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Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 14 Jun 2010, 17:37
por maxwell
Buenas tardes:

Hoy hemos ido mi novia y yo al Registro Civil de Tudela (Navarra) para iniciar el expediente de matrimonio civil. Pensamos casarnos el di­a 25 de septiembre de este mismo año en el Ayuntamiento de una localidad cercana (perteneciente a este registro civil) y la verdad es que hemos ido en cuanto hemos tenido preparada la documentación, ya que tomamos la decisión de casarnos hace poco.

Crei­amos que hoy presentábamos todo y a partir de ahi­ corri­a un plazo dentro del cual más o menos estari­a resuelto el expediente y por tanto podri­amos solicitar al ayuntamiento la fecha y hora de la boda (en realidad, la fecha ya la hemos hablado previamente con el alcalde, a quien conozco personalmente). Íbamos con los padres de mi novia preparados para hacer de testigos.

Nos hemos quedado de piedra cuando la amable funcionaria que nos ha atendido nos ha dicho al principio que estaban dando citas para octubre, aunque al final ha rebuscado en la agenda y nos ha dado cita para el 26 de agosto, probablemente en alguna cita que se habi­a desconvocado.

El caso es que ahora estamos temerosos de que no se resuelva el expediente matrimonial antes de la fecha prevista de la boda, porque del 26 de agosto al 25 de septiembre no llega a haber ni un mes.

Los dos somos españoles, este será nuestro primer (y esperamos que último) matrimonio y somos residentes en población menor de 25000 habitantes. Como he dicho, nos toca tramitarlo en el Registro Civil de Tudela (Navarra).

El caso es que hace muy poco que decidimos casarnos y hemos mirado todo (banquete, viaje, etc) con un tiempo record. No sabi­amos que el plazo para los trámites legales podri­a alargarse tanto.

¿Tenemos razones para estar más que temerosos acerca del plazo de resolución del expediente? En estos casos apurados producidos por nuestro desconocimiento, ¿es posible que el fiscal, el juez, etc le den la prioridad necesaria? Estamos muy preocupados.

Un saludo.

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 14 Jun 2010, 20:12
por kárbiko
En un mes no da tiempo material para tramitar un expediente de matrimonio en el que alguno de los contrayentes ha residido en los dos últimos años en población de menos de 25.000 habitantes.
Y no da porque en el tablón de anuncios del Registro tiene que estar durante 15 di­as publicado un edicto.
Que por muy enchufado que esté el funcionario (con vuestra ayuda, por supuesto, porque si está li­ado, posiblemente pueda estar 18-20 di­as publicado) y lo retire en fecha, tiene que pasar a firma de su juez.
Y poniéndole que firme el mismo di­a 16º desde el inicio tiene que mandar el expediente al fiscal, para que informe..
Que podéis llevarlo vosotors y que el fiscal esté esperándoos y haga el informe el mismo di­a...
Y ahora lo retornáis al Registro, donde el/la Juez-Encargad@ ve vuestro expediente y acuerda lo procedente.
Y una vez ha acordado, se os tiene que notificar a vosotros y también al Fiscal esa resolución, que puede ser recurrida en el plazo de 15 di­as.
Por lo que hasta el di­a 16º no adquiere firmeza y no se puede celebrar la ceremonia..

Como ves, en 30 di­as, no hay .... porque 16+16=32

El fallo principal viene de vosotros mismos, por mirar todo (banquete, viaje, etc) con un tiempo record.
No sabi­amos que el plazo para los trámites legales podri­a alargarse tanto.
Aqui­ está la cuestión...
Habéis querido comenzar la casa por el tejado..... y habéis corrido demasiado.... siempre hablando de que lo que pretendáis sea casaros civilmente.

Porque también podéis casaros por la iglesia: habláis con el cura, que seguro que os casa en tiempo record...
Si son rápidos los ti­os... más que el Alonso ese de los coches...

En un RC con esos plazos.... no sale....
O lo celebráis un di­a y ya vendréis a casaros otro.... que también se ha dado..

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 14 Jun 2010, 21:25
por WikiArchivero
maxwell escribió: (...) somos residentes en población menor de 25000 habitantes. Como he dicho, nos toca tramitarlo en el Registro Civil de Tudela (Navarra).
¿Los dos residi­s en localidades con menos de 25.000 habitantes?.

En caso de que la respuesta sea afirmativa, ¿por qué tenéis que tramitar el expediente en el RC de Tudela, si esta localidad tiene más de 25.000 habitantes?

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 14 Jun 2010, 23:56
por kárbiko
Vaya1, pues si los dos habéis vivido en los 2 últimos años en municipio/s de más de 25000 habitantes .. puede que si haya tiempo...

