Pregunta URGENTE para todos los Administradores, Consultores y foristas en general. Este es mi caso:
1. Abuelos paternos y maternos nacidos en Espana peninsular antes de 1850. Emigraron a Cuba y nunca obtuvieron la nacionalidad cubana, segun sus DIEs.
2. Padre y madre nacidos en la Provincia espanola de Ultramar y "territorio espanol" de Cuba antes de 1890, de padre y madre tambien nacidos en la peninsula (antes de la descolonizacion de 1898 y antes del Tratado de Paris de 1898) y nunca obtuvieron la nacionalidad cubana, segun sus DIEs.
Segun la Constitucion de la Monarquia de 1876:
TÍTULO PRIMERO - DE LOS ESPAÑOLES Y SUS DERECHOS
Artículo 1º. Son españoles:
Primero.-
Las personas nacidas en "territorio español". (Tambien segun las Resoluciones de la DGRN en materia de Nacionalidad: I.- (1a) de 15 de febrero de 2010; II.- (7a) de 21 de junio de 2010; III.- (4a) 24 de junio de 2010; IV.- (2a) de 23 de junio de 2010; V.- (8a) del 1 de junio 2009 sobre nacionalidad española. "Los nacidos en Cuba (provincia española en Ultramar y "territorio español" antes de la descolonización de 1898 y del Tratado de París) de hijos de padre originariamente español y nacido en España y nietos de abuelos españoles de origen nacidos en España peninsular, también son considerados nacidos en España". La Constitución de la Monarquía y del Estado español del 30 de junio de 1876** estaba vigente en la fecha del nacimiento de mi padre y madre.
Segundo.-
Los hijos de padre o madre españoles, aunque hayan nacido fuera de España.
3. Yo, parte interesada, nacida en Cuba en 1929 de padre y madre originariamente españoles de origen y "considerados nacidos en España (según Resoluciones de la DGRN en materia de nacionalidad española)".
Supongo que perdí nacionalidad española al casarme con un cubano.
Posteriormente enviudé y no me volví a casar.
Solicité la Opción/Recuperación por la DA7 LMH 52/2007, pero el Consulado de Miami recomendó hacerlo el art. 26 CC en vez de por la DA7 LMH, porque consideraron que yo nací española de origen.
El Consulado proceso la Recuperación por el art. 26 CC.
La Recuperación fue denegada por el Consulado de La Habana, por no cumplir con el requisito de 1 año de residencia en España, con opción a presentar Recurso ante la DGRN en 30 dias, que se vencen el dia 24 de sept de 2012.
4. Tengo 6 hij@s mayores de edad, nacid@s en Cuba, y ell@s a su vez tienen hij@s menores de edad nacidos en Estados Unidos.
5. Mis hij@s y niet@s solicitaron optar por la DA7 LMH 52/2007 antes del 28/12/2011, por ser hij@s de madre española de origen (yo) y niet@s de abuelo originariamente español y nacido en España.
6. Creo que yo tambien tengo la opción de optar por la DA7 LMH 52/2007 ya que manifesté esa intención cuando acudí al Consulado por primera vez el pasado año, y tambien por el art. 17 del CC y el art. 20.1.b) del CC, puesto que no tengo base fundamentada para el Recurso ante la DGRN, pues no he cumplido con lo exigido en el art. 26 del CC de 1 año de residencia en España.
7. Mi pregunta y dudas son:
¿Debería yo nuevamente optar por la DA7 LMH 52/2007 para que mis hij@s puedan obtener la nacionalidad de origen también por la DA7 LMH 52/2007 (que ya lo hicieron en su momento antes de diciembre del 2011), y a su vez sus hij@s (mis niet@s) también obtengan la nacionalidad española por ser menores de edad??????
Necesito vuestro asesoramiento en este asunto, de como proceder en estos momentos para poder optar/recuperar mi nacionalidad de origen, y para que mis hij@s puedan también obtener la nacionalidad de origen, y sus hij@s (mis niet@s) menores de edad puedan tambien obtener la nacionalidad española.
9. El Consulado de Miami me ha citado para este próximo lunes dia 17 de sept de 2012 para discutir este tema.
Ellos, el Consulado de Miami, me han confirmado su total desacuerdo con la manera que el Consulado de La Habana denegó mi solicitud de Recuperación por el art. 26 del CC, ya que se presentaron toda la documentación requerida que comprueban y demuestran mi doble filiación como española de origen, por ser hija de padre originariamente español y nacido en España y nieta de abuelos originariamente españoles y nacidos en la Península.
10. Os ruego a todos los administradores, consultores y foristas en general vuestra ayuda y asesoramiento de como debo proceder ante este caso.
Muchas gracias y mi sincero agradecimiento a todos.