La Organización Internacional de Descendientes de Españoles (OiDE) ha declarado su decepción con la aplicación de la Dis
Publicado: 04 Dic 2011, 13:20
LA OIDE, ORGANIZACIÓN DE DESCENDIENTES, SE DECLARA DECEPCIONADA CON LA APLICACIÓN DE LA ACTUAL
Piden una nueva norma de nacionalidad para el acceso ilimitado de los nietos
M.L.Clemente, Madrid
La Organización Internacional de Descendientes de Españoles (OiDE) ha declarado su decepción con la aplicación de la Disposición Adicional Séptima de la llamada Ley de la Memoria Histórica (52/07), que facilita el acceso a la nacionalidad española de descendientes de españoles, cuando se cumple un año de su vigencia. La organización descalifica esta disposición, aún reconociendo que “es un importante paso adelante“, y pide “que se elabore una alternativa para el acceso irrestricto de los nietos a la nacionalidad española“.
Según lo que explica al respecto la OIDE en un comunicado, la aplicación de la Disposición, tanto en España como fuera de ella, “está siendo claramente discriminatoria, parcial, juridicamente ambigua, confusa administrativamente y engañosa politicamente“ y “ha causado una gran decepción en muchos descendientes“.
La califica de discriminatoria porque, explica, “excluye a los nietos de abuelas o madres que hubieran contraido matrimonio con un extranjero“, precisando que ha habido una reciente rectificación al respecto pero que ésta es válida solamente para las exiliadas entre el 36 y el 55, por lo que “continúa excluyendo a los nietos de aquellas mujeres españolas emigrantes antes de 1936, ratificando, a nuestro juicio, una ley franquista que es injusta y discriminatoria“.
La OIDE también argumenta que deja fuera a los hijos mayores de edad de los nietos que han accedido a la nacionalidad de origen mediante esta normativa, dividiendo a la familia. La organización invoca “que ninguna norma de inferior rango a la Constitución puede restringir los derechos de los españoles y su igualdad ante la Ley“.
Añade que “se ha violado la Constitución al despojar de la nacionalidad de origen mediante edicto a varias decenas de hijos de emigrantes por supuestos errores administrativos anteriores“ que se han visto durante el actual proceso y que continúa considerando que la transmisión de la nacionalidad española debe estar basada en el “ius sanguinis“ y entendiendo que esta condición “no necesita de ninguna reglamentación normativa que la deforme o la coarte“ y que la trasmisión de la nacionalidad se produce sólo por ser hijo/a de español/a.
También la califican de parcial porque, dice, va dirigida solamente a los nietos de quienes emigraron o se exiliaron entre 1936 y 1955 y deja fuera a una cantidad importante de nietos, excluye a “los nietos cuyas madres obtuvieron la nacionalidad española por opción“ e impide a los nietos que tienen nacionalidad por residencia el cambio a la nacionalidad de origen.
Ambigua y confusa
Asimismo consideran la actual normativa ambigua y confusa. Ambigua porque, dice, está refrendada en una Instrucción, “un instrumento juridico de menor jerarquia que la Ley de los Registros Civiles o su Reglamento, dejando entonces en manos de un juez la decisión de aceptar o no a trámite la solicitud de nacionalidad de manera discrecional“, lo que dice que perjudica especialmente a los nietos que residen en España.
Valora además que su enunciado es poco preciso y ambiguo y se presta a interpretaciones burocráticas de funcionario “tanto en los Registros Civiles consulares como municipales, que torpedean magistralmente las intenciones de acceder a la nacionalidad de los descendientes“.
La considera confusa y poco supervisada por el Gobierno porque, explica, los funcionarios piden en muchas ocasiones a los solicitantes de la nacionalidad “un número excesivo y abusivo de documentos no contemplados en la Instrucción“; porque durante el primer año “sólo se han otorgado varias decenas de nuevas partidas“ cuando dicen que hay “cientos de miles de nietos residentes en España que califican para esta ley y que no conocen cuándo tendrán su nacionalidad“ y porque afirma que se han cometido numerosos desatinos e infracciones con los métodos de solicitud de citas, los documentos exigidos para probar la nacionalidad de origen de los hijos de emigantes sin que las autoridades “se enteren de tales atropellos“.
“Al parecer, los instrumentos de supervisión y control del Ministerio de Justicia y del Ministerio de Asuntos Exteriores son insuficientes pues las informaciones aparecidas en la prensa sobre el balance del Gobierno acerca del primer año de la ley omiten todos los problemas enumerados aqui“, dice al respecto.
