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Audiencia reservada al cónyuge en nacionalidad por residencia

Publicado: 11 Dic 2010, 18:10
por anasor

El di­a 03-12-2010 he entregado la solicitud y todos los documentos necesarios al RC para obtener la nacionalidad española por residencia. En el mismo acto me entregaron una carta con el nº. de Expediento donde consta entre otras cosas una notificación que quedo citada para la testifical en fecha 14-06-2011 para oi­rme personalmente ............. y también al cónyuge, por separado y reservadamente, sobre el cambio de nacionalidad y circunstancias que en ello concurren.

En la solicitud de nacionalidad habi­a indicado de estoy separada, pero se trata de una separación de hecho (desde hace más de 16 años), o sea que en los papeles de mi pai­s de origen figuro como casada (soy comunitaria y mi marido también).
Pienso que el RC me va a pedir el libro de familia o el certificado literal de matrimonio que no entregué con la solicitud.

¿Pero cómo puedo demostrar (si me lo piden) que estoy efectivamente separada y que mi marido no podrá presentarse en el RC? Si­, tengo un (digamos) contrato privado referente a la separación. ¿Puede afectar el hecho que estoy separada de hecho la obtención de la nacionalidad?

Gracias por un consejo de alguien que tuvo el mismo problema.

Re: Audiencia reservada al cónyuge en nacionalidad por residencia

Publicado: 11 Dic 2010, 19:02
por kárbiko
Has indicado mal en tu solicitud, ya que LEGALMENTE no estás separada..

Incluso, si lo estuvieras por la vi­a judicial, lo que significa es que ya no vives con tu marido y que, a partir de la Sentencia que determina la separación, el régimen economico de gananciales finaliza (aunque pueden persistir bienes, derechos y/u oblicaciones que sean comunes,.. hasta que se liquide la sociedad de gananciales)
Pero tu estado civil sigue siendo el de CASADA
Aqui­ hay siempre un equi­voco, pues se piensa que el de separado/a es otro estado civil... Y NO LO ES.

Es un estado transitorio, entre el de casad@ y otro, que puede ser de divorciad@, de viud@ e, inclusive, nuevamente de solter@ si se anulase ese matrimonio.

Por tanto, como te dije, sigues casada con tu marido, aunque no convivas con él.

¿Cómo se demuestra que estás separada de hecho? Pues podri­a ser con un certificado de convivencia histórico de los sitios donde hayas residido. Ahi­ se verá que en esos 16 años no has vivido con tu marido...

Eso del contrado privado no lo he entendido... ¿a qué te refieres?

Re: Audiencia reservada al cónyuge en nacionalidad por residencia

Publicado: 04 Dic 2011, 13:29
por anasor

En primer lugar quiero agradecerte tus prontas contestaciones sobre este tema y otro que puse hoy en este foro.
Habrás notado que he elegido el mismo ti­tulo de otro foro donde participas TU y EL ABUELO.

Te doy toda la razón que puse mal en la solicitud que estoy separada (que según la ley no estoy), pero también en haber puesto que estoy casa mi marido no podri­a presentarse en el RC, ya que no tengo idea donde vive o si aún vive (no será en España); además no entendi­a suficientemente la lengua española. Hay testigos que saben perfectamente que vivo sola desde hace más de 10 años.

¿Dónde (se fuera necesario) puedo conseguir un certificado de convivencia histórico? ¿De los Ayuntamientos? He vivido en el mismo municipio durante 14 años y ahora desde hace 2 años en un municipio cercano, pero desde máseparación he cambiado 6 veces de domicilio.

Del "contrato privado": Viviendo juntos teni­amos un casa y cuentas bancarias en común. Al separarnos y haber vendido la casa he redactado este "contrato", o mejor acuerdo, especificando los bienes que pertenece a cada uno, y firmamos los dos.