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¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?

Publicado: 19 Nov 2010, 20:23
por talej
Hola:

El nacimiento debe incribirse en el lugar en el que ocurre, por lo tanto el nacimiento del hijo de un español entiendo que deberá inscribirse en el registro civil consular correspondiente. Se supone que tienen obligación de aceptar la solicitud de inscripción, ¿no? Se trata de un hijo no matrimonial (los padres están a la espera de la resolución del recurso interpuesto ante la DGRN por denegación de la capacidad matrimonial) de un español y una marroqui­, la madre residente en Marruecos y el padre pasando todo el tiempo que puede en dicho pai­s. Es decir, el Consulado es competente tanto por ser el lugar del nacimiento como el lugar de residencia de los padres.

¿Qué documentos deben presentarse además de --interpreto-- la presencia de los dos progenitores? de los que se especifican en el hilo de trámites necesarios no pueden aportarse ni el "impreso amarillo" ni el Libro de familia...

A ver si alguien puede aclararlo. Y, por favor, no contestéis la obviedad de que lo pregunte en el consulado porque eso ya está hecho y no muestran muchas ganas de colaboración, por lo que hay que llevarles todo preparado y, si es posible, la base legal.

Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?

Publicado: 19 Nov 2010, 22:13
por Jucrísvic
Preguntas:
a) ¿en qué pai­s ha nacido el hijo?
b) ¿ha sido ya inscrito en el registro civil del pai­s donde ha nacido?
c) ¿el padre tiene residencia legal en España o en el pai­s donde ha nacido el hijo? (teniendo en cuenta que, en este úiltimo caso, para ser residente a efectos legales creo que debe estar inscrito como tal en el Registro de Matri­cula del Consulado de España del pai­s donde está residiendo)

Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?

Publicado: 20 Nov 2010, 10:32
por talej
Gracias, Jucri­svic. Contesto a tus preguntas:

a) El niño ha nacido en Marruecos.
b) Si­, ha sido inscrito en el RC marroqui­.
c) El padre es español, creo que si­ está inscrito en el registro de matri­cula del Consulado, lo voy a preguntar (¿qué diferencia habri­a?)

Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?

Publicado: 20 Nov 2010, 17:05
por kárbiko
Si el padre está inscrito en el registro de matri­cula del Consulado entonces si que pueden atenderlo alli­.

en caso contrario tiene que iniciarlo en el RC de su domicilio en España, ya que sigue empadrononado en él.

Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?

Publicado: 20 Nov 2010, 18:05
por talej
Pero de inscribirlo en el RC de su localidad podri­a ir la madre... (ni el niño, claro) ¿Es posible?

Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?

Publicado: 21 Nov 2010, 19:46
por talej
Me contesto a mi­ misma:

Art. 68 del RRC
Los nacimientos, matrimonios y defunciones se inscribirán en el Registro
Municipal o Consular del sitio en que acaecen, cualquiera que sea el domicilio
de los afectados
, la incardinación de la parroquia o el lugar de enterramiento.

Cuando sea competente un Registro Consular, si el promotor está
domiciliado en España, deberá practicarse antes la inscripción en el Registro
Central
, y después, por traslado, en el Consular correspondiente.


Nueva pregunta que me surge:
¿Puede ser promotora de la inscripción en el Registro Civil Consular del nacimiento del hijo de padre español la madre extranjera??????

Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?

Publicado: 22 Nov 2010, 12:28
por Jucrísvic
Yo entiendo que si en la inscripción marroqui­ ya consta como hijo de padre español, la madre puede solicitar la inscripción ante el Consulado de España.

Otra cosa es que al ser hijo no matrimonial el Consulado deba practicar actuaciones complementarias antes de inscribirlo, para dar validez a ese reconocimiento paterno efectuado ante el registro civil extranjero, en cuyo caso tendrá que enviar una solicitud al registro civil del domicilio del padre ya que éste tiene su residencia legal en España.

Salvo mejor opinión.

Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?

Publicado: 22 Nov 2010, 17:18
por talej
Es que, en este caso concreto, ya existe un acta (notarial) de reconocimiento paterno ante el cónsul (funciones notariales)... ¿no vale con eso?

Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?

Publicado: 22 Nov 2010, 21:04
por kárbiko
Y seguro que ese Cónsul, levantada ese acta, ¿no ordenó que se hiciera por duplicado y remitió al RC Consular para que se practicara la correspondiente inscripción...?

Se supone que él ya tuvo que realizar esas comprobaciones.
No obstante, si no consta inscrito, al solicitarlo ahora, podri­a indicar que se practicaran.
No es lo normal, pero ....

Lo normal seri­a que ya estuviera practicada justo después de levantada ese acta de reconocimiento....

Como dice Forges....:
Pai­s...

Re: ¿Quién inscribe hijo no matrimonial nacido en el extranjero?

Publicado: 04 Dic 2011, 13:28
por Jucrísvic
Si el padre español ya ha efectuado un reconocimiento de su paternidad ante el mismo Cónsul donde se ha instado la inscripción del nacimiento, doy por hecho que éste está estudiando el asunto y en breve plazo decidirá si inscribe o no.

Ya por las opiniones sobre los Consulados de España que llevo leidas en este foro no voy a opinar más, por si acaso.