelta , pero que a ellos aún no le consta devuelta por correo. asi que le daran la carta de retorno.
Entonces mi pregunta es la siguiente ¿si el se ausenta esos tres meses, se computará y seran 18 meses de estancia legal en España, o una vez que regrese a España se le epezará a computar. y si son computable teniendo los 18, ó 20 meses se puede empezar hacer los trámites, o necesariamente tiene que tener los 2 años, para tramitar y entregar los doc.a la Subdelegación.
Mi hijo es casado, pero tambien a la vez es separado pero no legalmente, ¿el podra solicitar la nacionalidad sin marcar la opción de casado, y poner la opción de soltero. ó le pediran un certificado de solteria.?
Gracias por vuestra ayuda.
A quien, me pueda sacar de una duda., mi hijo lleva en España desde el mes de agosto, del 2008, hasta la fecha 26 de enero cumple 1 año 5 meses. el viajará el 23 de este mes a Perú, y no regresara, hasta abril. antes de que cumpla los tres meses de autorización de regreso, por que el ha tramitado la primera renovación de su tarjeta. NIE, ya que aún no le llega la carta de la renovación favorable, que le salió resuelto por internet el dia 10 de dicembre. hasta el dia de hoy, no llega la carta, o quizas fue devuelta , pero que a ellos aún no le consta devuelta por correo. asi que le daran la carta de retorno.
Entonces mi pregunta es la siguiente ¿si el se ausenta esos tres meses, se computará y seran 18 meses de estancia legal en España, o una vez que regrese a España se le epezará a computar. y si son computable teniendo los 18, ó 20 meses se puede empezar hacer los trámites, o necesariamente tiene que tener los 2 años, para tramitar y entregar los doc.a la Subdelegación.
Mi hijo es casado, pero tambien a la vez es separado pero no legalmente, ¿el podra solicitar la nacionalidad sin marcar la opción de casado, y poner la opción de soltero. ó le pediran un certificado de solteria.?
Gracias por vuestra ayuda.