1 Por mi desconocimiento de la población de Tudela...., pensé que te referi­as a Tudela cuando hablabas de "(...) somos residentes en población menor de 25000 habitantes...." y ahora veo que Tudela tiene casi 35.000....

Contesta a wikiarchivero, ... a ver el por qué de hacerlo en Tudela.. y, además....
¿Donde habéis residido?
Y ¿dónde estáis empadronados actualmente?

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 15 Jun 2010, 00:41
por maxwell
He hablado con el juez de paz de Cascante, la población en la que residimos los dos desde hace más de dos años (de menos de 25000 habitantes), y me ha indicado que hay que hacerlo en el Registro Civil de Tudela (de más de 25000 habitantes), que él no puede hacer nada. Sin embargo, según leo en el R. R. C., el juez de paz puede iniciar el expediente.

La cosa es que queremos casarnos en Castejón, una población también de menos de 25000 habitantes que pertenece al mismo Registro Civil, pero en la que no estamos empadronados. Aunque mi novia lleva más de 2 años residiendo también en Cascante, ella es de Castejón (estuvo empadronada ahi­ hasta hace 3 años), y por eso queremos casarnos alli­.

¿No puede el juez de paz de Cascante iniciar el expediente (con lo cual imagino que nos dari­a audiencia en un plazo mucho más breve) y luego indicar en el expediente que se dé traslado al Ayuntamiento de Castejón? (como digo, tanto a Cascante como a Castejón les corresponde el mismo Registro Civil de Tudela.

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 15 Jun 2010, 07:49
por maxwell
Pues si­, he encontrado por ahi­ consultas a la Dirección General de Registros y Notariado en las que se deja claro que los jueces de paz son competentes para iniciar y autorizar o denegar los expedientes matrimoniales. Quiero entender que no habri­a obstáculo para que nos lo hicieran en Cascante y el Juez de Paz indicara que delega el acto de consentimiento del matrimonio en el alcalde de Castejón. ¿O al ser otra población tendri­a que pasar por el Registro Civil? En tal caso, aunque asi­ fuera, ya habri­amos ganado un tiempo precioso si la audiencia ante el Juez de Paz se celebra en pocos di­as en lugar de ser ante el Registro Civil el di­a 26 de agosto, ¿no?

El Juez de Paz de Cascante es un señor ya bastante mayor que más allá de la experiencia que haya podido tener estos últimos años, no será muy versado en leyes. He pensado en consultar con la Secretaria del Ayuntamiento de Cascante a ver si me puede ayudar.

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 15 Jun 2010, 09:51
por Gerena
maxwell escribió:He hablado con el juez de paz de Cascante, la población en la que residimos los dos desde hace más de dos años (de menos de 25000 habitantes), y me ha indicado que hay que hacerlo en el Registro Civil de Tudela (de más de 25000 habitantes), que él no puede hacer nada. Sin embargo, según leo en el R. R. C., el juez de paz puede iniciar el expediente.

La cosa es que queremos casarnos en Castejón, una población también de menos de 25000 habitantes que pertenece al mismo Registro Civil, pero en la que no estamos empadronados. Aunque mi novia lleva más de 2 años residiendo también en Cascante, ella es de Castejón (estuvo empadronada ahi­ hasta hace 3 años), y por eso queremos casarnos alli­.

¿No puede el juez de paz de Cascante iniciar el expediente (con lo cual imagino que nos dari­a audiencia en un plazo mucho más breve) y luego indicar en el expediente que se dé traslado al Ayuntamiento de Castejón? (como digo, tanto a Cascante como a Castejón les corresponde el mismo Registro Civil de Tudela.
El expediente de matrimonio se debe realizar en Cascante ya que es alli­ donde residi­s ambos, y es éste Juez de Paz el competente para tramitar todo el expediente.

A la hora de que os pregunte donde os queréis casar le indicáis que en Castejón, y cuando esté el expediente terminado se manda a esta localidad.

Desde hoy, 14/06/10, hasta últimos de septiembre, considero que hay tiempo de sobra para tramitar el expediente, pero como dice Kárbiko, no se debe poner fecha de boda hasta que no esté concluido el expediente.

Saludos y suerte.

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 15 Jun 2010, 10:05
por maxwell
Gerena escribió: El expediente de matrimonio se debe realizar en Cascante ya que es alli­ donde residi­s ambos, y es éste Juez de Paz el competente para tramitar todo el expediente.

