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Inscripción divorcio marroqui­ en RCC

Publicado: 08 Jun 2010, 19:07
por pilarbernabeu
Hola, planteo el siguiente caso para ver si me podeis aconsejar.

Mujer española nacionalizada por residencia, marroqui­ de ori­gen, que contrae matrimonio en Marruecos con marroqui­, conforme a la ley marroqui­. En el momento de contraer matrimonio ya ha adquirido la nacionalidad española y jurado, renunciando a su nacionalidad marroqui­, pero como todavi­a no tiene documentación española, se casa como marroqui­. Por ese motivo, se deniega la inscripción de su matrimonio en el RCC.

Posteriormente, dicho matrimonio se divorcia en Marruecos.

Esta mujer quiere volver a casarse, por cierto, con el mismo hombre, y por poderes, inicia expediente matrimonial en el RC de su domicilio, aportando el acta de matrimonio y la de divorcio. Pues bien, por parte del RC se le requiere, " a los efectos de acreditar su capacidad para contraer matrimonio, que proceda a realizar los trámites necesarios para la Inscripción de dicha Sentencia dictada por Tribunal Extranjero en el RCC Español"

Estudiado el asunto y aclarado por el RC que es posible inscribir el divorcio sin previa inscripción de matrimonio, localizo un Convenio bilateral entre España y Marruecos de 1997, en materia de COOPERACION JUDICIAL EN MATERIA CIVIL, MERCANTIL Y ADMINISTRATIVA ( http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases ... 1997/13925) Según entiendo yo leyendo y releyendo, para poder proceder a la inscripción, es necesario el previo reconocimiento por el Juzgado de Primera Instancia, en un procedimiento similar al exequátur, puesto que de conformidad con el art 24: "Las resoluciones a que se refiere el arti­culo precedente no podrán dar lugar a ninguna medida de ejecución forzosa o coercitiva por parte de las autoridades del otro Estado, ni ser objeto por parte de dichas autoridades de ninguna publicidad o formalidad, tales como el registro, la inscripción o la rectificación en registros públicos, hasta después de haber sido declaradas ejecutivas en el territorio del Estado requerido. "

Sin embargo, agradeceri­a información al respecto, puesto que temo meter la pata tramitando un procedimiento judicial y que luego resulte que la sentencia de divorcio era directamente inscribible.

Muchas gracias por la ayuda

Re: Inscripción divorcio marroqui­ en RCC

Publicado: 09 Jun 2010, 00:52
por mundo
El matrimonio al que te refieres no es válido en España y, por tanto, no inscribible en Registro Civil español. No tiene, por ello, ningún sentido solicitar el reconocimiento de una sentencia extranjera de divorcio que no afecta a un matrimonio inscrito en Registro español.

Mi sugerencia es que se recurra la resolución del Registro Civil en el que se solicita que inicie los trámites para la inscripción de dicha sentencia extranjera porque la esposa acredita su libertad para contraer matrimonio con el testimonio firme del Auto del Encargado del Registro Civil Central que considera no válido el matrimonio celebrado en el extranjero.

Re: Inscripción divorcio marroqui­ en RCC

Publicado: 04 Dic 2011, 13:24
por pilarbernabeu
Gracias por tu ayuda. El encargado del Registro Civil Central no resuelve que el matrimonio no sea válido, sino que deniega su inscripción, por no haberse realizado correctamente. En el registro civil me explicaron que el posible inscribir el divorcio sin previa inscripción de matrimonio, y que habitualmente suele hacerse en caso de extranjeros que se casaron en su pai­s, adquirieron posteriormente la nacionalidad española y luego se divorciaron en su pai­s. Me explicaron que en esos caso, no es necesario inscribir previamente el matrimonio para luego inscribir el divorcio, que a efectos de que conste el estado civil correcto del español nacionalizado, se puede inscribir el divorcio ( previo reconocimiento dependiendo de los casos) en una " inscripción soporte" o algo asi­ me dijeron.

No puedo recurrir la providencia porque ya se ha pasado el plazo. En todo caso, mi duda es sobre la interpretación del convenio de Marruecos.