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Matrimonio evangélico

Publicado: 08 Feb 2011, 14:14
por marifransis
¡Buenos días a todos!

Llevamos un tiempo de acá para allá con el tema de la documentación. Somos una pareja de evangélicos que queremos casarnos ante un ministro de culto evangélico. Ahora mismo residimos en Cataluña, aunque es de Madrid. Queremos inscribirnos en Cataluña y tener el libro de familia aquí. La cuestión es que la boda se celebrará fuera de Cataluña y el ministro de culto es de Madrid.

No habían dicho que presentando toda la documentación en Cataluña habrían expediente y que una vez celebrada la boda (donde fuese) llevásemos el papel del ministro de culto y ya estaría. Hoy nos han dicho algo distinto: que abren aquí el certificado de capacitación matrimonial y que luego tendremos que llevarlo a inscribirnos en la localidad donde nos casemos.

¿Alguien entiende algo? He estado buscando a nivel legal y he encontrado esto (http://www.mjusticia.es/cs/Satellite?c= ... ntextualMJ) Creo que no se indica lo de los distintos Registros Civiles.

Muchísimas gracias por vuestra ayuda,

Re: Matrimonio evangélico

Publicado: 08 Feb 2011, 15:51
por torreblanca
Hola marifransis, como puedes leer en el punto 5 del enlace que has puesto, el certificado de capacidad con la diligencia de haberse celebrado el matrimonio se remitirá al Registro Civil competente para su inscripción, que en virtud del art. 16 de la Ley del Registro Civil, es el del lugar donde se celebre la boda.
Saludos.

Re: Matrimonio evangélico

Publicado: 08 Feb 2011, 17:23
por WikiArchivero
El Registro Civil competente para tramitar el expediente mediante el cual se expide el certificado de capacidad es el del domicilio de los futuros contrayentes (si estuvieran empadronados en localidades distintas pueden elegir entre el RC de él o el RC de ella para el trámite), mientras que el Registro Civil competente para inscribir el matrimonio es el del lugar de la celebración.
¿Te queda claro ahora?.

Re: Matrimonio evangélico

Publicado: 08 Feb 2011, 22:53
por marifransis
¡Sí! Todo resuelto y aclarado. Sólo una preguntita más: entonces ¿el libro de familia nos lo darán en el RC donde inscribamos el matrimonio?
Muchas gracias a todos por aclarar las dudas.

Re: Matrimonio evangélico

Publicado: 04 Dic 2011, 13:30
por kárbiko
El libro de familia se abrirá con la inscripción del matrimono o con la del nacimiento de un hijo.
En vuestro caso, si no teneis hijos en común inscritos en un RC español, el Libro se expide al inscribir el matrimonio, por lo que lo hará el RC del lugar donde se inscribe.