A la hora de que os pregunte donde os queréis casar le indicáis que en Castejón, y cuando esté el expediente terminado se manda a esta localidad.
Efectivamente, es lo que se desprende de la lectura que hice del Reglamento del Registro Civil. Parece que en Cascante tienen por costumbre ahora remitir todo al Registro Civil de Tudela en lugar de tramitarlo en Cascante, lo cual no entiendo. Si es su competencia, entonces no se puede negar a tramitarlo, ¿no?
Gerena escribió:Desde hoy, 14/06/10, hasta últimos de septiembre, considero que hay tiempo de sobra para tramitar el expediente, pero como dice Kárbiko, no se debe poner fecha de boda hasta que no esté concluido el expediente.
Pues si­, Gerena, pero eso lo sé ahora, no antes. No sé cuánta gente pondrá la fecha después de concluir el expediente, pero yo en particular no conozco a nadie que lo haya hecho asi­, y he preguntado a unos cuantos. Igual es porque normalmente se está a lo que el restaurante permite en cuanto a fechas libres.
Saludos y suerte.
Gracias, crucemos los dedos. Yo hablaré otra vez con el juez de paz para que nos tramite el expediente en lugar de mandarnos a Tudela. Aunque sea por humanidad.

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 15 Jun 2010, 10:36
por kárbiko
maxwell escribió:Efectivamente, es lo que se desprende de la lectura que hice del Reglamento del Registro Civil. Parece que en Cascante tienen por costumbre ahora remitir todo al Registro Civil de Tudela en lugar de tramitarlo en Cascante, lo cual no entiendo. Si es su competencia, entonces no se puede negar a tramitarlo, ¿no?
No sólo es que no se pueda negar....
Es que el RC de Tudela NO ES COMPETENTE para hacerlo,... y, por tanto, ese matrimonio podri­a incluir en vicio que derivase en un procedimiento de Nulidad...
Dile que se vea al art. 46 RRC:
En los Registros Municipales, el Juez de Paz actúa por delegación del Encargado y con iguales facultades, salvo en los expedientes.

En su virtud, extenderá las inscripciones dentro del plazo de nacimiento de hijos habidos en matrimonio, las ordinarias de defunción, las de matrimonio en forma religiosa mediante la certificación respectiva,
las de matrimonio en forma civil cuyo previo expediente haya instruido, y las notas marginales que no sean de rectificación o cancelación.....

El único que lo puede incoar en el RC de Cascante.
Si te inicia el expediente ahora, si que puede darte tiempo... pero dile a quien lo inicie que el traslado del expediente a Fiscali­a en Tudela lo hacéis vosotros directamente, para que tarde menos en ir y volver a través de correos..

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 15 Jun 2010, 10:43
por WikiArchivero
Imprime la Consulta de 9 de septiembre de 2004, sobre autorización del matrimonio civil por Juez de Paz (págs. 1733 y 1734 de este Boleti­n), se la llevas al funcionario del Ayuntamiento que desempeñe las funciones de Registro Civil y le dices que aunque no sea funcionario de Justicia (en las localidades de menos de 7000 habitantes son funcionarios de la Administración Local) es competente para toda la tramitación (y aprobación) del Expediente de matrimonio.

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 15 Jun 2010, 16:27
por maxwell
He ido de nuevo al Registro Civil y he conseguido que me den cita para el 12 de agosto, con lo que se supone que siendo la boda el 25 de septiembre, es más fácil que todo esté a tiempo, ¿no?

Le he preguntado a la funcionaria del Registro Civil por la competencia del Juzgado de Paz de Cascante, y me ha confirmado que si­, que de hecho el Juzgado de Paz es el único competente, pero que "como no les da la gana de hacerlo, lo tenemos que hacer nosotros". Textual.

Asi­ que por si acaso, estoy tratando de hablar de nuevo con el Juez de Paz para convencerlo de que lo haga, ya que él es el competente realmente.

Menuda odisea. Como Joseph K. en "El proceso" me siento.

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 15 Jun 2010, 16:44
por Gerena
maxwell escribió:Le he preguntado a la funcionaria del Registro Civil por la competencia del Juzgado de Paz de Cascante, y me ha confirmado que si­, que de hecho el Juzgado de Paz es el único competente, pero que "como no les da la gana de hacerlo, lo tenemos que hacer nosotros". Textual..
Entonces lo están haciendo mal los dos Registros.

Vuelvo a repetir que el ÚNICO competente es Cascante, y si éste no tramita el expediente puedes interponer una queja.

Saludos

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 15 Jun 2010, 16:55
por maxwell
Gerena escribió:Vuelvo a repetir que el ÚNICO competente es Cascante, y si éste no tramita el expediente puedes interponer una queja.
Mañana iré al Juzgado de Paz y veré lo que pasa. Si he de interponer una queja, ¿lo hago directamente ante el Juzgado de Paz, o lo hago por ejemplo ante el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia?

Gracias a vuestras aportaciones por lo menos estoy viendo la luz en este tema.

Saludos.

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 16 Jun 2010, 13:25
por maxwell
Finalmente, el Juez de Paz ha accedido a tramitar el expediente.
Al principio, me indicaba que si nos i­bamos a casar en Castejón, deberi­amos dirigirnos al Juez de Paz de Castejón, pero yo le dije que al residir los dos (y por más de 2 años) en Cascante, habi­a que tramitarlo en Cascante indicando en la solicitud que queri­amos que nos casara el Alcalde de Castejón.

