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¿Es posible elegir el lugar de Empadronamiento para adelantar la tramitación de un expediente de matrimonio?

Publicado: 18 May 2010, 17:54
por irealvaro
Me gustari­a iniciar el expediente matrimonial, pero tengo algunas dudas. Actualmente estamos empadronados en Parla y llevamos 2 y 3 años cada uno. En el registro de Parla me han dicho que la cosa va muy lenta y no nos podremos casar hasta el año que viene. Si uno de los dos cambiara de empadronamiento a Madrid (al domicilio familiar) podriamos iniciar el expediente en el registro de Madrid?. Y si este sabeis que vaya a ir más rápido?.
Gracias

Re: Empadronamiento

Publicado: 18 May 2010, 22:42
por Jucrísvic
A la primera pregunta; si­, nada os impide elegir el Registro Civil de la localidad donde uno de los dos futuros contrayentes se acaba de empadronar.

La segunda pregunta no me la sé.

Re: ¿Es posible elegir el lugar de Empadronamiento para adelantar la tramitación de un expediente de matrimonio?

Publicado: 18 May 2010, 23:29
por El Abuelo
En realidad, hace falta residir realmente donde se está empadronado. Si en el Registro Civil de Madrid sospechan que el empadronamiento en esta ciudad es fraudulento (y podri­a trascender de algunos de los escritos y comparecencias que se unan al expediente), podri­an acordar diligencias para comprobar si se corresponde con la realidad, a consecuencia de las cuales (o incluso sin ellas, si resultara evidente de algunas declaraciones), a su vez, podri­an acabar decidiendo que no tienen competencia e inhibirse a favor del RC de la población donde residi­s. Otra cosa es que no sea fácil detectarlo o algunos RC no tengan muchas ganas de hacerlo, pero, en principio, legalmente hablando, yo te contestari­a a la pregunta del ti­tulo que no, no puedes hacerlo.

Re: ¿Es posible elegir el lugar de Empadronamiento para adelantar la tramitación de un expediente de matrimonio?

Publicado: 04 Dic 2011, 13:23
por FLORES
Estoy de acuerdo con el Abuelo, añadiendo que el expediente en realidad donde se inicia es "en el lugar de residencia de al menos uno de los contrayentes" estimándose por residencia el lugar en que resida más tiempo.
Aunque en principio la forma de acreditar dicha residencia es el certificado de empadronamiento, es cierto que si se sospecha que cambió de residencia con el solo objeto de obtener beneficios en el trámite, el Encargado podri­a pedir diligencias complementarias como (certificado de convivencia, informes policiales o testificales), y si se demuestra que realmente reside en otra ciudad se podri­an declarar incompetentes para tramitarlo.