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No llega notificación de Registro Civil

Publicado: 07 Feb 2010, 21:25
por sandra.isella
Con fecha 23/10/2009 me llegó un oficio del ministerio de Justicia comunicándome que con esa fecha se comunica al registro civil de madrid (calle Pradillo) de la resolución por la cual se me concede la nacionalidad por residencia.

Hasta la fecha no he recibido ninguna notificación formal por parte del encargado del registro civil sobre la concesión y los trámites necesarios. ¿es normal? ¿tengo que continuar esperando?

Los 180 di­as de plazo ¿a partir de cuando cuentan?

Mi nacionalidad es argentina.

Desde ya muchas gracias por responder, ya que mi trabajo coincide con los horarios de registro y es dificil para mi­ acudir.

Muy agradecida. Sandra Isella

Re: No llega notificación de Registro Civil

Publicado: 08 Feb 2010, 00:15
por Usuario borrado 959
kárbiko escribió:La notificación del MJ NO ES OFICIAL....

La notificación oficial la hace el RC donde has tramitado el expediente, y, a partir de ese momento comienzan los 180 di­as para comparecer y jurar la Constitución.

Re: No llega notificación de Registro Civil

Publicado: 08 Feb 2010, 00:33
por Usuario borrado 959
Temas relacionados:

Esperando La Carta Del Registro Civil

Ya me han concedido la nacionalidad. ¿Qué tengo que hacer?

Re: No llega notificación de Registro Civil

Publicado: 04 Dic 2011, 13:20
por Tr@mite
Hola Sandra Isella,

Segun tengo entendido en la provincia de Madrid, teneis que presentaros con la carta del MJU para pedir cita, no teneis que esperar por la carta del
RG ... informaros bien ... En el tema "Esperando la carta del Registro Civil", en nacionalidad por residencia, podeis encontrar mas informacion ... Saludos
Me permito adjuntar un mesaje del tema "Esperando la carta del Registro Civil" de nuestro compañero Akurezyn:

Esperando La Carta Del Registro Civil[quote]
por akurezyn » 07/Dic/2009, 16:53

"Hoy hable al MJU (al famoso teléfono de información) y me confirmaron que a los que estamos empadronados en Madrid capital no nos notifican la concesión de la nacionalidad por carta. Debemos apersonarnos en el Registro Civil para sacar cita para la revisión del expediente y la jura. Por tanto, la carta que envi­a el MJU es sólo informativa y no es necesaria para jurar, pues lo importante es que el expediente esté de vuelta en el Registro Civil con la concesión".