Para que no quede ninguna duda, he lei­do la Instrucción de 26 de enero de 1995, de la DGRN, sobre autorización del matrimonio civil por los alcaldes (publicada en BOE número 35 de 10/2/1995, páginas 4456 a 4457.

En dicha instrucción se dice:
Primera. Instrucción registral del expediente previo.-En este punto no hay modificación alguna (cfr. arti­culo 56, I, del Código Civil), de modo que las Corporaciones locales carecen de competencia para la instrucción del expediente previo. Este ha de ser tramitado, como hasta ahora, ante el Juez Encargado o de Paz o el Encargado del Registro Civil consular, correspondiente al domicilio de cualquiera de los contrayentes (cfr. art. 238 del Reglamento del Registro Civil). Unicamente hay especialidades en el momento final de la celebración, una vez aprobado el expediente previo con auto firme favorable, si los interesados han manifestado durante la tramitación de aquél su voluntad de que el enlace sea autorizado por órgano distinto del instructor.
Y en referencia al traslado del expediente:
Tercera. Autorización del matrimonio en Ayuntamiento de otra población.-El arti­culo 57, II, del Código Civil permite que la prestación del consentimiento pueda realizarse, por delegación del instructor del expediente y a petición de los contrayentes, ante Juez, Alcalde o funcionario de otra población distinta. En estos casos, puesto que todas las actuaciones previas a la inscripción han de archivarse en el legajo de la Sección correspondiente del Registro (cfr. art. 259 del Reglamento del Registro Civil), lo procedente es que el instructor, una vez dictado el auto firme favorable, remita todo el expediente junto con la delegación al Registro Civil en cuya demarcación vaya a celebrarse el matrimonio.

A su vez, este órgano registral, si la delegación ha sido a favor del Ayuntamiento de esa población, enviará a éste la relación de los datos de los contrayentes, a que se refiere el apartado anterior. Por lo demás, la ceremonia y la posterior inscripción deberán ajustarse a las mismas normas antes expuestas.
Asi­ que lo que interpreto yo (por si tengo que recordárselo al Juez de Paz) es que en la solicitud hacemos constar que queremos que nos case el Alcalde de Castejón, y el Juez de Paz de Cascante tendrá que trasladar el expediente una vez aprobado al Registro Civil de Castejón, es decir, al Juzgado de Paz de alli­, dado que Castejón está en la misma situación que Cascante (no hay juez encargado, sino juez de paz). Y dicho Juzgado de Paz será el que envi­e la relación de datos de los contrayentes al Ayuntamiento de Castejón. ¿Es correcta mi interpretación?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 16 Jun 2010, 18:06
por WikiArchivero
Tu interpretación es correcti­sima. Y ya que le hemos quitado algo de trabajo a nuestros colegas del RC de Tudela, recomiéndales este foro la próxima vez que te pases por alli­...

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Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 16 Jun 2010, 20:23
por kárbiko
... y al de Cascante
.... y al de Castejón......
Y, ya puestos....
i‚¡ Buena suerte!
...

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 06 Jul 2010, 14:46
por emarzan
Hola buenos di­as:

Sólo una pregunta para confirmar que he entendido bien el Reglamento del Registro Civil. Podri­a alguien confirmarme que, desde que se instruye el expediente matrimonial, con los contrayentes presentes y la documentación oportuna, hasta el di­a que efectivamente se presta el consentimiento (en otra localidad en este caso), no ha de pasar más de un año?. He lei­do en internet, que puede tratarse de 6 meses y no sé si esto podri­a variar según registros, o es definitivamente un año.

Me baso en el Art. 248 del Reglamento del Registro Civil para interpretar lo anterior. ?Podri­a alguien confirmármelo por favor?. Necesitari­a saberlo para calcular mis visitas y fechas a ambos registros. Gracias. :)

Art. 248
Pasado un año desde la publicación de los edictos, de su dispensa o de las
diligencias sustitutorias, sin que se efectúe el casamiento, no podrá celebrarse
éste sin nuevas publicación, dispensa o diligencias.

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 06 Jul 2010, 15:26
por kárbiko
Desde que se publican los edictos hasta la fecha del acto de consentimiento matrimonial no pueden pasar más de 1 año.
Si va a pasar, habrá que volver a publicar edictos o diligencias testificales u obtener dispensa de dicha publicación para que haya otro año más de plazo..

Re: Plazo expediente matrimonial en Tudela (Navarra)

Publicado: 04 Dic 2011, 13:24
por emarzan
kárbiko muchi­simas gracias por la pronta respuesta!.

Recibe un saludo,
Elena.