Decepción
La OiDE se declara decepcionada porque “las promesas del Gobierno, expresadas en boca del ministro Jesús Caldera y del presidente Zapatero, sobre el otorgamiento amplio de la nacionalidad a los nietos no se han cumplido“; porque, valora, el año 2008 no fue aprovechado para preparar la aplicación de la norma y “en algunos Registros Civiles de España aún no conocen la letra y el espiritu de esta legislación“; porque “la premura por aprobar la Disposición Adicional Séptima ha traido consecuencias desastrosas y ha provocado desencanto, frustración e indignación entre miles de descendientes de la emigración española“ y porque, añade, “este tema deberia ser considerado como un tema de politica de Estado y ha sido tratado como de politica menor“.
Exigencias
Con todo ello, “y con la moral conferida por nuestra condición de hijos o nietos de los emigrantes de este pais“, la OIDE dice: “Exigimos al Gobierno español“ que emita una norma “de obligado cumplimiento tanto para los jueces como para los encargados de los Registros Civiles de todas las comunidades autónomas y consulados referida a los documentos y plazos para la tramitación del acceso a la nacionalidad“ mediante la Disposición Adicional Séptima de la ley 52/07, y que “elabore una alternativa para el acceso irrestricto de los nietos a la nacionalidad española, tal y como pidió en su momento el Consejo de la Ciudadania Española en el Exterior“.
También que “dicte una instrucción similar a la que se aprobó para las nacionalidades por residencia, para disminuir la espera a los descendientes que residen en España y al propio tiempo decongestionar el trabajo del Registro Civil Central“ y que “se legisle en un plazo breve una Ley de Nacionalidad para evitar tantos desatinos y errores, mediante las sucesivas modificaciones del Codigo Civil, tal y como lo han pedido algunos ilustres miembros del Consejo de la Ciudadania Española en el Exterior, acorde con el entorno de la Unión Europea de la que España forma parte indisoluble“.
Medidas que anuncia la organización
Para presionar en favor de los intereses que defiende, la OIDE anuncia que solicitará “una cita con la vicepresidenta primera del Gobierno, conjuntamente con los directores generales afectados en este proceso“; emitirá notas de prensa en las que “se comunique nuestro total desacuerdo con el desarrollo de la ley“; e instará a todos los descendientes a que se organicen y desarrollen distintas acciones en los lugares de residencia para ser escuchados.
También que hará llegar su desacuerdo a los partidos politicos, denunciará la situación al Defensor del Pueblo en España y solicitará al Ministerio español de Igualdad que informe “sobre si algunas interpretaciones de la ley vulneran el principio de igualdad entre hombres y mujeres“.
http://www.cronicasdelaemigracion.com/a ... ction=read
Piden una nueva norma de nacionalidad para el acceso ilimitado de los nietos
M.L.Clemente, Madrid
La Organización Internacional de Descendientes de Españoles (OiDE) ha declarado su decepción con la aplicación de la Disposición Adicional Séptima de la llamada Ley de la Memoria Histórica (52/07), que facilita el acceso a la nacionalidad española de descendientes de españoles, cuando se cumple un año de su vigencia. La organización descalifica esta disposición, aún reconociendo que “es un importante paso adelante“, y pide “que se elabore una alternativa para el acceso irrestricto de los nietos a la nacionalidad española“.
Según lo que explica al respecto la OIDE en un comunicado, la aplicación de la Disposición, tanto en España como fuera de ella, “está siendo claramente discriminatoria, parcial, juridicamente ambigua, confusa administrativamente y engañosa politicamente“ y “ha causado una gran decepción en muchos descendientes“.
La califica de discriminatoria porque, explica, “excluye a los nietos de abuelas o madres que hubieran contraido matrimonio con un extranjero“, precisando que ha habido una reciente rectificación al respecto pero que ésta es válida solamente para las exiliadas entre el 36 y el 55, por lo que “continúa excluyendo a los nietos de aquellas mujeres españolas emigrantes antes de 1936, ratificando, a nuestro juicio, una ley franquista que es injusta y discriminatoria“.
La OIDE también argumenta que deja fuera a los hijos mayores de edad de los nietos que han accedido a la nacionalidad de origen mediante esta normativa, dividiendo a la familia. La organización invoca “que ninguna norma de inferior rango a la Constitución puede restringir los derechos de los españoles y su igualdad ante la Ley“.
Añade que “se ha violado la Constitución al despojar de la nacionalidad de origen mediante edicto a varias decenas de hijos de emigrantes por supuestos errores administrativos anteriores“ que se han visto durante el actual proceso y que continúa considerando que la transmisión de la nacionalidad española debe estar basada en el “ius sanguinis“ y entendiendo que esta condición “no necesita de ninguna reglamentación normativa que la deforme o la coarte“ y que la trasmisión de la nacionalidad se produce sólo por ser hijo/a de español/a.
