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Plazo para Juicio Ordinario

Publicado: 04 Dic 2011, 13:24
por user2410
Estimados compañeros, tengo una bonita resolución de la Dirección General de los Registros y el Notariado, que sólo admite recurso ante la vi­a judicial ordinaria, al ser materia de nacionalidad española de origen entiendo que la competencia es del juzgado de 1ª instancia (vi­a civil), lo que no encuentro son los plazos para interponer el recurso, creo que cuando es contencioso administrativo son dos meses, pero en vi­a civil que plazo tenemos?.

Por último, si alguien ha presentado un recurso asi­ o tiene algún formulario, le agradeceri­a la ayuda.

Saludos y felicidades por el foro, tengo mucho que leer.