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Cambio en el lugar de celebración de la ceremonia (matrimonio civil) una vez inciado el expediente

Publicado: 15 Feb 2011, 17:48
por Usuario borrado 4109


Hola!
antes que nada disculparme porque, aunque he echado un vistazo en los temas ya publicados, puede que la cuestión ya está resuelta. Somos una pareja que nos casamos en el mes de mayo, tenemos la documentación en el RC Central, a finales de marzo tendremos ya el expediente listo.

Sin embargo, no ha salido rana un concejal y hemos tenido que cambiar el lugar de la celebración de la ceremonia. Cuando entregamos la documentación y acudimos al Registro con un testigo se nos preguntó dónde nos íbamos a casar, pero ese dato ahora ha cambiado, nos tenemos que casar en otro municipio distinto.

En conclusión: mi pregunta es si debemos ir de nuevo al Registro para comunicar este nuevo dato, o si por el contrario no es necesario ya que el traslado de expediente se hace por parte de los interesados y no de oficio por el registro...

Gracias y perdonad la lata.

Re: Cambio en el lugar de celebración de la ceremonia (matrimonio civil) una vez inciado el expediente

Publicado: 15 Feb 2011, 17:54
por torreblanca
El auto que se dicte en el expediente reflejará la autoridad que ha de celebrar el matrimonio, por lo tanto debéis comparecer nuevamente ante el registro para exponer el caso y que cambien el lugar de celebración.
Por otro lado, ¿es que no hay más concejales en esa localidad?

Re: Cambio en el lugar de celebración de la ceremonia (matrimonio civil) una vez inciado el expediente

Publicado: 15 Feb 2011, 18:14
por Jucrísvic
elenalopezewert escribió:

(...) tenemos la documentación en el RC Central (...)
¿Seguro? porque el Central no tiene competencia para tramitar expedientes de matrimonio que se vayan a celebrar en España...
elenalopezewert escribió:

En conclusión: mi pregunta es si debemos ir de nuevo al Registro para comunicar este nuevo dato, o si por el contrario no es necesario ya que el traslado de expediente se hace por parte de los interesados y no de oficio por el registro...
Es justo al revés; el expediente debe remitirse de oficio desde el Registro Civil X -donde se ha tramitado- al Registro Civil Y -del lugar donde os vais a casar, y en a autorización que dicte X ya debe constar que os vais a casar en la localidad Y.

Re: Cambio en el lugar de celebración de la ceremonia (matrimonio civil) una vez inciado el expediente

Publicado: 15 Feb 2011, 20:23
por Usuario borrado 4109
Muchas gracias por vuestras respuestas. Lo primero: fuimos al Registro Civil central porque me parece que es el que nos corresponde (nacimos en Madrid y estamos empadronados aqui). Me temo que en el pueblo en el que nos queremos casar hay elecciones y no nos hacen mucho caso. Así que hemos contactado con otro concejal de otro pueblo que nos ha dado mucha mas seguridad.
Por lo que me decís, en cualqueira de los casos nos toca volver al Registro a ver qué nos dicen... :?
Muchas gracias!

Re: Cambio en el lugar de celebración de la ceremonia (matrimonio civil) una vez inciado el expediente

Publicado: 15 Feb 2011, 23:56
por kárbiko
elenalopezewert escribió:Muchas gracias por vuestras respuestas. Lo primero: fuimos al Registro Civil central porque me parece que es el que nos corresponde (nacimos en Madrid y estamos empadronados aqui). ......
En Madrid (ciudad, capital del Estado) hay dos Registros Civiles:
  • a) El Registro Civil de Madrid, que está en la calle Pradillo, y
    b) el Registro Civil Central, que tiene dos sedes:
    • - Calle Bolsa nº 1
      - Calle Jorge Montera nº ¿18?
En Pradillo se tramitan e inscriben los hechos que afectan a personas residentes en Madrid o que ocurren en la ciudad de Madrid
En el RCC es para los hechos que afectan a ciudadanos españoles y que ocurren en el extranjero.

El que sea Central no tiene nada que ver con que esté en el "centro" de España....., ni porque aglutine los hechos "centralizándolos"..


El expediente de vuestro matrimonio, ¿dónde está? ¿ya lo tiene el Juez de Paz o el Alcalde del municipio donde pensabáis casaros? Porque si ya ha llegado al Juez de Paz de ese municipio, será él quien delegue en ese tercer Juez (1º Madrid, 2º primer municipio, 3º el ¿refinitivo?...) y éste es el que delega en el Alcalde o Concejal .....
¿Dónde comparecer para solicitarlo? Yo recomendaría ir ante el RC del 2º municipio..(aunque sea más latoso), compareciendo y manifestando que deseáis casaros en el nuevo. Creo que es más rápido y efectivo que ir a Pradillo.
Que este 2º RC pida a su Alcaldía que le devuelva el expediente y que acuerde delegar en el Juez del nuevo y lo remita allá....

Re: Cambio en el lugar de celebración de la ceremonia (matrimonio civil) una vez inciado el expediente

Publicado: 16 Feb 2011, 00:42
por mundo
kárbiko escribió:b) el Registro Civil Central, que tiene dos sedes:
- Calle Bolsa nº 1
- Calle Jorge Montera nº ¿18?
LAUGHT~211 LAUGHT~211 LAUGHT~211 LAUGHT~211

¿Quién es ese tal JORGE?

Re: Cambio en el lugar de celebración de la ceremonia (matrimonio civil) una vez inciado el expediente

Publicado: 04 Dic 2011, 13:31
por Usuario borrado 4109
Hola! de verdad muchisimas gracias por vuestras respuestas.

Claramente mezclo los conceptos: donde hemos estado yendo es la Calle Pradillo que es el RC de Madrid (lo de central me lo inventé). Esta mañana, a raiz de lo que hablamos ayer, he hecho la agradable e interminable cola matinal para entrar, y me han dicho que ahora mismo no pueden hacer nada con el cambio: tengo que esperar al dia 21/03 a recoger el expte. comunicar el cambio encontes y una semana despues podré volver a recoger el expte, ya con el cambio para llevarlo al nuevo municipio.

Con lo fácil que sería que tuvieran un tnfo de contacto para resolver estas dudas.

Un saludo y muchas gracias otra vez