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Renuncia a la nacionalidad de origen: ¿Tengo que aportar algún documento de mi pai­s de origen que demuestre q renuncié?

Publicado: 24 Sep 2010, 13:00
por Usuario borrado 1594
Hola,

A ver si alguien me puede resolver la duda que tengo. He adquirido la nacionalidad española por residencia, he jurado y dentro de unos di­as tendré el DNI y el pasaporte. Mi pai­s de origen no era colonia española ni tiene convenio de doble nacionalidad, por lo tanto, teni­a que renunciar a mi nacionalidad de origen, y la hice.

Bueno... la pregunta es que: ¿tengo que aportar algún documento consular de la embajada de mi pai­s de origen manifestando la renuncia y entregarlo en el órgano español correspondiente como prueba?

Me preocupa el tema porque según el código civil español, los que hayan adquirido la nacionalidad española por residencia perderán la nacionalidad española si durante un peri­odo de 3 años después de adquirirla utiliza exclusivamente la nacionalidad de pai­s de origen que supuestamente haya renunciado.

Hombre... no tengo intención de utilizar el pasaporte de mi pai­s de origen, de hecho, cuando tenga el DNI y pasaporte español, iré a la embajada a devolverles el pasaporte. Pero, la pregunta era la que he puesto arriba.

Re: Renuncia a la nacionalidad de origen

Publicado: 24 Sep 2010, 13:49
por Javier2749c
Lo que haces es declarar ante el registro civil español que renuncias a tu nacionalidad anterior. En general eso no provoca la renuncia efectiva a ésta. Si quieres renunciar efectivamente, debe hacerlo ante funcionarios de tu pai­s de origen y siempre que este pai­s tenga previsto el procedimiento.
Lo de utilizar exclusivamente la nacionalidad del otro pai­s significa que dejari­as de usar la nacionalidad española. Pero tener documentos españoles vigentes es considerado uso de la nacionalidad de modo que solamente que te fueras de España y dejaras vencer el pasaporte por más de 3 años es que podri­as perderla.

Re: Renuncia a la nacionalidad de origen

Publicado: 24 Sep 2010, 17:22
por Usuario borrado 1594
Gracias Javier.
Supongo que no hace falta pedir ningún certificado o escrito o lo que sea de la embajada para acreditar la renuncia efectiva y entregárselo al Registro Civil.

Re: Renuncia a la nacionalidad de origen

Publicado: 24 Sep 2010, 17:42
por Javier2749c
Claro que no, porque lo que haces ante el registro civil español es DECLARAR que renuncias a tu nacionalidad anterior.

RESOLUCIÓN 17 de septiembre de 2007, (BOE núm. 258 - Sábado 27 octubre 2007)

http://www.boe.es/boe/dias/2007/10/27/p ... -43835.pdf
Spoiler
.la renuncia a la nacionalidad anterior que exige el arti­culo 23.b) del Código civil como requisito de validez de la adquisición de la nacionalidad española ha sido interpretada por la doctrina oficial de esta Dirección General como un mero requisito formal de «declaración de la renuncia», con independencia de los efectos que tal declaración pueda desplegar para el Ordenamiento juri­dico extranjero respectivo, es decir, al margen de que dicha renuncia produzca o no de «iure» la pérdida de la nacionalidad a la que se declara renunciar, ya que lo contrario implicari­a subordinar la adquisición de la nacionalidad española a la concepción propia sobre la nacionalidad del Derecho extranjero (vid. Resolución de 24 de septiembre de 1971).

Esta consideración meramente formal de la «declaración de renuncia» exigida por el arti­culo 23 del Código civil ha llevado a algunos autores a abogar por la derogación del requisito, derogación que el legislador español ha acogido, si bien limitadamente para los supuestos de recuperación de la nacionalidad española previamente perdida (cfr. art. 26 C.c., en su redacción dada por Ley 36/ 2002, de 8 de octubre).

Re: Renuncia a la nacionalidad de origen

Publicado: 04 Dic 2011, 13:26
por Usuario borrado 959
cuzzymadrid escribió:no tengo intención de utilizar el pasaporte de mi pai­s de origen, de hecho, cuando tenga el DNI y pasaporte español, iré a la embajada a devolverles el pasaporte. Pero, la pregunta era la que he puesto arriba.
Eso no tiene ningun sentido.

Re: Renuncia a la nacionalidad de origen: ¿Tengo que aportar algún documento de mi pai­s de origen que demuestre q renuncié?

Publicado: 28 Jun 2013, 16:44
por user9698
subo el tema pq estoy con la misma duda... me han concedido la nacionalidad española hace 2 años, hice el juramento de renuncia a la nacionalidad de origen (que no supone doble nacionalidad)
en ningún momento he utilizado mi nacionalidad de origen, exclusivamente la española...
debo renunciarla ante consulado de mi país de origen con obtención de la certificado correspondiente?
cabe la posibilidad que algún día me entere que me han quitado la nacionalidad española por no haber cumplido este trámite?

Re: Renuncia a la nacionalidad de origen: ¿Tengo que aportar algún documento de mi pai­s de origen que demuestre q renuncié?

Publicado: 29 Jun 2013, 01:37
por mundo
La renuncia a la nacionalidad anterior es una mera formalidad que exige la legislación española y que, como muy bien dice Javier2794c, no supone su pérdida que, lógicamente, se rige por la legislación del país de origen. Si utilizas simultáneamente documentación de ambos países no perderás la española, lo que sólo se produciría si utilizaras exclusivamente la del país originario.