También la califican de parcial porque, dice, va dirigida solamente a los nietos de quienes emigraron o se exiliaron entre 1936 y 1955 y deja fuera a una cantidad importante de nietos, excluye a “los nietos cuyas madres obtuvieron la nacionalidad española por opción“ e impide a los nietos que tienen nacionalidad por residencia el cambio a la nacionalidad de origen.
Ambigua y confusa
Asimismo consideran la actual normativa ambigua y confusa. Ambigua porque, dice, está refrendada en una Instrucción, “un instrumento juridico de menor jerarquia que la Ley de los Registros Civiles o su Reglamento, dejando entonces en manos de un juez la decisión de aceptar o no a trámite la solicitud de nacionalidad de manera discrecional“, lo que dice que perjudica especialmente a los nietos que residen en España.
Valora además que su enunciado es poco preciso y ambiguo y se presta a interpretaciones burocráticas de funcionario “tanto en los Registros Civiles consulares como municipales, que torpedean magistralmente las intenciones de acceder a la nacionalidad de los descendientes“.
La considera confusa y poco supervisada por el Gobierno porque, explica, los funcionarios piden en muchas ocasiones a los solicitantes de la nacionalidad “un número excesivo y abusivo de documentos no contemplados en la Instrucción“; porque durante el primer año “sólo se han otorgado varias decenas de nuevas partidas“ cuando dicen que hay “cientos de miles de nietos residentes en España que califican para esta ley y que no conocen cuándo tendrán su nacionalidad“ y porque afirma que se han cometido numerosos desatinos e infracciones con los métodos de solicitud de citas, los documentos exigidos para probar la nacionalidad de origen de los hijos de emigantes sin que las autoridades “se enteren de tales atropellos“.
“Al parecer, los instrumentos de supervisión y control del Ministerio de Justicia y del Ministerio de Asuntos Exteriores son insuficientes pues las informaciones aparecidas en la prensa sobre el balance del Gobierno acerca del primer año de la ley omiten todos los problemas enumerados aqui“, dice al respecto.
Decepción
La OiDE se declara decepcionada porque “las promesas del Gobierno, expresadas en boca del ministro Jesús Caldera y del presidente Zapatero, sobre el otorgamiento amplio de la nacionalidad a los nietos no se han cumplido“; porque, valora, el año 2008 no fue aprovechado para preparar la aplicación de la norma y “en algunos Registros Civiles de España aún no conocen la letra y el espiritu de esta legislación“; porque “la premura por aprobar la Disposición Adicional Séptima ha traido consecuencias desastrosas y ha provocado desencanto, frustración e indignación entre miles de descendientes de la emigración española“ y porque, añade, “este tema deberia ser considerado como un tema de politica de Estado y ha sido tratado como de politica menor“.
Exigencias
Con todo ello, “y con la moral conferida por nuestra condición de hijos o nietos de los emigrantes de este pais“, la OIDE dice: “Exigimos al Gobierno español“ que emita una norma “de obligado cumplimiento tanto para los jueces como para los encargados de los Registros Civiles de todas las comunidades autónomas y consulados referida a los documentos y plazos para la tramitación del acceso a la nacionalidad“ mediante la Disposición Adicional Séptima de la ley 52/07, y que “elabore una alternativa para el acceso irrestricto de los nietos a la nacionalidad española, tal y como pidió en su momento el Consejo de la Ciudadania Española en el Exterior“.
También que “dicte una instrucción similar a la que se aprobó para las nacionalidades por residencia, para disminuir la espera a los descendientes que residen en España y al propio tiempo decongestionar el trabajo del Registro Civil Central“ y que “se legisle en un plazo breve una Ley de Nacionalidad para evitar tantos desatinos y errores, mediante las sucesivas modificaciones del Codigo Civil, tal y como lo han pedido algunos ilustres miembros del Consejo de la Ciudadania Española en el Exterior, acorde con el entorno de la Unión Europea de la que España forma parte indisoluble“.
Medidas que anuncia la organización
Para presionar en favor de los intereses que defiende, la OIDE anuncia que solicitará “una cita con la vicepresidenta primera del Gobierno, conjuntamente con los directores generales afectados en este proceso“; emitirá notas de prensa en las que “se comunique nuestro total desacuerdo con el desarrollo de la ley“; e instará a todos los descendientes a que se organicen y desarrollen distintas acciones en los lugares de residencia para ser escuchados.
También que hará llegar su desacuerdo a los partidos politicos, denunciará la situación al Defensor del Pueblo en España y solicitará al Ministerio español de Igualdad que informe “sobre si algunas interpretaciones de la ley vulneran el principio de igualdad entre hombres y mujeres“.
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